Providencia del Consejo de Estado, Sección Tercera, expediente 11001-03-26-000-2010-00024-00(38619) de 2011
Naturaleza jurídica de los principios de autonomía contractual y de interpretación de los contratos. Las cláusulas de un contrato se deben interpretar unas con otras, en virtud del principio de interpretación contractual. El pacto arbitral no fue modificado, las cláusulas contractuales se deben interpretar de forma sistemática. Las cláusulas compromisorias o compromisos son pactos solemnes. La modificación del pacto arbitral debe constar de forma expresa, debe ser una declaración inequívoca y concreta. Principio de congruencia en el trámite arbitral. Principio de interpretación de los contratos. Exigencia de que conste por escrito el pacto arbitral, por ser la solemnidad que exige la ley para el perfeccionamiento de los contratos estatales
VER MÁS