RESOLUCIÓN 2286 DE 2016
(junio 3)
Diario Oficial No. 49.897 de 7 de junio de 2016
MINISTERIO DE SALUD Y PROTECCIÓN SOCIAL
Por la cual se modifica el Presupuesto de Ingresos y Gastos del Fondo de Solidaridad y Garantía (Fosyga), para la vigencia fiscal 2016.
EL MINISTRO DE SALUD Y PROTECCIÓN SOCIAL,
en ejercicio de sus atribuciones legales, especialmente las conferidas en el parágrafo 4o del artículo 13 de la Ley 1122 de 2007, y
CONSIDERANDO:
Que de acuerdo con el parágrafo 4o del artículo 13 de la Ley 1122 de 2007 corresponde a este Ministerio administrar los fondos, cuentas y recursos de administración especial de protección social a su cargo.
Que en ejercicio de dicha facultad se hace necesario realizar la reducción en $66.000.000.000 en la Subcuenta de Compensación del Fosyga, teniendo en cuenta que una parte de los recursos por concepto de la “Transferencia del Impuesto CREE Ley 1607 de 2012”, que se encuentran apropiados en dicha Subcuenta, corresponden al concepto “Transferencia de Compensación Impuesto CREE Decreto número 3047/13 Movilidad” apropiados en la Subcuenta de Solidaridad del citado Fondo.
Que de acuerdo a las proyecciones a 31 de diciembre de 2016 realizadas por la Dirección de Administración de Fondos de la Protección Social en el Presupuesto de Gastos de la Subcuenta de Solidaridad del Fosyga, se hace necesario efectuar una adición de recursos por valor de $66.844.000.000 asociados con la implementación del Decreto número 3047 de 2013 sumado a los $66.000.000.000 de que trata el considerando anterior, valores que se encuentran respaldados con los mayores recaudos proyectados en el presupuesto de ingresos de la misma subcuenta por valor de $135.582 millones.
Que actualmente el Presupuesto de Ingresos de la Subcuenta de Solidaridad del Fosyga tiene apropiados $216.043.251.535 en el rubro “Excedentes Cajanal artículo 85 Ley 1769 de 2015”; no obstante, conforme a la ejecución presupuestal de ingresos entregada por el Administrador Fiduciario de los Recursos del Fosyga, el valor efectivamente recaudado corresponde a la suma de $219.578.260.814,68 por lo tanto, se hace necesario adicionar $3.535.009.279,68 en los rubros “Excedentes Cajanal artículo 85 Ley 1769 de 2015” y “Transferencia al Mecanismo para el pago de la UPC Régimen Subsidiado” del Presupuesto de Ingresos y Gastos de dicha Subcuenta destinados para el pago de la UPC del Régimen Subsidiado.
Que según el anexo del Decreto número 2250 de 2015, por el cual se liquida el presupuesto General de la Nación para la vigencia fiscal de 2016, se detallan las apropiaciones y se clasifican y definen los gastos, el valor apropiado en la unidad ejecutora 190101- nivel central del Ministerio de Salud y Protección Social por concepto de “Recursos para la cofinanciación de cobertura en educación y salud de las entidades territoriales productoras, artículo 145 de la Ley 1530 de 2012” asciende a $205.444.003.000; sin embargo, al momento de realizar la apropiación en el Presupuesto de Ingresos de la Subcuenta Solidaridad del Fosyga, según Resolución número 5572 de 2015, se efectuó por valor de $204.726.080.000, motivo por el cual se hace necesario adicionar $717.923.000 en los rubros “Cofinanciación Compensación de la Disminución del Recaudo de Regalías de ET APN” y “Transferencia al Mecanismo para el pago de la UPC Régimen Subsidiado” del Presupuesto de Ingresos y Gastos de dicha Subcuenta.
Que la Ley 1769 de 2015 establece en el artículo 75 que los recursos girados al mecanismo de recaudo y giro previsto en el artículo 31 de la Ley 1438 de 2011, en virtud del artículo 85 de la Ley 1438 de 2011 y el artículo 106 de la Ley 1687 de 2013 por parte de las Administradoras, se podrán destinar al i) saneamiento fiscal y financiero de la red pública prestadora de servicios de salud, privilegiando el pago de los pasivos laborales incluidos los aportes patronales, y de no existir estos pasivos, ii) al pago de servicios de salud en lo no cubierto con subsidios a la demanda que adeude la Entidad Territorial a la EPS o a los prestadores de servicios de salud. Los recursos se girarán directamente a las Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud Públicas a través de la Subcuenta de Solidaridad del Fosyga y permanecerán en el portafolio de esta subcuenta hasta su giro al beneficiario final.
Que en el marco del citado artículo 75 de la Ley 1769 de 2015, según los cálculos de la Dirección de Financiamiento Sectorial, se requiere la apropiación de $204.000.000.000 en el presupuesto ingresos y gastos del Fosyga, para su giro a través de la subcuenta de solidaridad.
Que en consonancia con lo anterior, el Consorcio SAYP mediante comunicación CRC-0345-16 del 19 de abril de 2016 certificó los saldos de los recursos consignados por las distintas entidades al Mecanismo Único de Recaudo y Giro en virtud del artículo 85 de la Ley 1438 de 2011, por un valor de $134.923.970.767,27, los cuales han generado unos rendimientos financieros de $9.273.496.530,31, es decir, se dispone de un total de recursos por valor de $144.197.467.297,58 y que mediante documento CMP-6694-16 de 7 de abril de 2016, indicó que en el portafolio de la Subcuenta de Compensación existe un saldo de los recursos del Sistema General de Participaciones de aportes en salud no saneados, en virtud del cual se dispondrá de $59.802.532.703.
Que de acuerdo con lo anterior y para efectos de garantizar la continuidad en los procesos de reconocimiento y pago en la presente vigencia, se hace necesario efectuar las modificaciones al Presupuesto de Ingreso y Gasto del Fosyga presentadas en la sesión número 90 del 1o de junio de 2016 de Comité de Análisis y Seguimiento a los Recursos de los Fondos de la Protección Social, quienes recomendaron aprobar dichas modificaciones.
En mérito de lo expuesto,
RESUELVE:
ARTÍCULO 1o. Reducir en el Presupuesto de Ingresos y Gastos de la Subcuenta de Compensación el valor de $66.000.000.000, así:
| COMPENSACIÓN | VALOR |
| INGRESOS | |
| Transferencia Impuesto CREE Ley 1607 de 2012 | 66.000.000.000,00 |
| SUBTOTAL INGRESO | 66.000.000.000,00 |
| COMPENSACIÓN | VALOR |
GASTOS
| UPC FOSYGA y Prestaciones Económicas REX | 66.000.000.000,00 |
| SUBTOTAL GASTOS | 66.000.000.000,00 |
ARTÍCULO 2o. Adicionar el Presupuesto de Ingresos y Gastos de la Subcuenta de Solidaridad en $137.096.932.279,68, así:
| SOLIDARIDAD | VALOR |
INGRESOS
| Cotizaciones - FOSYGA - Decreto número 3047/13 | 26.500.000.000,00 |
| Cotizaciones - FOSYGA - Decreto número 3047/13-Apropiación Directa | 40.000.000.000,00 |
| SOLIDARIDAD | VALOR |
| Transferencia de Compensación Impuesto CREE Decreto número 3047/13 Movilidad | 66.000.000.000,00 |
| Rendimientos Financieros Cuentas Recaudo EPS - Decreto número 3047/13 SSF | 344.000.000,00 |
| Excedentes Cajanal artículo 85 Ley 1769 de 2015 | 3.535.009.279,68 |
| Cofinanciación Compensación de la Disminución del Recaudo de Regalías de ET APN | 717.923.000,00 |
| SUBTOTAL INGRESO | 137.096.932.279,68 |
| SOLIDARIDAD | VALOR |
GASTOS
| UPC Apropiación Directa EPS Decreto número 3047/13 | 37.200.000.000,00 |
| UPC Fosyga Decreto número 3047/13 | 87.000.000.000,00 |
| Incapacidades por Enfermedad General - Apropiación Directa EPS Decreto número 3047/13 | 2.800.000.000,00 |
| Licencias de Maternidad y Paternidad Decreto número 3047/13 | 5.500.000.000,00 |
| Pago de Rendimientos Financieros Cuentas de Recaudo - Apropiación Directa EPS Decreto 3047/13 | 344.000.000,00 |
| Transferencia al Mecanismo para el pago de la UPC Régimen Subsidiado | 4.252.932.279,68 |
| SUBTOTAL GASTOS | 137.096.932.279,68 |
ARTÍCULO 3o. Crear el rubro “Transferencia a Solidaridad - artículo 75 de la Ley 1769 de 2015 Saneamiento Aportes Patronales (SGP)” en el Presupuesto de Gastos de la Subcuenta de Compensación y adicionar $59.802.532.703 el Presupuesto de Ingresos y Gastos de la misma subcuenta en los siguientes rubros:
| COMPENSACIÓN | VALOR |
INGRESOS
| Excedentes Financieros Vigencias Anteriores | 59.802.532.703,00 |
| SUBTOTAL INGRESO | 59.802.532.703,00 |
| COMPENSACIÓN | VALOR |
GASTOS
| Transferencia a Solidaridad - Artículo 75 Ley 1769 de 2015 Saneamiento Aportes Patronales (SGP) | 59.802.532.703,00 |
| SUBTOTAL GASTOS | 59.802.532.703,00 |
ARTÍCULO 4o. Crear los rubros “Transferencia de Compensación artículo 75 Ley 1769 de 2015 Saneamiento Aportes Patronales (SGP)” y “Asignación de recursos artículo 75 Ley 1769 de 2015” en el Presupuesto de Ingresos y Gastos de la Subcuenta de Solidaridad y adicionar $204.000.000.000 en el presupuesto de la misma subcuenta en los siguientes rubros:
| SOLIDARIDAD | VALOR |
INGRESOS
| Excedentes Financieros | 144.197.467.297,00 |
| Transferencia de Compensación Artículo 75 Ley 1769 de 2015 Saneamiento Aportes Patronales (SGP) | 59.802.532.703,00 |
| SUBTOTAL INGRESO | 204.000.000.000,00 |
| SOLIDARIDAD | VALOR |
GASTOS
| Asignación de recursos artículo 75 Ley 1769 de 2015 | 204.000.000.000,00 |
| SUBTOTAL GASTOS | 204.000.000.000,00 |
ARTÍCULO 5o. La presente resolución rige a partir de su publicación y modifica en lo pertinente la Resolución número 5572 de 2015 modificada por las Resoluciones números 481, 1555 y 1586 de 2016.
Publíquese y cúmplase.
Dada en Bogotá, D. C, a 3 de junio de 2016.
El Ministro de Salud y Protección Social,
ALEJANDRO GAVIRIA URIBE.




