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RESOLUCIÓN 4112 DE 2014

(diciembre 23)

Diario Oficial No. 49.380 de 30 de diciembre de 2014

SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE SALUD

<NOTA DE VIGENCIA: Resolución derogada por el artículo 27 de la Resolución 171736 de 2021>

Por la cual se adicionan políticas del Sistema Integrado de Gestión a la Resolución número 1521 de 2014.

EL SUPERINTENDENTE NACIONAL DE SALUD,

en uso de sus facultades legales, en especial las que le confiere el artículo 7o del Decreto número 2462 de 2013, y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 15 de la Ley 489 de 1998, define el Sistema de Desarrollo Administrativo como “un conjunto de políticas, estrategias, metodologías, técnicas y mecanismos de carácter administrativo y organizacional para la gestión y manejo de los recursos humanos, técnicos, materiales, físicos, y financieros de las entidades de la Administración Pública, orientado a fortalecer la capacidad administrativa y el desempeño institucional, de conformidad con la reglamentación que para tal efecto expida el Gobierno nacional”.

Que mediante Decreto número 2462 de 2013 se modificó la estructura de la entidad, señalando en el numeral 1 del artículo 7o, como función del Superintendente Nacional de Salud, la referente a “dirigir la acción administrativa de la Superintendencia y el cumplimiento de las funciones que a la Superintendencia Nacional de Salud le corresponden”.

Que mediante el Decreto número 943 de 2014 se actualiza el Modelo Estándar de Control Interno (MECI), en el cual se determinan las generalidades y estructura necesaria para establecer, implementar y fortalecer un Sistema de Control Interno en las entidades y organismos obligados a su implementación, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 5o de la Ley 87 de 1993.

Que mediante la Resolución número 678 de 2014 se adoptó el Sistema Integrado de Gestión de la Superintendencia Nacional de Salud, acto administrativo modificado posteriormente en sus artículos 1o y 8o por la Resolución número 2116 de 2014.

Que el Sistema Integrado de Gestión está compuesto por siete subsistemas: i) de Gestión de Calidad, ii) de Control Interno, iii) de Seguridad en la Información, iv) de Seguridad y Salud en el Trabajo v) de Gestión Ambiental, vi) de Responsabilidad Social y vii) de Gestión Documental.

Que mediante la Resolución número 1521 de 2014 se adoptaron las políticas del Sistema Integrado de Gestión con el fin de garantizar el cumplimiento de las funciones de la Entidad y la implementación del Sistema Integrado de Gestión, evidenciando el compromiso de la Alta Dirección en la implementación de los requerimientos y principios establecidos para para cada uno de los subsistemas.

Que de acuerdo con lo anterior se hace necesario adoptar una política adicional relacionada con la Administración de Riesgos, la cual es un producto del elemento que lleva el mismo nombre y que hace parte del componente de Administración de Riesgos, Módulo de Control de Planeación y Gestión, del Modelo Estándar de Control Interno – MECI:2014.

Que en igual forma para desarrollar las actividades que permitan cumplir con los productos mínimos del componente de Autoevaluación Institucional, Módulo de Control de Evaluación y Seguimiento, del Modelo Estándar de Control Interno – MECI:2014, se hace necesario adoptar una Política de Autoevaluación del Control y Gestión.

Que para dar cumplimiento a uno de los productos mínimos del elemento Información y Comunicación interna y externa, Eje Transversal de Información y Comunicación, del Modelo Estándar de Control Interno – MECI:2014, se hace necesario adoptar una Política de Comunicaciones.

Que para desarrollar las actividades que permitan cumplir con los productos mínimos del Eje Transversal de Información y Comunicación, del Modelo Estándar de Control Interno – MECI: 2014, se hace necesario adoptar una Política de Rendición de Cuentas.

Que para dar cumplimiento a las disposiciones del literal g del artículo 1o de la Resolución número 2116 de 2014, se requiere adoptar una Política de Gestión Documental.

Que en virtud a lo anteriormente expuesto,

RESUELVE:

ARTÍCULO 1o. <Resolución derogada por el artículo  de la Resolución 171736 de 2021> Adoptar políticas del Sistema Integrado de Gestión, las cuales están enmarcadas en las definiciones y lineamientos dados por las Resoluciones números 678 y 2116 de 2014 del Sistema Integrado de Gestión.

DOCUMENTOCÓDIGO
Política de Comunicaciones de la Superintendencia Nacional de SaludCOPO01
Política de Administración del RiesgoASPO07
Política de Autoevaluación del Control y GestiónPMPO01
Política de Rendición de CuentasCIPO01
Política del Subsistema de Gestión DocumentalASPO06

ARTÍCULO 2o. RESPONSABILIDADES. <Resolución derogada por el artículo  de la Resolución 171736 de 2021> La responsabilidad de mantener actualizadas las políticas, así como su socialización e implementación será de los Líderes Operativos de cada Subsistema del Sistema Integrado de Gestión y de quienes se designen para desarrollar las actividades de su implementación, de acuerdo a los lineamientos de la Oficina Asesora de Planeación.

ARTÍCULO 3o. PUBLICIDAD DE LA INFORMACIÓN. <Resolución derogada por el artículo  de la Resolución 171736 de 2021> Las políticas identificadas con los códigos relacionados en el artículo 1o de la presente resolución podrán ser consultadas y descargadas en la intranet de la Entidad en la sección Sistema Integrado de Gestión.

ARTÍCULO 4o. VIGENCIA. <Resolución derogada por el artículo  de la Resolución 171736 de 2021> La presente resolución rige a partir de su publicación.

Comuníquese y cúmplase.

Dada en Bogotá, D. C., 23 de diciembre de 2014.

El Viceministro de Protección Social del Ministerio de Salud y Protección Social encargado de las funciones del Despacho del Superintendente Nacional de Salud,

NORMAN JULIO MUÑOZ MUÑOZ.

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