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RESOLUCIÓN 42 DE 2012
(julio 5)
Diario Oficial No. 48.534 de 26 de agosto de 2012
CENTRO DE MEMORIA HISTÓRICA
<NOTAS DE VIGENCIA: Resolución derogada por el artículo 6 de la Resolución 73 de 2012>
Por la cual se efectúan unas delegaciones sobre ordenación del gasto del Centro de Memoria a Histórica (CMH).
EL DIRECTOR GENERAL,
en uso de las facultades legales y estatutarias contempladas en el artículo 9o de la Ley 489 de 1998 y el Decreto 4803 del 20 de diciembre de 2011, y
CONSIDERANDO:
Que la función administrativa de conformidad con los artículos 209 y 211 de la Constitución Política está al servicio de los intereses generales y se desarrolla con fundamento en los principios de igualdad, moralidad, eficacia, economía, celeridad, imparcialidad y publicidad, mediante la descentralización, la delegación y la desconcentración de funciones.
Que de conformidad con el artículo 9o de la Ley 489 de 1998, las autoridades administrativas podrán mediante acto de delegación, transferir el ejercicio de sus funciones a sus colaboradores o a otras autoridades, con funciones afines o complementarias.
Que el literal j) del artículo 54 de la Ley 489 de 1998 dispone los principios y reglas generales con sujeción a las cuales el Gobierno Nacional puede modificar la estructura de los Ministerios, Departamentos y Organismos Administrativos del Orden Nacional, determinando que los mismos se podrán suprimir o crear dependencias en cada entidad u organismos administrativos y podrán otorgárseles autonomía administrativa y financiera sin personería jurídica.
Que mediante el artículo 146 de la Ley 1448 de 2011 se creó el Centro de la Memoria Histórica, como establecimiento público del orden nacional, adscrito al Departamento Administrativo de la Protección Social, con personería jurídica, patrimonio propio y autonomía administrativa y financiera.
Que mediante el artículo 148 de la precitada ley, se señalaron las funciones del Centro de la Memoria Histórica.
Que de conformidad con el artículo 14 del Decreto 4803 de 2011 la Dirección de Acuerdos de la Verdad es una dependencia del Centro de Memoria Histórica, con autonomía administrativa y financiera, en los términos del literal j) del artículo 54 de la Ley 489 de 1998, encargada de recibir la información que se obtenga de forma individual o colectiva de los desmovilizados con quienes se haya suscrito el acuerdo de contribución a la verdad y la reparación y de las personas que voluntariamente deseen hacer manifestaciones sobre asuntos que guarden relación o sean de interés para el mecanismo no judicial de contribución a la verdad.
Que así mismo de conformidad con el artículo 15 del mencionado Decreto 4803 de 2011, los recursos de la Dirección de Acuerdos de la Verdad estarán constituidos por las partidas del presupuesto General de la Nación, los recursos de cooperación técnica nacional e internacional, las donaciones y los demás recursos que se señale en la ley, asignados a través del Centro de Memoria Histórica.
Que mediante el artículo 1o del Decreto 2244 de 2011 se adicionó al artículo 148 de la Ley 1448 de 2011 la función de recolectar, clasificar, sistematizar, analizar y preservar la información que surja de los Acuerdos de Contribución a la Verdad Histórica y la Reparación de que trata la Ley 1424 de 2010, así como de la información que se reciba, de forma individual y colectiva, de los desmovilizados con quienes se haya suscrito el Acuerdo de Contribución a la Verdad Histórica y la Reparación y de aquellas personas que voluntariamente deseen hacer manifestaciones sobre asuntos que guarden relación o sean de interés para el mecanismo no judicial de contribución a la verdad y la memoria histórica.
Que mediante la Resolución 004 del 13 de abril de 2012 el Director General del Centro de Memoria Histórica delegó en la Directora Administrativa y Financiera la facultad de ordenar el gasto y realizar todos los trámites inherentes a los procesos de selección y la suscripción de contratos sin límites de cuantías.
Que se hace necesario con sujeción a los principios de la función administrativa descritos en el artículo 209 de la Constitución Política delegar en el Director Técnico de la Dirección de Acuerdos de la Verdad del Centro de Memoria Histórica la facultad de ordenar el gasto con relación a los recursos determinados por el artículo 15 del mencionado Decreto 4803 de 2011. así como modificar parcialmente la Resolución 004 del 13 de abril de 2012 en lo que refiere a la competencia de la Directora Administrativa y Financiera para ordenar el gasto y realizar todos los trámites inherentes a los procesos de selección y la suscripción de contratos sin límites de cuantías.
Que si bien la Dirección de Acuerdos de la Verdad del Centro de Memoria Histórica tiene autonomía administrativa y Financiera en los términos del Literal j) del artículo 54 de la Ley 489 de 1998, por razones de economía la administración de su planta de personal y de su apoyo logístico será adelantado por la respectiva Dirección Administrativa y Financiera del Centro de Memoria Histórica.
Que en mérito de lo expuesto,
RESUELVE:
ARTÍCULO 1o. <Resolución derogada por el artículo 6 de la Resolución 73 de 2012> Modificar parcialmente el artículo primero de la Resolución 004 de 2012 en los siguientes términos:
“Artículo 1o. Delegar en la Directora Administrativa y Financiera del Centro de Memoria Histórica la facultad de ordenar el gasto y realizar todos los trámites inherentes a los procesos de selección y la suscripción de contratos sin límites de cuantías, así como sus adiciones hasta el máximo legal.
ARTÍCULO 2o. <Resolución derogada por el artículo 6 de la Resolución 73 de 2012> Delegar en el Director Técnico de la Dirección de Acuerdos de la Verdad la facultad de ordenar el gasto, realizar todos los actos y trámites inherentes a los procesos de selección y la suscripción de los contratos y convenios sin límites de cuantías, así como sus adiciones hasta el máximo legal, en lo relativo a las funciones determinadas a esa Dirección por el artículo 1o del Decreto 2244 de 2011 y el artículo 14 del Decreto 4803 de 2011.
ARTÍCULO 3o. <Resolución derogada por el artículo 6 de la Resolución 73 de 2012> Quedan exceptuados de las delegaciones efectuadas en los dos primeros artículos, los contratos o convenios cuando la entidad actúe como donante, comodante, o vendedora de bienes inmuebles, así como los convenios con Gobiernos o entidades internacionales, los cuales sólo podrán ser celebrados por el Director General del Centro de Memoria Histórica.
ARTÍCULO 4o. <Resolución derogada por el artículo 6 de la Resolución 73 de 2012> Las facultades aquí delegadas podrán ser reasumidas por el Director General del Centro de Memoria Histórica en cualquier momento, sin perjuicio de la competencia que le asiste al mismo para ejercer la vigilancia e inspección necesaria para velar porque los fines de la delegación se cumplan en los términos de ley.
ARTÍCULO 5o. <Resolución derogada por el artículo 6 de la Resolución 73 de 2012> La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición, modifica parcialmente el artículo primero de la Resolución 004 del 13 de abril de 2012 y deroga las disposiciones que le sean contrarias.
Comuníquese y cúmplase.
Dada en Bogotá D. C., a 5 de julio de 2012.
El director general,
GONZALO SÁNCHEZ GÓMEZ.