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RESOLUCIÓN 2189 DE 2016
(julio 28)
Diario Oficial No. 49.948 de 28 de julio de 2016
SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE SALUD
<NOTA DE VIGENCIA: Resolución derogada por el artículo 3 de la Resolución 137346 de 2021>
Por la cual se adopta el proceso de Gobierno y Gestión de la Información y se modifica el artículo 1o de la Resolución 1809 de 2015 de la Superintendencia Nacional de Salud.
EL SUPERINTENDENTE NACIONAL DE SALUD,
en ejercicio de sus facultades legales, en particular las conferidas por el artículo 7o del Decreto 2462 de 2013, y
CONSIDERANDO:
Que el artículo 15 de la Ley 489 de 1998, define el Sistema de Desarrollo Administrativo como un “conjunto de políticas, estrategias, metodologías, técnicas y mecanismos de carácter administrativo y organizacional para la gestión y manejo de los recursos humanos, técnicos y materiales, físicos y financieros de las entidades de la Administración Pública, orientado a fortalecer la capacidad administrativa y el desempeño institucional”.
Que la Ley 872 de 2003 creó el Sistema de Gestión de la Calidad de las Entidades del Estado y lo definió en su artículo 1o como “una herramienta de gestión sistémica y transparente que permita dirigir y evaluar el desempeño institucional, en términos de calidad y satisfacción social en la prestación de los servicios a cargo de las entidades y agentes obligados, la cual estará enmarcada en los planes estratégicos y de desarrollo de tales entidades”, el cual debe estar enfocado en los procesos que esta adelanta y en las expectativas de los usuarios, destinatarios y beneficiarios.
Que el parágrafo 1o de ese mismo artículo establece que “la máxima autoridad de cada entidad pública tendrá la responsabilidad de desarrollar, implementar, mantener, revisar y perfeccionar el Sistema de Gestión de la Calidad”.
Que la Superintendencia Nacional de Salud modificó su estructura por medio del Decreto 2462 de 2013 y en numeral 1o del artículo 7o señala que, entre otras, es función del Superintendente Nacional de Salud, “dirigir la acción administrativa de la Superintendencia y el cumplimiento de las funciones que a la Superintendencia Nacional de Salud le corresponden”.
Que en la Resolución 678 de 2014 la entidad acogió el Sistema Integrado de Gestión con el objeto de implantar y mejorar continuamente su modelo de operación por procesos para de esta manera desarrollar procedimientos ágiles, confiables y optimizar su funcionamiento y la calidad del servicio al cliente.
Que mediante Resolución 4086 de 2015 la Superintendencia Nacional de Salud adoptó el Manual de Procesos y Procedimientos de la Entidad, estableciendo que la actualización de los procesos listados en su artículo 2o, se realizarán de conformidad con las disposiciones del procedimiento denominado “Elaboración y Control de Documentos y Registros”, identificado con el Código ASPD01, el cual señala las políticas de operación y actividades necesarias para la revisión, aprobación y modificación de la documentación del Manual de Procesos y Procedimientos.
Que con la publicación de la Resolución 1809 de septiembre de 2015, la entidad modificó el artículo 2o de la Resolución 4086 de 2014, adoptando la segunda versión del mapa de procesos y procedimientos.
Que con ocasión de la expedición del Decreto 415 de 2016, que adiciona el Título 35 a la Parte 2 del Libro 2 del Decreto 1083 de 2015, Decreto Único Reglamentario del sector de la Función Pública, cuyo objetivo es “señalar los lineamientos para el fortalecimiento institucional y ejecución de los planes, programas y proyectos de tecnologías y sistemas de información en la respectiva entidad” la entidad debe adoptar, entre otros, los siguientes mecanismos para fortalecerse en materia de tecnologías de la información y comunicaciones.
“(...)
3. Liderar la definición implementación y mantenimiento de la arquitectura empresarial de la entidad y/o sector en virtud de las definiciones y lineamientos establecidos en el marco de referencia de arquitectura empresarial para la gestión de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones (TIC) del Estado, la estrategia GEL y según la visión estratégica, las necesidades de transformación y marco legal específicos de su entidad o sector.
(…)
6. Coordinar las actividades de definición, seguimiento, evaluación y mejoramiento a la implementación de la cadena de valor y procesos del área de tecnologías de la información. Así mismo, atender las actividades de auditorías de gestión de calidad que se desarrollen en la entidad y liderar la implementación y seguimiento a los planes de mejoramiento en materia de tecnología que se deriven de las mismas.
(…)
11. Desarrollar estrategias de gestión de información para garantizar la pertinencia, calidad, oportunidad, seguridad e intercambio con el fin de lograr un flujo eficiente de información disponible para el uso en la gestión y la toma de decisiones en la entidad y/o sector.
(...)”.
Que para garantizar la observancia de estas disposiciones, la Superintendencia Nacional de Salud ha venido desarrollando diferentes actividades entre las cuales se encuentra la implementación de los requisitos exigidos por la Norma Técnica ISO/IEC 27001:2013 para gestionar la seguridad de su información y cumplir con la meta propuesta para la vigencia 2016, de certificar la conformidad de dos procesos misionales y dos de apoyo del Sistema Integrado de Gestión.
Que en cumplimiento de sus funciones de líder operativo del Subsistema de Seguridad de la Información, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 8o de la Resolución 678 de 2014, modificada por la Resolución 2116 de 2014, y en concordancia con lo mencionado, el Jefe de la Oficina de Tecnologías de la Información identificó la necesidad de crear el proceso denominado “Gobierno y Gestión de la Información” dentro del macroproceso de Direccionamiento Estratégico, que tendrá como objeto “Gobernar, generar, elaborar e implementar mecanismos para la gestión eficaz de administración de la información, mediante la elaboración de políticas, lineamientos, la administración de riesgos de seguridad de la información, el análisis de la calidad de datos, la implantación de controles de seguridad física y lógica y de informes de vulnerabilidades técnicas, para preservar la integridad, disponibilidad, confidencialidad, privacidad y calidad de la información de la entidad”.
Que acorde con el procedimiento de Elaboración y Control de Documentos y Registros, identificado con el Código ASPD01, mediante Memorando 3-2016-012521 del 29 de junio de 2016, el Jefe de la Oficina de Tecnología de Información, en su rol de líder de los Procesos de Gestión de Servicios Tecnológicos, atendiendo los lineamientos de implementación de la Estrategia Presidencial de Gobierno en Línea, acorde con los requerimientos del Subsistema de Seguridad de la Información y en ejercicio de las funciones establecidas por el Decreto 415 de 2016, solicitó la modificación del mapa de procesos y procedimientos de la entidad.
Que así las cosas, se hace necesario actualizar el mapa de procesos de la Entidad, actualizándolo a su tercera versión, a partir de publicación de la presente Resolución.
Que en virtud de lo expuesto,
RESUELVE:
ARTÍCULO 1o. <Resolución derogada por el artículo 3 de la Resolución 137346 de 2021> Modificar el artículo 1o de la Resolución 1809 de 2015, el cual quedará así:
“Adoptar el Mapa de Procesos, el cual estará conformado por cuarenta y cinco (45) procesos listados a continuación, que estarán enmarcados en las definiciones y lineamientos dados por el procedimiento de Elaboración y Control de Documentos y Registros (ASPD01).
TIPO DE PROCESO | PROCESO | CÓDIGO |
Estratégico | Administración del Sistema Integrado de Gestión | ASCR01 |
Comunicación Informativa | CICR01 | |
Comunicación Organizacional | COCR01 | |
Formulación, Implementación y Evaluación de Estudios y Proyectos | EPCR01 | |
Formulación, Implementación y Evaluación de Políticas Institucionales | FPCR01 | |
Gobierno y Gestión de la Información | GGCR01 | |
Diseño e Implementación de Políticas, Metodologías e Instrumentos para la Inspección, Vigilancia y Control (IVC) | MICR01 | |
Formulación, Implementación y Evaluación de Planes y Programas | PICR01 | |
Planes de Mejoramiento | PMCR01 | |
Misional | Auditoría a los Sujetos Vigilados | AICR01 |
Administración de Justicia dentro del Sistema General de Seguridad Social en Salud (SGSSS) | PJCR01 | |
Adopción y Seguimiento de Acciones y Medidas Especiales | MECR01 | |
Evaluación Integral de Riesgos de Sujetos Vigilados | RICR01 | |
Evaluación y Aprobación de Acuerdos de Reestructuración de Pasivos | ARCR01 | |
Gestión de Atención al Usuario del Sistema General de Seguridad Seguridad Social en Salud (SGSSS) | AUCR01 | |
Gestión de la Participación Ciudadana en las Instituciones del Sistema General de Seguridad Social en Salud | CSCR01 | |
Gestión del Procedimiento Administrativo | PACR01 | |
Identificación y Seguimiento de Liquidaciones Voluntarias | LVCR01 | |
Resolución de Conflictos derivados entre los actores del Sistema General de Seguridad Social en Salud | RCCR01 | |
Supervisión a los sujetos vigilados de la Superintendencia Nacional de Salud | SUCR01 | |
Apoyo | Administración de los Bienes de Consumo y Devolutivos | ABCR01 |
Administración de la Gestión Documental | GDCR01 | |
Administración de Personal | APCR01 | |
Bienestar Social y Estímulos | BECR01 | |
Cobro Persuasivo y por Jurisdicción Coactiva | CJCR01 | |
Conceptos y Asesoría Jurídica | AJCR01 | |
Contractual | PCCR01 | |
Control Financiero de Cuentas | CFCR01 | |
Evaluación de Desempeño | EDCR01 | |
Fortalecimiento de Competencias | FCCR01 | |
Gestión Contable | GCCR01 | |
Gestión de Servicios Tecnológicos | GSCR01 | |
Gestión de Tasa | TSCR01 | |
Gestión de Tesorería | GTCR01 | |
Gestión en Seguridad y Salud en el Trabajo | STCR01 | |
Gestión Presupuestal | GPCR01 | |
Poscontractual | PSCR01 | |
Precontractual | PPCR01 | |
Prestación de los Servicios Generales | SGCR01 | |
Provisión de Soluciones Tecnológicas | RSCR01 | |
Representación Judicial en Tutelas | JTCR01 | |
Representación Judicial y Extrajudicial | JECR01 | |
Evaluación | Actuaciones Disciplinarias | ADCR01 |
Auditorías Integrales de Gestión | IGCR01 | |
Seguimiento a la Gestión Institucional | GICR01 |
PARÁGRAFO 1o. El mapa de procesos se adopta en su tercera versión y estará identificado con el Código ASDS01. Su actualización seguirá los lineamientos del procedimiento de Elaboración y Control de Documentos y Registros (ASPD01)”.
ARTÍCULO 2o. VIGENCIA. <Resolución derogada por el artículo 3 de la Resolución 137346 de 2021> La presente resolución rige a partir de su publicación, y deroga las disposiciones que le sean contrarias, especialmente el artículo 1o de la Resolución 1809 de 2015.
Dada en Bogotá, D. C., a 28 de julio de 2016.
Publíquese y cúmplase.
El Superintendente Nacional de Salud,
NORMAN JULIO MUÑOZ MUÑOZ.