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DECRETO 724 DE 2009

(marzo 6)

Diario Oficial No. 47.283 de 6 de marzo de 2009

DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE LA FUNCIÓN PÚBLICA

<NOTA DE VIGENCIA: Decreto derogado por el artículo 9 del Decreto 1389 de 2010>

Por el cual se fija la escala salarial para los empleos de la Dirección Ejecutiva de la Administración Judicial y las Direcciones Seccionales de la Rama Judicial y se dictan otras disposiciones.

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA,

en desarrollo de las normas generales señaladas en la Ley 4ª de 1992,

DECRETA:

ARTÍCULO 1o. <Decreto derogado por el artículo 9 del Decreto 1389 de 2010> A partir del 1o de enero de 2009, fíjase la siguiente escala salarial para los empleos de la Dirección Ejecutiva de la Administración Judicial y las Direcciones Seccionales de la Rama Judicial:

GradoAsignación Básica
01 505.729
02 601.227
03 727.781
04 854.770
051.084.694
061.200.921
071.477.071
081.609.506
091.609.509
101.898.944
112.024.588
122.149.253
132.289.011
142.543.136
152.543.178
162.957.059
173.003.611
183.240.517
193.250.074
203.285.112

ARTÍCULO 2o. <Decreto derogado por el artículo 9 del Decreto 1389 de 2010> A partir del 1o de enero de 2009, la remuneración mensual del Director Ejecutivo de la Administración Judicial por concepto de asignación básica será la suma de un millón seiscientos noventa y ocho mil doscientos cincuenta y ocho pesos ($1.698.258) moneda corriente y por concepto de gastos de representación, dos millones novecientos noventa mil doscientos noventa y dos pesos ($2.990.292) moneda corriente

ARTÍCULO 3o. <Decreto derogado por el artículo 9 del Decreto 1389 de 2010> En las remuneraciones fijadas en los artículos 1o y 2o del presente decreto se encuentra incorporado el porcentaje adicional a que se refiere el artículo 2o del Decreto 3902 de 2008.

ARTÍCULO 4o. <Decreto derogado por el artículo 9 del Decreto 1389 de 2010> A partir del 1o de enero de 2009, el cincuenta por ciento (50%) de la remuneración mensual de los empleos de Director Administrativo Grado 20 de la Dirección Ejecutiva de la Administración Judicial y los Jefes de Oficina Grado 20 de las Direcciones Seccionales de la Rama Judicial, tendrán el carácter de Gastos de Representación, únicamente para efectos fiscales.

ARTÍCULO 5o. <Decreto derogado por el artículo 9 del Decreto 1389 de 2010> Las cesantías de los servidores públicos vinculados a la Dirección Ejecutiva de la Administración Judicial y las Direcciones Seccionales de la Rama Judicial, podrán ser administradas por las sociedades cuya creación se autorizó en la Ley 50 de 1990 o por el Fondo Público que el Consejo Superior de la Judicatura señale. El Consejo Superior de la Judicatura establecerá las condiciones y requisitos para ello, en los cuales indicará que los recursos serán girados directamente a dichas Sociedades o Fondos.

ARTÍCULO 6o. <Decreto derogado por el artículo 9 del Decreto 1389 de 2010> Ninguna autoridad podrá establecer o modificar el régimen salarial o prestacional estatuido por las normas del presente decreto, en concordancia con lo establecido en el artículo 10 de la Ley 4ª de 1992. Cualquier disposición en contrario carecerá de todo efecto y no creará derechos adquiridos.

ARTÍCULO 7o. <Decreto derogado por el artículo 9 del Decreto 1389 de 2010> Nadie podrá desempeñar simultáneamente más de un empleo público ni recibir más de una asignación que provenga del Tesoro Público o de empresas o de instituciones en las que tenga parte mayoritaria el Estado. Exceptúanse las asignaciones de que trata el artículo 19 de la Ley 4ª de 1992.

ARTÍCULO 8o. <Decreto derogado por el artículo 9 del Decreto 1389 de 2010> El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación y deroga el Decreto 659 de 2008 y surte efectos fiscales a partir del 1o de enero de 2009.

Publíquese y cúmplase.

Dado en Bogotá, D. C., a 6 de marzo de 2009.

ÁLVARO URIBE VÉLEZ

El Ministro del Interior y de Justicia,

FABIO VALENCIA COSSIO.

El Viceministro Técnico del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, encargado de las funciones del Despacho del Ministro de Hacienda y Crédito Público,

JUAN PABLO ZÁRATE PERDOMO.

La Directora del Departamento Administrativo de la Función Pública,

ELIZABETH RODRÍGUEZ TAYLOR.

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