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RESOLUCIÓN REGLAMENTARIA ORGANIZACIONAL OGZ 773 DE 2020
(diciembre 31)
Diario Oficial No. 51.547 de 4 de enero de 2021
CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA
<NOTA DE VIGENCIA: Resolución derogada por el artículo 17 de la Resolución REG-ORG-0057 de 2023>
Por la cual se crean unos grupos internos de trabajo para la vigilancia y control fiscal de los recursos del Sistema General de Regalías y se dictan normas para reglamentar su ejercicio”
EL CONTRALOR GENERAL DE LA REPÚBLICA (E),
en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial de las conferidas en los numerales 2 y 4 del artículo 35 del Decreto Ley 267 de 2000, en el artículo 7o del Decreto Ley 269 de 2000 y en el artículo 2o del Decreto Ley 1755 de 2020,
CONSIDERANDO:
Que el Acto Legislativo número 04 de 2019, por medio del cual se reforma el régimen de control fiscal, publicado en el Diario Oficial número 51.080 del 18 de septiembre de 2019, modificó los artículos 267, 268, 271, 272 y 274 de la Constitución Política.
Que la reforma al modelo de control fiscal que introdujo el Acto Legislativo 04 de 2019, se concreta para la Contraloría General de la República en: i) la ampliación de los sujetos y objetos de vigilancia y control; ii) el control fiscal preventivo y concomitante, además del posterior y selectivo, a través del seguimiento permanente al recurso público; y iii) la prevalencia en el control fiscal ejercido por las contralorías territoriales.
Que por su parte el artículo 361 de la Constitución Política, modificado por el artículo 1o del Acto Legislativo 5 de 2019, publicado en el Diario Oficial número 51.178 de 26 de diciembre 2019, establece que los ingresos corrientes del Sistema General de Regalías se destinarán a la financiación de proyectos de inversión que contribuyan al desarrollo social, económico, y ambiental de las entidades territoriales, igualmente determina cómo se distribuirán los recursos conforme a dichos propósitos.
Que la Ley 2056 de 2020 por la cual se regula la organización y el funcionamiento del Sistema General de Regalías en el marco de las modificaciones introducidas por el Acto Legislativo 05 de 2019, establece en su artículo 183 que en desarrollo de sus funciones constitucionales y legales, la Contraloría General de la República ejercerá la vigilancia y el control fiscal sobre los recursos del Sistema General de Regalías, para lo cual el Sistema de Seguimiento, Evaluación y Control implementará mecanismos de acceso, metodologías y procedimientos necesarios para proveer información pertinente y oportuna al organismo de control.
Que el parágrafo primero del citado artículo, establece que la Contraloría General de la República para garantizar el adecuado ejercicio de las funciones de vigilancia y control fiscal, podrá contar con una planta temporal, financiada con el porcentaje de recursos asignado en el artículo 361 de la Constitución Política y los que se asignen de los recursos de funcionamiento del Sistema General de Regalías. Y para el efecto confirió en el parágrafo segundo del artículo 183 de la Ley 2056 de 2020, facultades extraordinarias al Presidente de la República, para crear empleos en la planta global de duración temporal de la Contraloría General de la República, con el propósito de efectuar los ajustes requeridos de acuerdo a las disponibilidades presupuestales, de conformidad con lo establecido en el artículo 150, numeral 10, de la Constitución Política.
Que mediante el artículo 1o del Decreto Ley 1755 de 23 de diciembre de 2020, se crean en la planta global de duración temporal de la Contraloría General de la República para la vigilancia y control fiscal de los recursos del Sistema General de Regalías, desde el 1 de enero de 2021 hasta el 31 de diciembre de 2022, trescientos cuarenta (340) empleos conforme a las siguientes denominaciones: cuarenta (40) empleos de contralor delegado intersectorial Grado 04; treinta (30) empleos de contralor provincial grado 01; cuarenta (40) empleos de asesor de despacho grado 02; doscientos (200) empleos de profesional universitario grado 01; y treinta (30) empleos de auxiliar administrativo grado 03.
Que de conformidad con lo previsto en el artículo 2o del citado Decreto Ley 1755 de 2020, el Contralor General de la República podrá crear y organizar los empleos creados, en grupos internos de trabajo y designar su coordinador, con el fin de atender las necesidades del servicio y cumplir con eficacia y eficiencia los objetivos, las políticas y los programas orientados a la vigilancia y el control fiscal de los recursos del Sistema General de Regalías.
Que igualmente, el artículo 4o del Decreto Ley 271 de 2000 faculta al Contralor General de la República para crear y organizar Grupos Internos de Trabajo con el fin de atender las necesidades del servicio y cumplir con eficacia y eficiencia los objetivos, políticas, programas y proyectos de la Entidad;
Que el numeral 2 del artículo 35 del Decreto Ley 267 de 2000 establece como función del Contralor General de la República la de adoptar las políticas, planes programas y estrategias necesarias para el adecuado manejo administrativo y financiero de la Contraloría General de la República, en desarrollo de la autonomía administrativa y presupuestal otorgada por la Constitución y la ley.
Que del mismo modo el numeral 4 del precitado artículo, dispone como función del Contralor General de la República la de dirigir como autoridad superior las labores administrativas y de vigilancia fiscal de las diferentes dependencias de la Contraloría General de la República.
Que de conformidad con el artículo 6o del Decreto Ley 267 de 2000 corresponde al Contralor General de la República, en el marco de su autonomía administrativa y en armonía con los principios consagrados en la Constitución definir todos los aspectos relacionados con el cumplimiento de sus funciones.
Que el artículo 38 de la Ley 1942 de 2018, mediante el cual se creó una planta global de duración temporal desde el 1 de enero de 2019 hasta el 31 de diciembre de 2020 en la Contraloría General de la República para fortalecer la vigilancia y control fiscal de los recursos del Sistema General de Regalías, fue declarado inexequible por la Corte Constitucional en Sentencia C-483 de 2020, cuyos efectos se difieren a partir del 1 de enero de 2021.
Que el precitado artículo disponía que, para el cumplimiento de las funciones de vigilancia y control fiscal de los recursos de regalías, la Contraloría General de la República contaba en su estructura con la Unidad de Seguimiento y Auditoría de Regalías y con la Unidad de Responsabilidad Fiscal de Regalías, en consecuencia, con la declaratoria de inexequibilidad se hace necesario disponer una nueva organización para asumir las funciones atribuidas a dichas unidades.
Que para el adecuado y oportuno ejercicio de la función de vigilancia y control fiscal a los recursos del Sistema General de Regalías y el efectivo desarrollo de los procesos de responsabilidad fiscal que de ello se deriven, este Despacho mediante el presente acto administrativo, procede a crean unos grupos internos de trabajo y se dictan normas para reglamentar el ejercicio de dicha función a cargo de la Contraloría General de la República en el marco de un nuevo modelo constitucional para la vigilancia y control fiscal.
Que en mérito de lo expuesto,
RESUELVE:
ARTÍCULO 1o. OBJETO. <Resolución derogada por el artículo 17 de la Resolución REG-ORG-0057 de 2023> El objeto de la presente resolución es crear los grupos internos de trabajo para la vigilancia y control fiscal de los recursos del Sistema General de Regalías, en los cuales se distribuirán principalmente los empleos creados en la planta global de duración temporal de la Contraloría General de la República mediante el Decreto Ley 1755 del 23 de diciembre de 2020, se establecen sus actividades y responsabilidades, las reglas de actuación, e interacción de los funcionarios que integran dichos grupos y se dictan otras normas generales para reglamentar el ejercicio de la función la vigilancia y control fiscal de los recursos del Sistema General de Regalías.
ARTÍCULO 2o. CAMPO DE APLICACIÓN. <Resolución derogada por el artículo 17 de la Resolución REG-ORG-0057 de 2023> La presente resolución aplica a todas las dependencias, empleos, servidores, procesos administrativos y misionales de la Contraloría General de la República relacionados con la vigilancia y control fiscal de los recursos del Sistema General de Regalías y los correspondientes procesos de responsabilidad en la materia.
ARTÍCULO 3o. CREACIÓN DE GRUPOS INTERNOS DE TRABAJO PARA LA VIGILANCIA Y CONTROL FISCAL DE LOS RECURSOS DEL SISTEMA GENERAL DE REGALÍAS. <Resolución derogada por el artículo 17 de la Resolución REG-ORG-0057 de 2023> Créase para el cumplimiento de las funciones de vigilancia y control fiscal de los recursos del Sistema General de Regalías, los siguientes cuatro (4) grupos internos de trabajo adscritos al Despacho del Contralor General de la República, en los que se distribuirán los empleos de la planta global de la Entidad con duración temporal, con el fin de atender las necesidades del servicio y cumplir con eficacia y eficiencia los objetivos, las políticas y los programas orientados a la vigilancia y el control fiscal de los recursos del Sistema General de Regalías:
(1) Grupo Interno de Trabajo Coordinación General;
(2) Grupo Interno de Trabajo para la Vigilancia y Control Fiscal a Nivel Macro;
(3) Grupo Interno de Trabajo para la Vigilancia y Control Fiscal a Nivel Micro; y
(4) Grupo Interno de Trabajo para la Responsabilidad Fiscal.
Los cuatro (4) grupos creados en el presente acto administrativo serán coordinados por un Contralor Delegado Intersectorial que será destacado por el Contralor General de la República como responsable del grupo de Coordinación General, al cual se le denominará para todos los efectos como Coordinador General para la Vigilancia y Control Fiscal de los recursos del Sistema General de Regalías, en adelante, Coordinador General, sin perjuicio que cada uno de los otros tres (3) grupos cuenten a su vez con un Contralor Delegado Intersectorial destacado como encargado de las labores de coordinación y articulación de actividades de cada uno de esos grupos internos de trabajo, y rendirán informes periódicos en relación con la ejecución de dichas funciones.
ARTÍCULO 4o. GRUPO INTERNO DE TRABAJO COORDINACIÓN GENERAL. <Resolución derogada por el artículo 17 de la Resolución REG-ORG-0057 de 2023> Para el cumplimiento de las funciones de vigilancia y control fiscal de los recursos del Sistema General de Regalías, la Contraloría General de la República contará con una coordinación general, a cargo de un Contralor Delegado Intersectorial destacado por el Contralor General de la República, grupo encargado de las labores de coordinación y articulación de actividades de los diferentes Grupos Internos de Trabajo creados mediante el presente acto administrativo, así como de las actividades de los diferentes empleos de la planta global con duración temporal distribuidos entre las demás dependencias de la entidad. Este grupo tendrá las siguientes funciones:
1. Dirigir, coordinar y articular las actuaciones que surjan en torno al ejercicio de la vigilancia y el control fiscal a nivel macro y micro, así como de las actividades relacionadas con la responsabilidad fiscal, en relación con los recursos del Sistema General de Regalías.
2. Dirigir las actividades de vigilancia y seguimiento permanente de los recursos del Sistema General de Regalías, en el marco del control preventivo y concomitante.
3. Velar por el cumplimiento del Plan Nacional de Vigilancia y Control Fiscal, sobre los recursos del Sistema General de Regalías.
4. Impartir lineamientos, criterios y directrices en relación con el trámite y decisión de las indagaciones preliminares a cargo de los contralores delegados intersectoriales que forman parte de los diferentes grupos y hacer seguimiento a su desarrollo.
5. Promover la ejecución de las políticas, planes y estrategias adoptados para el fortalecimiento técnico de la vigilancia y el control fiscal a nivel macro y micro sobre los recursos del Sistema General de Regalías.
6. Articular con las Contralorías Delegadas Sectoriales todos los aspectos que permitan la adecuada vigilancia y control fiscal a nivel micro sobre los recursos del Sistema General de Regalías.
7. Recibir y asignar mediante reparto los asuntos que corresponden a la competencia de los diferentes grupos internos de trabajo.
8. Coordinar el trámite y atención de las denuncias ciudadanas relacionadas con los recursos del Sistema General de Regalías.
9. Revisar, emitir y suscribir en conjunto con el respectivo Contralor Delegado Intersectorial competente, los informes de vigilancia y control fiscal que se rindan sobre los recursos del Sistema General de Regalías.
10. Coordinar con las respectivas Contralorías Delegadas Sectoriales y Generales o las Unidades de la Contraloría General de la República, la realización de acciones de reacción inmediata o especiales de fiscalización intersectoriales cuando a ello hubiere lugar.
11. Responder las solicitudes de información relacionadas con las responsabilidades y actividades de los diferentes grupos internos de trabajo.
12. Rendir al Contralor General de la República, informes periódicos en relación con las responsabilidades y actividades de los diferentes grupos internos de trabajo.
13. Rendir la información requerida por la Auditoría General de la República, en relación con las responsabilidades y actividades de vigilancia y control fiscal de los recursos del Sistema General de Regalías.
14. Realizar el reparto de los antecedentes, hallazgos, indagaciones preliminares y procesos de responsabilidad fiscal, entre los Contralores Delegados Intersectoriales que conforman los diferentes grupos internos de trabajo para la vigilancia y control fiscal de los recursos de regalías.
15. Consolidar y hacer seguimiento a la información que surja con ocasión de los resultados del trámite de los procesos de responsabilidad fiscal, e indagaciones preliminares para conocimiento de los Contralores Delegados Intersectoriales de Regalías que sean impactados por el Contralor General de la República.
16. Realizar de manera articulada con los Contralores Delegados Intersectoriales que conforman los grupos internos de trabajo, el estudio de los lineamientos y criterios para tramitar y decidir las actuaciones que se encuentren a su cargo, con el fin de establecer líneas jurídicas en temas procesales y de fondo para atender de manera oportuna los casos asignados.
17. Realizar los trámites para asignar los profesionales necesarios, para los apoyos e informes técnicos que surjan dentro de las actuaciones a cargo de los Contralores Delegados intersectoriales, como también del trámite de viáticos, permisos, vacaciones y demás asuntos administrativos.
18. Hacer seguimiento para que los Contralores Delegados intersectoriales cumplan con lo establecido en la normatividad interna, relacionada con el registro y actualización de los distintos sistemas de información y las normas de archivo de los expedientes.
19. Coordinar y asignar funciones de acuerdo a la necesidad del servicio de asesores de despacho, contralores provinciales, profesionales y asistenciales en todo el territorio.
20. Realizar las demás actividades específicas que le asigne el Contralor General de la República, de acuerdo con las responsabilidades atribuidas a cada uno de los diferentes grupos internos de trabajo.
ARTÍCULO 5o. ASUNTOS ADMINISTRATIVOS A CARGO DEL COORDINADOR GENERAL DE LA PLANTA GLOBAL DE DURACIÓN TEMPORAL DE REGALÍAS. <Resolución derogada por el artículo 17 de la Resolución REG-ORG-0057 de 2023> El Coordinador General de la planta global de duración temporal de regalías, se encargará del trámite de las comisiones, viáticos y demás asuntos de naturaleza administrativa que requieran los contralores delegados intersectoriales, asesores de despacho, profesionales universitarios, auxiliares administrativos y contratistas de la planta global de duración temporal asignados a nivel central.
En el nivel desconcentrado, los Gerentes Departamentales serán los encargados de tramitar los mismos asuntos, en coordinación con el Asesor de Despacho Grado 02 asignado a la respectiva Gerencia Departamental Colegiada, conforme a las directrices impartidas por la Coordinación General.
ARTÍCULO 6o. ACTIVIDADES ESPECÍFICAS APOYO ADMINISTRATIVO Y MISIONAL AL GRUPO INTERNO DE TRABAJO COORDINACIÓN GENERAL. <Resolución derogada por el artículo 17 de la Resolución REG-ORG-0057 de 2023> Para el ejercicio de las funciones del Grupo Interno de Trabajo Coordinación General, el Coordinador General, contará con el apoyo de dos (2) Asesores de Despacho, que se encargarán de brindar el soporte administrativo y misional a la Coordinación General, cada uno asignado respectivamente a una de las áreas de apoyo, en el marco de las funciones que les están atribuidas en el Despacho del Contralor General de la República, de manera tal que se garantice el cumplimiento de sus funciones, empleos que tendrán entre otras las siguientes actividades según corresponda:
1. Apoyar al Coordinador de la Planta temporal como líder de la vigilancia y el control fiscal, a nivel macro y micro sobre los recursos Sistema General de Regalías, en las labores de identificación y provisión de los recursos físicos y el talento humano requeridos para adelantar las diferentes actividades conforme a la normativa y procedimientos aplicables.
2. Apoyar a la Coordinación General en la estructuración, implementación y evaluación de indicadores de gestión para el seguimiento al cumplimiento de las funciones asignadas a los servidores públicos que forman parte de los diferentes grupos internos de trabajo y demás servidores que se adelantan labores de vigilancia y control fiscal.
3. Apoyar al Coordinador General en las labores de planeación, control y seguimiento a la ejecución de los recursos del Sistema General de Regalías, asignados a la Contraloría General de la República.
4. Apoyar al Coordinador General en la elaboración de los estudios previos y demás documentos requeridos por la normativa vigente y aplicable para la contratación de los bienes y servicios requeridos por los diferentes grupos de trabajo de regalías para el adecuado cumplimiento de las funciones a su cargo.
5. Apoyar al Coordinador General en la estructuración, e implementación de las estrategias de comunicación necesarias para promover la participación ciudadana y el control social a la utilización de los recursos del Sistema General de Regalías; así como para rendir cuentas de las labores de vigilancia y control fiscal a dichos recursos y divulgar permanentemente a nivel interno y externo la gestión y resultados obtenidos en la gestión.
6. Apoyar al Coordinador General en la administración y manejo del archivo físico y magnético de las Unidades de Seguimiento y Auditoría de Regalías y de Responsabilidad Fiscal de Regalías, dando estricto cumplimiento a las disposiciones internas en materia de archivo y conservación de la información.
7. Brindar soporte técnico y operativo de los procesos de vigilancia y control fiscal.
8. Apoyar el registro del Plan Nacional de Vigilancia y Control Fiscal de las diferentes actividades y de las modificaciones del mismo.
9. Gestionar las solicitudes de apertura de las diferentes actuaciones de vigilancia y control fiscal.
10. Brindar soporte para liberación de informes y cierre del proceso auditor con publicaciones y comunicaciones al Departamento Nacional de Planeación y al Congreso de la República.
11. Hacer seguimiento permanente a aplicativos de operación de la Contraloría General de la República.
12. Coordinación y ejecución de Comités Técnicos para modificación del Plan Nacional de Vigilancia y Control Fiscal y evaluación de hallazgos.
13. Gestión de traslado de hallazgos con incidencia fiscal.
14. Gestión y desarrollo de informes como Plan de Acción, Indicadores de Gestión, entre otros al Despacho del Contralor General de la República.
15. Consolidar la información para la rendición de la cuenta ante la Auditoría General de la República.
16. Administración del Tablero de Control de acciones de vigilancia y control fiscal micro.
17. Seguimiento permanente a los equipos durante el proceso auditor.
18. Las demás actividades que les sean asignadas por la Coordinación General, en el marco de sus labores de apoyo administrativo y misional.
ARTÍCULO 7o. GRUPO INTERNO DE TRABAJO PARA LA VIGILANCIA Y CONTROL FISCAL A NIVEL MACRO. <Resolución derogada por el artículo 17 de la Resolución REG-ORG-0057 de 2023> El Grupo Interno de Trabajo para la Vigilancia y Control Fiscal a Nivel Macro, será responsable de realizar estudios y análisis de política pública, así como de consolidar, y procesar información concerniente a la gestión fiscal de los recursos del Sistema General de Regalías en cada una de las etapas del ciclo de generación y aplicación de dichos recursos a fin de evaluar su impacto y resultados, así como identificar riesgos inherentes al ciclo, y tendrá entre otras, las siguientes funciones:
1. Realizar estudios y análisis de política pública sobre el Sistema General de Regalías, en cada una de las etapas del ciclo de las regalías (generación, fiscalización, liquidación, recaudo, transferencia, distribución, giro y aplicación) con énfasis en la evaluación de su impacto y resultados; así como en la identificación de riesgos y aspectos críticos, en coordinación con la Contraloría Delegada para Economía y Finanzas.
2. Detectar los riesgos y brindar información estratégica acerca de aquellos proyectos y aspectos críticos del Sistema General de Regalías.
3. Brindar lineamientos para el fortalecimiento de la vigilancia y el control fiscal sobre los recursos del Sistema General de Regalías.
4. Realizar seguimiento en tiempo real en el marco de lo previsto en el Decreto Ley 403 de 2020 a los recursos del Sistema General de Regalías en todas las etapas del ciclo, con el fin de articular con la Dirección de Información, Análisis y Reacción Inmediata la generación de alertas y el seguimiento permanente a los recursos que permitan realizar actuaciones fiscales oportunas, eficaces y eficientes.
5. Aportar la información necesaria para el desarrollo de las funciones de la Contraloría Delegada para Economía y Finanzas Públicas.
6. Analizar la información relacionada con la gestión fiscal de los recursos del Sistema General de Regalías por parte de las entidades del orden nacional y territorial.
7. Efectuar el análisis de proyectos de la ley que se relacionen con el Sistema General de Regalías y rendir la información que sea solicitada por el Congreso de la República.
8. Proponer lineamientos para contribuir con la construcción del Plan Nacional de Vigilancia Fiscal y Control Fiscal.
9. Adelantar conforme a la ley y en los casos que corresponda el procedimiento administrativo sancionatorio de conformidad con lo previsto en la normativa vigente.
10. Suministrar a las demás dependencias de la Contraloría General, información relacionada con la temática propia de regalías.
11. Conceptuar acerca del funcionamiento del Sistema General de Regalías en cada una de las etapas del ciclo de generación y aplicación de dichos recursos.
12. Responder las solicitudes de información relacionadas con los asuntos tratados por el Grupo.
13. Realizar las demás actividades específicas que establezca el Contralor General de la República, o el Coordinador General de acuerdo con las responsabilidades del Grupo.
ARTÍCULO 8o. GRUPO INTERNO DE TRABAJO PARA LA VIGILANCIA Y CONTROL FISCAL A NIVEL MICRO. <Resolución derogada por el artículo 17 de la Resolución REG-ORG-0057 de 2023> El Grupo Interno de Trabajo para la Vigilancia y Control Fiscal a Nivel Micro, será responsable de adelantar las auditorías y demás actuaciones de vigilancia y control fiscal de todo tipo, en el marco de ejercicios ordinarios de vigilancia y control fiscal de la Contraloría General de la República, o en ejercicio de actividades derivadas del ejercicio prevalente de funciones del organismo superior de fiscalización, y en general de cualquier actuación que comporte el ejercicio de la vigilancia y control fiscal a nivel micro, concernientes a los recursos del Sistema General de Regalías y para cumplir las responsabilidades que le fueron asignadas, desarrollará las siguientes actividades específicas:
1. Ejercer conforme a la tipología o modalidad que corresponda los instrumentos de vigilancia y de control fiscal a nivel micro sobre los recursos provenientes del Sistema General de Regalías en todas las actividades y etapas que comprenden el ciclo de estas.
2. Ejercer conforme a la tipología que corresponda los instrumentos de vigilancia y de control fiscal a nivel micro sobre los recursos provenientes de las Regalías Directas.
3. Adelantar las acciones de vigilancia y aplicar los sistemas de control fiscal definidos por el Contralor General de la República sobre los proyectos de inversión financiados con recursos del Sistema General de Regalías; así como respecto de las decisiones adoptadas por los Órganos Colegiados de Administración y Decisión (OCAD) y por las entidades territoriales que aprueban directamente recursos de inversión del sistema general de Regalías.
4. Consolidar la información relacionada con las acciones de vigilancia y control fiscal a nivel micro a los recursos del Sistema General de Regalías en todo el territorio nacional.
5. Atender conforme a los dispuesto en el Decreto Ley 403 de 2020 y sus reglamentaciones internas las diferentes actividades de seguimiento permanente al recurso público para el ejercicio del control preventivo y concomitante cuando ello resulte pertinente, o que sirvan como insumo para las actuaciones de control fiscal posterior y selectivo.
6. Atender y tramitar las denuncias relacionadas con hechos que puedan afectar los recursos del Sistema General de Regalías.
7. Coordinar, implementar y hacer seguimiento a la ejecución del Plan Nacional de Vigilancia y Control Fiscal sobre los recursos del Sistema General de Regalías, de conformidad con la tipología o modalidad de la acción de vigilancia o sistema de control fiscal a nivel micro que se aplique.
8. Coordinar y orientar el trámite y ejecución de las acciones de vigilancia y los sistemas de control fiscal a nivel micro en el nivel central y en el nivel desconcentrado.
9. Adelantar conforme a la ley y en los casos que corresponda el procedimiento administrativo sancionatorio de conformidad con lo previsto en la normativa vigente.
10. Responder las solicitudes de información relacionadas con las responsabilidades y actividades del Grupo.
11. Rendir al Contralor General de la República informes periódicos en relación con las responsabilidades y actividades del Grupo.
12. Rendir la información requerida por la Auditoría General de la República en relación con las responsabilidades y actividades del Grupo.
13. Realizar las demás actividades específicas que le asigne el Contralor General de la República o el Coordinador General, de acuerdo con las responsabilidades del Grupo.
ARTÍCULO 9o. CONTROL FISCAL MICRO A LOS OCADS. <Resolución derogada por el artículo 17 de la Resolución REG-ORG-0057 de 2023> El Coordinador General tendrá a su cargo la vigilancia y el control fiscal micro sobre los Organismos Colegiados de Administración y Decisión (OCADS) del Sistema General de Regalías, para lo cual el grupo de trabajo interno para la vigilancia y control fiscal micro deberá prestar el apoyo el apoyo que resulte pertinente.
ARTÍCULO 10. REGIONALIZACIÓN DE LA ACTUACIÓN DE LOS CONTRALORES DELEGADOS INTERSECTORIALES PARA LA VIGILANCIA Y EL CONTROL FISCAL MICRO. <Resolución derogada por el artículo 17 de la Resolución REG-ORG-0057 de 2023> Los contralores delegados intersectoriales asignados al Grupo Interno de Trabajo para la Vigilancia y el Control Fiscal Micro de los recursos del Sistema General de Regalías, adelantarán lo diferentes ejercicios de vigilancia y control fiscal que surjan con ocasión de los diferentes procesos de los niveles micro y macro de la Contraloría General de la República y de la atención de denuncias, de acuerdo con las regiones y número de contralores delegados intersectoriales que se establezcan de acuerdo a la planeación y a las prioridades establecidas en el Plan Nacional de Vigilancia y Control Fiscal, que serán definidas con criterios de prioridad y siguiendo las directrices del Contralor General de la República, pero se tendrán en cuenta la regiones que se relacionan a continuación de acuerdo a la ejecución de inversión de las regalías:
PARÁGRAFO. El Coordinador General podrá redistribuir los Contralores Delegados Intersectoriales entre las diferentes regiones, previa justificación de las necesidades del servicio y el reparto estratégico de las cargas de trabajo.
Cuando se trate de asuntos de alcance nacional o que tengan incidencia en varias de las regiones contempladas en el presente artículo, el Coordinador General podrá asignar su trámite a cualquiera de los Contralores Delegados Intersectoriales.
ARTÍCULO 11. REPARTO DE TRABAJO A LOS CONTRALORES DELEGADOS INTERSECTORIALES DEL GRUPO INTERNO DE TRABAJO PARA LA VIGILANCIA Y EL CONTROL FISCAL MICRO. <Resolución derogada por el artículo 17 de la Resolución REG-ORG-0057 de 2023> El Coordinador General, distribuirá el trabajo entre los Contralores Delegados Intersectoriales asignados al Grupo Interno de Trabajo para la Vigilancia y el Control Fiscal Micro, conforme al factor territorial de los asuntos, las regiones establecidas y los procedimientos y condiciones señalados en las disposiciones legales y reglamentarias vigentes que regulen la vigilancia y control fiscal macro y micro, así como la atención de denuncias, según el caso.
El Coordinador General articulará el trámite de las denuncias ciudadanas que se interpongan ante la Contraloría General de la República y que estén relacionadas con los recursos del Sistema General de Regalías, con los diferentes Contralores Delegados Intersectoriales que se asignen para atender de manera especial y exclusiva las denuncias según designación del mismo Coordinador General.
ARTÍCULO 12. GRUPO INTERNO DE TRABAJO PARA RESPONSABILIDAD FISCAL. <Resolución derogada por el artículo 17 de la Resolución REG-ORG-0057 de 2023> El Grupo Interno de Trabajo Para Responsabilidad Fiscal, será el responsable de adelantar las actuaciones tendientes a establecer la responsabilidad fiscal en relación con los hechos determinados de impacto nacional por el Contralor General de la República, que deban iniciarse a partir de los resultados de la aplicación de las acciones de vigilancia y sistemas de control fiscal a los recursos del Sistema General de Regalías, para cual tendrá las siguientes funciones:
1. Asumir en primera instancia, el conocimiento y tramite de los procesos de responsabilidad fiscal relacionados con los recursos del Sistema General de Regalías, y que se declaren como de alto impacto.
2. Adoptar medidas para que los procesos se desarrollen con sujeción a los principios y reglas de las disposiciones Constitucionales y legales sobre la responsabilidad fiscal.
3. Dirigir, de acuerdo con la ley, el trámite, la sustanciación o el apoyo técnico u operativo, de los procesos asignados.
4. Rendir, al coordinador de la Planta temporal para de control fiscal sobre los recursos SGR los informes periódicos sobre el estado de las diferentes actuaciones que adelanta y presentar reportes inmediatos para efectos del control de gestión institucional.
5. Dirigir y coordinar las actuaciones requeridas en el desarrollo y avance de los procesos que se adelanten respecto de los hallazgos con alcance fiscal, administrativo, disciplinario o penal, producto de la vigilancia y control fiscal sobre recursos del Sistema General de Regalías.
6. Realizar o elaborar los informes y resultados de la vigilancia y el control fiscal sometidos a su estudio producto de las investigaciones que adelanta sobre los recursos del sistema general de regalías, para efectos del control de gestión.
7. Evaluar con el Coordinador General, los estudios, antecedentes y hallazgos obtenidos del proceso auditor y otros sobre los recursos del Sistema General de Regalías, para definir las acciones a seguir.
8. Adelantar en primera instancia los procesos sancionatorios de su competencia.
9. Coordinar con la Oficina Jurídica de la Contraloría General de la República la defensa de los intereses de la Nación en los procesos jurisdiccionales o administrativos que se originen en procesos de responsabilidad fiscal, de cobro coactivo o sancionatorios fiscales, en los que tuvo conocimiento.
10. Realizar las demás actividades específicas que le asigne el Contralor General de la República, o el Coordinador General, de acuerdo con las responsabilidades del Grupo.
ARTÍCULO 13. COORDINACIÓN ENTRE LOS CONTRALORES DELEGADOS INTERSECTORIALES Y EL NIVEL DESCONCENTRADO, PARA EL EJERCICIO DE LA VIGILANCIA Y EL CONTROL FISCAL A NIVEL MACRO, MICRO Y PARA LA ATENCIÓN A DENUNCIAS. <Resolución derogada por el artículo 17 de la Resolución REG-ORG-0057 de 2023> <Artículo modificado por el artículo 1 de la Resolución OGZ 779 de 2021. El nuevo texto es el siguiente:> Los Contralores Delegados Intersectoriales de la planta global de duración temporal de regalías, en ejercicio de sus funciones, deberán coordinar las diferentes actuaciones de vigilancia y control macro y micro y de atención de denuncias, que involucren o estén asociados a recursos del Sistema General de Regalías con las Gerencias Departamentales Colegiadas correspondientes a la región que tengan asignada, de acuerdo con los lineamientos impartidos por el Coordinador General. Para lo anterior, los Contralores Delegados Intersectoriales contarán con el apoyo de los Asesores Grado 02 de la planta global de duración temporal de regalías, destacados en cada Gerencia Departamental Colegiada, así como, con los equipos de regalías que se integren en cada una de las regiones establecidas en el artículo 10 de la presente resolución, que apoyarán la gestión encomendada tanto en el nivel nacional, regional y departamental.
Cuando para el ejercicio de las funciones asignadas a los Contralores Delegados Intersectoriales de la planta global de duración temporal de regalías, a fin de dar cabal cumplimiento con las actuaciones de vigilancia y control fiscal micro y de atención de denuncias que estén asociadas a los recursos del Sistema General de Regalías en el nivel desconcentrado, se requiera el apoyo de los funcionarios de la planta global permanente asignados a la Gerencia Departamental Colegiada o uno de sus diferentes grupos, de acuerdo con los asuntos o materias a tratar, se efectuará la solicitud de apoyo conforme a los lineamientos dados por el Coordinador General quien impartirá las directrices a que haya lugar en articulación con el Gerente Departamental correspondiente. Este último dispondrá de la asignación de funcionarios de la planta permanente de la dependencia, según sea requerido.
ARTÍCULO 14. RENDICIÓN DE LA CUENTA Y SEGUIMIENTO DE LOS CONTRALORES DELEGADOS INTERSECTORIALES MICRO, MACRO Y DENUNCIAS. <Resolución derogada por el artículo 17 de la Resolución REG-ORG-0057 de 2023> Los Contralores Delegados Intersectoriales deberán rendir la cuenta a la Auditoría General de la República bajo las directrices que para el efecto imparta la Coordinación General.
El Coordinador General efectuará seguimientos periódicos a las tareas asignadas a los Contralores Intersectoriales y a los Asesores de Despacho asignados a las Gerencias Departamentales Colegiadas y a los diferentes grupos internos de trabajo.
ARTÍCULO 15. COMITÉ TÉCNICO INTERSECTORIAL PARA LA VIGILANCIA Y CONTROL FISCAL DE LOS RECURSOS DEL SISTEMA GENERAL DE REGALÍAS. <Resolución derogada por el artículo 17 de la Resolución REG-ORG-0057 de 2023> <Artículo modificado por el artículo 2 de la Resolución OGZ 779 de 2021. El nuevo texto es el siguiente:> Créense los Comités Técnicos Intersectoriales Macro, Micro y Atención de Denuncias de Regalías.
Los Comités Técnicos Intersectoriales Micro y de Atención de Denuncias tendrán como función revisar, evaluar y emitir el correspondiente concepto sobre el resultado de las actividades de vigilancia y control fiscal a nivel micro encomendadas a los funcionarios de los diferentes grupos internos de trabajo o dependencias encargadas del seguimiento a los recursos del Sistema General de Regalías, así mismo, de conocer todos los trámites derivados de las denuncias fiscales que se relacionen con recursos de regalías que llegaren a conocimiento de la Contraloría General de la República, y estará conformado así:
1. Coordinador General para la Vigilancia y Control Fiscal de los recursos del Sistema General de Regalías.
2. El Contralor Delegado Intersectorial destacado como Coordinador del Grupo Interno de Trabajo para la Vigilancia y el Control Fiscal a Nivel Micro
3. Los Contralores Delegados Intersectoriales que estén asignados para la respectiva región en la que tenga origen el asunto objeto de discusión o estudio, según lo dispuesto en la distribución territorial de que trata el artículo 10 de la presente Resolución.
4. El Asesor de Despacho que se encuentre asignado a la correspondiente Gerencia Departamental en la que tenga origen el asunto objeto de discusión o estudio, en caso de existir más de un asesor, el Coordinador General determinará el que conforme el Comité Técnico Intersectorial.
5. Los Directivos de la Gerencia Departamental Colegiada donde tenga origen el asunto objeto de discusión o estudio, cuando hayan adelantado o intervenido en su trámite. En caso que ningún directivo haya intervenido en el asunto, el Gerente Departamental designará alguno de ellos para que participe.
El Comité Técnico Intersectorial Macro tendrá como función revisar, evaluar y emitir el correspondiente concepto sobre el resultado de las actividades de vigilancia y control fiscal a nivel macro encomendadas a los funcionarios de los diferentes grupos internos de trabajo o dependencias encargadas del seguimiento a los recursos del Sistema General de Regalías y estará conformado así:
1. Coordinador General para la Vigilancia y Control Fiscal de los recursos del Sistema General de Regalías
2. El Contralor Delegado Intersectorial destacado como Coordinador del Grupo Interno de Trabajo para la Vigilancia y el Control Fiscal a Nivel Macro.
3. Los Contralores Delegados Intersectoriales de la Planta Temporal de Regalías del Grupo Interno de Trabajo para la Vigilancia y Control Fiscal Micro y Macro, vinculados con el asunto en estudio.
4. El Asesor de Despacho que se encuentre asignado al Grupo Interno de Trabajo para la Vigilancia y Control Fiscal Macro. En caso de existir más de un asesor, el Coordinador General determinará el que conforme el Comité Técnico Intersectorial.
Las decisiones en los Comités Técnicos Intersectoriales se tomarán por consenso y en caso de no haberlo será tomada por el Coordinador General.
ARTÍCULO 16. ASIGNACIÓN DE ASESORES DE DESPACHO EN EL NIVEL CENTRAL. <Resolución derogada por el artículo 17 de la Resolución REG-ORG-0057 de 2023> Los Asesores de Despacho de la Planta Global de Duración Temporal de Regalías, que sean asignados por el Contralor General de la República a cualquiera de los grupos internos de trabajo, actuarán bajo la dirección del Coordinador del grupo correspondiente.
Los mencionados Asesores de Despacho podrán ser asignados a los equipos de auditoría o de cualquier acción de vigilancia y control fiscal sobre los recursos del Sistema General de Regalías, cuando por necesidades del servicio así lo determine el Contralor General de la República, o el Coordinador General.
Por su parte, los Asesores de Despacho que sean asignados por el Contralor General de la República al Grupo Interno de Trabajo para la Responsabilidad Fiscal se distribuirán entre los Despachos de los Contralores Delegados Intersectoriales que conforman dicho grupo, de acuerdo con la distribución interna que adopte la Coordinación General, para asesorar y servir de apoyo en los distintos trámites administrativos y procesales que resulten de las indagaciones preliminares y procesos de responsabilidad fiscal que involucren recursos del Sistema General de Regalías.
ARTÍCULO 17. ASIGNACIÓN DE ASESORES DE DESPACHO EN EL NIVEL DESCONCENTRADO. <Resolución derogada por el artículo 17 de la Resolución REG-ORG-0057 de 2023> Los Asesores de Despacho podrán ser asignados al Nivel Desconcentrado, cuando así lo determine el Contralor General de la República de acuerdo con las necesidades del servicio.
En estos casos, los Asesores de Despacho Grado asistirán, con voz, pero sin voto, a las sesiones de la correspondiente Gerencia Departamental Colegiada, cuando se traten asuntos de la vigilancia y control fiscal que involucren recursos del Sistema General de Regalías.
ARTÍCULO 18. ACTIVIDADES DE INVENTARIO, SEGUIMIENTO Y DOCUMENTACIÓN EN EL NIVEL DESCONCENTRADO A CARGO DE LOS ASESORES DE DESPACHO. <Resolución derogada por el artículo 17 de la Resolución REG-ORG-0057 de 2023> Como parte de sus funciones, los Asesores de Despacho asignados al Nivel Desconcentrado, realizarán y actualizarán semanalmente el inventario detallado y preciso de denuncias, hallazgos, auditorías, actuaciones especiales de fiscalización, derechos de petición y cualquier otro mecanismo de vigilancia y control fiscal micro o de responsabilidad, de acuerdo a las tareas que se le asignen, relacionados con recursos del Sistema General de Regalías que se tramiten en la respectiva Gerencia Departamental Colegiada. Así mismo, reportarán de manera semanal al Coordinador General el estado de dichas actuaciones.
Igualmente, el Contralor Provincial de la Planta Global de Duración Temporal para la vigilancia y control fiscal de los recursos del Sistema General de Regalías, si los hubiere en la respectiva Gerencia Departamental Colegiada, realizará y actualizará el inventario de antecedentes, indagaciones preliminares y procesos de responsabilidad fiscal que involucren recursos del Sistema General de Regalías que cursen en la respectiva Gerencia Departamental Colegiada. Así mismo, rendirá información mensual a la Coordinación General sobre el estado de dichas actuaciones, de acuerdo con la metodología señalada para ello.
La elaboración y actualización de los inventarios y de la información sobre los mismos, mencionados en el presente artículo, deberán ser validadas con los Gerentes Departamentales respectivos.
De otra parte, los Asesores de Despacho asignados al Nivel Desconcentrado, tendrán a su cargo el archivo documental correspondiente a toda la información generada en las distintas vigencias auditadas, sobre los recursos del Sistema General de Regalías, desde el 2012 a la fecha y mantendrán la custodia de dicha documentación. Para tal fin, los Gerentes Departamentales deberán hacer entrega formal de esta documentación al Asesor de Despacho, en diligencia de la cual se deberá levantar un acta que debe ser suscrita por el Gerente que entrega y por el Asesor de la Planta Temporal que recibe.
ARTÍCULO 19. FUNCIONES ADMINISTRATIVAS DE LOS ASESORES DE DESPACHO ASIGNADOS EN EL NIVEL DESCONCENTRADO. <Resolución derogada por el artículo 17 de la Resolución REG-ORG-0057 de 2023> Los Asesores de Despacho asignados en el nivel desconcentrado, tendrán a su cargo la supervisión de los contratos de prestación de servicios que se suscriban para realizar los apoyos en todas las etapas y las actuaciones que se den dentro los diferentes macro procesos Micro y Macro sobre recursos del Sistema General de Regalías, y así deberá consignarse en los respectivos actos contractuales. En caso de no existir Asesores de Despacho en la Gerencia Departamental Colegiada correspondiente, la supervisión contractual recaerá en el Coordinador General, o quien este delegue.
Las autorizaciones de desplazamientos y asignaciones de los contratistas que apoyen las actividades de auditoria y seguimiento en las regiones, que requieran los Contralores Delegados Intersectoriales y el Asesor del Despacho, deben ser solicitados al Gerente Departamental. En estos eventos, los Asesores de Despacho de la Planta global de Duración Temporal, asignados en el Nivel Desconcentrado, deberán proyectar y poner el visto bueno en el acto administrativo de solicitud de comisión para firma del Gerente Departamental.
Igualmente, los Asesores de Despacho apoyarán administrativa y logísticamente a los Contralores Delegados Intersectoriales de los diferentes Grupos.
ARTÍCULO 20. FUNCIONAMIENTO DE LOS CONTRALORES PROVINCIALES DE LA PLANTA GLOBAL DE DURACIÓN TEMPORAL PARA LA VIGILANCIA Y CONTROL FISCAL DE LOS RECURSOS DEL SISTEMA GENERAL DE REGALÍAS EN LAS GERENCIAS DEPARTAMENTALES COLEGIADAS. <Resolución derogada por el artículo 17 de la Resolución REG-ORG-0057 de 2023> Los Contralores Provinciales de la Planta global de Duración Temporal para la vigilancia y control fiscal de los recursos del Sistema General de Regalías integrarán la correspondiente Gerencia Departamental Colegiada y cumplirán las mismas funciones colegiadas, e individuales previstas para dichas dependencias, según la distribución territorial que realice el Contralor General de la República, exclusivamente cuando el asunto objeto de conocimiento o decisión involucre recursos del Sistema General de Regalías. En los demás casos, la Gerencia Departamental Colegiada sesionará con sus integrantes de la planta permanente de la Contraloría General de la República.
ARTÍCULO 21. REPARTO DE TRABAJO ENTRE LOS CONTRALORES PROVINCIALES DE LA PLANTA GLOBAL DE DURACIÓN TEMPORAL DE REGALÍAS Y EN LA GERENCIA DEPARTAMENTAL COLEGIADA. <Resolución derogada por el artículo 17 de la Resolución REG-ORG-0057 de 2023> <Artículo modificado por el artículo 3 de la Resolución OGZ 779 de 2021. El nuevo texto es el siguiente:> Los Contralores Provinciales de la Planta Global de Duración Temporal para la vigilancia y control fiscal de los recursos del Sistema General de Regalías conocerán de los antecedentes o hallazgos, indagaciones preliminares y procesos de responsabilidad fiscal, cuando se refieran a casos que involucren o estén asociados a los recursos del Sistema General de Regalías de competencia de las respectivas Gerencias Departamentales Colegiadas, de conformidad con lo establecido en la Resolución Organizacional 0748 de 2020 y las normas que la modifiquen o adicionen. El Coordinador General realizará el reparto o la reasignación de aquellos procesos de responsabilidad fiscal o indagaciones preliminares que involucren recursos de regalías y deban ser asignados para conocimiento y trámite de los Contralores Provinciales de la Planta Temporal de Regalías.
De acuerdo con las necesidades del servicio, el Coordinador General podrá asignar a los Contralores Provinciales de la planta global con duración temporal, el trámite de actuaciones especiales y otros mecanismos de vigilancia y control fiscal micro sobre los recursos del Sistema General de Regalías.
El Coordinador General realizará el reparto de los hallazgos que surjan con ocasión de los procesos de vigilancia y control fiscal micro, establecidos por la Planta Global de Duración Temporal de Regalías, a los Contralores Provinciales de la Planta Temporal de Regalías. Igualmente, en coordinación con el Gerente Departamental, dispondrá la asignación de dichos hallazgos a los Directivos de la Planta Permanente de las Gerencias Departamentales Colegiadas, de acuerdo con las necesidades del servicio. Lo anterior, de conformidad con el Procedimiento para Reparto de Hallazgos con Incidencia Fiscal de competencia de las Gerencias Departamentales Colegiadas publicado en el Sistema de Gestión y Control Interno SIGECI.
Los Contralores Provinciales de la planta global de duración temporal para la vigilancia y el control fiscal de los recursos del Sistema General de Regalías y aquellos de la planta global permanente, a quienes hayan sido asignados asuntos en virtud de lo dispuesto en el inciso anterior, realizarán de manera articulada con la Coordinación General y el coordinador del Grupo Interno de Trabajo para la responsabilidad fiscal, el estudio de los lineamientos y criterios para tramitar y decidir las actuaciones que se encuentren a su cargo.
PARÁGRAFO 1o. Los hallazgos con incidencia fiscal o antecedentes, indagaciones preliminares y procesos de responsabilidad fiscal que involucren recursos del Sistema General de Regalías en trámite a la entrada en vigencia de la presente resolución en las Gerencias Departamentales Colegiadas a cargo de los Directivos de la Planta Permanente de las Gerencias Departamentales Colegiadas, permanecerán asignados a ellos. El Coordinador General con base en el análisis de los asuntos en trámite en cada Gerencia Departamental Colegiada, determinará las actuaciones que serán asignadas para conocimiento del Contralor Provincial de la Planta Temporal de Regalías, cuando a dichas dependencias sean asignados estos empleos o cuando las necesidades del servicio así lo ameriten.
PARÁGRAFO 2o. Las indagaciones preliminares que se deriven de la evaluación de los antecedentes asignados por reparto a las Gerencias Departamentales Colegiadas que involucren recursos del Sistema General de Regalías, de acuerdo con lo señalado en el inciso tercero del presente artículo, serán adelantadas por las respectivas Gerencias Departamentales Colegiadas hasta su finalización.
ARTÍCULO 22. RENDICIÓN DE LA CUENTA DE LOS CONTRALORES PROVINCIALES Y DE LOS CONTRALORES DELEGADOS INTERSECTORIALES DE LA PLANTA GLOBAL DE DURACIÓN TEMPORAL DE REGALÍAS. <Resolución derogada por el artículo 17 de la Resolución REG-ORG-0057 de 2023> Los Contralores Provinciales rendirán la cuenta a la Auditoría General de la República, respecto de las actuaciones asignadas dentro de la información que rinda la Gerencia Departamental Colegiada y en articulación con la Coordinación General de la Planta Global de Duración Temporal de Regalías, para lo cual deben mantener actualizados los sistemas que deban alimentar y cumplir con las normas de archivo contempladas para los expedientes físicos. Para el efecto, la Coordinación General impartirá las instrucciones a que haya lugar.
ARTÍCULO 23. REFERENCIAS NORMATIVAS. <Resolución derogada por el artículo 17 de la Resolución REG-ORG-0057 de 2023> Cuando un texto normativo haga referencia a la Unidad de Seguimiento y Auditoría de Regalías, o a la Unidad de Responsabilidad Fiscal de Regalías de la Contraloría General de la República, que existían hasta el 31 de diciembre de 2020, debe entenderse que se refiere a las grupos internos de trabajo adscritos al Despacho del Contralor General de la República de la estructura organizacional contenida en la presente resolución para la vigilancia y el control fiscal de los recursos del Sistema General de Regalías, de conformidad con las funciones y competencias a estas asignadas en el presente acto administrativo.
ARTÍCULO 24. RÉGIMEN DE TRANSICIÓN. <Resolución derogada por el artículo 17 de la Resolución REG-ORG-0057 de 2023> Todas las actuaciones de vigilancia y control fiscal a nivel macro y micro y las tendientes a establecer la responsabilidad fiscal que se encuentren en curso al 31 de diciembre de 2020, se entenderán suspendidas en sus términos por el presente acto administrativo, el cual deberá ser incorporado a los diferentes expedientes administrativos. Los términos ser reanudarán una vez entre en funcionamiento los diferentes grupos internos de trabajo, en la medida en que se va adelantando la provisión de los diferentes empleos asignados a los mismos, en consecuencia, las auditorías, actuaciones especiales de fiscalización, atención a peticiones y denuncias, indagaciones preliminares, procesos de responsabilidad fiscal, administrativos sancionatorios, de cobro coactivo y demás actuaciones que se encuentren en curso, se reanudarán mediante el respectivo acto administrativo que emita el funcionario a quien le sea asignado el conocimiento conforme a las reglas de competencia y distribución del trabajo dispuestas en el presente acto administrativo, a quien se le entregará el asunto mediante acta en donde repose el inventario e informe del estado de cada actuación, de acuerdo con las directrices que imparte el Coordinador General.
No obstante, en aquellos casos en los cuales el Contralor General de la República consideré no procedente la suspensión de términos dado el impacto o importancia del asunto en protección del patrimonio público, se podrá asignar dichos asuntos a la Unidad de Investigaciones Especiales contra la Corrupción o a los Directivos de la Gerencia Departamental Colegiada según corresponda y se reasignarán apenas los grupos internos de trabajo entren en operación según directrices del Coordinador General.
ARTÍCULO 25. VIGENCIA. La presente resolución rige a partir de su publicación y deroga las disposiciones que le sean contrarias.
Publíquese, comuníquese y cúmplase.
Dada en Bogotá, D. C., a 31 de diciembre de 2020.
El Contralor General de la República (e).
Julián Mauricio Ruiz Rodríguez