RESOLUCIÓN 4784 DE 2016
(octubre 11)
Diario Oficial No. 50.024 de 12 de octubre de 2016
MINISTERIO DE SALUD Y PROTECCIÓN SOCIAL
Por la cual se modifica el presupuesto del Fondo de Solidaridad y Garantía (Fosyga), para la vigencia fiscal 2016.
EL MINISTRO DE SALUD Y PROTECCIÓN SOCIAL,
en ejercicio de sus atribuciones legales, especialmente las conferidas en el parágrafo 4o del artículo 13 de la Ley 1122 de 2007, y
CONSIDERANDO:
Que mediante Resolución 5572 de 2015, se aprobó el Presupuesto de Ingresos y Gastos del Fondo de Solidaridad y Garantía (Fosyga), para la vigencia fiscal 2016.
Que mediante el artículo 66 de la Ley 1753 de 2015 se creó la Entidad Administradora de los Recursos del Sistema General de Seguridad Social en Salud con el fin de garantizar el adecuado flujo y los respectivos controles a los recursos del mencionado Sistema, estableciendo que durante el periodo de transición se podrán utilizar los excedentes de las diferentes subcuentas del Fosyga para la garantía del aseguramiento en salud.
Que de acuerdo con la ejecución presupuestal del Fosyga con corte a 30 de agosto de 2016 y las proyecciones realizadas por la Dirección de Administración de Fondos de la Protección Social y el Consorcio SAYP para los últimos cuatro meses de la vigencia fiscal, el recaudo acumulado al cierre de la vigencia de algunos rubros del presupuesto de ingresos de la Subcuenta de Compensación, serán superiores al aforo inicial, lo que permite realizar una adición al Presupuesto de Ingresos y Gastos de la subcuenta, con el fin de respaldar presupuestalmente el pago de los recobros de la presente vigencia.
Que por su parte la Resolución 3434 de 2016 adicionó en la Subcuenta de Compensación ochenta mil millones de pesos ($80.000.000.000), provenientes de los excedentes de la Subcuenta de Garantías en aplicación del artículo 66 de la Ley 1753 de 2015; no obstante, por tratarse de una operación con excedentes corrientes se hace necesario crear el rubro presupuestal de gasto en la Subcuenta de Garantías “Transferencia artículo 66 de la Ley 1753 de 2015”, así como realizar el ajuste presupuestal adicionando los mismos $80.000 millones, al rubro del ingreso “Amortización Capital – Compra Cartera” y en el rubro del gasto “Transferencia artículo 66 de la Ley 1753 de 2015”.
Que de acuerdo con la proyección de gastos del rubro “Prestaciones de servicios no contenidas en el Plan de Beneficios” de la Subcuenta Compensación, se hace necesario aplicar lo establecido en el artículo 66 de la Ley 1753 de 2015, respecto de la utilización de los excedentes de las diferentes subcuentas del Fosyga para la garantía del aseguramiento en salud, motivo por el cual, se requiere:
1. Realizar un contracrédito de cuarenta mil millones de pesos ($40.000.000.000) en la Subcuenta de Garantías del rubro de gastos “Apoyo y Fortalecimiento a las Entidades del Sector Salud”, acreditando el rubro de gastos “Transferencia artículo 66 de la Ley 1753 de 2015”.
2. Adicionar la suma de cuarenta mil millones de pesos ($40.000.000.000) en la Subcuenta de Garantías al rubro del ingreso “Amortización Capital – Compra Cartera” y al rubro del gasto “Transferencia artículo 66 Ley 1753 de 2015”.
3. Derivado de los ajustes presentados en los numerales anteriores, adicionar los excedentes corrientes de la Subcuenta de Garantías por valor de ochenta mil millones de pesos ($80.000.000.000) en la Subcuenta de Compensación en el rubro del ingreso “Excedentes artículo 66 de la Ley 1753 de 2015” y en el rubro del gasto “Prestaciones de servicios no contenidas en el Plan de Beneficios”.
4. Adicionar en la Subcuenta de Compensación los excedentes financieros de la vigencia anterior de la subcuenta ECAT por valor de ochenta y tres mil millones de pesos ($83.000.000.000) al rubro del ingreso “Excedentes artículo 66 de la Ley 1753 de 2015” y al rubro del gasto “Prestaciones de servicios no contenidas en el Plan de Beneficios”.
Que según certificación de saldos de portafolio del Fosyga, con corte al 27 de septiembre de 2016, expedida por el Consorcio SAYP, existen recursos suficientes para realizar los movimientos presupuestales de que trata el considerando anterior.
Que la Dirección de Promoción y Prevención mediante memorando con radicado número 201621000212863 del 6 de septiembre de 2016, solicita a la Dirección de Administración de Fondos de la Protección Social, adicionar la suma de $407.466.640 en el Presupuesto de Ingresos y Gastos de la Subcuenta de Promoción del Fosyga, teniendo en cuenta que el departamento del Chocó, a través de operación realizada el 1o de agosto de 2016, reintegró dichos recursos al Fosyga toda vez que no fueron ejecutados en la vigencia anterior, por lo que se hace necesario adicionar al rubro del ingreso “Otros ingresos vigencias anteriores” y en el rubro del gasto “Programas nacionales de promoción y prevención”, la suma precitada.
Que el artículo 1o de la Resolución 2719 de 2014, “por la cual se crea el Comité de Análisis y Seguimiento a los recursos de los Fondos de la Protección Social y se reglamenta su funcionamiento”, estableció entre otras funciones la de analizar la programación presupuestal de cada vigencia fiscal y las modificaciones al presupuesto aprobado y conceptuar con los correspondientes soportes la viabilidad técnica de los actos administrativos a través de los cuales este Ministerio adopta las decisiones como Consejo Administrador de los Recursos del Fosyga y administrador de los Fondos de la Protección Social.
Que en ese contexto el citado Comité en la Sesión número 93 del 28 de septiembre de 2016, recomendó:
1. “(…) realizar los ajustes presupuestales y contables correspondientes (adición excedentes corrientes, creación de nuevo rubro y traslado) en las subcuentas de Garantías y Compensación, con el objetivo de dar aplicación al artículo 66 de la Ley 1753 de 2015, para efectos de garantizar el aseguramiento en salud”.
2. “(…) la adición de los mayores recaudos de la subcuenta Compensación al rubro de recobros”.
3. “(…) realizar la adición de los excedentes financieros de la vigencia anterior de la subcuenta ECAT en la subcuenta Compensación, en el marco del artículo 66 de la Ley 1753 de 2015, para efectos de garantizar el aseguramiento en salud”.
4. “(…) la aprobación del ajuste presupuestal para complementar la adición de excedentes corrientes de garantías, realizada mediante Resolución 3434 de 2016, en el marco del artículo 66 de la Ley 1753 de 2015”.
5. “(…) Realizar la adición en la subcuenta promoción, de los recursos reintegrados por el departamento del Chocó”.
Que en vista de lo anterior, se hace necesario realizar los movimientos mencionados a fin de integrar el presupuesto del Fosyga de modo tal que se atienda las necesidades presupuestales inmediatas relativas al aseguramiento en salud.
En mérito de lo expuesto,
RESUELVE:
ARTÍCULO 1o. Adicionar al Presupuesto de Ingresos y Gastos de la Subcuenta de Compensación los mayores valores recaudados en dicha subcuenta, así:
| COMPENSACIÓN | VALOR |
INGRESOS
| Cotizaciones Régimen de Excepción | 28.000.000.000 |
| Rendimientos Financieros Inversiones | 26.000.000.000 |
| Excedentes Financieros Vigencias Anteriores | 96.000.000.000 |
| Otros Ingresos | 29.500.000.000 |
| Otros Ingresos Vigencias anteriores | 26.500.000.000 |
| SUBTOTAL INGRESO | 206.000.000.000 |
| COMPENSACIÓN | VALOR |
GASTOS
| Prestaciones de Servicios no Contenidas en el Plan de Beneficios-Otros Eventos y Fallos de Tutela | 206.000.000.000 |
| SUBTOTAL GASTOS | 206.000.000.000 |
ARTÍCULO 2o. Crear en el presupuesto de gastos de la Subcuenta de Garantías el rubro “Transferencia artículo 66 Ley 1753 de 2015” y realizar la adición de ochenta mil millones de pesos ($80.000.000.000) en el Presupuesto de Ingresos y Gastos de la Subcuenta de Garantías, así:
| GARANTÍAS | VALOR |
INGRESOS
| Amortización Capital- Compra de Cartera | 80.000.000.000 |
| SUBTOTAL INGRESO | 80.000.000.000 |
| GARANTÍAS | VALOR |
GASTOS
| Transferencia artículo 66 Ley 1753 de 2015 | 80.000.000.000 |
| SUBTOTAL GASTOS | 80.000.000.000 |
ARTÍCULO 3o. Realizar un traslado presupuestal en la Subcuenta de Garantías, así:
| GARANTÍAS | VALOR |
CONTRACRÉDITO
| Apoyo y Fortalecimiento a las Entidades del Sector Salud | 40.000.000.000 |
| SUBTOTAL GASTO | 40.000.000.000 |
| GARANTÍAS | VALOR |
CREDITO
| Transferencia artículo 66 de la Ley 1753 de 2015 | 40.000.000.000 |
| SUBTOTAL GASTOS | 40.000.000.000 |
ARTÍCULO 4o. Adicionar al Presupuesto de Ingresos y Gastos de la Subcuenta de Garantías el valor de cuarenta mil millones de pesos ($40.000.000.000) así;
| GARANTÍAS | VALOR |
INGRESOS
| Amortización Capital - Compra Cartera | 40.000.000.000 |
| SUBTOTAL INGRESO | 40.000.000.000 |
| GARANTÍAS | VALOR |
GASTOS
| Transferencia artículo 66 Ley 1753 de 2015 | 40.000.000.000 |
| SUBTOTAL GASTOS | 40.000.000.000 |
ARTÍCULO 5o. Adicionar al Presupuesto de Ingresos y Gastos de la Subcuenta de Compensación los recursos correspondientes a los excedentes financieros de la vigencia anterior de la Subcuenta ECAT por valor de ochenta y tres mil millones de pesos ($83.000.000.000) y los excedentes corrientes de la Subcuenta de Garantías por valor de ochenta mil millones de pesos ($80.000.000.000), así:
| COMPENSACIÓN | VALOR |
INGRESOS
| Excedentes artículo 66 de la Ley 1753 de 2015 | 163.000.000.000 |
| SUBTOTAL INGRESO | 163.000.000.000 |
| COMPENSACIÓN | VALOR |
GASTOS
| Prestaciones de Servicios no Contenidas en el Plan de Beneficios -Otros Eventos y Fallos de Tutela | 163.000.000.000 |
| SUBTOTAL GASTOS | 163.000.000.000 |
ARTÍCULO 6o. Adicionar el Presupuesto de Ingresos y Gastos de la Subcuenta de Promoción, así:
| PROMOCIÓN | VALOR |
INGRESOS
| Otros Ingresos Vigencias anteriores | 407.466.640 |
| SUBTOTAL INGRESO | 407.466.640 |
| PROMOCIÓN | VALOR |
GASTOS
| Programas Nacionales de Promoción y Prevención | 407.466.640 |
| SUBTOTAL GASTOS | 407.466.640 |
ARTÍCULO 7o. La presente resolución rige a partir de su publicación y modifica en lo pertinente la Resolución 5572 de 2015, modificada por las Resoluciones 481, 1555, 1586, 2286 y 3434 de 2016
Publíquese y cúmplase.
Dada en Bogotá, D. C., a 11 de octubre de 2016.
El Ministro de Salud y Protección Social,
ALEJANDRO GAVIRIA URIBE.




