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RESOLUCIÓN 12 DE 2008

(noviembre 4)

Diario Oficial No. 47.163 de 4 de noviembre de 2008

DIRECCIÓN DE IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALES

<NOTA DE VIGENCIA: Resolución derogada por el artículo 11 de la Resolución 65 de 2021, "[h]asta tanto se realicen los ajustes de codificación incluidos en el presente acto en los sistemas de información o aplicativos de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN), se continuará aplicando en los mismos la codificación anterior a la entrada en vigencia de la presente resolución>

Por la cual se adopta la codificación de la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales.

EL DIRECTOR GENERAL DE LA UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DIRECCIÓN DE IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALES,

en uso de sus facultades legales y en especial de las conferidas en el numeral 22 del artículo 6o del Decreto 4048 del 22 de octubre de 2008.

CONSIDERANDO:

Que para efectos de organización interna y estadística, se hace necesario codificar las dependencias del Nivel Central, Local y Delegado de la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales;

Que a las dependencias que conforman la estructura de la organización, les corresponde mantener actualizada la información requerida por los procesos y los servicios informáticos soporte de la gestión de la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales,

RESUELVE:

ARTÍCULO 1o. DEFINICIONES. <Resolución derogada por el artículo 11 de la Resolución 65 de 2021, "[h]asta tanto se realicen los ajustes de codificación incluidos en el presente acto en los sistemas de información o aplicativos de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN), se continuará aplicando en los mismos la codificación anterior a la entrada en vigencia de la presente resolución> Adóptense las siguientes definiciones para efectos de aplicación de la presente resolución:

1. Identificación de Entrada. Corresponde a un número único que permite iniciar la codificación de la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales.

2. Lugar Administrativo. Corresponde a la ubicación administrativa de las dependencias que conforman cada uno de los niveles jerárquicos, en los cuales la DIAN desarrolla sus funciones.

3. Dependencia. Son las unidades que integran los lugares administrativos así:

Nivel Central: Dirección General, Direcciones de Gestión, Oficinas, Subdirecciones de Gestión, Organo Especial, Comisiones, Comités y Coordinaciones.

Nivel Local: Despacho Direcciones Seccionales de Impuestos, Despacho Direcciones Seccionales de Aduanas, Despacho Direcciones Seccionales de Impuestos y Aduanas, Divisiones, Grupos Internos de Trabajo y Puntos de Contacto.

Nivel Delegado. Despacho Direcciones Seccionales Delegadas de Impuestos y Aduanas y Grupos Internos de Trabajo.

4. Establecimiento. Corresponde al sitio físico de ubicación de una o varias dependencias de la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, en las cuales los empleados públicos desarrollan gestión.

ARTÍCULO 2o. <Resolución derogada por el artículo 11 de la Resolución 65 de 2021, "[h]asta tanto se realicen los ajustes de codificación incluidos en el presente acto en los sistemas de información o aplicativos de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN), se continuará aplicando en los mismos la codificación anterior a la entrada en vigencia de la presente resolución> Conformar la codificación para la identificación de entrada, los lugares administrativos y dependencias de la siguiente manera:

1. Un (1) digito: para la identificación de entrada.

2. Dos (2) dígitos: Para los lugares administrativos y dependencias de la Entidad.

3. Tres (3) dígitos: Para la dependencia superior jerárquica de la dependencia que se está identificando.

4. Tres (3) dígitos: Para las Coordinaciones del Nivel Central, los Grupos Internos de Trabajo del Nivel Local y Delgado y los Puntos de Contacto del Nivel Local.

Para efectos de la identificación de las dependencias, se deben relacionar los cuatro (4) componentes descritos anteriormente, así:

Identificación de EntradaLugar AdministrativoDependencia – Superior JerárquicaDependencia
Un digitoDos dígitosTres dígitosTres dígitos

ARTÍCULO 3o. <Resolución derogada por el artículo 11 de la Resolución 65 de 2021, "[h]asta tanto se realicen los ajustes de codificación incluidos en el presente acto en los sistemas de información o aplicativos de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN), se continuará aplicando en los mismos la codificación anterior a la entrada en vigencia de la presente resolución> Codificar la identificación de entrada como único valor para toda la Entidad el siguiente dígito:

CódigoIdentificación de Entrada
1Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales

ARTÍCULO 4o. <Resolución derogada por el artículo 11 de la Resolución 65 de 2021, "[h]asta tanto se realicen los ajustes de codificación incluidos en el presente acto en los sistemas de información o aplicativos de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN), se continuará aplicando en los mismos la codificación anterior a la entrada en vigencia de la presente resolución> <Artículo modificado por el artículo 1 de la Resolución 135 de 2012. El nuevo texto es el siguiente:> Codificar los lugares administrativos de la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, dentro del rango comprendido entre 00 y 99 así:

CódigoLugares Administrativos
00Nivel Central
01Dirección Seccional de Impuestos y Aduanas de Armenia
02Dirección Seccional de Impuestos de Barranquilla
03Dirección Seccional de Aduanas de Bogotá
04Dirección Seccional de Impuestos y Aduanas de Bucaramanga
05Dirección Seccional de Impuestos de Cali
06Dirección Seccional de Impuestos de Cartagena
07Dirección Seccional de Impuestos de Cúcuta
08Dirección Seccional de Impuestos y Aduanas de Girardot
09Dirección Seccional de Impuestos y Aduanas de Ibagué
10Dirección Seccional de Impuestos y Aduanas de Manizales
11Dirección Seccional de Impuestos de Medellín
12Dirección Seccional de Impuestos y Aduanas de Montería
13Dirección Seccional de Impuestos y Aduanas de Neiva
14Dirección Seccional de Impuestos y Aduanas de Pasto
15Dirección Seccional de Impuestos y Aduanas de Palmira
16Dirección Seccional de Impuestos y Aduanas de Pereira
17Dirección Seccional de Impuestos y Aduanas de Popayán
18Dirección Seccional de Impuestos y Aduanas de Quibdó
19Dirección Seccional de Impuestos y Aduanas de Santa Marta
20Dirección Seccional de Impuestos y Aduanas de Tunja
21Dirección Seccional de Impuestos y Aduanas de Tuluá
22Dirección Seccional de Impuestos y Aduanas de Villavicencio
23Dirección Seccional de Impuestos y Aduanas de Sincelejo
24Dirección Seccional de Impuestos y Aduanas de Valledupar
25Dirección Seccional de Impuestos y Aduanas de Riohacha
26Dirección Seccional de Impuestos y Aduanas de Sogamoso
27Dirección Seccional de Impuestos y Aduanas de San Andrés
28Dirección Seccional de Impuestos y Aduanas de Florencia
29Dirección Seccional de Impuestos y Aduanas de Barrancabermeja
CódigoLugares Administrativos
31Dirección Seccional de Impuestos de Grandes Contribuyentes
32Dirección Seccional de Impuestos de Bogotá
34Dirección Seccional de Impuestos y Aduanas de Arauca
35Dirección Seccional de Impuestos y Aduanas de Buenaventura
37Dirección Seccional de Impuestos y Aduanas de Ipiales
38Dirección Seccional de Impuestos y Aduanas de Leticia
39Dirección Seccional de Impuestos y Aduanas de Maicao
40Dirección Seccional Delegada de Impuestos y Aduanas de Tumaco
41Dirección Seccional de Impuestos y Aduanas de Urabá
42Dirección Seccional Delegada de Impuestos y Aduanas de Puerto Carreño
43Dirección Seccional Delegada de Impuestos y Aduanas de Inírida
44Dirección Seccional de Impuestos y Aduanas de Yopal
45Dirección Seccional Delegada de Impuestos y Aduanas Mitú
46Dirección Seccional Delegada de Impuestos y Aduanas de Puerto Asís
48Dirección Seccional de Aduanas de Cartagena
78Dirección Seccional Delegada de Impuestos y Aduanas de San José de Guaviare
86Dirección Seccional Delegada de Impuestos y Aduanas de Pamplona
87Dirección Seccional de Aduanas de Barranquilla
88Dirección Seccional de Aduanas de Cali
89Dirección Seccional de Aduanas de Cúcuta
90Dirección Seccional de Aduanas de Medellín

ARTÍCULO 5o. <Resolución derogada por el artículo 11 de la Resolución 65 de 2021, "[h]asta tanto se realicen los ajustes de codificación incluidos en el presente acto en los sistemas de información o aplicativos de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN), se continuará aplicando en los mismos la codificación anterior a la entrada en vigencia de la presente resolución> Codificar las dependencias de la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, dentro del rango comprendido entre 201 y 300 así:

CódigoDependencias
201Despacho
202Dirección General
203Defensor del Contribuyente y del Usuario Aduanero
204Oficina de Control Interno
205Oficina de Comunicaciones
206Dirección de Gestión de Recursos y Administración Económica
207Dirección de Gestión Organizacional
208Dirección de Gestión Jurídica
209Dirección de Gestión de Ingresos
210Dirección de Gestión de Aduanas
211Dirección de Gestión de Fiscalización
212Dirección de Gestión de Policía Fiscal y Aduanera
213Subdirección de Gestión de Control Disciplinario Interno
214Subdirección de Gestión de Personal
215Subdirección de Gestión de Recursos Físicos
216Subdirección de Gestión de Recursos Financieros
217Subdirección de Gestión Comercial
218Subdirección de Gestión de Procesos y Competencias Laborales
219Subdirección de Gestión de Análisis Operacional
220Subdirección de Gestión de Tecnología de Información y Telecomunicaciones
221Subdirección de Gestión Normativa y Doctrina
222Subdirección de Gestión de Representación Externa
223Subdirección de Gestión de Recursos Jurídicos
224Subdirección de Gestión de Recaudo y Cobranzas
225Subdirección de Gestión de Asistencia al Cliente
226Subdirección de Gestión de Comercio Exterior
227Subdirección de Gestión Técnica Aduanera
228Subdirección de Gestión de Registro Aduanero
229Subdirección de Gestión de Fiscalización Tributaria
230Subdirección de Gestión de Fiscalización Internacional
231Subdirección de Gestión de Fiscalización Aduanera
232Subdirección de Gestión de Control Cambiario
233Subdirección de Gestión Operativa Policial
234Subdirección de Gestión de Inteligencia Policial <Subdirección de Gestión de Apoyo1>
235División de Gestión Administrativa y Financiera
236División de Gestión Jurídica
237División de Gestión de Asistencia al Cliente
238División de Gestión de Fiscalización
239División de Gestión de Fiscalización para no obligados a llevar contabilidad <División de Gestión de Fiscalización para personas naturales y asimilada> <Código modificado por el artículo 1 de la Resolución 8294 de 2009>
240División de Gestión de Fiscalización para obligados a llevar contabilidad <División de Gestión de Fiscalización para personas jurídicas y asimiladas> <Código modificado por el artículo 1 de la Resolución 8294 de 2009>
241División de Gestión de Liquidación
242División de Gestión de Recaudo y Cobranzas
243División de Gestión de Recaudo
244División de Gestión de Cobranzas
245División de Gestión de la Operación Aduanera
246División de Gestión Control Carga
247División de Gestión Control Viajeros
248División de Gestión de Control Cambiario
249División de Gestión de Policía Fiscal y Aduanera <División de Gestión de Control Operativo> <Código modificado por el artículo 1 de la Resolución 8294 de 2009>
250Defensor del Contribuyente y del Usuario Aduanero Delegado
251Subdirección de Gestión de Fiscalización de Derechos de Explotación <Código adicionado por el artículo 1 de la Resolución 6337 de 2011>
252Oficina de Seguridad de la Información <Código adicionado por el artículo 1 de la Resolución 7 de 2018>

ARTÍCULO 6o. <Resolución derogada por el artículo 11 de la Resolución 65 de 2021, "[h]asta tanto se realicen los ajustes de codificación incluidos en el presente acto en los sistemas de información o aplicativos de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN), se continuará aplicando en los mismos la codificación anterior a la entrada en vigencia de la presente resolución> Codificar las Coordinaciones de la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, dentro del rango comprendido entre 301 y 400 así:

CódigoCoordinaciones
301Coordinación Administrativa y de Gestión de la Defensoría
302Coordinación de Auditoría Integral
303Coordinación de Instrucción
304Coordinación Nacional de Investigaciones Especiales
305Coordinación de Secretaría Técnica
306Coordinación de Seguridad Social y Bienestar Laboral <Código derogado por el artículo 8 de la Resolución 7 de 2017>
307Coordinación de Escuela de Impuestos y Aduanas Nacionales
308Coordinación de Historias Laborales
309Coordinación de Nómina
310Coordinación de Personal Direcciones Seccionales Bogotá
311Coordinación de Contratos
312Coordinación de Infraestructura
313Coordinación de Servicios Generales
314Coordinación de Documentación <Código derogado por el artículo 6 de la Resolución 125 de 2013>
315Coordinación de Inventarios y Almacén
316Coordinación de Presupuesto
317Coordinación de Contabilidad General
318Coordinación de Tesorería
319Coordinación Sentencias y Devoluciones
320Coordinación de Disposición de Mercancías
321Coordinación Nacional de Inventario de Mercancías
322Coordinación de la Dinámica de los Procesos
323Coordinación de la Dinámica de las Competencias Laborales
324Coordinación de Planeación y Evaluación
325<Coordinador modificado por el artículo 1 de la Resolución 3094 de 2010. el nuevo texto es el siguiente:>  Coordinación de Programas de Control y Facilitación.
326Coordinación de Estudios Económicos
327Coordinación del Cambio de los Servicios Informáticos Electrónicos
328Coordinación de la Dinámica de la Operación de los Servicios Informáticos Electrónicos
329Coordinación de la Arquitectura Técnica Integral
330Coordinación de Relatoría
331Coordinación Secretaría de Recursos
332Coordinación Control a Entidades Recaudadoras
333Coordinación de Devoluciones y Compensaciones
334Coordinación de Contabilidad de la Función Recaudadora
335Coordinación de Gestión de Cobranzas
336Coordinación Control Básico de Obligaciones <Código sin efectos por el artículo 8 de la Resolución 81 de 2016>
337Coordinación del Sistema de Quejas, Reclamos y Sugerencias
338Coordinación de Administración del Registro Unico Tributario
339Coordinación de Gestión de Canales de Servicio
340Coordinación del Servicio de Origen
341Coordinación del Servicio de Valoración Aduanera
342Coordinación del Servicio de Arancel
343Coordinación de los Servicios de Laboratorio de Aduanas
344Coordinación Secretaría del Registro Aduanero
345Coordinación de Sustanciación
346Coordinación de Control y Prevención de Lavado de Activos

<Códigos adicionados por el artículo 1 de la Resolución 870 de 2009. El nuevo texto es el siguiente:>

Código Coordinaciones

347 Coordinación de Administración y Control del Parque Automotor

348 Coordinación RILO y Auditoría de Denuncias de Fiscalización

349 Coordinación de Segunda Instancia Disciplinaria

350 Coordinación de Convenios Tributarios Internacionales <Código sin efectos por el artículo 4 de la Resolución 127 de 2014>

<Código adicionado por el artículo 1 de la Resolución 4430 de 2009. El nuevo texto es el siguiente:>

Código Coordinación

351 Coordinación Penal <Código sin efectos por el artículo 4 de la Resolución 127 de 2014>

<Códigos adicionado por el artículo 1 de la Resolución 3094 de 2010. El nuevo texto es el siguiente:>

CódigoCoordinaciones
352Coordinación de Enlace Local e Internacional
353Coordinación de Organización y Gestión de Calidad
354Coordinación de Administración y Perfilamiento de Riesgos

<Códigos adicionados por el artículo 1 de la Resolución 69 de 2012. El nuevo texto es el siguiente:>

CódigoDependencias
355Coordinación para el Apoyo a los Sistemas de Información <Código sin efectos por el artículo 4 de la Resolución 12 de 2018>
356Coordinación de Infraestructura Tecnológica
357Coordinación de Soporte Técnico al Usuario
358Coordinación de Proyectos

<Códigos adiconados por el artículo 1 de la Resolución 137 de 2012. El nuevo texto es el siguiente:>

Código Dependencias

359 Coordinación de Secretaría

360 Coordinación de Conciliación y Defensa Judicial

<Códigos adicionados por el artículo 5 de la Resolución 125 de 2013. El nuevo texto es el siguiente:>

Código Dependencia

361 Coordinación de Comunicaciones Oficiales y Control de Registros

362 Coordinación de Notificaciones

<Código adicionado por el artículo 3 de la Resolución 194 de 2013. El nuevo texto es el siguiente:>

Código Dependencia

363 Coordinación del Operador Económico Autorizado

<Código adicionado por el artículo 3 de la Resolución 127 de 2014. El nuevo texto es el siguiente:>

Código Dependencia

364 Coordinación Penal

<Códigos adicionados por el artículo 8 de la Resolución 136 de 2015. El nuevo texto es el siguiente:>

Código Dependencia

365 Coordinación de Gestión Técnica de Fiscalización Tributaria

366 Coordinación de Proyectos Especiales de Fiscalización Tributaria

367 Coordinación de Gestión Operativa de Fiscalización Tributaria

368 Coordinación de Regímenes Aduaneros

<Código adicionado por el artículo 2 de la Resolución 134 de 2015. El nuevo texto es el siguiente:>

Código Dependencia

369 Coordinación Integral de Lucha Contra el Contrabando y la Evasión Fiscal.

<Códigos adicionados por el artículo 7 de la Resolución 81 de 2016. El nuevo texto es el siguiente:>

Código Dependencia
370Coordinación de Cultura de la Contribución
371Coordinación de Control Extensivo de Obligaciones
372Coordinación de Administración de Aplicativos de Recaudo y Cobranzas

<Códigos adicionados por el artículo 3 de la Resolución 5955 de 2018. El nuevo texto es el siguiente:>

Código Dependencia
373 Coordinación de Verificación de Origen

<Códigos adicionados por el artículo 7 de la Resolución 7 de 2017. El nuevo texto es el siguiente:>

CódigoDependencia
374Coordinación de Provisión y Movilidad de Personal
375Coordinación de Seguridad Social
376Coordinación de Bienestar, Seguridad y Salud en el Trabajo

<Códigos adicionados por el artículo 3 de la Resolución 12 de 2018. El nuevo texto es el siguiente:>

Código Dependencia
377 Coordinación de Desarrollo de Sistemas de Información
378 Coordinación de Administración de Sistemas de Información

<Código adicionado por el artículo 3 de la Resolución 5954 de 2018. El nuevo texto es el siguiente:>

Código Dependencia
380 Coordinación de Defensa Jurídica

ARTÍCULO 7o. <Resolución derogada por el artículo 11 de la Resolución 65 de 2021, "[h]asta tanto se realicen los ajustes de codificación incluidos en el presente acto en los sistemas de información o aplicativos de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN), se continuará aplicando en los mismos la codificación anterior a la entrada en vigencia de la presente resolución> Codificar los Grupos Internos de Trabajo y los Puntos de Contacto de la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, dentro del rango comprendido entre 401 y 999 así:

Código Grupos Internos de Trabajo

401 Grupo Interno de Trabajo de Personal

402 Grupo Interno de Trabajo de Documentación

403 Grupo Interno de Trabajo de Gestión Jurídica

404 Grupo Interno de Trabajo de Gestión de Asistencia al Cliente

405 Grupo Interno de Trabajo de Archivo

406 Grupo Interno de Trabajo de Correspondencia y Notificaciones

407 Grupo Interno de Trabajo de Comercialización

408 Grupo Interno de Trabajo de Vía Gubernativa

409 Grupo Interno de Trabajo de Representación Externa

410 Grupo Interno de Trabajo de Secretaría Jurídica

411 Grupo Interno de Trabajo de Unidad Penal

412 Grupo Interno de Trabajo de Auditoría Especializada Sector Servicios y

Operaciones Financieras

413 Grupo Interno de Trabajo de Auditoría Especializada Sector

Manufacturero, Hidrocarburos, Minería y Químicos

414 Grupo Interno de Trabajo de Auditoría Especializada Sector Comercio

415 Grupo Interno de Trabajo de Secretaría de Fiscalización

416 Grupo Interno de Trabajo de Auditoría Tributaria I

417 Grupo Interno de Trabajo de Auditoría Tributaria II

418 Grupo Interno de Trabajo de Control a Obligaciones Formales

419 Grupo Interno de Trabajo de Investigaciones Aduaneras I

420 Grupo Interno de Trabajo de Investigaciones Aduaneras II

421 Grupo Interno de Trabajo Definición de Situación Jurídica

422 Grupo Interno de Trabajo de Automotores

423 Grupo Interno de Trabajo Control Cambiario

424 Grupo Interno de Trabajo de Auditoría Tributaria III

425 Grupo Interno de Trabajo de Auditoría Tributaria IV

426 Grupo Interno de Trabajo de Secretaria de Control Cambiario

427 Grupo Interno de Trabajo de Otras Infracciones Cambiarias I

428 Grupo Interno de Trabajo de Devoluciones Personas Jurídicas

429 Grupo Interno de Trabajo de Control a Profesionales de Compra y Venta

de Divisas

430 Grupo Interno de Trabajo de Secretaría de Liquidación

431 Grupo Interno de Trabajo de Determinaciones Oficiales

432 Grupo Interno de Trabajo de Régimen Sancionatorio

433 Grupo Interno de Trabajo Fallo Investigaciones Cambiarias

434 Grupo Interno de Trabajo de Contabilidad

435 Grupo Interno de Trabajo de Control de Obligaciones

436 Grupo Interno de Trabajo de Devoluciones Personas Naturales

437 Grupo Interno de Trabajo de Devoluciones

438 Grupo Interno de Trabajo de Depuración de Cartera

439 Grupo Interno de Trabajo de Secretaría de Cobranzas

440 Grupo Interno de Trabajo de Persuasiva I

441 Grupo Interno de Trabajo de Persuasiva II

442 Grupo Interno de Trabajo de Persuasiva III

443 Grupo Interno de Trabajo de Representación Externa de Cobranzas

444 Grupo Interno de Trabajo de Facilidades de Pago

445 Grupo Interno de Trabajo de Coactiva I

446 Grupo Interno de Trabajo de Coactiva II

447 Grupo Interno de Trabajo de Gestión de Recaudación

448 Grupo Interno de Trabajo de Gestión de Cobranzas

449 Grupo Interno de Trabajo de Gestión Control y Servicio

450 Grupo Interno de Trabajo de Importaciones

451 Grupo Interno de Trabajo de Control Garantías

452 Grupo Interno de Trabajo Zona Franca

453 Grupo Interno de Trabajo de Control Carga y Tránsitos

454 Grupo Interno de Trabajo de Exportaciones

455 Grupo Interno de Trabajo de Registro y Control Usuarios Aduaneros

456 Grupo Interno de Trabajo de Tráfico Postal y Envíos Urgentes

457 Grupo Interno de Trabajo de Investigaciones Aduaneras y Control

Cambiario

458 Grupo Interno de Trabajo de Contabilidad y Control de Obligaciones

459 Grupo Interno de Trabajo de Asistencia Tecnológica

460 Grupo Interno de Trabajo de Gestión de Cartera no exigible <Código

adicionado por el artículo 2 de la Resolución 4430 de 2009>

461 Grupo Interno de Trabajo de Normalización de Saldos <Código

adicionado por el artículo 1 de la Resolución 11977 de 2009>

462 Grupo Interno de Trabajo de Auditoría Especializada Sector

Manufacturero y Químicos <Código adicionado por el artículo 1 de la

Resolución 77 de 2012>

463 Grupo Interno de Trabajo de Auditoría Especializada de Hidrocarburos

y Minería <Código adicionado por el artículo 1 de la Resolución 77 de

2012>

464 Grupo Interno de Trabajo de Asistencia Tecnológica <Código adicionado

por el artículo 1 de la Resolución 12 de 2013>

465 Grupo Interno de Trabajo Investigación a las Devoluciones <Código

adicionado por el artículo 1 de la Resolución 12 de 2013>

466 Grupo Interno de Trabajo de Viajeros <Código adicionado por el artículo

9 de la Resolución 136 de 2015>

467 Grupo Interno de Trabajo de Auditoría Especializada de Precios de

Transferencia e inversión extranjera <Código adicionado por el artículo

 3 de la Resolución 54 de 2017>

468 Grupo Interno de Trabajo de Peticiones, Quejas, Sugerencias y

Reclamos <Código adicionado por el artículo 4 de la Resolución 66 de

2017>

Código Puntos de Contacto

601 Punto de Contacto Bima

602 Punto de Contacto Bosa

603 Punto de Contacto Calle 26 <Código eliminado por el artículo 5 de la

Resolución 66 de 2017>

604 Punto de Contacto Américas

605 Punto de Contacto Suba

606 Punto de Contacto Carrera 30

607 Punto de Contacto Aduana de Bogotá

608 Punto de Contacto Calle 75

609 Punto de Contacto Cali Centro

610 Punto de Contacto Sede Norte

611 Punto de Contacto Sede Campestre

612 Punto de Contacto Sede Antigua Aduana

613 Punto de Contacto La Estrella

614 Punto de Contacto Barzal

615 Punto de Contacto Buga

616 Punto de Contacto Alpujarra

617 Punto de Contacto Centro

618 Cali Sur <Código adicionado por el artículo 1 de la Resolución 13156

de 2009>

619 Ocaña <Código adicionado por el artículo 1 de la Resolución 13156

de 2009>

620 Pitalito <Código adicionado por el artículo 1 de la Resolución 13156

de 2009>

621 Magangué <Código adicionado por el artículo 1 de la Resolución 13156

de 2009>

622 La Dorada <Código adicionado por el artículo 1 de la Resolución 13156

de 2009>

ARTÍCULO 8o. <Resolución derogada por el artículo 11 de la Resolución 65 de 2021, "[h]asta tanto se realicen los ajustes de codificación incluidos en el presente acto en los sistemas de información o aplicativos de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN), se continuará aplicando en los mismos la codificación anterior a la entrada en vigencia de la presente resolución> Codificar los Establecimientos de la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, dentro del rango comprendido entre 1001 y 9999.

PARÁGRAFO. El listado de codificación de los establecimientos debe ser expedido y actualizado por la Coordinación de Infraestructura de la Subdirección de Gestión de Recursos Físicos y hace parte integral de la presente resolución. El mencionado listado debe ser administrado en versiones según sea necesaria su actualización considerando el orden y preceptos establecidos en la presente resolución.

ARTÍCULO 9o. <Resolución derogada por el artículo 11 de la Resolución 65 de 2021, "[h]asta tanto se realicen los ajustes de codificación incluidos en el presente acto en los sistemas de información o aplicativos de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN), se continuará aplicando en los mismos la codificación anterior a la entrada en vigencia de la presente resolución> La codificación que se adopte para nuevos lugares administrativos y dependencias de la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, se hará mediante resolución del Director General, considerando el orden y preceptos establecidos en la presente resolución.

ARTÍCULO 10. <Resolución derogada por el artículo 11 de la Resolución 65 de 2021, "[h]asta tanto se realicen los ajustes de codificación incluidos en el presente acto en los sistemas de información o aplicativos de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN), se continuará aplicando en los mismos la codificación anterior a la entrada en vigencia de la presente resolución> Las dependencias de la Entidad deben efectuar los cambios internos en los sistemas de información que sean necesarios para dar cumplimiento a lo dispuesto en esta resolución.

ARTÍCULO 11. <Resolución derogada por el artículo 11 de la Resolución 65 de 2021, "[h]asta tanto se realicen los ajustes de codificación incluidos en el presente acto en los sistemas de información o aplicativos de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN), se continuará aplicando en los mismos la codificación anterior a la entrada en vigencia de la presente resolución> La Subdirección de Gestión de Tecnología de Información y Telecomunicaciones, debe realizar los ajustes necesarios en todos los Sistemas de Información con el propósito de garantizar a partir de la entrada en vigencia de la presente resolución, la disponibilidad de información histórica por materia tributaria, aduanera, cambiaria y administrativa, considerando la separación funcional de las dependencias, para todos los efectos.

ARTÍCULO 12. <Resolución derogada por el artículo 11 de la Resolución 65 de 2021, "[h]asta tanto se realicen los ajustes de codificación incluidos en el presente acto en los sistemas de información o aplicativos de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN), se continuará aplicando en los mismos la codificación anterior a la entrada en vigencia de la presente resolución> La presente resolución rige a partir de su publicación y deroga las disposiciones que le sean contrarias, en especial la Resolución 5701 del 23 de julio de 1999 y las demás que la modifican y/o adicionan.

Publíquese y cúmplase.

Dada en Bogotá, D. C., a 4 de noviembre de 2008.

El Director General,

OSCAR FRANCO CHARRY.

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