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RESOLUCIÓN 2229 DE 2011
(septiembre 9)
Diario Oficial No. 48.190 de 12 de septiembre de 2011
SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE SALUD
<NOTA DE VIGENCIA: Resolución derogada por el artículo 3 de la Resolución 1215 de 2015>
Por medio de la cual se modifica la Resolución 1242 de 2008 “por medio de la cual se adopta el Manual de Visitas de la Superintendencia Nacional de Salud”
EL SUPERINTENDENTE NACIONAL DE SALUD,
En uso de sus facultades legales y reglamentarias y en especial las conferidas por el artículo 170 de la Ley 100 de 1993, artículo 68 de la Ley 715 de 2001, el artículo 35 de la Ley 1122 de 2007, los numerales 22 del artículo 6; 16 y 26 del artículo 14; 9 del artículo 15 y 16 del artículo 16; 16 del artículo 17; 16 del artículo 18; 14 del artículo 19; 1 del artículo 20 y 1 del artículo 21 del Decreto 1018 del 2007, y demás normas concordantes y 121 de la Ley 1438 de 2011, y
CONSIDERANDO:
Que en virtud de las Leyes 100 de 1993, 715 de 2001, 1122 de 2007 y 1438 de 2011 la Superintendencia Nacional de Salud tiene a su cargo la Inspección Vigilancia y Control del Sistema General de Seguridad Social en Salud;
Que el artículo 35 de la Ley 1122 del 2007 establece que son funciones de inspección entre otras las visitas, la revisión de documentos, el seguimiento de peticiones de interés general o particular y la práctica de investigaciones administrativas.
Que para efectos de ejercer la función de inspección, los numerales 22 del artículo 6o; 16 y 26 del artículo 14; 9 del artículo 15 y 16 del artículo 16; 16 del artículo 17; 16 del artículo 18; 14 del artículo 19; 1 del artículo 20 y 1 del artículo 21 del Decreto 1018 de 2007, ordenan a la Superintendencia Nacional de Salud que realice, entre otras actividades la práctica de visitas de inspección y vigilancia, a los sujetos vigilados de las cuales deben presentarse informes.
Que los informes de las visitas constituyen uno de los insumos para el monitoreo oportuno a los vigilados, que permite la evaluación de todos los actores que operan en el Sistema General de Seguridad Social en Salud con miras a ordenar los correctivos que la situación amerita y cumplir con los objetivos de que trata el artículo 39 de la Ley 1122 de 2007.
Que las Superintendencias Delegadas de la Superintendencia Nacional de Salud, consideran prudente actualizar las herramientas y procesos, procedimientos y actividades de las visitas que realizan en ejercicio de la labor de inspección vigilancia y control.
Que debido a los cambios normativos, a las actividades de inspección y vigilancia y a la estrategia de monitoreo, seguimiento y alertas tempranas adoptado por la Superintendencia Nacional de Salud, se procedió a ordenar y a revisar las herramientas qué se utilizan para la realización de las visitas.
Que a la fecha se avanzó en la actualización y mejoramiento de las herramientas para las visitas de inspección a: Entidades Promotoras de Salud del Régimen Contributivo y Entidades adaptadas, Entidades Territoriales de los ordenes Departamental y Distrital, Entidades Administradoras de Planes de Beneficios del régimen de Excepción (Magisterio, Fuerzas Militares y Policía Nacional), y se creó la herramienta de verificación de los Comités Técnico Científicos para las Entidades Promotoras de Salud del Régimen Contributivo y Entidades Adaptadas.
Que para dar cumplimiento al sistema de Control Interno, en Comité de Dirección de que trata la Resolución 167 de 2009, celebrado el 5 de julio de 2011 se aprobó la modificación a la Resolución 1242 de 2008 'Por medio de la cual se adopta el Manual de Visitas de la Superintendencia Nacional de Salud”, en el sentido de modificar las herramientas que se utilizan para las visitas de inspección a: Entidades Promotoras de Salud del Régimen Contributivo y Entidades adaptadas, Entidades Territoriales de los ordenes Departamental y Distrital, Entidades Administradoras de Planes de Beneficios del régimen de Excepción ( Magisterio, Fuerzas Militares y Policía Nacional), y se creó la herramienta de verificación de los Comités Técnico Científicos para las Entidades Promotoras de Salud del Régimen Contributivo y Entidades Adaptadas.
En mérito de lo expuesto,
RESUELVE:
ARTÍCULO 1o. <Resolución derogada por el artículo 3 de la Resolución 1215 de 2015> Sustituir las herramientas de visita números 7.2., 7.6, 7.7., 7.10, y 7.12 del artículo 7o de la Resolución 1242 de 2008, por medio de la cual se adopta el manual de visitas de la superintendencia nacional de salud, por las herramientas para las visitas de inspección a: Entidades Promotoras de Salud del Régimen Contributivo y Entidades adaptadas, Entidades Territoriales de los ordenes Departamental y Distrital, Entidades Administradoras de Planes de Beneficios del régimen de Excepción (Magisterio, Fuerzas Militares y Policía Nacional), en el anexo que hace parte integral de la presente resolución.
ARTÍCULO 2o. <Resolución derogada por el artículo 3 de la Resolución 1215 de 2015> Adoptar la herramienta de verificación de los Comités Técnico Científicos para las Entidades Promotoras de Salud del Régimen Contributivo y Entidades Adaptadas, en el anexo que hace parte integral de la presente Resolución, con el número 7.20.
ARTÍCULO 3o. <Resolución derogada por el artículo 3 de la Resolución 1215 de 2015> La presente resolución rige a partir de la fecha expedición, produce efectos a partir de la fecha de su publicación y deroga las normas que le sean contrarias.
Publíquese y cúmplase.
Dada en Bogotá, D.C., a 9 de septiembre de 2011
El Superintendente Nacional de Salud,
CONRADO ADOLFO GÓMEZ VÉLEZ.
<ANEXOS NO INCLUIDOS. VER ORIGINALES EN D.O. No. 48.190 de 12 de septiembre de 2011; EN LA CARPETA “ANEXOS” O EN LA PÁGINA WEB www.imprenta.gov.co>