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RESOLUCION 8294 DE 2009
(agosto 6)
Diario Oficial No. 47.441 de 14 de agosto de 2009
DIRECCIÓN DE IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALES
<NOTA DE VIGENCIA: Resolución derogada por el artículo 11 de la Resolución 65 de 2021, "[h]asta tanto se realicen los ajustes de codificación incluidos en el presente acto en los sistemas de información o aplicativos de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN), se continuará aplicando en los mismos la codificación anterior a la entrada en vigencia de la presente resolución>
Por la cual se modifican unos códigos del artículo 5o de la Resolución 0012 del 4 de noviembre de 2008.
EL DIRECTOR GENERAL DE IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALES,
en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas en el numeral 22 del artículo 6o del Decreto 4048 de 2008, y
CONSIDERANDO:
Que mediante el numeral 8.2 del artículo 5o del Decreto 4048 de 2008, se creó la Subdirección de Gestión de Inteligencia Policial dentro de la Dirección de Gestión de Policía Fiscal y Aduanera.
Que a través de los numerales 5, 6 y 15 del acápite División del artículo 5o del Decreto 4048 de 2008, se crearon las Divisiones de Gestión de Fiscalización para obligados a llevar contabilidad, de Fiscalización para no obligados a llevar contabilidad y de Policía Fiscal y Aduanera.
Que por medio de Resolución 0012 del 4 de noviembre de 2008, la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales adoptó la codificación de las dependencias del Nivel Central, Local y Delegado y codificó a las mencionadas dependencias así:
Código | Dependencias |
234 | Subdirección de Gestión de Inteligencia Policial. |
239 | División de Gestión de Fiscalización para no obligados a llevar contabilidad. |
240 | División de Gestión de Fiscalización para obligados a llevar contabilidad. |
249 | División de Gestión de Policía Fiscal y Aduanera. |
Que el Decreto 2660 del 24 de junio de 2009 modificó el numeral 8.2 del artículo 5o del Decreto 4048 del 22 de octubre de 2008, así:
“8.2 Subdirección de Gestión de Apoyo”
Que el Decreto 2660 del 24 de junio de 2009 modificó los numerales 5, 6 y 15 del acápite División del artículo 5o del Decreto 4048 de 2008, así:
“5. División de Gestión de Fiscalización para personas naturales y asimiladas 1 6. División de Gestión de Fiscalización para personas jurídicas y asimiladas 1 15. División de Gestión de Control Operativo 14”.
Que por lo anterior, se hace necesario ajustar los códigos previamente asignados, tanto a la Subdirección como a las Divisiones modificadas por los Decretos mencionados.
RESUELVE:
ARTÍCULO 1o. <Resolución derogada por el artículo 11 de la Resolución 65 de 2021, "[h]asta tanto se realicen los ajustes de codificación incluidos en el presente acto en los sistemas de información o aplicativos de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN), se continuará aplicando en los mismos la codificación anterior a la entrada en vigencia de la presente resolución> Modificase la codificación de las siguientes dependencias, consignadas en el artículo 5o de la Resolución 0012 del 4 de noviembre de 2008, las cuales quedan así:
Código | Dependencias |
234 | Subdirección de Gestión de Apoyo |
239 | División de Gestión de Fiscalización para personas naturales y asimiladas |
240 | División de Gestión de Fiscalización para personas jurídicas y asimiladas |
249 | División de Gestión de Control Operativo. |
ARTÍCULO 2o. <Resolución derogada por el artículo 11 de la Resolución 65 de 2021, "[h]asta tanto se realicen los ajustes de codificación incluidos en el presente acto en los sistemas de información o aplicativos de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN), se continuará aplicando en los mismos la codificación anterior a la entrada en vigencia de la presente resolución> Compulsar copia de la presente resolución a las Subdirecciones de Gestión de Procesos y Competencias Laborales de la Dirección de Gestión Organizacional, de Personal de la Dirección de Gestión de Recursos y Administración Económica y de Gestión de Apoyo de la Dirección de Policía Fiscal y Aduanera.
ARTÍCULO 3o. VIGENCIA. <Resolución derogada por el artículo 11 de la Resolución 65 de 2021, "[h]asta tanto se realicen los ajustes de codificación incluidos en el presente acto en los sistemas de información o aplicativos de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN), se continuará aplicando en los mismos la codificación anterior a la entrada en vigencia de la presente resolución> La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación.
Publíquese y cúmplase.
Dada en Bogotá, D. C., a 6 de agosto de 2009.
El Director General.
NÉSTOR DÍAZ SAAVEDRA.