Puede realizar búsquedas exactas dentro de este documento, ingrese el texto a buscar en la siguiente casilla:
RESOLUCIÓN 324 DE 2017
(junio 16)
Diario Oficial No. 50.277 de 27 de junio de 2017
MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL
DIRECCIÓN EJECUTIVA DE LA JUSTICIA PENAL MILITAR
Por la cual se corrige un error formal dentro de la Resolución número 000291 de 1o de junio de 2017.
LA DIRECTORA EJECUTIVA DE LA JUSTICIA PENAL MILITAR,
en desarrollo de los principios que rigen la función administrativa señalados en el artículo 209 de la Constitución Política, el artículo 45 de la Ley 1437 de 2011, y
CONSIDERANDO:
Que mediante Resolución número 000291 de 1o de junio de 2017, se dispuso en el artículo 4o “Otras disposiciones. (...) Realizar un reparto extraordinario por una sola vez de las investigaciones que cursan en el Juzgado 157 de Instrucción Penal Militar con sede en Cali- Valle con los Juzgados 145, 156, 158 y 194 de Instrucción Penal Militar, así:
Despacho que entrega | Carga de preliminares | Carga de sumarios | Despacho que recibe | # De preliminares que recibe | # De sumarios que recibe |
Juzgado 157 de Instrucción Penal Militar | 32 | 112 | Juzgado 145 de Instrucción Penal Militar | 5 | 15 |
Juzgado 156 de Instrucción Penal Militar | 5 | 15 | |||
Juzgado 158 de Instrucción Penal Militar | 11 | 41 | |||
Juzgado 194 de Instrucción Penal Militar | 11 | 41 |
Que el acto administrativo en mención, se encuentra debidamente firmado por la señora Directora Ejecutiva de la Justicia Penal Militar y al ser comunicado se evidenció que por error involuntario en el encabezado de la tabla consignada en el artículo 4o de la Resolución número 000291 de 2017 se intercambiaron los títulos que debían plasmarsen en la misma; de conformidad con el número de preliminares y sumarios que reposan en el Juzgado 157 de Instrucción Penal Militar;
Que se debe corregir parcialmente el artículo 4o del citado acto administrativo indicando que la carga de preliminares del mencionado despacho es ciento doce (112); así mismo que la carga de sumarios del Juzgado 157 de Instrucción Penal Militar es de treinta y dos (32), de conformidad con el concepto emitido mediante Oficio número 0713/MDN-DEJPM-GDG-56 de 14 de junio de 2017 por el Grupo de Desarrollo y Gestión;
Que el artículo 45 de la Ley 1437 de 2011 “Por la cual se expide el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo” señala que: “En cualquier tiempo, de oficio o a petición de parte, se podrán corregir los errores simplemente formales contenidos en los actos administrativos, ya sean aritméticos, de digitación, de transcripción o de omisión de palabras. En ningún caso la corrección dará lugar a cambios en el sentido material de la decisión, ni revivirá los términos legales para demandar el acto. Realizada la corrección, esta deberá ser notificada o comunicada a todos los interesados, según corresponda”;
Que por lo anterior y teniendo en cuenta que el error cometido es formal y no versa sobre el sentido de la decisión contenida en la Resolución número 000291 de 1o de junio de 2017, es viable corregir el error estableciendo el orden de los títulos de las mencionadas casillas de la tabla consignada en el artículo 4o del mencionado acto administrativo;
Que por lo anteriormente expuesto,
RESUELVE:
ARTÍCULO 1o. Corregir el orden de los títulos establecidos en el artículo 4o de la Resolución número 000291 de 1o de junio de 2017, “Por la cual se deroga la Resolución No. 000209 de 8 de abril de 2016, se disponen repartos, se cambian y fijan sedes y se asignan unidades policiales y militares a los despachos judiciales de la Justicia Penal Militar y Policial de la Primera Instancia adscritos a la Policía Nacional y se dictan otras disposiciones”, respecto del reparto extraordinario por una sola vez de las investigaciones que cursan en el Juzgado 157 de Instrucción Penal Militar con sede en Cali-Valle con los Juzgados 145, 156, 158 y 194 de Instrucción Penal Militar, así:
Despacho que entrega | Carga de sumarios | Carga de preliminares | Despacho que recibe | # Sumarios de que recibe | # Preliminares de que recibe |
Juzgado 157 de Instrucción Penal Militar | 32 | 112 | Juzgado 145 de Instrucción Penal Militar | 5 | 15 |
Juzgado 156 de Instrucción Penal Militar | 5 | 15 | |||
Juzgado 158 de Instrucción Penal Militar | 11 | 41 | |||
Juzgado 194 de Instrucción Penal Militar | 11 | 41 |
ARTÍCULO 2o. La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición y deroga las disposiciones que le sean contrarias.
Comuníquese y cúmplase.
Dada en Bogotá, D. C., a 16 de junio de 2017.
La Directora Ejecutiva de la Justicia Penal Militar,
CLARA CECILIA MOSQUERA PAZ.