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RESOLUCIÓN 2011 DE 2014
(septiembre 22)
Diario Oficial No. 49.286 de 26 de septiembre de 2014
SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE SALUD
Por medio de la cual se modifica el Plan Anual de Gestión de la Superintendencia Nacional de Salud, para la vigencia fiscal del año 2014.
EL SUPERINTENDENTE NACIONAL DE SALUD,
en ejercicio de sus facultades legales, en particular las conferidas por el artículo 36 del Decreto número 775 de 2005, el artículo 7o del Decreto número 2462 de 2013, y
CONSIDERANDO:
Que el Decreto número 775 de 2005 estableció como deber de cada Superintendente aprobar para cada vigencia fiscal, el Plan Anual de Gestión para el año siguiente, definiendo mecanismos de participación de todos los servidores públicos de la entidad para su elaboración y consolidación.
Que en cumplimiento a lo anterior, la entidad elaboró el Plan Anual de Gestión de la Superintendencia Nacional de Salud para la vigencia 2014, como instrumento de planeación, que incluyó los objetivos, metas, actividades e indicadores de la entidad existentes en ese momento, permitiendo hacer seguimiento y evaluación a la gestión misional y administrativa de la entidad.
Que mediante Decreto número 2462 de 2013, se modificó la estructura de la Superintendencia Nacional de Salud, estableciendo las funciones específicas para cada una de las nuevas dependencias, en concordancia con los objetivos señalados en el artículo 39 de la Ley 1122 de 2007.
Que la Superintendencia Nacional de Salud, mediante Resolución número 1038 de 2013, modificada posteriormente mediante Resolución número 000293 de 2014, conformó el Comité Institucional de Desarrollo Administrativo, como “instancia en donde se discutirán todos los temas referentes a las políticas de desarrollo administrativo a nivel institucional.”
Que mediante Resolución número 2352 de 2013, se aprobó el Plan anual de Gestión de la Superintendencia Nacional de Salud, para la vigencia Fiscal 2014, estableciendo que:
“las modificaciones a cualquier componente del Plan Anual de Gestión 2014 obedecerán a cambios de política institucional o sectorial, no disponibilidad presupuestal comprobada, acciones externas a la gobernabilidad de la entidad y tendrán que ser debidamente justificadas y direccionadas únicamente por la(el) Secretaria(o) General, los(las) Superintendentes Delgados(as), Jefe de Oficina Asesora, Jefe de Oficina, o quien haga sus veces, a través de memorando interno dirigido a la Oficina Asesora de Planeación….”
Que en concordancia con lo anterior, y conforme a las comunicaciones oficiales que reposan en el sistema de información elevadas por parte de la Superintendencia Delegada para la Protección al Usuario y la Participación Ciudadana, Superintendencia Delegada para la Función Jurisdiccional y Conciliación, Secretaría General, Oficina Asesora de Comunicaciones Estratégicas e Imagen Institucional, Oficina Asesora Jurídica y la Oficina Asesora de Planeación, se presentaron solicitudes de modificación al Plan Anual de Gestión debidamente sustentadas y soportadas por cada una de las áreas, encaminadas estrictamente a mejorar y realizar ajustes que permitan mejorar la ejecución presupuestal de la entidad.
Que en concordancia con lo previsto en la Resolución número 817 del 8 de mayo de 2014, artículo 4o, en virtud del cual se modificó el parágrafo 1o de la Resolución número 2352 de 2013, las modificaciones del Plan Anual de Gestión 2014, serán aprobadas por el Superintendente Nacional de Salud, mediante acto administrativo actualizando el anexo que contiene el respectivo PAG, previa presentación ante el Comité Institucional de Desarrollo Administrativo para su conocimiento y recomendación en su adopción.
Que en mérito de lo expuesto, se hace indispensable modificar el Plan Anual de Gestión de la entidad, actualizando el anexo correspondiente en virtud de la recomendación presentada por el Comité Institucional de Desarrollo Administrativo en su sesión número 12 del día 18 de septiembre de conformidad de 2014.
Que en virtud de lo anterior,
RESUELVE:
ARTÍCULO 1o. Modificar el Plan Anual de Gestión de la Superintendencia Nacional de Salud para la vigencia 2014, contenido en el documento anexo a la presente resolución.
PARÁGRAFO. La modificación adoptada en el presente acto administrativo fue objeto de verificación y recomendación, en el Comité Institucional de Desarrollo Administrativo de la entidad celebrado el día 18 de septiembre de 2014 según Acta número 12 del citado Comité, la cual hace parte integrante del presente acto administrativo.
ARTÍCULO 2o. La Oficina Asesora de Planeación mantendrá un ejemplar del Plan Anual de Gestión 2014 en copia dura y entregará al Despacho del señor Superintendente, la Secretaría General, las Superintendencias Delegadas, las Oficinas Asesoras y las demás Oficinas una copia del contenido en medio magnético para su conocimiento y cumplimiento.
Igualmente, la Oficina de Tecnología de la Información publicará en la Intranet y en el sitio web de la entidad un ícono denominado Plan Anual de Gestión 2014, para que pueda ser consultado y conocido por cada uno de los servidores públicos de la Superintendencia Nacional de Salud y la Ciudadanía.
ARTÍCULO 3o. Corresponde al(la) Secretario(a) General, a los(as) Superintendentes Delegados, los(as) Jefes de Oficinas Asesoras y los(as) Jefes de Oficina impartir de forma oportuna la orientación e instrucciones necesarias para la ejecución y cumplimiento por parte de los servidores públicos a su cargo, del Plan Anual de Gestión 2014 de la Superintendencia Nacional de Salud.
ARTÍCULO 4o. La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación. y deroga las disposiciones que le sean contrarias.
Publíquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. C., a 22 de septiembre de 2014.
El Superintendente Nacional de Salud,
GUSTAVO ENRIQUE MORALES COBO.