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RESOLUCIÓN 407 DE 2016
(julio 7)
Diario Oficial No. 49.984 de 2 de septiembre de 2016
SUPERINTENDENCIA DEL SUBSIDIO FAMILIAR
Por la cual se modifica y amplía el Plan Único de Cuentas para el Sistema de Subsidio Familiar en Colombia y su Dinámica, aprobado por la Resolución 0537 de 2009.
LA SUPERINTENDENTE DEL SUBSIDIO FAMILIAR,
en ejercicio de sus atribuciones legales y en especial de las que le confieren los numerales 4 y 6 del artículo 7o del Decreto-ley 2150 de 1992, numerales 4 y 7 del artículo 24 de la Ley 789 de 2002, los numerales 7 del artículo 2o y numerales 2 y 3 del artículo 5o del Decreto 2595 de 2012, parágrafo artículo 6o y numeral 2o del artículo 10 de la Ley 1314 de 2009, y en desarrollo del inciso 4o del artículo 2.2.7.5.3.2 del Decreto Único Reglamentario del Sector Trabajo 1072 de 2015, y
CONSIDERANDO:
Que, es competencia de la Superintendencia del Subsidio Familiar instruir a las entidades vigiladas sobre la forma en que deben cumplir las disposiciones que regulan su actividad, fijar los criterios técnicos y jurídicos que faciliten el cumplimiento de tales normas y señalar los procedimientos para su cabal aplicación.
Mediante Resolución 0537 del 6 de octubre de 2009 se unificó el Plan Único de Cuentas para el Sistema de Subsidio Familiar en Colombia.
Con la Resolución 0742 de 20 de septiembre de 2013 se derogan las Resoluciones 0747 de 2012, 810 de 2012 y 0217 de 2013 y se amplió el Plan Único de Cuentas para el Sistema de Subsidio Familiar.
Mediante Resolución 1135 del 30 de diciembre de 2013 se modificó y amplió el Plan Único de Cuentas para el Sistema de Subsidio Familiar.
Mediante Resolución 0318 del 9 de mayo de 2014, se modificó y amplió el Plan Único de Cuentas para el Sistema de Subsidio Familiar, aprobado por la Resolución 0537 de 2009 y adicionalmente se hizo necesario modificar el artículo segundo de esta resolución acorde con lo contemplado en el Decreto Reglamentario 582 del 8 de abril de 2016.
Con la Resolución 0645 del 5 de agosto de 2014 se modificó la resolución 0742 del 20 de septiembre de 2013, por la cual se derogó las Resoluciones 0747, 0810 de 2012 y 0217 de 2013 y se amplió el Plan Único de Cuentas del Sistema del Subsidio Familiar.
Con la Resolución 0397 de 10 de julio de 2015 de la Superintendencia del Subsidio Familiar, se modificó y amplió el Plan Único de Cuentas para el Sistema de Subsidio Familiar, creando las cuentas y subcuentas para el programa 40.000 primeros empleos.
La Ley 1636 de 2013 creó el Mecanismo de Protección al Cesante, que tiene como finalidad entre otras, la articulación y ejecución de políticas activas y pasivas de mitigación de los efectos del desempleo.
En la Sección 3 del Capítulo 1 del Título 6 de la Parte 2 del Libro Decreto Único Reglamentario del Sector Trabajo 1072 de 2015, se definen las subcuentas que componen el Fondo de Solidaridad de Fomento al Empleo y Protección al Cesante (Fosfec) y se establece la forma de apropiar y distribuir los recursos para el reconocimiento y pago de las prestaciones económicas del Mecanismo de Protección al Cesante.
La Ley 1753 de 2015 “por la cual se expide el Plan Nacional de Desarrollo 2014-2018, Todos por un Nuevo País” en su artículo 77 fortaleció el esquema de Mecanismo de Protección al Cesante para lograr estabilizar los ingresos de los cesantes y mitigar los efectos negativos del desempleo, a través de la creación de los bonos de alimentación.
El Ministerio del Trabajo expidió el Decreto Reglamentario 582 del 8 de abril de 2016, por medio del cual se modifican los artículos 2.2.6.1.3.1. y 2.2.6.1.3.12., y se adicionan los artículos 2.2.6.1.3.18 a 2.2.6.1.3.26 al Decreto 1072 de 2015, para reglamentar parcialmente el artículo 77 de la Ley 1753 de 2015 y adoptar medidas para fortalecer el Mecanismo de Protección al Cesante en lo relativo a Bonos de Alimentación, y que en el numeral 1 y 4 del artículo 2o, señala:
Modificación del artículo 2.2.6.1.3.12 del Decreto 1072 de 2015. El artículo 2.2.6.1.3.12 del Decreto 1072 de 2015 quedará así:
“Artículo 2.2.6.1.3.12. Administración de los recursos. En desarrollo del artículo 23 de la Ley 1636 de 2013, la administración de los recursos del Fondo de Solidaridad de Fomento al Empleo y Protección al Cesante, a cargo de las Cajas de Compensación Familiar, se regirá por las siguientes reglas:
1. Los recursos del Fondo de Solidaridad de Fomento al Empleo y Protección al Cesante (Fosfec) se destinarán y deberán ser contabilizados en una cuenta especial independiente y desagregada en cinco (5) subcuentas:
1.1. De prestaciones económicas, correspondiente a: pago de aportes a salud y pensión y cuota monetaria por cesante, incentivo económico por ahorro voluntario de cesantías y bonos de alimentación.
4. Será competencia de la Superintendencia del Subsidio Familiar, la inspección, vigilancia y control del manejo de los recursos destinados a atender el pago de los beneficios del Mecanismo de protección al Cesante así como el debido cálculo de las comisiones, para lo cual las Cajas de Compensación Familiar deberán rendir un informe mensual detallado de la ejecución de tales recursos”.
Para garantizar la inspección, vigilancia y control de estos recursos se hace necesario modificar y ampliar el Plan Único de Cuentas, aprobado mediante Resolución 0537 del 6 de octubre de 2009.
En consideración de lo anteriormente expuesto, este Despacho,
RESUELVE:
ARTÍCULO 1o. Modificar el artículo segundo de la Resolución 318 del 9 de mayo de 2014, que modifica y amplía el Plan Único de Cuentas para el Sistema de Subsidio Familiar, el cual quedará así:
Artículo 2o. Ampliar el Plan Único de Cuentas para el Sistema de Subsidio Familiar, creando la siguiente cuenta y sus respectivas subcuentas para la administración del Fosfec:
2 | PASIVO |
28 | Fondos con Destinación Específica y otros pasivos |
2868 | Asignaciones y cuentas por pagar Fosfec |
286811 | Servicios de gestión y colocación para la inserción laboral |
286812 | Programas de capacitación para la reinserción laboral |
286813 | Sistemas de información |
286814 | Gastos de administración |
286815 | Comisión labor administrativa |
286816 | Otras asignaciones autorizadas |
286820 | Beneficiarios Activos |
286821 | Aportes salud |
286822 | Aportes pensión |
286823 | Cuota monetaria por cesante |
286824 | Incentivo económico por ahorro voluntario de cesantías |
286825 | Bonos de alimentación |
DESCRIPCIÓN Y DINÁMICA
2 | PASIVO |
28 | Fondos con Destinación Específica y otros pasivos |
2868 | Asignaciones y cuentas por pagar Fosfec |
DESCRIPCIÓN
Registra el valor de los recursos asignados o comprometidos pendientes de giro por cuenta del Fosfec que corresponden a los diferentes usos autorizados por las normas vigentes.
DINÁMICA
Créditos
a) Por el valor de los recursos asignados o comprometidos pendientes de giro o desembolso que correspondan a los usos o aplicaciones autorizadas por las normas vigentes, con cargo a la cuenta 2858.
Débitos
a) Por el pago de los recursos asignados o comprometidos;
b) Por el reintegro de recursos asignados o comprometidos contra la cuenta 2858.
ARTÍCULO 2o. Modificar el artículo 3o de la Resolución 0318 del 9 de mayo de 2014, que modifica y amplía el Plan Único de Cuentas para el Sistema de Subsidio Familiar, el cual quedará así:
Artículo 3o. Modificar la denominación de las subcuentas, descripción y dinámicas de la cuenta 2858 – Fosfec Ley 1636 de 2013:
2 | PASIVO |
28 | Fondos con Destinación Específica y otros pasivos |
2858 | Asignaciones y cuentas por pagar Fosfec |
285805 | Fuentes vigencia actual - Cr |
285806 | Fuentes vigencia anterior - Cr |
285811 | Servicios de gestión y colocación para la inserción laboral - Db |
285812 | Programas de capacitación para la reinserción laboral - Db |
285813 | Sistemas de información - Db |
285814 | Gastos de administración - Db |
285815 | Comisión labor administrativa - Db |
285816 | Otras apropiaciones autorizadas – Db |
285820 | Beneficiarios Activos - Db |
285821 | Aportes salud - Db |
285822 | Aportes pensión - Db |
285823 | Cuota monetaria por cesante - Db |
285824 | Incentivo económico por ahorro voluntario de cesantías - Db |
285825 | Bonos de alimentación - Db |
DESCRIPCIÓN Y DINÁMICA
2 | PASIVO |
28 | Fondos con Destinación Específica y otros pasivos |
2858 | Fosfec Ley 1636 de 2013 |
DESCRIPCIÓN
Registra el valor de los recursos apropiados para el Fondo de Solidaridad de Fomento al Empleo y Protección al Cesante (Fosfec), sus rendimientos generados y las asignaciones realizadas en cumplimiento de lo señalado en la Ley 1636 de 2013 y demás normas que lo regulan. Su saldo representa el valor de los recursos pendientes de aplicar, utilizar o asignar en los conceptos definidos.
Créditos
a) Por el valor apropiado periódicamente en la vigencia y que correspondan al porcentaje señalado por las normas;
b) Por el valor trasladado en la vigencia de diferentes fuentes en cumplimiento de las normas;
c) Por los rendimientos financieros generados;
d) Por los recursos reintegrados;
e) Por la cancelación de los saldos de las subcuentas que registran asignaciones, al inicio de la vigencia siguiente;
f) Por la reclasificación a la subcuenta 285806 – Fuentes vigencia anterior – Cr del saldo por aplicar o asignar, al iniciar la vigencia siguiente.
Débitos
a) Por la asignación de servicios de gestión y colocación para la inserción laboral;
b) Por la asignación de programas de capacitación para la reinserción laboral;
c) Por la asignación de gastos relacionados con el sistema de información;
d) Por la asignación de gastos de administración;
e) Por la asignación del valor de la comisión por la labor administrativa a favor de la corporación;
f) Por la asignación de otros gastos autorizados;
g) Por la asignación de beneficiarios activos;
h) Por la asignación de aportes a salud;
i) Por la asignación de aportes a pensión;
j) Por la asignación de cuota monetaria por cesante;
k) Por la asignación de incentivo económico por ahorro voluntario de cesantías;
l) Por la asignación de bonos de alimentación.
ARTÍCULO 3o. Ampliar el Plan Único de Cuentas para el Sistema de Subsidio Familiar, creando la siguiente cuenta, subcuenta, su descripción y dinámica así:
2 | PASIVO |
28 | Fondos con Destinación Específica y otros pasivos |
2869 | Recursos por pagar 40.000 Primeros Empleos |
286905 | Cuentas por pagar – Convenio con empresas |
DESCRIPCIÓN
Registra los valores correspondientes a los recursos que fueron comprometidos y que se encuentran pendientes de giro por cuenta del Fondo 40.000 primeros empleos.
DINÁMICA
Créditos
a) Por el valor de los recursos comprometidos y pendientes de desembolsar;
b) Por la causación de los pasivos aplicados.
Débitos
a) Por el pago de los recursos comprometidos;
b) Por la anulación de los pagos realizados.
ARTÍCULO 4o. Ordenar la publicación del presente acto administrativo de conformidad con lo establecido en el artículo 65 del código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo.
ARTÍCULO 5o. La presente resolución rige a partir de su publicación y deroga las normas que le sean contrarias.
Publíquese y cúmplase.
Dada en Bogotá, D. C., 7 de julio de 2016.
La Superintendente del Subsidio Familiar (e),
LUZ MARY CORONADO MARÍN.