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RESOLUCIÓN 180371 DE 2008
(marzo 18)
Diario Oficial No. 46.942 de 27 de marzo de 2008
MINISTERIO DE MINAS Y ENERGÍA
<NOTA DE VIGENCIA: Resolución derogada por el artículo 6 de la Resolución 180659 de 2009>
Por la cual se adopta el Plan Estratégico del Ministerio de Minas y Energía 2008.
EL MINISTRO DE MINAS Y ENERGÍA,
en uso de sus facultades legales y reglamentarias, y en particular lo previsto en el artículo 6o de la Ley 87 de 1993, el literal a) del artículo 12 del Decreto 2145 de 1999, y el artículo 4o de la Resolución 18-1571 de 2001, y
CONSIDERANDO:
Que acorde con lo previsto en el literal a) del artículo 4o de la Ley 87 de 1993 y el artículo 10 del Decreto 2145 de 1999, uno de los elementos del Sistema de Control Interno de la Entidad es la Planeación, mediante el establecimiento de Objetivos y Metas tanto generales como específicos, así como la formulación de los Planes Operativos de la Entidad;
Que la Planeación se constituye en un instrumento de gestión fundamental para orientar el cumplimiento de la Misión de la Entidad, mediante el señalamiento de Objetivos y Metas a ejecutar para el respectivo año;
Que de acuerdo con lo previsto en el artículo 6o de la Ley 87 de 1993, el establecimiento y desarrollo del Sistema de Control Interno es responsabilidad del representante legal, que en el caso del Ministerio es el Ministro de Minas y Energía, y que por lo tanto, le compete efectuar lo necesario para el establecimiento de sus elementos, como es el caso de la Planeación;
Que el literal a) del artículo 12 del Decreto 2145 de 1999, señala que es responsabilidad del nivel directivo de la Entidad en cuanto a la Planeación, la de establecer Políticas y Objetivos a alcanzar en los planes de acción anuales de la Entidad;
Que en desarrollo de lo anterior, el Cuerpo Directivo de la Entidad definió el Plan Estratégico del Ministerio, el cual contiene la formulación de la Misión, la Visión, el Código de Etica y los Objetivos Estratégicos del Ministerio y de cada una de las dependencias para el año 2008;
Que el Grupo de Planeación y Cooperación Técnica Internacional, realizó la articulación necesaria con los ejecutores de cada una de las dependencias que requieren recursos presupuestales, todo lo cual está refrendado con la firma del Coordinador del Grupo Financiero;
Que dando cumplimiento al Decreto 1599 de 2005, mediante la Resolución número 18-1207 de 2006, el Ministerio de Minas y Energía adoptó el Modelo Estándar de Control Interno (MECI), dentro del cual se encuentra el componente de Ambiente de Control, que define que las entidades deben establecer acuerdos, compromisos y protocolos éticos;
Que en virtud de lo anterior, el Ministerio ha definido un código de ética, razón por la cual se hace necesario adoptar en el Ministerio de Minas y Energía dicho Código, el cual se constituye en una guía de conducta que orienta el desempeño de sus servidores públicos y/o contratistas, con el fin de cumplir con la Misión, la Visión y los Objetivos Institucionales;
Que el Pensamiento Estratégico tiene como componentes la Misión, la Visión, los Valores, en nuestro caso contenidos en el Código de Etica y los Objetivos Estratégicos del Ministerio y de cada una de sus Dependencias;
Que el Pensamiento Estratégico se revisará una vez al año o cuando el Ministro lo requiera, para ajustarlo en sus componentes, acorde con las condiciones internas y externas tal como está previsto en la Resolución 18-1571 de 2001;
Que por lo anterior,
RESUELVE:
ARTÍCULO 1o. <Resolución derogada por el artículo 6 de la Resolución 180659 de 2009> Adoptar el Plan Estratégico del Ministerio de Minas y Energía para el año 2008, el cual hace parte integral del presente acto administrativo como instrumento de gestión del Ministerio, que oriente la ejecución de la Misión institucional para el año 2008.
PARÁGRAFO. Corresponde a los Jefes de Dependencia, velar por el cumplimiento de los Objetivos trazados en el plan que sean de su responsabilidad, debiendo informar al Ministro sobre su estado de ejecución y los logros y rezagos que se presenten, formulando las alternativas de mejoramiento que sean del caso. Para ello, se ceñirán a la metodología que fije el Grupo de Planeación y Cooperación Técnica Internacional o quien haga sus veces, según lo establecido en el artículo 3o de la presente resolución.
ARTÍCULO 2o. <Resolución derogada por el artículo 6 de la Resolución 180659 de 2009> El Plan Estratégico está conformado por el Pensamiento Estratégico y los Planes Operativos de las Dependencias.
El Pensamiento Estratégico tiene como componentes la Misión, la Visión, el Código de Etica y los Objetivos Estratégicos.
ARTÍCULO 3o. <Resolución derogada por el artículo 6 de la Resolución 180659 de 2009> Adoptar y difundir en el Ministerio de Minas y Energía, el Código de Etica, que hace parte de la presente resolución.
ARTÍCULO 4o. <Resolución derogada por el artículo 6 de la Resolución 180659 de 2009> Corresponde al Grupo de Planeación y Cooperación Técnica Internacional o quien haga sus veces, establecer una metodología para el adecuado seguimiento del Plan Estratégico, y presentar informes al Cuerpo Directivo sobre el estado actual de su ejecución en forma trimestral, a través del Comité de Coordinación de los Sistemas de Control Interno, Gestión de la Calidad y Desarrollo Administrativo.
ARTÍCULO 5o. <Resolución derogada por el artículo 6 de la Resolución 180659 de 2009> Corresponde al Grupo de Planeación y Cooperación Técnica Internacional del Ministerio efectuar la Divulgación del Plan Estratégico 2008 al interior de la Entidad.
ARTÍCULO 6o. <Resolución derogada por el artículo 6 de la Resolución 180659 de 2009> Los Planes de las Dependencias del Ministerio pueden ser modificados cuando las circunstancias lo ameriten, previa aprobación del Comité de Control Interno, Gestión de la Calidad y Desarrollo Administrativo.
Dichas modificaciones deberán ser reportadas al Grupo de Planeación con antelación a su vencimiento y monitoreadas por la Oficina de Control Interno.
ARTÍCULO 7o. <Resolución derogada por el artículo 6 de la Resolución 180659 de 2009> La presente resolución rige a partir de su expedición y deroga la Resolución número 18-0781 del 30 de mayo de 2007.
Publíquese y cúmplase.
18 de marzo de 2008.
El Ministro de Minas y Energía,
HERNÁN MARTÍNEZ TORRES.