Puede realizar búsquedas exactas dentro de este documento, ingrese el texto a buscar en la siguiente casilla:
RESOLUCIÓN 79 DE 2013
(mayo 8)
Diario Oficial No. 48.790 de 14 de mayo de 2013
CENTRO DE MEMORIA HISTÓRICA
Por la cual se efectúa una delegación especial de ordenación del gasto del Centro de Memoria Histórica (CMH).
EL DIRECTOR GENERAL,
en uso de las facultades legales y estatutarias contempladas en el artículo 9o de la Ley 489 de 1998 y el Decreto número 4803 del 20 de diciembre de 2011, y
CONSIDERANDO:
Que la función administrativa de conformidad con los artículos 209 y 211 de la Constitución Política está al servicio de los intereses generales y se desarrolla con fundamento en los principios de igualdad, moralidad, eficacia, economía, celeridad, imparcialidad y publicidad, mediante la descentralización, la delegación y la desconcentración de funciones;
Que de conformidad con el artículo 9o de la Ley 489 de 1998, las autoridades administrativas, en virtud de lo dispuesto en la Constitución Política y de conformidad con la presente ley, podrán mediante acto de delegación, transferir el ejercicio de funciones a sus colaboradores o a otras autoridades, con funciones afines o complementarias. Sin perjuicio de las delegaciones previstas en leyes orgánicas en todo caso, los Ministros, Directores de Departamento Administrativo, Superintendentes, representantes legales de organismos y entidades que posean una estructura independiente y autonomía administrativa podrán delegar la atención y decisión de los asuntos a ellos confiados por la ley y los actos orgánicos respectivos, en los empleados públicos de los niveles directivo y asesor vinculados al organismo correspondiente con el propósito de dar desarrollo a los principios de la función administrativa enunciados en el artículo 209 de la Constitución Política y en la presente ley;
Que mediante el artículo 146 de la Ley 1448 de 2011 se creó el Centro de la Memoria Histórica, como establecimiento público del orden nacional adscrito al Departamento Administrativo para la Prosperidad, con personería jurídica, patrimonio propio y autonomía administrativa y financiera;
Que mediante el artículo 148 de la precitada ley, se señalaron las funciones del Centro de la Memoria Histórica;
Que de conformidad con el numeral 1 del artículo 9o del Decreto número 4803 de 2011 una de las funciones a cargo del Director General del Centro de Memoria Histórica es la de dirigir, coordinar, controlar y evaluar las políticas, planes, programas y proyectos, y ordenar los gastos, dictar los actos, realizar las operaciones y celebrar los contratos necesarios para el cumplimiento de los objetivos y funciones del Centro de Memoria Histórica;
Que mediante la Resolución número 004 del 13 de abril de 2012 el Director General del Centro de Memoria Histórica delegó en la Directora Administrativa y Financiera la facultad de ordenar el gasto y realizar todos los trámites inherentes a los procesos de selección y la suscripción de contratos sin límites de cuantías;
Que mediante la Resolución número 042 del 5 de julio de 2012 se modificó parcialmente la Resolución número 004 de 2012 exceptuando de aquella delegación los contratos y convenios internacionales, los contratos o convenios cuando la entidad actúe como donante, comodante, o vendedora de bienes inmuebles, así como los actos y trámites inherentes a los procesos de selección y la suscripción de los contratos sin límites de cuantía relativos a las funciones determinadas por el artículo 1o del Decreto número 2244 de 2011 y el artículo 14 del Decreto número 4803 de 2011 a la Dirección de Acuerdos de la Verdad del Centro de Memoria Histórica, los cuales fueron delegados expresamente en su Director;
Que mediante la Resolución número 073 del 21 de septiembre de 2012 se derogaron las Resoluciones números 004 y 042 del 5 de julio de 2012, y faculta como ordenadores del gasto dentro en el Centro de Memoria Histórica al Director de Acuerdos de la Verdad, a la Directora para la Construcción de la Memoria y a la Directora Administrativa Financiera, dentro del ámbito de su competencia;
Que se requiere contratar la prestación al Centro de Memoria Histórica con plena autonomía técnica y administrativa como agencia creativa y/o central de medios, los servicios de conceptualización, creación, producción y difusión de campañas de comunicación para cumplir con los mandatos de ley, para ser divulgadas a través de diferentes medios de comunicación social tradicionales, virtuales y alternativos; y de direccionamiento estratégico de la pauta de divulgación de la entidad;
Que para atender la necesidad de contratación antes señalada, la entidad dispone de los siguientes recursos presupuestales contemplados en los CDP número 28813 del 7 de mayo de 2013, distribuidos por Direcciones de la siguiente manera:
1. Dirección de Museo de la Memoria, ciento cincuenta millones de pesos ($150.000.000) moneda corriente.
2 Dirección para la Construcción de la Memoria Histórica seiscientos cincuenta millones de pesos ($650.000.000) moneda corriente;
Que en atención a la distribución presupuestal antes indicada y con fundamento en las disposiciones legales y reglamentarias referidas y en aplicación de los principios de economía y eficiencia previstos en el artículo 209 de la Constitución Política resulta necesario delegar en la Directora Administrativa y Financiera la facultad de ordenación del gasto, realización de todos los actos y trámites inherentes al proceso de contratación de la prestación al Centro de Memoria Histórica con plena autonomía técnica y administrativa, como agencia creativa y/o central de medios, de los servicios de conceptualización, creación, producción y difusión de campañas de comunicación para cumplir con los mandatos de ley, para ser divulgadas a través de diferentes medios de comunicación social tradicionales, virtuales y alternativos; y de direccionamiento estratégico de la pauta de divulgación de la entidad, así como la suscripción del respectivo contrato o las adiciones, prórrogas o modificaciones a que haya lugar;
Que en mérito de lo expuesto,
RESUELVE:
ARTÍCULO 1o. Delegar especialmente a la Directora Administrativa y Financiera la facultad de ordenación del gasto, realización de todos los actos y trámites inherentes al proceso de contratación de la prestación al Centro de Memoria Histórica, con plena autonomía técnica y administrativa, como agencia creativa y/o central de medios los servicios de conceptualización, creación, producción y difusión de campañas de comunicación para cumplir con los mandatos de ley, para ser divulgadas a través de diferentes medios de comunicación social tradicionales, virtuales y alternativos; y de direccionamiento estratégico de la pauta de divulgación de la entidad por valor de ochocientos millones de pesos ($800.000.000) moneda corriente, así como la suscripción del respectivo contrato o las adiciones, prórrogas o modificaciones a que haya lugar.
ARTÍCULO 2o. Que por virtud de la delegación especial no se entiende derogada la Resolución número 073 del 21 de septiembre de 2012, respecto a las facultades de ordenación del gasto señaladas para la Dirección de Acuerdos de la Verdad, la Dirección para la Construcción de la Memoria y la Dirección Administrativa y Financiera.
ARTÍCULO 3o. Las facultades aquí delegadas podrán ser reasumidas por el Director General del Centro de Memoria Histórica en cualquier momento, sin perjuicio de la competencia que le asiste al mismo para ejercer la vigilancia e inspección, necesaria para velar porque los fines de la delegación se cumplan en los términos de ley.
ARTÍCULO 4o. Comunicar por conducto de la Dirección Administrativa y Financiera el contenido de la presente resolución a la Dirección para la Construcción de la Memoria, a la Dirección de Archivo de los Derechos Humanos, a la Dirección de Museo de la Memoria, así como a la Oficina Asesora Jurídica.
ARTÍCULO 5o. La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición y publicación en el Diario Oficial.
Comuníquese, publíquese y cúmplase.
Dada en Bogotá, D. C., a 8 de mayo de 2013.
El Director General,
GONZALO SÁNCHEZ GÓMEZ.