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RESOLUCIÓN 821 DE 2013

(diciembre 17)

Diario Oficial No. 49.022 de 3 de enero de 2014

MINISTERIO DE VIVIENDA, CIUDAD Y TERRITORIO

Por la cual se adopta el Código de Buen Gobierno del Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio.

EL MINISTRO DE VIVIENDA, CIUDAD Y TERRITORIO,

en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales y en especial las conferidas, por el Decreto–ley 3571 de 2011 y,

CONSIDERANDO:

Que el artículo 209 de la Constitución Política de Colombia establece que la función administrativa está al servicio de los intereses generales y se desarrolla con fundamento en los principios de igualdad, moralidad, economía, celeridad, imparcialidad y publicidad, mediante la descentralización, la delegación y la desconcentración de funciones; que las autoridades administrativas deben coordinar sus actuaciones para el adecuado cumplimiento de los fines del Estado y que la administración pública, en todos sus órdenes, tendrá un control interno que se ejercerá en los términos que señale la ley.

Que la Ley 87 de 1993 mediante la cual se establecen normas para el ejercicio del control interno en las entidades y organismos del Estado, define el control interno como “el sistema integrado por el esquema de organización y el conjunto de los planes, métodos, principios, normas, procedimientos y mecanismos de verificación y evaluación adoptados por una entidad, con el fin de procurar que todas las actividades, operaciones y actuaciones, así como la administración de la información y los recursos, se realicen de acuerdo con las normas constitucionales y legales vigentes dentro de las políticas trazadas por la dirección y en atención a las metas u objetivos previstos”.

Que mediante Resolución número 0007 del 4 de octubre de 2011, se adoptó el Modelo Estándar de Control Interno en el Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio, de conformidad con lo establecido en el Decreto 1599 del 20 de mayo de 2005, “por el cual se adopta el Modelo Estándar de Control Interno para el Estado Colombiano, MECI 1000:2005”.

Que el estilo de dirección en el Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio asume la administración y gestión bajo los postulados de orientar las acciones en coherencia de las buenas prácticas del gobierno corporativo, generando autoridad, confianza y respeto en el cumplimiento de la misión, visión y los objetivos estratégicos, el mejoramiento y compromiso para la continua búsqueda de la eficacia, eficiencia, transparencia y publicidad en todas sus actuaciones, y la apropiada utilización de los recursos para alcanzar las metas propuestas, en el desempeño de la función pública que nos compete el cumplimiento de las responsabilidades asignadas y en la construcción de equidad social y calidad de vida de los colombianos.

Que el Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio dentro de un marco participativo construyó el documento del Código de Buen Gobierno con la participación de funcionarios de las áreas misionales, de apoyo y de evaluación para promover conjuntamente a través de las prácticas de buen gobierno, estrategias para una mayor transparencia y generar un estilo de dirección unificado de comportamientos éticos entre todos los servidores públicos y que propicien credibilidad en los diferentes grupos de interés, coherente con las obligaciones misionales de la entidad.

Que teniendo en cuenta lo anterior, se hace necesario adoptar el Código de Buen Gobierno con el fin de formalizarlo como herramienta de gestión, en procura de mantener y afianzar las políticas y el estilo de dirección en un ambiente mutuo de respeto e integración, que propicie la confianza interna, se fortalezca la cultura organizacional para garantizar que los resultados de la gestión satisfagan plenamente a la ciudadanía, a las partes interesadas y los diferentes grupos de interés de la entidad.

En mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

ARTÍCULO 1o. ADOPCIÓN DEL CÓDIGO DE BUEN GOBIERNO. Adoptar el Código de Buen Gobierno de los servidores públicos del Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio, documento anexo que hace parte integrante de la presente resolución y que forma parte integral de la misma.

ARTÍCULO 2o. ACCIONES DE SOCIALIZACIÓN. La Secretaría General, a través del Grupo Interno de Trabajo de Talento Humano y el Grupo de Comunicaciones Estratégicas, realizará actividades lúdicas o de aprendizaje vivencial para la sensibilización, interiorización, afianzamiento y difusión de las políticas y directrices a todos los servidores públicos.

ARTÍCULO 3o. PUBLICIDAD. Será responsabilidad de la Coordinación del Grupo Interno de Trabajo de Talento Humano y de la Coordinación del Grupo de Comunicaciones Estratégicas del Ministerio, garantizar la debida difusión de la presente resolución a través de la Intranet, y los medios electrónicos y/o físicos que disponga la entidad.

ARTÍCULO 4o. La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición.

Publíquese, y cúmplase.

Dada en Bogotá, D. C., a 17 de diciembre de 2013.

El Ministro de Vivienda, Ciudad y Territorio,

LUIS FELIPE HENAO CARDONA.

CÓDIGO DE BUEN GOBIERNO.

Diciembre de 2013

TABLA DE CONTENIDO

Presentación

Glosario de términos

TITULO I

DE LA ORIENTACIÓN ESTRATÉGICA DE LA ENTIDAD

Identificación y naturaleza

Objetivo

Compromiso con los objetivos, la misión y visión de la Entidad y aplicación del Sistema

Integrado de Gestión

TITULO II

DE LAS POLÍTICAS DEL BUEN GOBIERNO PARA LA ADMINISTRACIÓN DEL MINISTERIO DE VIVIENDA, CIUDAD Y TERRITORIO

CAPÍTULO I

POLÍTICAS PARA LA DIRECCIÓN DE LA ENTIDAD

Directivos y gerentes públicos

Compromiso con los fines del Estado

Perfiles y obligaciones de los directivos de la Entidad

CAPÍTULO II

POLÍTICAS DE RELACIÓN CON LOS ÓRGANOS DE CONTROL EXTERNO

Órganos de Control Externo

Política frente al control externo de la Entidad Compromisos en relación con el órgano de control administrativo y político

TITULO III

DE LAS POLÍTICAS DEL BUEN GOBIERNO PARA LA GESTIÓN DEL MINISTERIO DE VIVIENDA, CIUDAD Y TERRITORIO

1. POLÍTICAS FRENTE AL SISTEMA DE DESARROLLO ADMINISTRATIVO

CAPÍTULO I

POLÍTICAS PARA LA GESTIÓN ÉTICA

Compromiso con el Código de Ética

Compromiso para la erradicación de prácticas corruptas

Acciones para la integridad y la transparencia

Colaboración interinstitucional en la erradicación de prácticas corruptas

Compromiso en la lucha antipiratería

CAPÍTULO II

POLÍTICAS DE GESTIÓN DEL RECURSO HUMANO

Compromiso con la protección y el desarrollo del Talento Humano

CAPÍTULO III

POLÍTICAS DE COMUNICACIÓN E INFORMACIÓN

Compromiso con la comunicación pública

Compromiso con la comunicación organizacional interna

Compromiso de confidencialidad

Compromiso con la circulación y divulgación de la información

Compromiso con el gobierno en línea y con la seguridad de la información

2. POLÍTICAS DE RESPONSABILIDAD SOCIAL

CAPÍTULO IV

POLÍTICAS DE RESPONSABILIDAD SOCIAL CON LA COMUNIDAD

Compromiso con la comunidad

Información y comunicación con la comunidad

Compromiso con la rendición de cuentas

Atención a peticiones, quejas y reclamos

Control social

CAPÍTULO V

POLÍTICA DE RESPONSABILIDAD FRENTE AL MEDIO AMBIENTE

Responsabilidad con el medio ambiente

Buenas prácticas ambientales

3. POLÍTICAS FRENTE A LOS GRUPOS DE INTERÉS

CAPÍTULO VI

POLÍTICAS SOBRE CONFLICTOS DE INTERÉS

Compromiso frente a los conflictos de interés

Prácticas que deben evitarse para la prevención de conflictos de interés

CAPÍTULO VII

POLÍTICAS DE CONTRATACIÓN PÚBLICA

Compromiso con la finalidad de la contratación pública

CAPÍTULO VIII

POLÍTICA CON LOS GREMIOS ECONÓMICOS

Información y corresponsabilidad

4. POLÍTICAS FRENTE A LOS SISTEMAS DE GESTIÓN INSTITUCIONAL Y DE CONTROL INTERNO

CAPÍTULO IX

POLÍTICA FRENTE A LOS SISTEMAS DE GESTIÓN INSTITUCIONAL

Adopción del modelo integrado de planeación y gestión

Implementación del plan estratégico integrado de gestión sectorial-PEIGS Adopción de las políticas para el desarrollo administrativo del plan estratégico integrado de gestión sectorial-PEIGS.

Adopción del Sistema Integrado de Gestión

Compromiso con la eficiencia administrativa

Integración de la planeación con la gestión financiera

CAPÍTULO X

POLÍTICA FRENTE AL SISTEMA DE CONTROL INTERNO

Compromiso frente al Modelo Estándar de Control Interno –MECI

CAPÍTULO XI

POLÍTICAS SOBRE RIESGOS

Declaración del riesgo

CAPÍTULO XII

DEL COMITÉ PARA LAS BUENAS PRÁCTICAS EN EL MINISTERIO DE VIVIENDA, CIUDAD Y TERRITORIO

Comité de Ética

Conformación del Comité de Ética

Funciones del Comité de Ética

Indicadores de Buen Gobierno

ADOPCIÓN, DIVULGACIÓN, OBSERVANCIA Y REFORMA DEL CÓDIGO DE BUEN GOBIERNO

Adopción y divulgación del Código de Buen Gobierno

Observancia y Reforma del Código de Buen Gobierno

PRESENTACIÓN

El Código de Buen Gobierno adoptado en el Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio se construye mediante la participación de directivos y servidores púbicos quienes son conscientes de la competencia, integridad, transparencia y responsabilidad con la función pública que les asiste para guiar las acciones de la entidad hacia el cumplimiento de su misión, en el contexto de los fines del Estado.

Este Código de Buen Gobierno, recoge las normas de conducta, mecanismos e instrumentos que deben adoptar las instancias de dirección y administración acorde con la legislación normativa interna y externa, la política de transparencia en todas las actuaciones administrativas y la orientación del comportamiento ético de los servidores públicos.

La gestión y los resultados se dan y obtienen con el apoyo de todos los servidores públicos;

los Directivos y Gerentes Públicos del Ministerio deben orientar las políticas a partir del ejercicio del liderazgo público, para la toma de decisiones, es necesario empoderar el interés general como guía de sus acciones, es preciso fortalecer los instrumentos y mecanismos de la rendición de cuentas y la participación ciudadana; poseemos la capacidad de explicar, informar y escuchar en igualdad de condiciones de los afectados por las políticas que la entidad formula; escuchar las opiniones y criterios ciudadanos es también fortalecer la legitimidad del actuar público; finalmente, la eficaz rendición de cuentas en todas sus dimensiones convierte nuestra gestión diaria en un ejercicio transparente, ético y competente, es imperativo que cada uno de los servidores públicos desde cada uno de los procesos que maneja genere un ambiente propicio de servicio basados en el respeto por las personas y que sus actitudes y acciones les permita entrar en sintonía con los procesos de cambios, con las necesidades y expectativas de nuestros usuarios internos y externos.

En consecuencia, la gestión pública del Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio debe responder al encargo de la sociedad, con una administración que se caracterice con normas de conducta claras, que se promueva una concepción ética en todas las decisiones y relaciones con los ciudadanos, con la sociedad y las partes interesadas y ser conscientes de la transcendencia y responsabilidad del impacto de las actividades de la razón de ser de la entidad.

GLOSARIO DE TÉRMINOS

Código de Buen Gobierno: Conjunto de disposiciones voluntarias de autorregulación de quienes ejercen el gobierno de las entidades, mediante la asunción de compromisos éticos buscando garantizar una gestión eficiente, íntegra y transparente en la administración pública. En este documento se plasman las normas de conducta, mecanismos e instrumentos que deben adoptar las instancias de dirección, administración y gestión de las entidades, con el fin de generar confianza en los públicos internos y externos hacia el ente estatal.

Código de Ética: Conjunto de disposiciones que sirven de referencia a los funcionarios y contratistas para la gestión ética de la entidad. Está conformado por los Principios, Valores y Directrices en coherencia con el Código de Buen Gobierno.

Comité de Ética: Instancia organizacional encargada de promover y liderar el proceso de implantación de la gestión ética en la entidad, encauzado hacia la consolidación del ejercicio de la función pública en términos de eficacia, transparencia, integridad y servicio a la ciudadanía, por parte de todos los funcionarios y contratistas de la entidad.

Conflicto de Interés: Situación en virtud de la cual una persona, en razón de su actividad, se encuentra en una posición en donde podría aprovechar para sí o para un tercero las decisiones que tome frente a distintas alternativas de conducta.

Gestión: Acciones o actuaciones consolidadas en un sistema integrado que permitan el buen uso de los recursos en pro de los intereses ciudadanos, bajo un marco de modernización, reforma y coordinación interinstitucional.

Gobierno en Línea: Conjunto de instrumentos técnicos, normativos y de política pública que promueven la construcción de un Estado más eficiente, transparente y participativo, y que a su vez, preste mejores servicios con la colaboración de toda la sociedad mediante el aprovechamiento de la tecnología. Lo anterior con el fin de impulsar la competitividad y el mejoramiento de la calidad de vida de todos los colombianos.

Grupos de Interés: Personas, grupos o entidades sobre las cuales la entidad pública tiene influencia, o son influenciadas por ésta. También son denominados como “Públicos internos y externos” o “Clientes internos y externos”, o “partes interesadas”.

Modelo Estándar de Control Interno – MECI –: Modelo establecido por el Estado para sus entidades mediante el Decreto No. 1599 de 2005. Proporciona una estructura para el control a la estrategia, a la gestión y a la evaluación, con el propósito de mejorar el desempeño institucional mediante el fortalecimiento del control y de los procesos de evaluación que deben llevar a cabo las Oficinas de Control Interno, Unidades de Auditoría Interna o quien haga sus veces.

Modelo Integrado de Planeación y Gestión: Instrumento de articulación y reporte de la planeación, establecida por el Gobierno Nacional mediante el Decreto 2482 de 2012.

El cual permite a través de una planeación integral, simplificar y racionalizar la labor de las entidades en la generación y presentación de planes, reportes e informes de su gestión.

Políticas: Directrices, lineamientos u orientaciones por las cuales la alta dirección define el marco de actuación con el cual se orientará la actividad pública en un campo específico de su gestión, para el cumplimiento de los fines constitucionales y misionales de la entidad, de manera coherente entre sus prácticas y sus propósitos.

Principios Éticos: En el marco de la ética pública, el ejercicio de la función pública se orienta a la satisfacción del bien común basada en los fundamentos éticos fortalecidos en sus creencias básicas sobre la forma correcta que se constituye en preceptos para desempeñar con diligencia y celeridad la función pública y referente en todas las actitudes, prácticas y actuaciones.

Rendición de Cuentas: Deber ético de todo servidor público que administre bienes públicos, de responder e informar por la administración, el manejo y los rendimientos de fondos, bienes y/o recursos públicos asignados, y los respectivos resultados, en el cumplimiento del mandato que le ha sido conferido.

Riesgos: Posibilidad de ocurrencia de eventos tanto internos como externos que pueden afectar o impedir el logro de los objetivos institucionales de una entidad pública, impidiendo el desarrollo normal de sus funciones.

Servicio: Brindar la información y atención oportuna de forma amable y eficaz a las personas, garantizando la satisfacción de necesidades y requerimientos de usuarios internos y externos.

Sistema Integrado de Gestión: Herramienta de gestión para satisfacer necesidades, expectativas y requisitos de los clientes, orientar el logro de los objetivos, fines y misión de las entidades, optimizar recursos y fortalecer la capacidad administrativa interna.

Transparencia: Actuar con rectitud, imparcialidad, legalidad y celeridad en todos y cada uno de los actos y aquellos inherentes a la comunicación y suministro de información.

Valores Éticos: Son los acuerdos en la forma de ser y de actuar de los servidores; suma de referentes éticos para orientar las actitudes y prácticas deseables por cuanto posibilitan el afianzamiento de los principios éticos, el íntegro cumplimiento de los preceptos constitucionales y legales en su desempeño laboral.

TÍTULO I.

DE LA ORIENTACIÓN ESTRATÉGICA DE LA ENTIDAD.

ARTÍCULO 1o. IDENTIFICACIÓN Y NATURALEZA. El Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio es un organismo de orden nacional creado por el Gobierno Nacional en ejercicio de las facultades extraordinarias conferidas por el literal b) del artículo 18 de la Ley 1444 de 2011.

Mediante Decreto-ley número 3571 de 2011 se establecen los objetivos, estructura, funciones del Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio y se integra el Sector Administrativo de Vivienda, Ciudad y Territorio.

ARTÍCULO 2o. OBJETIVO. El Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio tiene como objetivo primordial lograr, en el marco de la ley y sus competencias, formular, adoptar, dirigir, coordinar y ejecutar la política pública, planes y proyectos en materia del desarrollo territorial y urbano planificado del país, la consolidación del sistema de ciudades, con patrones de uso eficiente y sostenible del suelo, teniendo en cuenta las condiciones de acceso y financiación de vivienda, y de prestación de los servicios públicos de agua potable y saneamiento básico.

ARTÍCULO 3o. COMPROMISO CON LOS OBJETIVOS, LA MISIÓN Y VISIÓN DE LA ENTIDAD Y APLICACIÓN DEL SISTEMA INTEGRADO DE GESTIÓN. El Ministro de Vivienda, Ciudad y Territorio, el equipo directivo y los asesores de la entidad se comprometen a orientar todas sus actuaciones en el ejercicio de la función administrativa hacia el logro de los objetivos y el cumplimiento de la misión y la visión del Ministerio, utilizando como herramienta el Sistema Integrado de Gestión de la Entidad.

Misión El Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio es la entidad pública del orden nacional que de acuerdo con las condiciones de acceso y financiación de vivienda, y de prestación de servicios públicos de agua potable y saneamiento básico, es responsable de formular, adoptar, dirigir, coordinar y ejecutar la política pública, planes y proyectos en materia de vivienda urbana, agua potable y saneamiento básico, desarrollo territorial y urbano planificado del país y de la consolidación del sistema de ciudades, con patrones de uso eficiente y sostenible del suelo.

Visión El Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio contribuirá a través de políticas integrales, en la construcción de equidad social y calidad de vida mediante la consolidación de ciudades amables y productivas; con acceso de la población a una vivienda urbana digna y a los servicios de agua potable y saneamiento básico con cobertura universal y de calidad.

Principios éticos Acorde con el Código de Ética de la Entidad, adoptado mediante Resolución número 0918 de 2012, el Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio se compromete a orientar sus actuaciones, en ejercicio de la función administrativa con base en los siguientes principios éticos:

1. Evitamos toda situación en la que los intereses personales directos e indirectos se encuentren en conflicto con el interés general o puedan interferir con el desempeño ético y transparente de nuestras funciones.

2. Los recursos y bienes públicos son exclusivamente para asuntos de interés público.

3. Orientamos nuestras actuaciones en el marco normativo que nos rige, con integridad, transparencia y eficiencia.

4. La gestión pública que realizamos es coherente con las políticas, planes, programas y regulaciones vigentes bajo criterios de responsabilidad social.

5. Actuamos con transparencia y responsabilidad en los deberes que nos corresponden para el cumplimiento del fin público que le compete al Ministerio en pro de la calidad de vida de la población colombiana.

6. No aceptamos regalos ni donaciones que generen conflicto de interés.

Valores éticos Los funcionarios y contratistas del Ministerio de Vivienda Ciudad y Territorio, realizarán y soportarán su gestión en los siguientes valores éticos institucionales, en concordancia con el artículo 6o del Código de Ética, que fue adoptado mediante la Resolución número 0918 de 2012:

1. Transparencia. Actuar siempre con rectitud, imparcialidad, legalidad y celeridad en todos y cada uno de los actos y aquellos inherentes a la comunicación y suministro de información.

2. Honestidad. Calidad humana que determina a la persona actuar en verdad y justicia.

Coherente entre lo que decimos, hacemos y proyectamos.

3. Justicia. Reconocer los derechos que le asisten a cada persona, dando a cada uno lo que es suyo.

4. Equidad. Propiciamos la igualdad de condiciones, que consiste en no discriminar a nadie, dar a las personas los mismos derechos y oportunidades.

5. Lealtad. Implica alto compromiso en la fidelidad de los principios y valores éticos cuando las interacciones entre la comunidad, usuario y entidad han sido satisfechas.

6. Respeto. Reconocer, aceptar y valorar en forma equitativa la dignidad, el espacio y la autonomía de los demás, implica fomentar el buen trato para fortalecer la cultura organizacional.

7. Responsabilidad. Cumplir integralmente y con excelencia nuestras competencias y deberes como servidores públicos.

8. Solidaridad. Trabajar en equipo en un ambiente de respeto y colaboración. Condición del servidor público con la ciudadanía y los compañeros de su entidad para manifestar sociabilidad y cooperación y justicia social.

9. Servicio. Brindar la información y atención oportuna de forma amable y eficaz a las personas, garantizando la satisfacción de necesidades y requerimientos de usuarios internos y externos.

10. Tolerancia. Aceptar recíprocamente las diferencias existentes entre las personas para mantener una convivencia armónica en nuestra sociedad. Proceso de aceptar la igualdad de derechos humanos respetando las diferencias para mantener óptimas relaciones personales.

11. Compromiso. Actuar con disposición, convicción y entrega en el cumplimiento de nuestras obligaciones y asumir como propios los objetivos funcionales y estratégicos de la entidad.

12. Participación. Propiciar espacios para tomar parte activa en el desarrollo de propuestas para la toma de decisiones cuyo propósito sea el cumplimiento misional.

13. Sinceridad. Es un valor/actuación, que pone en ejecución la verdad como el acto de decir, pensar, opinar, ser, de forma que otros no se confundan con lo que somos. El eje fundamental de la sinceridad es decir siempre la verdad.

14. Colaboración. Apoyar permanentemente la labor de todo el equipo de trabajo para alcanzar las metas y apoyarnos mutuamente en situaciones de contingencia.

15. Pertenencia. Considerar como propios los éxitos y las adversidades, como un compromiso personal de satisfacción y mejora continua en los procesos institucionales.

16. Humildad. Es el valor que permite actuar y asumir con naturalidad, los logros, producto de los dones, habilidades y talentos y sobre todo de quienes estuvieron a su lado para obtenerlo. Ser humilde permite generar confianza.

ARTÍCULO 4o. GRUPOS DE INTERÉS DE LA ENTIDAD. El Ministerio reconoce como grupos de interés a la comunidad en general, los proveedores, los servidores públicos y contratistas, los organismos de control, las entidades públicas, las entidades adscritas y vinculadas, los gremios, organizaciones sociales, universidades y empresas del sector construcción y del sector saneamiento básico y de agua potable.

Para el Ministerio, las relaciones con los grupos de interés se fundamentan en el otorgamiento de plenas garantías, una adecuada protección de sus derechos y un trato equitativo.

Con sus usuarios, en una participación y colaboración en la gestión para el desarrollo y beneficio de la comunidad en general. Para tal fin, el Ministerio en su relación con cada grupo de interés realiza y fomenta las siguientes acciones:

1. Una activa participación y cooperación para contribuir significativamente en el desarrollo y bienestar social de la población, especialmente la más necesitada en la solución de necesidades básicas en materia de vivienda urbana, agua potable y saneamiento básico.

2. Compartir la información relevante de manera completa y oportuna, según las normas y las leyes vigentes.

3. Promover que las relaciones con los grupos de interés se enmarquen en la transparencia y ajustado a la normativa jurídica aplicable.

4. Promover la solución efectiva de conflictos entre los distintos grupos de interés.

5. Seguimiento periódico de los compromisos establecidos con todos y cada uno de los usuarios y grupos de interés relevantes, en los que se tienen en cuenta sus percepciones, necesidades y expectativas, así como las necesidades, criterios y orientaciones estratégicas del Ministerio. De esta manera, se busca el alineamiento entre los objetivos institucionales y las necesidades y expectativas de los usuarios y grupos de interés, a través de compromisos viables y verificables.

TÍTULO II.

DE LAS POLÍTICAS DEL BUEN GOBIERNO PARA LA ADMINISTRACIÓN DEL MINISTERIO DE VIVIENDA, CIUDAD Y TERRITORIO.

CAPÍTULO I.

POLÍTICAS PARA LA DIRECCIÓN DE LA ENTIDAD.

ARTÍCULO 5o. DIRECTIVOS Y GERENTES PÚBLICOS[1]. Son Directivos y Gerentes Públicos con responsabilidad especial en la aplicación del presente Código de Buen Gobierno en la Entidad, los siguientes funcionarios: el Ministro, los Viceministros, el Secretario General, los Directores, los Subdirectores y los Jefes de Oficina. Para la evaluación y control de su actividad, los anteriores funcionarios están sometidos externamente al control social, político, fiscal y disciplinario, e internamente al control disciplinario interno y a la evaluación de control interno, quien evalúa el desempeño de la Entidad, garantizando la eficacia y eficiencia en la gestión administrativa.

ARTÍCULO 6o. COMPROMISO CON LOS FINES DEL ESTADO. El Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio, enmarcado en la función pública que cumple, tiene como fin principal la satisfacción de las necesidades generales de la población colombiana, en materia de vivienda, desarrollo urbano y territorial, agua potable y saneamiento básico de conformidad con los principios, finalidades y cometidos consagrados en la Constitución Política, en las Leyes, Decretos y reglamentos correspondientes.

Para cumplir con tal cometido, el Ministro y su equipo directivo se comprometen a administrar la Entidad bajo los preceptos de la integridad y la transparencia, gestionar eficientemente los recursos públicos, rendir cuentas, ser eficaces en la realización de sus cometidos, coordinar y colaborar con los demás entes públicos y responder efectivamente a las necesidades de la población. Para cumplir con estos compromisos se llevan a cabo las siguientes prácticas:

1. Establecer las políticas necesarias para cumplir los fines misionales.

2. Asegurar el cumplimiento de las políticas trazadas en materia de vivienda, agua potable y saneamiento básico.

3. Lograr el cumplimiento de las metas establecidas, acorde con las prioridades que el Gobierno defina en el Plan Nacional de Desarrollo con relación al de su misión.

4. Cumplir las disposiciones constitucionales y legales.

5. Ejecutar eficientemente su Plan Estratégico y de Acción.

ARTÍCULO 7o. PERFILES Y OBLIGACIONES DE LOS DIRECTIVOS DE LA ENTIDAD. Los Directivos y Gerentes Públicos de la Entidad se comprometen a destacarse por su integridad, transparencia y responsabilidad pública, actuando con objetividad y profesionalismo en el ejercicio de su cargo, guiando las acciones de la Entidad hacia el cumplimiento de su misión en el contexto de los fines sociales del Estado, formulando las políticas públicas o acciones estratégicas y siendo responsables por su ejecución.

Por ello se comprometen a orientar sus capacidades personales y profesionales hacia el cumplimiento efectivo de los fines misionales del Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio, a cumplir cabalmente con la Constitución, la ley, las normas, reglamentos internos, el Sistema Integrado de Gestión y en general aplicar cabalmente y en forma permanente lo principios de la función púbica. Igualmente, al mantenimiento de la confiabilidad del sistema de evaluación de desempeño, al acatamiento efectivo de la rendición de cuentas a la ciudadanía sobre su gestión y resultados, respeto en los valores institucionales, influencia positiva en las acciones emprendidas que genere estimulación en el trabajo, relaciones con los subordinados basadas en el respeto y actitudes de compromiso en el despacho correcto y oportuno de los asuntos a su cargo, oportunidad, puntualidad, manejo adecuado del tiempo, mejora continua de los procesos a su cargo, retroalimentar en forma constructiva y manejar la comunicación asertiva con los miembros del equipo de trabajo.

Para cumplir con tal cometido, el Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio se compromete a gestionar eficientemente el talento humano, observando la Constitución y la ley;

velando por la eficiencia y eficacia de la administración, asegurándose que se cumplen las normas, procedimientos y políticas trazadas; estableciendo un manejo adecuado de los propios recursos y fijando políticas sobre la gestión al interior del Ministerio y sobre las relaciones con los demás entes públicos y grupos de interés. (Públicos internos y externos;

Clientes internos y externos; partes interesadas).

CAPÍTULO II.

POLÍTICAS DE RELACIÓN CON LOS ÓRGANOS DE CONTROL EXTERNO.

ARTÍCULO 8o. ÓRGANOS DE CONTROL EXTERNO. Los órganos de control y vigilancia externos de la Entidad son: el Congreso de la República, la Contraloría General de la República y la Procuraduría General de la Nación. Adicionalmente, el Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio está sujeto al control social de la ciudadanía.

ARTÍCULO 9o. POLÍTICA FRENTE AL CONTROL EXTERNO DE LA ENTIDAD. El Ministro y su equipo directivo se comprometen a mantener unas relaciones armónicas con los Órganos de Control, a suministrar la información que legalmente éstos requieran en forma oportuna, completa y veraz para que puedan desempeñar eficazmente su labor y a implementar las acciones de mejoramiento a que haya lugar de acuerdo con el resultado y recomendaciones presentadas por éstos en sus respectivos informes.

ARTÍCULO 10. COMPROMISOS EN RELACIÓN CON EL ÓRGANO DE CONTROL ADMINISTRATIVO Y POLÍTICO.

El Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio se compromete a colaborar armónicamente con el Congreso de la República, para lo cual se propone, entre otros compromisos, la presentación de proyectos de ley que satisfagan las necesidades de la población y el respeto por la independencia de los poderes públicos, así como la entrega periódica de informes de gestión, de resultados y de implementación de las acciones de mejoramiento institucional recomendadas por los diversos órganos de control externo.

TÍTULO III.

DE LAS POLÍTICAS DE BUEN GOBIERNO PARA LA GESTIÓN DEL MINISTERIO DE VIVIENDA, CIUDAD Y TERRITORIO.

1. POLÍTICAS FRENTE AL SISTEMA DE DESARROLLO ADMINISTRATIVO

CAPÍTULO I.

POLÍTICAS PARA LA GESTIÓN ÉTICA.

ARTÍCULO 11. COMPROMISO CON EL CÓDIGO DE ÉTICA. El Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio, manifiesta su clara disposición en autorregularse y auto controlarse, para lo cual se compromete a encaminar sus actividades de conformidad con los principios enunciados en la Constitución, las demás normas vigentes, el Código de Ética y el presente Código de Buen Gobierno, orientándose hacia una gestión íntegra, con principios y valores éticos frente a todos sus grupos de interés.

ARTÍCULO 12. COMPROMISO PARA LA ERRADICACIÓN DE PRÁCTICAS CORRUPTAS. El Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio se compromete a luchar contra la corrupción, para lo cual crea compromisos tendientes a lograr este objetivo por parte de sus servidores públicos, funcionarios y contratistas.

En aras del cumplimiento de este objetivo, todos aquellos que se vinculen, directa o indirectamente a la Entidad, con el acta de posesión o con la suscripción del contrato, asumen el compromiso de realizar sus actividades dentro de los principios y valores establecidos en el Código de Ética, descritos en el artículo 3o del presente Código de Buen Gobierno.

El Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio se compromete a capacitar a sus directivos, funcionarios, contratistas y demás personal del equipo humano y cuando lo crea conveniente a sus grupos de interés en políticas y acciones anticorrupción, con el fin de evitar prácticas indebidas.

En el desarrollo de esta política de lucha anticorrupción, el Ministerio vincula a la ciudadanía por medio de los mecanismos de participación ciudadana para el control social de la gestión pública, consagrados en el artículo 270 de la Constitución Política.[2] Para tal efecto, el Ministerio adoptará, divulgará y promoverá mecanismos como son: Derechos de Petición en virtud del artículo 23 de la Constitución Política de Colombia, denuncias instauradas según lo estipulado en el artículo 81 de la Ley 962 de 2005, Veeduría ciudadana de conformidad con el artículo 100 de la Ley 134 de 1994 y reglamentada por la Ley 850 de 2003, Audiencias Públicas establecidas en el artículo 33 de la Ley 489 de 1998, en el literal a) del artículo 78 de la ley 1474 de 2011 y en el artículo 72 de la Ley 99 de 1993 y la Rendición de Cuentas.

En cumplimiento del artículo 73 de la Ley 1474 de 2011, por la cual se dictan normas orientadas a fortalecer los mecanismos de prevención, investigación y sanción de actos de corrupción y la efectividad del control de la gestión pública, el Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio, definió las estrategias de lucha contra la corrupción de conformidad con lo establecido en el Decreto 2482 de 2012, mediante la formulación e implementación del Plan Anticorrupción y de Atención al Ciudadano, en el cual incluye entre otros, el mapa de riesgos de posible corrupción en la Entidad, las medidas concretas para mitigar esos riesgos, las estrategias antitrámites y los mecanismos para mejorar la atención al ciudadano.

El Plan Anticorrupción y de Atención al Ciudadano del Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio, se encuentra publicado en la página web de la entidad, conforme a lo establecido en el Decreto 2482 de 2012.

ARTÍCULO 13. ACCIONES PARA LA INTEGRIDAD Y LA TRANSPARENCIA. El Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio está en contra de toda práctica corrupta; para impedir, prevenir y combatir estas acciones, adopta como mínimo las siguientes medidas:

1. Guiar sus actuaciones orientadas por los principios éticos establecidos en el Código de Ética.

2. Dar publicidad a la promulgación de normas éticas y advertir sobre la determinación inquebrantable de cumplirlas en el giro ordinario de sus actividades.

3. Promover la suscripción de pactos de integridad y transparencia en su interior.

4. Garantizar que todos los procedimientos sean claros, equitativos, viables y transparentes.

5. Denunciar las conductas irregulares, tanto para que las entidades competentes conozcan de los hechos, como para que la sociedad esté al tanto del comportamiento de sus servidores.

6. Sensibilizar al personal en materia de valores éticos y en responsabilidad social en todos los niveles.

7. Articular las acciones de control social con los programas presidenciales y gubernamentales.

8. Efectuar la rendición de cuentas a los grupos de interés, garantizando la disposición al público de la información no confidencial del Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio.

9. En materia de contratación, implementar y adoptar las normas vigentes; publicar la contratación de servicios y la adquisición de bienes de acuerdo con lo prescrito por la legislación vigente y el presente Código de Buen Gobierno y establecer mecanismos de seguimiento a los contratos.

10. Garantizar que todas las actuaciones sean de público conocimiento. Se publicará a más tardar el 31 de enero cada año en la página Web de la Entidad el Plan de Acción, en el cual se especificarán los objetivos, las estrategias, los proyectos, las metas, los responsables, los planes generales de compras y la distribución presupuestal de sus proyectos de inversión. El Plan de Acción deberá estar acompañado del informe de gestión del año inmediatamente anterior.

Igualmente, se encuentra publicado en la página Web el presupuesto debidamente desagregado, [3] y el plan de acción establecido para la correspondiente vigencia.

Adicionalmente, se propenderá por acercar al Estado con el ciudadano y hacer visible la gestión pública. Lo anterior, permite la participación activa de la ciudadanía en la toma de decisiones y su acceso a la información, a los trámites y servicios, para una atención oportuna, efectiva y participativa. Incluye entre otros, el Plan Anticorrupción y de Atención al Ciudadano y los requerimientos asociados a la participación ciudadana, rendición de cuentas y servicio al ciudadano en concordancia con el literal b) del artículo 3o del Decreto 2482 de 2012.

ARTÍCULO 14. COLABORACIÓN INTERINSTITUCIONAL EN LA ERRADICACIÓN DE PRÁCTICAS CORRUPTAS.

El Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio, con el fin de contribuir a combatir la corrupción, se compromete a implementar procesos de mejora continua en los sistemas de comunicación e información, sosteniendo una comunicación fluida con otras instituciones públicas, privadas y gremiales, y estableciendo pactos éticos frente al desempeño de la función administrativa y la contratación estatal, con el gran objetivo de fortalecer cadenas éticas que vayan configurando unas buenas prácticas de integridad, transparencia y eficiencia en el ejercicio de la función pública.

ARTÍCULO 15. COMPROMISO EN LA LUCHA ANTIPIRATERÍA. El Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio velará porque se respeten las normas de protección a la propiedad intelectual y en particular sobre la defensa de los derechos de autor.

CAPÍTULO II.

POLÍTICAS DE GESTIÓN DEL RECURSO HUMANO.

ARTÍCULO 16. COMPROMISO CON LA PROTECCIÓN Y EL DESARROLLO DEL TALENTO HUMANO. El Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio se compromete con la gestión del talento humano, orientada al desarrollo y cualificación de los servidores púbicos buscando la observancia del principio de mérito para la provisión de los empleos, el desarrollo de competencias, vocación del servicio, la aplicación de estímulos y una gerencia pública enfocada a la consecución de resultados. Incluirá entre otros el Plan Institucional de Capacitación, el Plan de Bienestar e Incentivos, los temas relacionados con clima organizacional y el Plan Anual de Vacantes.

CAPÍTULO III.

POLÍTICAS DE COMUNICACIÓN E INFORMACIÓN.

ARTÍCULO 17. COMPROMISO CON LA COMUNICACIÓN PÚBLICA. El Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio generará una política de comunicación, a través de la cual se formalice una cultura organizacional, para su difusión, comprensión y aplicación por parte de los funcionarios y contratistas. Igualmente se compromete en asumir la comunicación y la información como bienes públicos, a conferirles un carácter estratégico y contribuir a la construcción de una imagen institucional favorable en la opinión pública, a través de la divulgación de información veraz, suficiente y oportuna sobre la gestión de la Entidad y dará a conocer a la ciudadanía y a los grupos de interés las políticas, programas y planes que desarrolla en beneficio de la población colombiana.

La comunicación informativa en el Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio garantizará que efectivamente las prácticas de interacción de la entidad con las partes interesadas y la ciudadanía, estén enfocadas a la construcción de lo público y a generar y mantener confianza, mediante la formulación de parámetros que orienten el manejo de la información.

La comunicación con la ciudadanía se establecerá en términos de respeto, claridad, pertinencia y oportunidad, teniendo en cuenta que la razón de ser de la administración es la prestación de un servicio de excelente calidad a la ciudadanía.

ARTÍCULO 18. COMPROMISO CON LA COMUNICACIÓN ORGANIZACIONAL INTERNA. En el Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio, la comunicación interna estará enfocada a la construcción y consolidación de la cultura organizacional a través de la difusión de mensajes, que les permitan a los funcionarios y contratistas comprender, entender y apropiar los conceptos y las prácticas de comunicación con un sentido de interlocución organizacional. En este marco se construye tanto un sentido de pertenencia, como el hecho de que la información sea un bien colectivo indispensable para la realización del trabajo; por tanto fluirá dinámicamente en todas las direcciones: descendente, ascendente, cruzada y horizontal para propiciar la toma acertada de decisiones en todos los niveles, a partir de acciones como:

1. Mantener a los miembros de la organización informados sobre las políticas, planes, estrategias y proyectos hacia los cuales se orienta la Entidad, incluyendo cambios y nuevas decisiones.

2. Disponer de medios oficiales de información interna para que los servidores públicos en todos los niveles permanezcan informados de la gestión de la Entidad.

3. Promover en las actividades de inducción, reinducción y entrenamiento en el puesto de trabajo en los servidores públicos, la apropiación de los objetivos estratégicos de la Entidad.

4. Propiciar la toma acertada de decisiones a todos los niveles de la Entidad, permitiendo que la información fluya internamente en forma ascendente, descendente, cruzada y horizontal.

5. Disponer de mecanismos sistematizados de registros de la función pública que permitan entender internamente los procesos.

ARTÍCULO 19. COMPROMISO DE CONFIDENCIALIDAD. El Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio se comprometerá a que los funcionarios y contratistas que manejan información privilegiada establezcan acuerdos de confidencialidad, pues toda la información generada y desarrollada dada la naturaleza de las funciones es privada y confidencial, y por lo tanto se debe asegurar que la información que es reservada y de propiedad del Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio no sea publicada o conocida por terceros para garantizar los pilares esenciales de la seguridad de la información (Confidencialidad, Integridad y Disponibilidad), de acuerdo a las Políticas Generales de la Seguridad de la Información.

Quienes incumplan estos acuerdos o compromisos de confidencialidad serán investigados y sancionados de acuerdo con lo establecido en el régimen disciplinario.

Ninguno de los grupos de interés puede directa o indirectamente utilizar información privilegiada y confidencial del Ministerio para sus propios intereses, el acceso a dicha información interna no pública está limitado a quienes tienen necesidad de dominarla para poder desempeñar su labor. Únicamente deberá ser utilizada para propósitos internos y conforme a los lineamientos indicados en el artículo 4o del presente Código de Buen Gobierno.

Como cualquier otro recurso valioso, la información debe ser protegida para evitar riesgos a la Entidad y por tal motivo los funcionarios deben mostrar un sentido de responsabilidad y no abusar de ese privilegio.

Igualmente, el Ministerio se compromete a definir las personas autorizadas para brindar información sobre temas de interés nacional, con el fin de preservar el orden nacional y municipal y no poner en riesgo las políticas de desarrollo definidas por el Gobierno Nacional.

ARTÍCULO 20. COMPROMISO CON LA CIRCULACIÓN Y DIVULGACIÓN DE LA INFORMACIÓN. El Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio establecerá e implementará una política de comunicación informativa adecuada para establecer un contacto permanente y correlativo con sus grupos de interés de acuerdo a los lineamientos de la política de la Seguridad de la Información y sus objetivos específicos. Con este fin se adoptan mecanismos para que la información llegue a sus grupos de interés de manera integral, oportuna, actualizada, clara, veraz y confiable, bajo políticas efectivas de producción, manejo y circulación de la información, mediante mecanismos de información a los cuales haya acceso, de acuerdo con las condiciones de la comunidad a la que va dirigida.

En lo relacionado con el derecho de petición, el Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio establecerá mecanismos encaminados a dar respuesta oportuna y de fondo a las peticiones planteadas por la comunidad, con el fin de que el acceso a la información sea eficaz.

ARTÍCULO 21. COMPROMISO CON EL GOBIERNO EN LÍNEA Y CON LA SEGURIDAD DE LA INFORMACIÓN.

El Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio, se compromete a poner especial interés en la aplicación efectiva de las políticas de Gobierno en Línea, a través de la implementación de mecanismos que permitan brindar la más completa información sobre la marcha de la administración en cuanto a procesos y resultados de la contratación, estados financieros, concursos para proveer cargos, procesos judiciales promovidos por y contra la Entidad, el Plan Estratégico del Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio, el Plan Nacional de Desarrollo, y los avances en el cumplimiento de metas y objetivos, indicadores de gestión y servicios que el Ministerio presta a la ciudadanía y forma de acceder a ellos, entre otros.

Lo anterior con fundamento en los criterios de transparencia que rigen las actuaciones de los servidores públicos, los principios éticos definidos en este Código de Buen Gobierno, la incorporación y el buen uso de herramientas tecnológicas, el desarrollo de políticas de TIC y la promoción de buenas prácticas para el manejo de información con el interés de adquirir y sostener la excelencia operacional.

Las políticas de Seguridad de la Información establecerán las directrices requeridas para implementar un Modelo de Seguridad de la Información confiable, autónomo y flexible, y definen el marco básico que guiará la ejecución y operación de cualquier requisito normativo, proceso, procedimiento, estándar y/o acción, relacionados con la Seguridad de la Información.

Estas políticas aplican a todos los niveles de la entidad; así mismo a terceros tales como proveedores y contratistas, entes de control, entidades del sector, usuarios internos y externos que accedan o hacen uso de cualquier activo de información independientemente de su ubicación, medio o formato; los exfuncionarios y excontratistas deberán mantener la debida confidencialidad sobre la información del Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio, después de que se ha terminado la relación contractual como se establece en el artículo 19 del presente Código.

Las políticas aplican a toda la información creada, procesada o utilizada en el soporte y desarrollo de las funciones y competencias del Ministerio, sin interesar el medio, formato, presentación o lugar en el cual se encuentre.

El Ministerio comprometido con la Seguridad de la Información, a través del desarrollo e implementación del Plan Estratégico de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones (PETIC), tiene el propósito de armonizar la demanda de la ciudadanía y las entidades del sector y de otras entidades del Estado, con la oferta que la Entidad generada a través de la acción coordinada del equipo humano y el conjunto disponible de recursos físicos, técnicos, normativos y financieros.

Las tecnologías de la información y las comunicaciones son un medio para alcanzar los objetivos institucionales expresados en la misión y visión de la institución y constituyen en la actualidad el principal medio de comunicación entre la Entidad y sus usuarios, por tal motivo se realizará el diagnóstico estratégico.

Por lo anterior, el Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio evaluará y creará las políticas de la seguridad de la información, con el fin de atender estos nuevos requisitos, orientadas al debido manejo y utilización de la información, administración de los riesgos cambiantes en el ámbito de la gestión de la información y de las nuevas tecnologías de información y la comunicación. Estas políticas dan un norte a la gestión del MVCT, y por ende, operan en beneficio para la Entidad y para la ciudadanía en general.

Igualmente, se crearán Políticas Generales del Sistema de Gestión de Seguridad de la Información (SGSI), para el Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio, acorde con los requerimientos establecidos por la norma ISO 27001, que garantice la confidencialidad, integridad y disponibilidad de la información del Ministerio, minimizando la materialización de los riesgos que afecten la seguridad de la información, documentadas y divulgadas a todos los funcionarios y contratistas. Estas políticas dan un norte a la gestión del MVCT, y por ende, operan en beneficio para la entidad y para la ciudadanía en general.

El monitoreo y control estará definido por la estrategia de gobierno en línea y la gestión de la política de cero papel, el cual administrará desde sus componentes cada actividad y criterios que interactúen con las otras áreas del Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio, permitiendo minimizar el riesgo mediante la implementación de proyectos que impacten la calidad en la gestión y los resultados del mismo.

2. POLÍTICAS DE RESPONSABILIDAD SOCIAL

CAPÍTULO IV.

POLÍTICAS DE RESPONSABILIDAD SOCIAL CON LA COMUNIDAD.

ARTÍCULO 22. COMPROMISO CON LA COMUNIDAD. El Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio, se compromete a realizar la gestión, según sus competencias, para mejorar la calidad de vida de la comunidad a través de la formulación, implementación, coordinación y ejecución de políticas de vivienda, desarrollo urbano y territorial, agua y saneamiento básico. A través de estas actuaciones, focalizadas según criterios de atención priorizada a población vulnerable, el Ministerio pretende establecer vínculos efectivos con la comunidad que generen una relación de confianza con el Estado, teniendo en cuenta los fines sociales de este último.

Así mismo, es muy importante para el Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio, responder al encargo de la sociedad, con una administración que se caracterice por brindar un ambiente de trabajo con normas de conductas claras y adecuadas que promuevan el compromiso ético y social de sus funcionarios y contratistas en la gestión que desempeñan para el beneficio de los colombianos.

La Entidad se compromete en mejorar la calidad de sus procesos y procedimientos para garantizar una mejor gestión, en el marco de protección de los derechos fundamentales.

ARTÍCULO 23. INFORMACIÓN Y COMUNICACIÓN CON LA COMUNIDAD. Los estados e informes económicos, financieros, contables y de gestión presentados a los respectivos entes de regulación y control por el Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio, así como cualquier otra información sustancial, se darán a conocer y estarán disponibles para la comunidad, la cual tiene derecho a informarse permanentemente de las actuaciones del Ministerio y que no sean materia de reserva. De igual manera, se publicarán los informes y recomendaciones que los órganos de regulación y control presenten al Ministerio respecto a su gestión y mejoramiento continuo. Los medios de información que podrán utilizarse son, entre otros, línea telefónica gratuita, correo electrónico y página web.

ARTÍCULO 24. COMPROMISO CON LA RENDICIÓN DE CUENTAS. El Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio se compromete a realizar la rendición de cuentas de manera periódica, con el objeto de informar a la ciudadanía sobre el proceso de avance y cumplimiento de las metas contenidas en el Plan Nacional de Desarrollo, en el Plan Estratégico de la entidad, y la forma como se está ejecutando el presupuesto de la Entidad. Lo anterior con fundamento en las directrices impartidas para tal fin por el Departamento Administrativo de la Función Pública.

ARTÍCULO 25. ATENCIÓN DE PETICIONES, QUEJAS Y RECLAMOS. El Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio establecerá mecanismos para que los ciudadanos puedan presentar peticiones, quejas, reclamaciones, consultas e informaciones referentes a la gestión del Ministerio, a las cuales se les dará respuesta en los términos previstos por la ley, de manera eficiente, oportuna y eficaz.

Adicionalmente, el Ministerio tendrá como objetivo fortalecer los mecanismos de comunicación existentes con la comunidad, pero también incursionar en nuevos medios que permitan una mayor difusión de las políticas, programas y planes que desarrolla la Entidad, para que la comunidad en general participe de ellos, y en caso de tener peticiones, quejas o reclamos pueda fácilmente presentarlos.

En el Grupo de Atención al Usuario y Archivo reposará un ejemplar del Código de Ética y del Código de Buen Gobierno, para su consulta permanente por parte de todos los interesados.

ARTÍCULO 26. CONTROL SOCIAL. El Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio, promueve la participación de la ciudadanía, organizaciones sociales y comunitarias, usuarios, beneficiarios, veedurías y comités de vigilancia, entre otros, para prevenir, proponer, acompañar, vigilar y controlar la gestión pública, sus resultados y la prestación de los servicios públicos suministrados por el Estado y los particulares, garantizando la gestión al servicio de la comunidad. Así mismo se compromete a facilitar de manera oportuna la información requerida por la ciudadanía para el ejercicio del control social.

El control social lo podrán ejercer las partes interesadas en los términos previstos por la ley y siempre se le dará la prioridad necesaria para atender oportuna, satisfactoriamente y de fondo los requerimientos realizados por estas.

CAPÍTULO V.

POLÍTICA DE RESPONSABILIDAD FRENTE AL MEDIO AMBIENTE.

ARTÍCULO 27. RESPONSABILIDAD CON EL MEDIO AMBIENTE. El Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio, se compromete a respetar los procesos naturales, buenas prácticas ecológicas, protegiendo la diversidad de fauna y flora y el medio ambiente en general.

El Ministerio se compromete a socializar entre sus funcionarios, contratistas y grupos de interés los lineamientos establecidos en materia ambiental con acciones que comprendan, entre otros: mecanismos de educación, sensibilización y promoción, uso de tecnologías limpias, manejo de desechos, cultura del reciclaje y realización de un programa de aprovechamiento y reutilización de materiales.

ARTÍCULO 28. BUENAS PRÁCTICAS AMBIENTALES. El Ministerio de Vivienda, Cuidad y Territorio, se compromete a establecer programas de educación y promoción de buenas prácticas ambientales, dirigido a los funcionarios y contratistas con el fin de atenuar el impacto generado en el cumplimiento de sus labores, crear conciencia ambiental y optimizar los recursos contribuyendo en la responsabilidad social institucional.

Este compromiso se desarrollará en aspectos como:

1. Reducción de Papel:

a) Evitar impresiones de documentos en borrador que se puedan revisar antes en pantalla.

b) Utilizar el correo electrónico para evitar el uso de impresoras y fax.

c) Utilizar la impresora en calidad de borrador.

d) Imprimir a doble cara los documentos finales.

e) Utilizar papel reciclado si la impresión del documento es imprescindible.

f) Utilizar papel reciclado, para tacos de notas.

2. Separación de residuos:

a) Garantizar la separación de residuos sólidos en su origen dotando cada área con recipientes para separación.

3. Ahorro en el consumo de agua:

a) Utilizar mecanismos ahorradores de agua que controlen el flujo al momento de hacer uso de esta.

b) Realizar mantenimientos preventivos a las instalaciones hidráulicas con el fin de garantizar su buen funcionamiento y evitar fugas de agua.

c) Utilizar en lo posible mecanismos de doble descarga en las baterías de baños.

4. Ahorro de energía:

a) Apagar bombillas y equipos eléctricos que no se utilicen.

b) Implementar temporizadores de energía en oficinas, baños y pasillos.

c) Dejar en estado de ahorro de energía las fotocopiadoras y equipos de cómputo durante la jornada laboral cuando no esté en uso.

d) Generar conciencia en las personas para apagar los equipos al terminar la jornada laboral.

5. Implementación de hábitos de consumo.

a) Garantizar que las entidades que prestan el servicio de aseo y limpieza utilicen productos ecológicos de limpieza que no atenten contra el medio ambiente.

3. POLÍTICAS FRENTE A LOS GRUPOS DE INTERÉS

CAPÍTULO VI.

POLÍTICA SOBRE CONFLICTOS DE INTERÉS.

ARTÍCULO 29. COMPROMISO FRENTE A LOS CONFLICTOS DE INTERÉS. Se presenta el conflicto de interés cuando el servidor público deba actuar en asunto en el que tenga interés particular y directo en su regulación, gestión, control o decisión, o lo tuviere su cónyuge, compañero o compañera permanente o sus parientes dentro del cuarto grado de consanguinidad, segundo de afinidad o primero civil, o su socio o socios de hecho o de derecho. En este caso existe la obligación legal para el servidor de declararse impedido.

ARTÍCULO 30. PRÁCTICAS QUE DEBEN EVITARSE PARA LA PREVENCIÓN DE CONFLICTOS DE INTERÉS. El Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio rechaza y prohíbe que el Ministro y su equipo directivo, miembros de Comités de juntas directivas de entidades descentralizadas, adscritas o vinculadas, servidores públicos y todos aquellos vinculados con el Ministerio incurran en cualquiera de las siguientes prácticas:

a) Recibir remuneración, dádivas o cualquier otro tipo de compensación en dinero o en especie por parte de cualquier persona jurídica o natural, en razón del trabajo o servicio prestado al Ministerio o a sus grupos de interés.

b) Otorgar compensaciones no autorizadas por las normas pertinentes, reglamentarias.

c) Utilizar indebidamente información privilegiada o confidencial para obtener provecho o salvaguardar intereses individuales propios o de terceros.

d) Realizar proselitismo político aprovechando su cargo, posición o relaciones con el Ministerio, no pudiendo comprometer recursos económicos para financiar campañas políticas.

e) Todas aquellas prácticas que atenten contra la integridad y la transparencia de la gestión del Ministerio y en contra del buen uso de los recursos públicos.

f) Todo tráfico de influencias para privilegiar trámites o beneficiar a alguien en particular.

CAPÍTULO VII.

POLÍTICA DE CONTRATACIÓN PÚBLICA.

ARTÍCULO 31. COMPROMISO CON LA FINALIDAD DE LA CONTRATACIÓN PÚBLICA. El Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio dará cumplimiento a las disposiciones del Estatuto de Contratación Pública vigente, para lo cual se compromete a observar las disposiciones legales con prontitud, exactitud y diligencia, de modo que la información sobre las condiciones y procesos contractuales sea entregada a los interesados oportuna, suficiente y equitativamente, y a que las decisiones para otorgar los contratos se tomen con base en el análisis objetivo de las propuestas presentadas por los participantes en estricta rigurosidad de la norma.

Los mecanismos e instrumentos definidos para la verificación de las situaciones antes descritas se realizan a través de los Comités Contratación y reglamentos o procedimientos de contratación.

CAPÍTULO VIII.

POLÍTICA CON LOS GREMIOS ECONÓMICOS.

ARTÍCULO 32. INFORMACIÓN Y CORRESPONSABILIDAD. El Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio dispondrá mecanismos que permitan a los gremios económicos el acceso a su información no reservada por mandato de la Ley y fomentará compromisos éticos entre los sectores privado y público en aspectos de contratación estatal. Adicionalmente, bajo el criterio de corresponsabilidad social, promoverá acciones con los gremios tendientes al mejoramiento de la calidad de vida de la población más vulnerable.

4. POLÍTICAS FRENTE A LOS SISTEMAS DE GESTIÓN INSTITUCIONAL Y DE CONTROL INTERNO

CAPÍTULO IX.

POLÍTICA FRENTE A LOS SISTEMAS DE GESTIÓN INSTITUCIONAL.

ARTÍCULO 33. ADOPCIÓN DEL MODELO INTEGRADO DE PLANEACIÓN Y GESTIÓN. En cumplimiento con lo establecido en el Decreto 2482 de 2012, el Ministerio de Vivienda Ciudad y Territorio, adoptó mediante la Resolución 0428 del 5 de agosto de 2013 el Modelo Integrado de Planeación y Gestión, como instrumento para la articulación y reporte de la planeación, el cual comprende:

-- Los Referentes que incluyen las metas de Gobierno establecidas en el Plan Nacional de Desarrollo, las competencias normativas asignadas a cada entidad y el marco fiscal.

-- Las Políticas de Desarrollo Administrativo, conjunto de lineamientos que orientan a las entidades en el mejoramiento de su gestión para el cumplimiento de las metas institucionales y de Gobierno.

-- La Metodología, esquema de planeación articulado que facilita la implementación de las políticas e iniciativas gubernamentales.

-- Las Instancias, quienes son los responsables de liderar, coordinar y facilitar la implementación del modelo a nivel sectorial e institucional.

-- El Formulario Único Reporte de Avances de la Gestión, que es una herramienta en línea de reporte de avances de la gestión, como insumo para el monitoreo, evaluación y control de los resultados institucionales y sectoriales.

ARTÍCULO 34. IMPLEMENTACIÓN DEL PLAN ESTRATÉGICO INTEGRADO DE GESTIÓN SECTORIAL- PEIGS. La implementación del Plan Estratégico Integrado de Gestión Sectorial-PEIGS en el Ministerio de Vivienda Ciudad y Territorio se fundamentará en la metodología expedida por el Departamento Administrativo de la Función Pública, en coordinación con las entidades líderes de las políticas de desarrollo administrativo: Alta Consejería Presidencial para el Buen Gobierno y la Eficiencia Administrativa, Departamento Nacional de Planeación, Archivo General de la Nación, Secretaría de Transparencia de la Presidencia de la República, Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones y la Agencia Nacional de Contratación Pública, en virtud de lo señalado en el artículo 4o del Decreto 2482 de 2012.

Los reportes de avance de gestión del Ministerio se registrarán en los plazos que fije la metodología del Departamento Administrativo de la Función Pública y se presentarán en el Formulario Único de Reporte de Avances de la Gestión, de conformidad con lo determinado en el artículo 5o del Decreto 2482 de 2012.

ARTÍCULO 35. ADOPCIÓN DE LAS POLÍTICAS PARA EL DESARROLLO ADMINISTRATIVO DEL PLAN ESTRATÉGICO INTEGRADO DE GESTIÓN SECTORIAL-PEIGS. Para dar cumplimiento con lo preceptuado en el artículo 3o del Decreto 2482 de 2012, el Ministerio de Vivienda Ciudad y Territorio, en el artículo 2o de la Resolución 0428 de agosto de 2013 adoptó las políticas de desarrollo administrativo que contienen, entre otros, los aspectos de que trata el artículo 17 de la Ley 489 de 1998 como son:

-- Gestión Misional y de Gobierno. Orientada al logro de las metas establecidas, para el cumplimiento de su misión y de las prioridades que el Gobierno defina.

-- Transparencia, Participación y Servicio al Ciudadano. Orientada a acercar el Estado al ciudadano y hacer visible la gestión pública.

-- Gestión del Talento Humano. Orientado al desarrollo y cualificación de los servidores públicos.

-- Eficiencia administrativa. Orientada a identificar, racionalizar, simplificar y automatizar trámites, procesos, procedimientos y servicios, así como optimizar el uso de recursos, con el propósito de contar con organizaciones modernas, innovadoras, flexibles y abiertas al entorno, con capacidad de transformarse, adaptarse y responder en forma ágil y oportuna a las demandas y necesidades de la comunidad, para el logro de los objetivos del Estado.

-- Gestión Financiera. Orientada a programar, controlar y registrar las operaciones financieras, de acuerdo con los recursos disponibles de la entidad.

ARTÍCULO 36. ADOPCIÓN DEL SISTEMA INTEGRADO DE GESTIÓN. En cumplimiento con lo establecido en la Ley 872 de 2003, el Ministerio de Vivienda Ciudad y Territorio, adoptó mediante la Resolución 0188 del 16 de abril de 2013 el Sistema Integrado de Gestión, conformado por el Sistema de Gestión de Calidad y el Modelo Estándar de Control Interno, como herramienta de gestión para satisfacer necesidades, expectativas y requisitos de los clientes, orientar el logro de los objetivos, fines y misión de las entidades, optimizar recursos y fortalecer la capacidad administrativa del Ministerio y del Fondo Nacional de Vivienda - Fonvivienda, de manera sistemática y transparente, que permite dirigir el desempeño institucional en los términos de calidad y satisfacción social en la prestación de los servicios.

ARTÍCULO 37. COMPROMISO CON LA EFICIENCIA ADMINISTRATIVA. En el Ministerio de Vivienda Ciudad y Territorio se formulará, desarrollará implementará y gestionará las siguientes líneas de acción en pro de fortalecer la eficiencia administrativa institucional:

-- Sistema Integrado de Gestión -- Programa cero papel -- Racionalización de trámites -- Modernización institucional -- Gestión de tecnologías de información y comunicación y, -- Gestión documental.

ARTÍCULO 38. INTEGRACIÓN DE LA PLANEACIÓN CON LA GESTIÓN FINANCIERA. La gestión financiera del Ministerio de Vivienda Ciudad y Territorio se rige en forma integral por los principios de programación, control y registros de operaciones financieras; y se materializa en la gestión de proyectos de inversión, la programación y ejecución del presupuesto, el Programa Anual Mensualizado de Caja –PAC, la formulación y seguimiento a proyectos de inversión.

Para tales efectos se utilizan los sistemas de información del Departamento Nacional de Planeación y del Ministerio de Hacienda y Crédito Público.

Adicionalmente para cumplir con el principio de transparencia, el Plan Anual de Adquisiciones se publica en la página web del Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio.

CAPÍTULO X.

POLÍTICA FRENTE AL SISTEMA DE CONTROL INTERNO.

ARTÍCULO 39. COMPROMISO FRENTE AL MODELO ESTÁNDAR DE CONTROL INTERNO- MECI. El Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio se compromete a armonizar la Norma Técnica de Calidad en la Gestión Pública NTCGP1000:2009 y el Modelo Estándar de Control Interno–MECI, adoptado por el Gobierno Nacional mediante Decreto 1599 de 2005, de acuerdo con los parámetros definidos por el Departamento Administrativo de la Función Pública. Así mismo se compromete a velar porque todos los servidores públicos lo cumplan; a desarrollar estrategias gerenciales que conduzcan a una administración eficiente, eficaz, imparcial, íntegra y transparente, soportada en la autorregulación, la autogestión, el autocontrol y el mejoramiento continuo, propiciando de esta forma el control estratégico, el control de gestión, el control de evaluación y el cumplimiento de los objetivos de la entidad.

CAPÍTULO XI.

POLÍTICAS SOBRE RIESGOS.

ARTÍCULO 40. DECLARACIÓN DEL RIESGO. El Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio declara que en el desarrollo de sus actividades ocurren riesgos positivos o negativos, por lo cual se compromete a adoptar mecanismos y acciones necesarias para la gestión integral de riesgos, que minimice el impacto de las decisiones que toma el Ministerio respecto de los grupos de interés.

Para ello adopta mecanismos que permitan identificar, valorar, revelar y administrar los riesgos propios de su actividad, acogiendo una autorregulación prudencial. El Ministerio determina su nivel de exposición concreta a los impactos de cada uno, en la toma de decisiones respecto de los efectos de los mismos.

Con el fin de promover una adecuada administración del riesgo, el Ministerio realizará como mínimo, dos sesiones cada año, con el Comité de Coordinación del Sistema de Control Interno, cuyo propósito será conocer la gestión realizada frente al riesgo en cada una de las áreas del Ministerio y fijar lineamientos de estricto cumplimiento en la Entidad.

CAPÍTULO XII.

DEL COMITÉ PARA LAS BUENAS PRÁCTICAS EN EL MINISTERIO DE VIVIENDA, CIUDAD Y TERRITORIO.

ARTÍCULO 41. COMITÉ DE ÉTICA. De conformidad con lo establecido en el Código de Ética vigente, este Comité, será la instancia organizacional encargada de promover y liderar el proceso de implantación de la gestión ética, encaminada hacia la consolidación del ejercicio de la función pública en términos de eficacia.

Transparencia, integridad y servicio a la ciudadanía por parte de todos los servidores públicos de la Entidad.

ARTÍCULO 42. CONFORMACIÓN DEL COMITÉ DE ÉTICA. Conformarán el Comité de Ética, el Secretario General, el Coordinador del Grupo Interno de Trabajo de Talento Humano, el Jefe de la Oficina Asesora Jurídica o su delegado, el Coordinador del Grupo de Comunicaciones Estratégicas, un representante de los empleados públicos de la Comisión de Personal y un representante de los empleados públicos en el Comité de Convivencia Laboral. El Ministro designará a un funcionario como delegado quien actuará como Presidente del Comité.

ARTÍCULO 43. FUNCIONES DE COMITÉ DE ÉTICA.

a) Recomendar las modificaciones al Código de Ética.

b) Velar por la divulgación del Código de Ética al interior de la entidad y al exterior para los grupos de interés.

c) Liderar la implantación del Código de Ética, para que la gestión de la función pública se cumpla dentro de los términos de eficiencia, eficacia, transparencia, integridad y servicio a la ciudadanía.

d) Proponer la identificación de la existencia de un conflicto de interés en un caso concreto.

e) Proponer al Ministro y al equipo directivo, mecanismos para facilitar la prevención, el manejo y la divulgación de los conflictos de interés que puedan presentarse entre los grupos de interés.

f) Proponer al Ministro y al equipo directivo, el procedimiento de resolución y divulgación de conflictos de interés, de acuerdo con lo establecido en el acápite pertinente de este Código.

g) Proponer igualmente a los mismos directivos, los criterios y diseñar las estrategias para prevenir y resolver los conflictos de interés.

h) Proponer al Ministro y su equipo directivo, una reglamentación de prácticas prohibidas, por medio de la cual se prohibirá que la alta dirección y los miembros de la entidad incurran en determinadas prácticas que ocasionen conflictos de interés.

i) Proponer al Ministro y al equipo directivo la adopción de mecanismos para la administración de conflictos de interés de los miembros de la alta dirección y de los demás miembros de la entidad.

j) Proponer políticas sobre conflictos de interés con los grupos de interés.

k) Establecer su propio reglamento interno.

El Jefe de la Oficina de Control Interno velará por la conformación del Comité de Ética y por el cumplimiento de las funciones y el reglamento de dicho Comité. Así mismo por el cumplimiento de las disposiciones que este determine.

El Comité de Ética, se reunirá ordinariamente como mínimo dos (2) veces al año y extraordinariamente cada vez que sea citado por el Presidente del Comité; deberá dejar en acta constancia de sus sesiones.

INDICADORES DE BUEN GOBIERNO.

ARTÍCULO 44. El Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio, a través de la Oficina de Control Interno se compromete a realizar el seguimiento a lo establecido en el presente código de buen gobierno utilizando las siguientes herramientas de medición:

-- Indicadores del Plan Estratégico Integrado de Gestión Sectorial-PEIGS que aplique para este Ministerio.

-- Indicadores del Plan de Acción Anual de este Ministerio.

-- Indicadores del Mapa de riesgos anticorrupción Institucional.

PARÁGRAFO. Esta medición se realizará con periodicidad anual, y se presentará en el Comité de Gerencia en el primer trimestre del año siguiente.

ADOPCIÓN, DIVULGACIÓN, OBSERVANCIA Y REFORMA DEL CÓDIGO DE BUEN GOBIERNO.

ARTÍCULO 45. ADOPCIÓN Y DIVULGACIÓN DEL CÓDIGO DE BUEN GOBIERNO. El Código de Buen Gobierno se adoptará mediante resolución y se divulgará a los servidores públicos y contratistas de la Entidad a través de los medios físicos y electrónicos que disponga la Entidad y a todos los grupos de interés mediante su publicación en la intranet y en la página WEB del Ministerio.

Así mismo, deberá incluirse dentro de los procesos de Inducción y Reinducción que brinda el Grupo Interno de Trabajo de Talento Humano, a los servidores públicos de la Entidad.

ARTÍCULO 46. OBSERVANCIA Y REFORMA DEL CÓDIGO DE BUEN GOBIERNO. El Código de Buen Gobierno, deberá ser observado permanentemente por todos los servidores públicos del Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio, así como por los contratistas y demás personas que tengan algún tipo de vinculación con la Entidad.

Podrá ser reformado por decisión del Ministro quien podrá solicitar si lo considera pertinente, la participación del Comité Institucional de Desarrollo Administrativo.

* * *

1. Artículo 47 de la Ley 909 de 2004.

2. “La ley organizará las formas y los sistemas de participación ciudadana que permitan vigilar la gestión pública que se cumpla en los diversos niveles administrativos y sus resultados”.

3. En virtud de lo señalado en el artículo 74 de la Ley 1474 de 2011.

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