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ACUERDO AOG 12 DE 2023
(marzo 31)
<Fuente: Archivo interno entidad emisora>
Diario Oficial No. 52.356 de 3 de abril de 2023
<Rige a partir del 2 de mayo de 2023>
JURISDICCIÓN ESPECIAL PARA LA PAZ
<NOTA DE VIGENCIA: Acuerdo derogado por el artículo 3 del Acuerdo AOG 41 de 2023>
Por medio del cual se establece la estructura organizacional y se fija la planta de personal de la Jurisdicción Especial para la Paz -JEP.
EL ÓRGANO DE GOBIERNO DE LA JURISDICCIÓN ESPECIAL PARA LA PAZ - JEP-
En uso de sus facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas por el Acto Legislativo 01 de 2017, la Ley 1957 de 2019, el Acuerdo ASP No. 001 de 2020, y
CONSIDERANDO
Que el artículo transitorio 5o del Acto Legislativo 01 del 2017 creó la Jurisdicción Especial para la Paz, con autonomía administrativa, presupuestal y técnica.
Que, adicionalmente, respecto de su naturaleza jurídica, el mismo artículo del citado Acto Legislativo señala que la JEP estará sujeta a un régimen legal propio y se encargará de administrar justicia de manera transitoria y autónoma.
Que el artículo 7 transitorio del citado Acto Legislativo dispuso que la JEP está compuesta por la Sala de Reconocimiento de Verdad, de Responsabilidad y de Determinación de los Hechos y Conductas, la Sala de Definición de Situaciones Jurídicas, la Sala de Amnistía o Indulto, el Tribunal para la Paz, la Unidad de Investigación y Acusación y la Secretaría Ejecutiva, la cual se encargará de la administración, gestión y ejecución de los recursos de la entidad.
Que el Gobierno Nacional, a través del Decreto 266 del 6 de febrero de 2018, fijó el régimen salarial y prestacional para los funcionarios y empleados de la Jurisdicción Especial para la Paz, así:
“ARTÍCULO 1. Régimen salarial y prestacional de los funcionarios y empleados del Tribunal para La Paz, Secretaria (sic) Judicial y las Salas. Los funcionarios y empleados del Tribunal para La Paz; de la Salas de Reconocimiento Verdad, de Responsabilidad y de Determinación de los Hechos y Conductas; de Definición de las Situaciones Jurídicas; de Amnistía o Indulto y de la Secretaría Judicial, se les aplicará el régimen salarial y prestacional de los funcionarios y empleados de la Rama Judicial, consagrados en el Decreto 194 de 2014, modificado por los Decretos 1257 de 2015, 245 de 2016 y 1009, 1013 y 1014 de 2017, y por las normas que los modifiquen, adicionen o sustituyan.
ARTÍCULO 2. Régimen salarial y prestacional de los funcionarios y empleados de la Unidad de Investigación y Acusación, y la Secretaría Ejecutiva de la Jurisdicción Especial para la Paz. Los funcionarios y empleados de la Unidad de Investigación y Acusación y de la Secretaría Ejecutiva, se les aplicará el régimen salarial y prestacional consagrado en los Decretos 989, 1009 y 1015 de 2017 y en las normas que los modifiquen, adicionen o sustituyan, para los funcionarios y empleados de la Fiscalía General de la Nación”.
Que el artículo 110 de la Ley Estatutaria de la Administración de Justicia en la JEP, Ley 1957 del 6 de junio de 2019, previó que ésta “tendrá un Órgano de Gobierno cuyo objeto será el establecimiento de los objetivos, planificación, orientación de la acción y fijación de la estrategia general de la Jurisdicción, así como en la toma de decisiones de planeación, diseño y/o mejoramiento organizacional, definición de herramientas, lineamientos y criterios generales necesarios para el funcionamiento, así como la definición de políticas públicas que involucren a la jurisdicción”.
Que el numeral 2o del citado artículo, previó como una de las funciones del Órgano de Gobierno, la de “Definir y adoptar la planta de personal de la JEP, para tal efecto podrá crear, suprimir, fusionar y reubicar los empleos".
Que el numeral 8o del referido artículo estableció adicionalmente que el Órgano de Gobierno es la instancia que debe "determinar requisitos, funciones y competencias de los empleos que conforman la planta de personal de la JEP”.
Que el Órgano de Gobierno expidió los Acuerdos AOG No. 002 (1), 003 (2), 004 (3), 005 (4), 017 (5) y 032 (6) de 2018, 001 (7), 002 (8) y 003 (9) de 2019, 015 (10) de 2020, 008 (11) y 033 (12) de 2021, por medio de los cuales estableció la estructura orgánica y funcional de la JEP (Ver anexo “Documento Justificativo").
Que el Órgano de Gobierno expidió el Acuerdo AOG No. 007 de 2022, por medio del cual aprobó el anteproyecto de presupuesto de la Jurisdicción Especial para la Paz para la vigencia fiscal 2023 y ordenó su remisión al Ministerio de Hacienda y Crédito Público, en los términos establecidos en la Circular 07 de 2022 expedida por dicha cartera.
Que mediante Decreto 2590 del 23 de diciembre de 2022, el Gobierno Nacional distribuyó el presupuesto nacional y asignó los recursos necesarios para efectuar el aumento de la planta de personal de la JEP.
Que el 2 de enero de 2023, la Secretaría Ejecutiva de la JEP presentó ante el Ministerio de Hacienda y Crédito Público el análisis técnico y presupuestal de la propuesta de ampliación de planta de personal para el componente misional, judicial y administrativo de la entidad, para atender las funciones, actividades y demás necesidades que se requieran para dar cumplimiento a los compromisos adquiridos con posterioridad a la firma del Acuerdo de Paz.
Que, además, en esa misma fecha la Secretaría Ejecutiva de la JEP radicó ante el Ministerio de Hacienda y Crédito Público la solicitud de modificación de la planta de personal de la Jurisdicción Especial para la Paz -JEP-, a través del SITPRES No. 1-2023-000176 del 2 de enero de 2023, en la cual se planteó que la propuesta correspondía a 324 cargos, distribuidos entre la Magistratura, la Unidad de Investigación y Acusación - UIA y la Secretaría Ejecutiva.
Que mediante oficios con radicados Nros. 202302000028, 202302000159, 202302001461, 202302001584 y 202302002054 del 2 y 10 de enero y 8, 10 y 20 de febrero de 2023, respectivamente, la Secretaría Ejecutiva presentó al Ministerio de Hacienda y Crédito Público la propuesta de ampliación de la planta de personal de la Jurisdicción.
Que mediante oficio con radicado 2-2023-009674 del 1° de marzo de 2023, la Dirección General del Presupuesto Público Nacional del Ministerio de Hacienda y Crédito Público emitió concepto favorable a la solicitud de viabilidad presupuestal para la modificación de la planta de personal permanente de la Jurisdicción Especial para la Paz - JEP, por un costo neto total anual adicional de $60.435.986.790, pasando a un costo anual por todo concepto de $262.118.818.588.
Que el artículo 61 del Acuerdo AOG No. 04 de 2022 estableció que el Órgano de Gobierno de la JEP, en ejercicio de su función de definir y adoptar la planta de empleos global y flexible puede crear, suprimir, fusionar y reubicar los empleos de la JEP.
Que de acuerdo con la viabilidad presupuestal favorable emitida por la Dirección General del Presupuesto Público Nacional del Ministerio de Hacienda y Crédito Público y en concordancia con el documento justificativo de “Solicitud de modificación de la planta de personal vigente para implementar a partir de 2023, el Órgano de Gobierno aprobó la supresión, creación y distribución de los empleos en los diferentes órganos de la JEP, así:
- Crear 242 cargos adscritos a la Magistratura de la JEP, distribuidos así:
Número de empleos | Denominación del Empleo | Grado |
6 | Asistente Administrativo | 6 |
3 | Auxiliar Judicial | II |
12 | Auxiliar Judicial | IV |
108 | Profesional Universitario | 11 |
4 | Profesional Universitario | 15 |
30 | Profesional Universitario | 18 |
79 | Profesional Especializado | 33 |
242 | TOTAL |
- Crear 125 cargos adscritos a la Unidad de Investigación y Acusación - UIA, así:
Número de empleos | Denominación del Empleo | Grado |
5 | Auxiliar | 2 |
1 | Secretario Administrativo | 3 |
49 | Técnico Investigador | II |
12 | Técnico Investigador | IV |
2 | Fiscal de Apoyo | II |
15 | Profesional de Gestión | I |
17 | Profesional de Gestión | II |
2 | Profesional Especializado | II |
15 | Profesional Investigador | I |
3 | Profesional Experto | |
3 | Investigador Experto | |
1 | Asesor de Despacho | |
125 | TOTAL |
- Crear 56 cargos adscritos a la Secretaría Ejecutiva, así:
Número de empleos | Denominación del Empleo | Grado |
4 | Auxiliar | I |
3 | Técnico | I |
16 | Profesional de Gestión | I |
6 | Profesional de Gestión | II |
13 | Profesional Especializado | I |
10 | Profesional Especializado | II |
4 | Asesor | III |
56 | TOTAL |
- Suprimir 6 empleos de Sustanciador Nominado de la Sala de Definición de Situaciones Jurídicas.
- Crear 6 empleos de Profesional Especializado Grado 33 en la Sala de Definición de Situaciones Jurídicas.
Que con la expedición del presente Acuerdo no se generan obligaciones adicionales al tesoro público y no se excede el monto global fijado en el presupuesto asignado a la JEP.
Que el Presidente de la JEP se encuentra en comisión del servicio en el exterior atendiendo funciones propias de su cargo, situación administrativa que genera vacancia temporal, de conformidad con lo establecido en el artículo 2.2.5.2.2 del Decreto 648 de 2017.
Que el artículo 24 del Acuerdo ASP No. 001 de 2020 dispone que “en caso de ausencia temporal del o de la titular de la Presidencia de la Jurisdicción sus funciones serán ejercidas por la o el titular de la Vicepresidencia y, en su defecto, por la o el titular de la Presidencia de la Sección de Apelación”.
Que teniendo en cuenta las normas citadas, la Vicepresidenta de la JEP se encuentra facultada legalmente para suscribir el presente Acuerdo.
Que el Órgano de Gobierno aprobó la suscripción del presente Acuerdo por parte de la Vicepresidenta y del Secretario Ejecutivo.
En mérito de lo expuesto,
ACUERDA
ARTÍCULO 1. <Acuerdo derogado por el artículo 3 del Acuerdo AOG 41 de 2023> Establecer la estructura organizacional de la Jurisdicción Especial para la Paz - JEP-, así:
1. Presidencia
1.1 Relatoría
1.2 Grupo de Análisis de la Información - GRAI(13)
2. Tribunal para la Paz
3. Salas de Justicia
4. Secretaría Judicial (14)
5. Unidad de Investigación y Acusación - UIA
5.1. Grupos Territoriales
5.1.1. Medellín
5.1.2. Turbo
5.1.3. Sincelejo
5.1.4. Villavicencio
5.1.5. Bucaramanga
5.1.6. Cúcuta
5.1.7. Neiva
5.1.8. Florencia
5.1.9. Pasto
5.1.10. Quibdó
5.1.11. Valledupar
5.1.12. Santiago de Cali <Grupo creado por el artículo 2 del Acuerdo AOG 37 de 2023>
6. Secretaría Ejecutiva
6.1. Despacho de la Secretaría Ejecutiva
6.1.1. Subdirección de Asuntos Disciplinarios
6.1.2. Subdirección de Cooperación Internacional
6.1.3. Subdirección de Comunicaciones
6.1.4. Subdirección de Control Interno
6.1.5. Subdirección de Planeación
6.1.6. Subdirección de Fortalecimiento Institucional
6.1.7. Oficina Asesora de Justicia Restaurativa
6.1.8. Oficina Asesora de Monitoreo Integral
6.1.9. Oficina Asesora de Memoria Institucional y del Sistema Integral para la Paz
6.1.10 Oficina Asesora de Estructuración de Proyectos
6.2. Subsecretaría
6.2.1. Departamento de Enfoques Diferenciales
6.2.2. Departamento de Atención a Víctimas
6.2.3. Departamento Saad Representación a Víctimas
6.2.4. Departamento Saad Defensa a Comparecientes
6.2.5. Departamento de Atención al Ciudadano
6.2.6. Departamento de Gestión Territorial
6.3. Dirección de Asuntos Jurídicos
6.3.1. Subdirección de Contratación
6.3.2. Departamento de Conceptos y Representación Jurídica
6.4. Dirección de Tecnologías de la Información
6.5. Dirección Administrativa y Financiera
6.5.1. Subdirección de Talento Humano
6.5.2. Subdirección Financiera
6.5.3. Subdirección de Recursos Físicos e Infraestructura.
6.5.3.1 Oficina Asesora de Seguridad y Protección
6.5.4. Departamento de Gestión Documental
ARTÍCULO 2. <Acuerdo derogado por el artículo 3 del Acuerdo AOG 41 de 2023> <Consultar resoluciones que modifican este artículo en Notas de Vigencia. El texto ORIGINAL es el siguiente:> Adoptar y distribuir la planta de personal de la Jurisdicción Especial para la Paz, así:
EMPLEOS DE LA JURISDICCIÓN ESPECIAL PARA LA PAZ
EMPLEO | GRADO | TOTAL POR EMPLEO |
Asesor de Despacho | 4 | |
Asesor | I | 6 |
Asesor | II | 4 |
Asesor | III | 10 |
Asistente Administrativo | 8 | 18 |
Asistente Administrativo | 6 | 6 |
Asistente de Fiscal | IV | 22 |
Auxiliar | I | 8 |
Auxiliar | II | 33 |
Auxiliar Judicial | 2 | 4 |
Auxiliar Judicial | 4 | 55 |
Citador | 5 | 6 |
Conductor | 6 | 39 |
Conductor | II | 18 |
Director Nacional | I | 3 |
Director de Unidad | 1 | |
Fiscal Ante Tribunal | 10 | |
Fiscal de Apoyo | I | 16 |
Fiscal de Apoyo | II | 12 |
Fiscal Ante Sala | 6 | |
Investigador Experto | 13 | |
Jefe de Departamento | 8 | |
Magistrado Auxiliar | 61 | |
Magistrado de Sala | 18 | |
Magistrado de Tribunal | 20 | |
Oficinista de Tribunal | 5 | 6 |
Profesional de Gestión | I | 56 |
Profesional de Gestión | II | 53 |
Profesional Especializado | 33 | 305 |
Profesional Especializado | I | 38 |
Profesional Especializado | II | 37 |
Profesional Experto | 26 | |
Profesional Investigador | I | 15 |
Profesional Universitario | 11 | 108 |
Profesional Universitario | 15 | 8 |
Profesional Universitario | 18 | 30 |
Profesional Universitario | 20 | 4 |
Profesional Universitario | 21 | 1 |
Secretario Administrativo | I | 7 |
Secretario Administrativo | III | 1 |
Secretario Ejecutivo | 1 | |
Secretario General | 1 | |
Subdirector Nacional | 10 | |
Subsecretario Ejecutivo | 1 | |
Sustanciador Nominado | 32 | |
Técnico de Centro u Oficina de Servicios y/o Equivalente | 11 | 3 |
Técnico | I | 29 |
Técnico | III | 13 |
Técnico Investigador | II | 49 |
Técnico Investigador | IV | 82 |
Total planta | 1317 |
DISTRIBUCION DE EMPLEOS POR ÓRGANO
ÓRGANO | UNIDAD | NÚMERO DE EMPLEOS |
MAGISTRATURA | Presidencia | 725 |
Relatoría | ||
GRAI | ||
Tribunal para la Paz | ||
Salas de Justicia | ||
SEJUD | ||
UNIDAD DE INVESTIGACIÓN Y ACUSACIÓN | Unidad de Investigación y Acusación - UIA | 341 |
ECRETARÍA EJECUTIVA | Secretaria Ejecutiva | 251 |
PRESIDENCIA
Número de empleos | Denominación del empleo | Grado | |
1 | Profesional Especializado (Relator) | 33 | |
4 | Profesional Especializado | 33 | |
1 | Profesional Universitario | 21 | |
5 | Profesional Universitario - (Relatoría) | 15 | |
Presidencia | 1 | Técnico de Centro u Oficina de Servicios y/o Equivalentes - (Relatoría) | 11 |
1 | Auxiliar Judicial | 2 | |
6 | Auxiliar Judicial - (Relatoría) | 4 | |
1 | Auxiliar Judicial | 4 | |
1 | Conductor de Corporación Nacional | 6 | |
1 | O0ficinista de Tribunal | 5 | |
22 | TOTAL |
TRIBUNAL PARA LA PAZ
Total número de empleos del Tribunal para la Paz | Denominación del empleo | Grado | |
20 | Magistrado de Tribunal | ||
60 | Magistrado Auxiliar | ||
100 | Profesional Especializado | 33 | |
20 | Sustanciador Nominado | ||
20 | Auxiliar Judicial | 4 | |
20 | Conductor de Corporación Nacional | 6 | |
240 | TOTAL | ||
Número de empleos por Despacho | Denominación del empleo | Grado | |
1 | Magistrado de Tribunal | ||
Despacho | 3 | Magistrado Auxiliar | |
Magistrado de | 5 | Profesional Especializado | 33 |
Tribunal para | 1 | Sustanciador Nominado | |
la Paz | 1 | Auxiliar Judicial | 4 |
1 | Conductor de Corporación Nacional | 6 | |
12 | TOTAL |
SALAS DE JUSTICIA
Total número de empleos de las Salas de Justicia | Denominación del empleo | Grado | |
18 | Magistrado de Salas | ||
168 | Profesional Especializado | 33 | |
12 | Sustanciador Nominado | ||
30 | Profesional Universitario | 18 | |
36 | Profesional Universitario | 11 | |
12 | Auxiliar Judicial | 4 | |
18 | Asistente Administrativo | 8 | |
6 | Asistente Administrativo | 6 | |
18 | Conductor de Corporación Nacional | 6 | |
318 | TOTAL | ||
Número de empleos por Despacho | Denominación del empleo | Grado | |
1 | Magistrado de Salas | ||
9 | Profesional Especializado | 33 | |
1 | Sustanciador Nominado | ||
1 | Profesional Universitario | 18 | |
Sala de Reconocimiento de | 3 | Profesional Universitario | 11 |
Verdad, de Responsabilidad y | 1 | Auxiliar Judicial | 4 |
de Determinación de los | 1 | Asistente Administrativo | 8 |
Hechos y Conductas | 1 | Asistente Administrativo | 6 |
1 | Conductor de Corporación Nacional | 6 | |
19 | TOTAL | ||
Número de empleos por Despacho | Denominación del empleo | Grado | |
1 | Magistrado de Salas | ||
8 | Profesional Especializado | 33 | |
Sala de Amnistía o | 1 | Sustanciador Nominado | |
Indulto | 3 | Profesional Universitario | 18 |
2 | Profesional Universitario | 11 | |
1 | Auxiliar Judicial | 4 | |
1 | Asistente Administrativo | 8 | |
1 | Conductor de Corporación Nacional | 6 | |
18 | TOTAL | ||
Número de empleos por Despacho | Denominación del empleo | Grado | |
1 | Magistrado de Salas | ||
11 | Profesional Especializado | 33 | |
Sala de Definición de | 1 | Profesional Universitario | 18 |
Situaciones Jurídicas | 1 | Profesional Universitario | 11 |
1 | Asistente Administrativo | 8 | |
1 | Conductor de Corporación Nacional | 6 | |
16 | TOTAL |
GRUPO DE ANÁLISIS DE LA INFORMACIÓN - GRAI
Grupo de Análisis de la | Número de empleos | Denominación del empleo |
Información - GRAI | 1 | Magistrado Auxiliar (Jefe del GRAI) |
1 | TOTAL |
El GRAI estará compuesto por 25 Profesionales Especializados Grado 33 y 13 Profesionales Universitarios Grado 11, como se describe a continuación:
Grupo de Análisis de la | Número de empleos | Denominación del empleo | Grado |
Información - GRAI | 25 | Profesional Especializado | 33 |
13 | Profesional Universitario | 11 | |
38 | TOTAL |
Estos empleos serán nominados por las Magistradas y los Magistrados que determine el Órgano de Gobierno, en atención a las necesidades de perfiles que formulen en conjunto la Jefatura del GRAI y el Comité de Dirección de ese grupo, en virtud de lo previsto en el literal d) artículo 77 del Acuerdo ASP 001 de 2020.
SECRETARÍA JUDICIAL
Número de empleos | Denominación del empleo | Grado | |
1 | Secretario General | ||
7 | Profesional Especializado | 33 | |
4 | Profesional Universitario | 20 | |
Secretaría | 3 | Profesional Universitario | 15 |
Judicial | 59 | Profesional Universitario | 11 |
3 | Auxiliar Judicial | 2 | |
16 | Auxiliar Judicial | 4 | |
2 | Técnico de Centro u Oficina de Servicios y/o Equivalentes | 11 | |
6 | Citador | 5 | |
5 | Oficinista de Tribunal | 5 | |
106 | TOTAL |
UNIDAD DE INVESTIGACIÓN Y ACUSACIÓN - UIA
Número de empleo | Denominación del empleo | Grado | |
Bogotá D.C | Director | ||
(Sede | 10 | Fiscal Ante Tribunal | |
Central) | 6 | Fiscal Ante Sala | |
Despacho | 4 | Asesor de Despacho | |
del Director | 16 | Fiscal de Apoyo | I |
12 | Fiscal de Apoyo | II | |
4 | Investigador Experto | ||
5 | Profesional Experto | ||
4 | Profesional Especializado | II | |
16 | Profesional de Gestión | II | |
14 | Profesional de Gestión | I | |
15 | Profesional Investigador | I | |
1 | Asistente de Fiscal | IV | |
10 | Técnico Investigador | IV | |
49 | Técnico Investigador | II | |
9 | Auxiliar | II | |
17 | Conductor | II | |
Bogotá D.C | 9 | Investigador Experto | |
Unidad | 13 | Profesional Experto | |
(Sede Central) | 9 | Profesional Especializado | II |
1 | Profesional de Gestión | II | |
1 | Profesional de Gestión | I | |
21 | Asistente de Fiscal | IV | |
69 | Técnico Investigador | IV | |
1 | Secretario Administrativo | III | |
24 | Auxiliar II | ||
341 | Total planta de la Unidad de Investigación y Acusación - UIA |
SECRETARÍA EJECUTIVA
Planta del Despacho de la Secretaría Ejecutiva de la JEP | |||
Nivel | Denominación del empleo | Grado | Empleos |
Directivo | Secretario Ejecutivo | 1 | |
Asesor | Asesor | III | 7 |
Asesor | II | 1 | |
Asesor | I | 3 | |
Profesional | Profesional Especializado | II | 9 |
Profesional Especializado | I | 2 | |
Profesional de Gestión | II | 5 | |
Profesional de Gestión | I | 7 | |
Técnico | Técnico | III | 1 |
Técnico | I | 3 | |
Asistencial | Auxiliar | I | 5 |
Conductor | II | 1 | |
Total planta del Despacho de la Secretaría Ejecutiva de la JEP | 45 | ||
Planta global de la Secretaría Ejecutiva de la JEP | |||
Nivel | Denominación del empleo | Grado | Empleos |
Directivo | Subsecretario Ejecutivo | 1 | |
Director Nacional | I | 3 | |
Subdirector Nacional | 10 | ||
Jefe Departamento | 8 | ||
Asesor | Asesor | III | 3 |
Asesor | II | 3 | |
Asesor | I | 3 | |
Profesional | Profesional Experto | 8 | |
Profesional Especializado | II | 15 | |
Profesional Especializado | I | 36 | |
Profesional de Gestión | II | 31 | |
Profesional de Gestión | I | 34 | |
Técnico | Técnico Investigador | IV | 3 |
Técnico | III | 12 | |
Técnico | I | 26 | |
Asistencial | Auxiliar | I | 3 |
Secretario Administrativo | I | 7 | |
Total planta global de la Secretaría Ejecutiva de la JEP | 206 |
PARÁGRAFO 1. La planta de personal de la Jurisdicción Especial para la Paz es global y flexible. El nominador respectivo distribuirá los empleos y ubicará al personal, teniendo en cuenta la estructura, la organización interna, las necesidades territoriales, los planes, estrategias, programas y necesidades propias del servicio.
PARÁGRAFO 2. La provisión de empleos en la Jurisdicción Especial para la Paz se hará de conformidad con el Acuerdo AOG No. 004 de 2022 o el Acuerdo que lo modifique.
PARÁGRAFO 3. El régimen salarial y prestacional de los empleos de la JEP, es el establecido por el Gobierno Nacional, a través del Decreto 266 del 6 de febrero de 2018.
PARÁGRAFO 4. Respecto de las servidoras y servidores públicos asignados al GRAI no podrá aplicar la movilidad a la que se refiere el artículo 43 del Acuerdo ASP No. 001 de 2020, Reglamento General de la JEP, y estos cumplirán sus funciones siguiendo las directrices de la Jefatura del GRAI y del Comité de Dirección.
PARÁGRAFO 5. Los cargos de Fiscal de la Unidad de Investigación y Acusación - UIA, distribuidos en los grupos territoriales, se encuentran adscritos al despacho del Director.
PARÁGRAFO 6. Los Grupos Territoriales de la Unidad de Investigación y Acusación - UIA estarán integrados por un Fiscal y los demás servidores que el Director considere necesarios, de acuerdo con las necesidades propias del servicio y las funciones desempeñadas.
El Director de la Unidad de Investigación y Acusación - UIA, como nominador, podrá distribuir los cargos teniendo en cuenta la estructura interna, y asignar las y los servidores que considere necesarios a los grupos territoriales, sin que ello implique la modificación de la naturaleza del empleo, la estructura y organización de la Unidad.
PARÁGRAFO 7. La sede central y los grupos territoriales de la Unidad de Investigación y Acusación - UIA, tendrán la siguiente cobertura según su ubicación, así:
Ubicación | Cobertura |
Bogotá D.C. | Cundinamarca |
(Sede Central Unidad) | Boyacá |
Amazonas | |
San Andres, Providencia y Santa Catalina | |
Medellín | Antioquia |
Eje Cafetero | |
Ubicación | Cobertura |
Turbo | Urabá Antioqueño y Chocoano |
Sur de Córdoba | |
Sincelejo | Sucre |
Centro y Norte de Bolívar | |
Atlántico | |
Centro y Norte de Córdoba | |
Villavicencio | Meta |
Guaviare | |
Casanare | |
Vichada | |
Vaupés | |
Guainía | |
Bucaramanga | Santander |
Magdalena Medio, Antioqueño y Santandereano | |
Sur de Bolívar | |
Sur del Cesar | |
Cúcuta | Norte de Santander |
Arauca | |
Neiva | Huila |
Centro y Norte del Putumayo | |
Tolima | |
Florencia | Caquetá |
Sur del Putumayo | |
Pasto | Cauca |
Valle del Cauca | |
Nariño | |
Quibdó | Chocó |
Valledupar | Centro y Norte del Cesar |
Magdalena | |
La Guajira |
PARÁGRAFO 8. Todos los empleos del nivel Profesional, Técnico y Asistencial que se encuentren adscritos a las Oficinas Asesoras de Justicia Restaurativa, de Monitoreo Integral, de Memoria Institucional y del Sistema Integral para la Paz y de Estructuración de Proyectos del Despacho de la Secretaría Ejecutiva, en atención a la alta especificidad de las actuaciones a su cargo y a la imperiosa necesidad de generar resultados de manera recurrente, concreta y oportuna como insumos indispensables para la materialización de los procesos institucionales y de la misionalidad de la Jurisdicción, son de libre nombramiento y remoción de la respectiva autoridad nominadora.
PARÁGRAFO 9 -. La supresión de los 6 empleos de Sustanciador Nominado y la creación de los 6 empleos de Profesional Especializado Grado 33 en la Sala de Definición de Situaciones Jurídicas estará sujeta a la fecha de entrada en rigor del presente Acuerdo.
ARTÍCULO 3. <Acuerdo derogado por el artículo 3 del Acuerdo AOG 41 de 2023> El presente Acuerdo rige a partir del 2 de mayo de 2023, y deroga los Acuerdos AOG No. 04, 005, 017 y 032 de 2018, 001, 002 y 003 de 2019, 008 y 033 de 2021 y 008 de 2023, y demás normas que le sean contrarias.
ARTÍCULO 4. <Artículo derogado por el artículo 4 del Acuerdo AOG 22 de 2023>
ARTÍCULO 5. El presente Acuerdo se publicará y divulgará a través de la página web de la Jurisdicción Especial para la Paz -JEP-.
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE
Dado en Bogotá, D.C., a los treinta y un (31) días de marzo de dos mil veintitrés (2023).
BELKIS FLORENTlNA IZQIERDO TORRES
Vicepresidenta
HARVEY DANILO SUÁREZ MORALES
Secretario Ejecutivo
1. Por el cual se establece la estructura de la Jurisdicción Especial para La Paz - JEP.
2. Por el cual se establece el sistema de nomenclatura y clasificación de los empleos públicos de la Jurisdicción Especial para La Paz - JEP.
3. Por el cual se modifica y adiciona el Acuerdo 002 del 26 de enero de 2018 sobre la estructura de la Jurisdicción Especial para La Paz - JEP.
4. Por el cual se establece la planta de personal de la Jurisdicción Especial para La Paz - JEP.
5. Por el cual se suprimen y se crean unos cargos en la planta de personal de la Secretaría Judicial de la Jurisdicción Especial para la Paz y se adiciona y modifica el manual de funciones y competencias laborales.
6. Por el cual se suprimen, se crean y se trasladan unos empleos de la planta de personal de la Secretaría Judicial a la planta de personal del Despacho de la Presidencia de la Jurisdicción Especial para la Paz -JEP, se crean los Manuales de Específicos Funciones y se modifica la estructura organizacional de la Presidencia y la Secretaría Judicial de la JEP.
7. Por el cual modifican los Acuerdos 005 y 006 de 2018, en relación con la estructura organizacional y el manual de funciones de la Unidad de Investigación y Acusación - UIA.
8. Por el cual se modifica la planta, la estructura y se crean los manuales de específicos funciones de la Presidencia de la JEP.
9. Por el cual se crean los grupos territoriales de la Jurisdicción especial para la Paz y se modifica parcialmente el artículo del Acuerdo No. 005 del 8 de febrero de 2018 y el artículo 3 del Acuerdo 001 de 2019, en lo referente a la distribución de la planta de personal de la Unidad de Investigación y Acusación.
10. Por el cual se adiciona un artículo al Acuerdo AOG 002 de 2018 y se dictan otras disposiciones.
11. Por la cual se modifica el artículo 4 del Acuerdo AOG 003 de 2019.
12. Por el cual se fija la estructura de la Secretaría Ejecutiva y se adopta el Manual de Funciones y Competencias Laborales para la planta de empleos.
13. Artículo 73 del Acuerdo ASP 001 de 2020. Naturaleza. El Grupo de Análisis de la Información (GRAI), unidad adscrita a la Magistratura, realiza análisis de contexto, identifica y caracteriza los patrones de conducta criminal y gestiona información, para contribuir a la toma de decisiones de la Magistratura en particular y de la JEP en general.
14. La Secretaría Judicial depende orgánicamente del Órgano de Gobierno, de conformidad con el artículo 80 del Acuerdo ASP No. 001 de 2020.