RESOLUCIÓN 6330 DE 2016
(diciembre 19)
Diario Oficial No. 50.092 de 19 de diciembre de 2016
MINISTERIO DE SALUD Y PROTECCIÓN SOCIAL
Por la cual se modifica el presupuesto del Fondo de Solidaridad y Garantía (Fosyga), para la vigencia fiscal 2016 y se adoptan disposiciones en relación a la compra directa de cartera.
EL MINISTRO DE SALUD Y PROTECCIÓN SOCIAL,
en ejercicio de sus facultades legales, en especial, de las conferidas en el artículo 41 del Decreto-ley 4107 de 2011, el parágrafo del artículo 9o de la Ley 1608 de 2013, el parágrafo 4o del artículo 13 de la Ley 1122 de 2007, y
CONSIDERANDO:
Que mediante Resolución número 5572 de 2015, se aprobó el Presupuesto de Ingresos y Gastos del Fondo de Solidaridad y Garantía (Fosyga), para la vigencia fiscal 2016.
Que el artículo 1 de la Resolución 2719 de 2014, modificado por la Resolución 1255 de 2015, asignó entre otras funciones al Comité de Análisis y Seguimiento a los Recursos de los Fondos de la Protección Social, las de analizar la programación presupuestal de los fondos de la protección social y las modificaciones al presupuesto aprobado y realizar el seguimiento a la ejecución presupuestal de los recursos de cada concepto de ingresos y gastos de tales fondos.
Que el citado Comité en la Sesión número 96 del 13 de diciembre de 2016 recomendó al señor Ministro:
1. (…) el contracrédito por valor de $122.900 millones de los rubros del gasto de la subcuenta de compensación, que según las proyecciones presentan saldos de apropiación y acreditar $114.900 millones al rubro “Prestaciones de Servicios no Contenidas en el Plan de Beneficios - Otros eventos y Fallos de Tutela” y los $8.000 millones restantes, al rubro “Licencias de Maternidad y Paternidad”, en la subcuenta de compensación.
2. (…) la adición de $31.500 millones al rubro del ingreso de la subcuenta de compensación “Cotizaciones - Apropiación Directa EPS” y a los rubros del gasto “UPC Apropiación Directa EPS” y “Provisión Incapacidades por Enfermedad General - Apropiación Directa EPS” por valor de $30.000 millones y $1.500 millones, respectivamente.
3. (…) la adición de $40.000 millones al rubro del ingreso de la subcuenta de Garantías “Amortización Capital - compra de cartera” y al rubro del gasto “Apoyo y Fortalecimiento a las Entidades del Sector Salud” de la misma subcuenta.
4. (…) Reanudar por el mes de diciembre de 2016 la radicación de nuevas solicitudes de compra directa de cartera con cargo a los recursos de la subcuenta de garantías para la Salud del Fosyga”.
Que los movimientos presupuestales recomendados por el Comité se justifican en las razones que a continuación se exponen:
Que la Dirección de Administración de Fondos de la Protección Social una vez analizada la ejecución presupuestal con corte a 30 de noviembre y según las proyecciones del mes de diciembre de 2016, determinó que la Subcuenta de Compensación presentará saldos de apropiación en los siguientes rubros del presupuesto de gastos: “UPC Fosyga y Prestaciones Económicas REX” por valor de $101.500.000.000; “Reserva Contingencia art. 4 decreto 4023/11” por $7.100.000.000; “Provisión Incapacidades por Enfermedad General - Pago a Través del Fosyga” por $7.600.000.000 y “UPC - Régimen Especial Madres Comunitarias, Sustitutas y su Incluido el Núcleo Familiar” por $6.700.000.000.
Que de acuerdo con el mismo ejercicio de análisis presupuestal, la Dirección de Administración de Fondos de la Protección Social determinó que se presentará un déficit en el presupuesto de gastos de la Subcuenta de Compensación en los rubros “Prestaciones de Servicios no Contenidas en el Plan de Beneficios - Otros Eventos y Fallos de Tutela” y “Licencias de Maternidad y Paternidad” por los valores de $114.900.000.000 y $8.000.000.000, respectivamente; por lo que se hace necesario realizar un traslado presupuestal de los saldos de apropiación mencionados en el considerando anterior e incorporarlos en los rubros que presentarán déficit.
Que la ejecución con corte a 31 de noviembre de 2016 y según las proyecciones a 31 de diciembre de 2016 realizadas por la Dirección de Administración de Fondos de la Protección Social presenta un déficit en el presupuesto de gastos de la Subcuenta de Compensación en los rubros “UPC Apropiación Directa EPS” y “Provisión Incapacidades por Enfermedad General - Apropiación Directa EPS” por $30.000.000.000 y $1.500.000.000, respectivamente; por lo que se hace necesario adicionar del mayor valor recaudado proyectado, en el presupuesto de ingresos de la misma subcuenta en el rubro “Cotizaciones Apropiación Directa EPS”.
Que la Coordinadora del Grupo de Administración Financiera - FOSYGA mediante certificación expedida el 15 de diciembre de 2016, hace constar que en el Presupuesto de Gastos de la Subcuenta de Compensación existe apropiación presupuestal disponible libre de afectación para realizar el precitado traslado.
Que el Comité de Análisis y Seguimiento a los Recursos de los Fondos de la Protección Social, en sesión del 25 de julio de 2016, Acta número 92, recomendó suspender indefinidamente la radicación de nuevas solicitudes de compra directa de cartera, dada la limitación de recursos disponibles en la Subcuenta de Garantías para la Salud, recomendación que fue acatada con la expedición de la Resolución número 3322 de 2016.
Que la Dirección de Administración de Fondos de la Protección Social proyecta recaudar recursos en la subcuenta de Garantías del Fosyga, provenientes del reintegro por parte de Caprecom EICE en Liquidación, por concepto de saldos de deuda de compra directa de cartera, lo cual permitirá contar con disponibilidad de recursos, en el mes de diciembre de 2016, por lo que se hace necesario adicionar en el Presupuesto de Ingresos y Gastos la Subcuenta de Garantías para la Salud en los rubros “Amortización Capital - Compra Cartera” y “Apoyo y Fortalecimiento a las Entidades del Sector Salud” el valor de $40.000.000.000.
Que si al 23 de diciembre de 2016 no se llega a materializar el recaudo de los recursos previstos en el considerando anterior, la Subcuenta de Garantías para la salud del Fosyga con cargo al saldo de apropiación, y recursos disponibles en el portafolio de esta subcuenta, respaldará las operaciones de compra de cartera directa que se presenten en lo que resta de la vigencia 2016.
Que en virtud de lo anterior y considerando que el aseguramiento en salud de la presente vigencia se encuentra garantizado, es necesario reanudar por el mes de diciembre de 2016 la radicación de nuevas solicitudes de compra directa de cartera con cargo a los recursos de la Subcuenta de Garantías para la Salud del Fosyga.
Que sin perjuicio de lo anterior, las Entidades Promotoras de Salud (EPS) y las Cajas de Compensación Familiar (CCF) no deben desconocer la responsabilidad que tienen con respecto al pago oportuno de sus obligaciones por concepto de los servicios de salud prestados a sus afiliados, por consiguiente deberán efectuar las gestiones para atender la cartera de las IPS a través de otros medios o mecanismos de pago y así contribuir al saneamiento de sus deudas.
En mérito de lo expuesto,
RESUELVE:
ARTÍCULO 1o. Trasladar en el Presupuesto de Gastos de la Subcuenta de Compensación los siguientes rubros, así:
| COMPENSACIÓN – GASTOS | VALOR |
CONTRACRÉDITO
| UPC Fosyga y Prestaciones Económicas REX | 101.500.000.000 |
| Reserva Contingencia artículo 4o Decreto 4023/11 | 7.100.000.000 |
| Provisión Incapacidades por Enfermedad General - Pago a Través del Fosyga | 7.600.000.000 |
| UPC - Régimen Especial Madres Comunitarias, Sustitutas y su Incluido el Núcleo Familiar | 6.700.000.000 |
| TOTAL CONTRACRÉDITO | 122.900.000.000 |
CRÉDITO
| Prestaciones de Servicios no Contenidas en el Plan de Beneficios - Otros Eventos y Fallos de Tutela | 114.900.000.000 |
| Licencias de Maternidad y Paternidad | 8.000.000.000 |
| TOTAL CRÉDITO | 122.900.000.000 |
ARTÍCULO 2o. Adicionar el Presupuesto de Ingresos y Gastos de la Subcuenta de Compensación, así:
| COMPENSACIÓN | VALOR |
INGRESOS
| Cotizaciones - Apropiación Directa EPS | 31.500.000.000 |
| SUBTOTAL INGRESO | 31.500.000.000 |
| COMPENSACIÓN | VALOR |
GASTOS
| UPC Apropiación Directa EPS | 30.000.000.000 |
| Provisión Incapacidades por Enfermedad General - Apropiación Directa EPS | 1.500.000.000 |
| SUBTOTAL GASTOS | 31.500.000.000 |
ARTÍCULO 3o. Adicionar el Presupuesto de Ingresos y Gastos de la Subcuenta de Garantías para la Salud, así:
| GARANTÍAS | VALOR |
INGRESOS
| Amortización Capital - Compra Cartera | 40.000.000.000 |
| SUBTOTAL INGRESO | 40.000.000.000 |
| GARANTÍAS | VALOR |
GASTOS
| Apoyo y Fortalecimiento a las Entidades del Sector Salud | 40.000.000.000 |
| SUBTOTAL GASTOS | 40.000.000.000 |
ARTÍCULO 4o. Reanudar por el mes de diciembre de 2016 la radicación de nuevas solicitudes de compra directa de cartera con cargo a los recursos de la Subcuenta de Garantías para la Salud del Fosyga, suspendida mediante la Resolución número 3322 de 2016.
PARÁGRAFO 1o. El término para la radicación de solicitudes para la presente operación de compra de cartera, será hasta el 21 de diciembre de 2016, sin perjuicio del cumplimiento del procedimiento, los criterios y condiciones establecidos en la normatividad vigente.
PARÁGRAFO 2o. Las solicitudes que no sean aprobadas por insuficiencia de recursos, en la operación de compra de cartera del mes de diciembre, serán devueltas a la EPS o CCF deudoras para que efectúe por otro medio el pago oportuno de sus obligaciones.
ARTÍCULO 5o. La presente resolución rige a partir de su publicación y modifica en lo pertinente la Resolución número 5572 de 2015, modificada por las Resoluciones número 481, 1555, 1586, 2286, 3434, 4784, 5550 y 6068 de 2016.
Publíquese y cúmplase.
Dada en Bogotá, D. C., a 19 de diciembre de 2016.
El Ministro de Salud y Protección Social,
ALEJANDRO GAVIRIA URIBE.




