Providencia del Consejo de Estado, Sección Primera, expediente 08001-23-31-000-2003-00319-01(AP) de 2008
Los municipios tienen la obligación de construir o de adecuar las salas para la práctica de autopsias en los cementerios municipales o públicos, con un mínimo de requisitos técnicos que garanticen iluminación, suficiente privacidad, servicio de agua, ventilación, mesa adecuada para la práctica de la autopsia, servicio de energía eléctrica, etc.. Entidades territoriales - Adecuación de salas para práctica de autopsias en cementerios. Tratamiento de cadáveres en descomposición. Derecho a un ambiente sano. Derecho a la salubridad pública. Acción popular incentivo económico