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RESOLUCIÓN 6068 DE 2016

(diciembre 7)

Diario Oficial No. 50.085 de 12 de diciembre de 2016

MINISTERIO DE SALUD Y PROTECCIÓN SOCIAL

Por la cual se modifica el presupuesto del Fondo de Solidaridad y Garantía (Fosyga), para la vigencia fiscal 2016.

EL MINISTRO DE SALUD Y PROTECCIÓN SOCIAL,

en ejercicio de sus atribuciones legales, especialmente las conferidas en el parágrafo 4o del artículo 13 de la Ley 1122 de 2007, y

CONSIDERANDO:

Que mediante Resolución 5572 de 2015, se aprobó el Presupuesto de Ingresos y Gastos del Fondo de Solidaridad y Garantía (Fosyga), para la vigencia fiscal 2016.

Que el artículo 1o de la Resolución 2719 de 2014, modificado por la Resolución 1255 de 2015, asignó entre otras funciones al Comité de Análisis y Seguimiento a los Recursos de los Fondos de la Protección Social, las de analizar la programación presupuestal de los fondos de la protección social y las modificaciones al presupuesto aprobado y realizar el seguimiento a la ejecución presupuestal de los recursos de cada concepto de ingresos y gastos de tales fondos.

Que el citado Comité en la Sesión número 95 del 1o de diciembre de 2016, recomendó al señor Ministro:

1. (…) realizar los ajustes presupuestales correspondientes con el objetivo de dar aplicación a la Unidad de Caja establecida en el artículo 66 de la Ley 1753 de 2015, para efectos de garantizar el aseguramiento en salud del régimen contributivo así:

-- Reducir los excedentes financieros de la subcuenta promoción.

-- Adicionar los excedentes financieros de la vigencia anterior de la subcuenta promoción al rubro UPC Fosyga de la subcuenta compensación.

-- Adicionar los mayores recaudos de la subcuenta garantías al rubro “Transferencia artículo 66 Ley 1753 de 2015”, así como adicionar dichos recursos al rubro “UPC Fosyga” en la subcuenta compensación.

2. Recomendar la adición de los mayores recaudos de la subcuenta compensación al rubro “UPC Fosyga”.

3. Recomendar la adición en la subcuenta compensación a los rubros “UPC Apropiación Directa EPS” y Provisión Incapacidades por Enfermedad General - Apropiación Directa EPS, las cuales se respaldan con el rubro del ingreso Cotizaciones Apropiación Directa -EPS.

4. Recomendar la adición del mayor recaudo del rubro Cotizaciones Fosyga de la subcuenta compensación, al rubro “Prestaciones de Servicios no Contenidas en el Plan de Beneficios-Otros Eventos y Fallos de Tutela” de la misma subcuenta.

5. Recomendar la adición en la subcuenta solidaridad al rubro “UPC Apropiación Directa EPS Decreto 3047 de 2013”, la cual se respalda con el rubro del ingreso Cotizaciones (Fosyga) Decreto 3047 de 2013 - Apropiación Directa.

6. Recomendar la adición del rubro “UPC - Programas de Promoción y Prevención Apropiación Directa EPS” de la subcuenta promoción, el cual se respalda con la adición del rubro del ingreso “Cotizaciones - Apropiación Directa EPS” de la subcuenta”.

Que los movimientos presupuestales, recomendados por el Comité, se justifican en las razones que a continuación se exponen:

1. Que la Subdirección de Gestión de la Dirección de Administración de Fondos de la Protección Social, una vez analizada la ejecución presupuestal con corte a 31 de octubre de 2016, determinó que el rubro “UPC Fosyga y Prestaciones Económicas REX” del Presupuesto de Gastos de la Subcuenta de Compensación tiene una ejecución del 86% y según sus proyecciones a 31 de diciembre de 2016, presentaría un déficit de $250.000.000.000, por lo que hace necesario realizar las siguientes modificaciones presupuestales:

a) Reducir en $32.000.000.000 el Presupuesto de Ingresos y Gastos de la Subcuenta de Promoción los rubros “Excedentes financieros” y “UPC - Programas de Promoción y Prevención EPS - Fosyga”, respectivamente, de los excedentes financieros ya incorporados para adicionarlos en el Presupuesto de Ingresos y Gastos de la Subcuenta de Compensación en los rubros “Excedentes artículo 66 de la Ley 1753 de 2015” y “UPC Fosyga y Prestaciones Económicas REX”, respectivamente, de acuerdo con el artículo 66 de la Ley 1753 de 2015.

b) Adicionar en $38.000.000.000, provenientes del portafolio de la Subcuenta de Promoción –recursos de los excedentes de vigencias anteriores–, el Presupuesto de Ingresos y Gastos de la Subcuenta de Compensación en los rubros “Excedentes artículo 66 de la Ley 1753 de 2015” y “UPC Fosyga y Prestaciones Económicas REX”, respectivamente, conforme a lo señalado por el artículo 66 de la Ley 1753 de 2015 el cual establece que “se podrán utilizar los excedentes de las diferentes Subcuentas del Fosyga para la garantía del aseguramiento en salud”.

c) Adicionar en $25.000.000.000 el Presupuesto de Ingresos y Gastos de la Subcuenta de Garantías para la Salud los rubros “Amortización Capital - Compra de Cartera” y “Transferencia artículo 66 de la Ley 1753 de 2015” de los excedentes financieros de la vigencia para incluirlos en el Presupuesto de Ingresos y Gastos de la Subcuenta de Compensación los rubros “Excedentes artículo 66 de la Ley 1753 de 2015” y “UPC Fosyga y Prestaciones Económicas REX”, respectivamente, de acuerdo con el artículo 66 de la Ley 1753 de 2015.

d) Adicionar en $36.000.000.000 los mayores valores recaudados a 31 de octubre y proyectados a 31 de diciembre de 2016, en el Presupuesto de Ingresos y Gastos de la Subcuenta de Compensación de los rubros “Cotizaciones Régimen de Excepción”, “Rendimientos Financieros Inversiones”, “Otros Ingresos”, “Otros Ingresos Vigencias Anteriores” y “UPC Fosyga y Prestaciones Económicas REX”, respectivamente.

e) Adicionar en $119.000.000.000 los mayores valores recaudados a 31 de octubre y proyectados a 31 de diciembre de 2016, en el Presupuesto de Ingresos y Gastos de la Subcuenta de Compensación de los rubros “Cotizaciones - Fosyga” y “UPC Fosyga y Prestaciones Económicas REX”.

2. Que la ejecución con corte a 31 de octubre de 2016 y según las proyecciones a 31 de diciembre de 2016 realizadas por la Dirección de Administración de Fondos de la Protección Social presenta un déficit en el Presupuesto de Gastos de la Subcuenta de Compensación en los rubros “UPC Apropiación Directa EPS” y “Provisión Incapacidades por Enfermedad General - Apropiación Directa EPS” por los siguientes valores: $67.000.000.000 y $1.000.000.000, respectivamente; por lo que se hace necesario adicionar del mayor valor recaudado proyectado, en el Presupuesto de Ingresos de la misma subcuenta en el rubro “Cotizaciones - Apropiación Directa EPS”.

3. Que la ejecución con corte a 31 de octubre de 2016, analizada por la Dirección de Administración de Fondos de la Protección Social presenta un déficit por valor de $251.000.000.000 en el rubro “Prestaciones de Servicio no Contenidas en el Plan de Beneficios - Otros Eventos y Fallos de Tutela” del Presupuesto de Gastos de la Subcuenta de Compensación, el cual se respalda del mayor valor recaudo del Presupuesto de Ingresos de la misma subcuenta en el rubro “Cotizaciones - Fosyga”.

4. Que la Dirección de Administración de Fondos de la Protección Social determinó que la ejecución presupuestal con corte a 31 de octubre de 2016 y proyectado a 31 de diciembre de 2016, presenta un déficit en el presupuesto de gastos de la Subcuenta de Solidaridad en el rubro “UPC Apropiación Directa EPS Decreto 3047 de 2013”, por valor de $1.700.000.000, por lo que se hace necesario adicionar del mayor valor recaudado proyectado en el Presupuesto Ingresos de la misma subcuenta en el rubro “Cotizaciones - Fosyga - Decreto 3047/13 - Apropiación Directa”.

5. Que la ejecución con corte a 31 de octubre de 2016 y proyectado a 31 de diciembre de 2016, presenta un déficit en el presupuesto de gastos de la Subcuenta de Promoción en el rubro “UPC - Programas de Promoción y Prevención Apropiación Directa EPS” por valor de $22.000.000.000, por lo que se hace necesario adicionar del mayor valor de recaudo proyectado en el presupuesto ingresos de la referida subcuenta en el rubro “Cotizaciones - Apropiación Directa EPS”.

En mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

ARTÍCULO 1o. Reducir el Presupuesto de Ingresos y Gastos de la Subcuenta de Promoción, así:

PromociónValor

Ingresos

Excedentes Financieros 32.000.000.000
Subtotal Ingreso32.000.000.000
PromociónValor

Gastos

UP - Programas de Promoción y Prevención EPS - Fosyga32.000.000.000
Subtotal Gastos32.000.000.000

ARTÍCULO 2o. Adicionar el Presupuesto de Ingresos y Gastos de la Subcuenta de Compensación con los recursos de que trata el artículo anterior, así:

CompensaciónValor

Ingresos

Excedentes artículo 66 de la Ley 1753 de 201532.000.000.000
Subtotal Ingreso32.000.000.000
CompensaciónValor

Gastos

UPC Fosyga y Prestaciones Económicas REX32.000.000.000
Subtotal Gastos32.000.000.000

ARTÍCULO 3o. Adicionar el Presupuesto de Ingresos y Gastos de la Subcuenta de Compensación, de los recursos de los excedentes de vigencias anteriores de la Subcuenta de Promoción, así:

CompensaciónValor

Ingresos

Excedentes artículo 66 de la Ley 1753 de 201538.000.000.000
Subtotal Ingreso38.000.000.000
CompensaciónValor

Gastos

UPC Fosyga y Prestaciones Económicas REX38.000.000.000
Subtotal Gastos38.000.000.000

ARTÍCULO 4o. Adicionar el Presupuesto de Ingresos y Gastos de la Subcuenta de Garantías para la Salud, así:

GarantíasValor

Ingresos

Amortización Capital - Compra de Cartera 25.000.000.000
Subtotal Ingreso25.000.000.000
GarantíasValor

Gastos

Transferencia artículo 66 de la Ley 1753 de 2015 25.000.000.000
Subtotal Gastos25.000.000.000

ARTÍCULO 5o. Adicionar el Presupuesto de Ingresos de la Subcuenta de Compensación con los recursos de que trata el artículo anterior, así:

CompensaciónValor

Ingresos

Excedentes artículo 66 de la Ley 1753 de 201525.000.000.000
Subtotal Ingreso25.000.000.000
CompensaciónValor

Gastos

UPC Fosyga y Prestaciones Económicas REX25.000.000.000
Subtotal Gastos25.000.000.000

ARTÍCULO 6o. Adicionar el Presupuesto de Ingresos y Gastos de la Subcuenta de Compensación, así:

CompensaciónValor

Ingresos

Cotizaciones Régimen de Excepción6.000.000.000
Rendimientos Financieros Inversiones7.000.000.000
Otros Ingresos17.700.000.000
Otros Ingresos Vigencias Anteriores5.300.000.000
Subtotal Ingreso36.000.000.000
CompensaciónValor

Gastos

UPC Fosyga y Prestaciones Económicas REX36.000.000.000
Subtotal Gastos36.000.000.000

ARTÍCULO 7o. Adicionar el Presupuesto de Ingresos y Gastos de la Subcuenta de Compensación, así:

CompensaciónValor

Ingresos

Cotizaciones Fosyga119.000.000.000
Subtotal Ingreso119.000.000.000
CompensaciónValor

Gastos

UPC Fosyga y Prestaciones Económicas REX119.000.000.000
Subtotal Gastos119.000.000.000

ARTÍCULO 8o. Adicionar el Presupuesto de Ingresos y Gastos de la Subcuenta de Compensación, así:

CompensaciónValor

Ingresos

Cotizaciones - Apropiación Directa EPS 68.000.000.000
Subtotal Ingreso68.000.000.000
CompensaciónValor

Gastos

UPC Apropiación Directa EPS 67.000.000.000
Provisión Incapacidades por Enfermedad General - Apropiación Directa EPS 1.000.000.000
Subtotal Gastos68.000.000.000

ARTÍCULO 9o. Adicionar el Presupuesto de Ingresos y Gastos de la Subcuenta de Compensación, así:

CompensaciónValor

Ingresos

Cotizaciones Fosyga251.000.000.000
Subtotal Ingreso251.000.000.000
CompensaciónValor

Gastos

Prestaciones de Servicio no Contenidas en el Plan de Beneficios - Otros Eventos y Fallos de Tutela251.000.000.000
Subtotal Gastos251.000.000.000

ARTÍCULO 10. Adicionar el Presupuesto de Ingresos y Gastos de la Subcuenta de Solidaridad, así:

SolidaridadValor

Ingresos

Cotizaciones –Fosyga – Decreto 3047 de 2013 - Apropiación Directa1.700.000.000
Subtotal Ingreso1.700.000.000
SolidaridadValor

Gastos

UPC Apropiación Directa EPS Decreto 3047/131.700.000.000
Subtotal Gastos1.700.000.000

ARTÍCULO 11. Adicionar el Presupuesto de Ingresos y Gastos de la Subcuenta de Promoción, así:

PromociónValor

Ingresos

Cotizaciones - Apropiación Directa EPS22.000.000.000
Subtotal Ingreso22.000.000.000
PromociónValor

Gastos

UPC - Programas de Promoción y Prevención Apropiación Directa EPS22.000.000.000
Subtotal Gastos22.000.000.000

ARTÍCULO 12. VIGENCIA. La presente Resolución rige a partir de su publicación y modifica en lo pertinente la Resolución 5572 de 2015, 481, 1555, 1586, 2286, 3434, 4784 y 5550 de 2016.

Publíquese y cúmplase.

Dada en Bogotá, D. C., a 7 de diciembre de 2016.

El Ministro de Salud y Protección Social,

ALEJANDRO GAVIRIA URIBE.

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