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RESOLUCIÓN 240 DE 2012

(abril 23)

Diario Oficial No. 48.412 de 25 de abril de 2012

INSTITUTO NACIONAL DE MEDICINA LEGAL Y CIENCIAS FORENSES

Por medio de la cual se adopta el Modelo de Atención a las Violencias Basadas en Género para Clínica Forense.

EL DIRECTOR GENERAL,

en ejercicio de las facultades constitucionales, legales y reglamentarias, en especial las consagradas en la Constitución Política de Colombia, la Ley 938 de 2004, el Acuerdo número 04 del 28 de octubre de 2011 emanado de la Junta Directiva del Instituto Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses y

CONSIDERANDO:

Que de conformidad con lo estipulado en la Ley 1257 de 2008, mediante el cual se dictan normas que determinan la obligatoriedad del Estado de adoptar las medidas necesarias de sensibilización, prevención y atención a las mujeres que son víctimas de cualquier forma de violencia.

Que la Ley 1361 de 2009, por medio de la cual se crea la Ley de Protección Integral a la Familia, determina los principios que se aplicarán para fortalecer y garantizar el desarrollo integral de la familia como núcleo esencial de la sociedad.

Que en el parágrafo del artículo 7o de la Ley 1361 de 2009, establece que las Instituciones Públicas, la Sociedad Civil y los entes territoriales establecerán acciones, planes y programas tendientes a promover una cultura de protección de la institución familiar.

Que de acuerdo con el artículo 35 de la Ley 938 de 2004, la misión fundamental del Instituto es prestar auxilio y soporte científico y técnico a la administración de justicia en todo el territorio nacional, en lo concerniente a medicina legal y las ciencias forenses.

Que de conformidad con el numeral 1 del artículo 40 de la Ley 938 de 2004, establece que dentro de las funciones del Director General del Instituto se encuentra la de planear, organizar y controlar el desarrollo de las actividades del Instituto Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses, de acuerdo con las disposiciones legales vigentes y las orientaciones de la Junta Directiva.

Que en desarrollo de la misión institucional le corresponde organizar y dirigir el Sistema de Medicina Legal y Ciencias Forenses y controlar su funcionamiento y en consecuencia, definir los reglamentos técnicos que deben cumplir los distintos organismos y personas que realicen funciones periciales asociadas con medicina legal, ciencias forenses y ejercer control sobre su desarrollo y cumplimiento.

Que el Instituto Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses ha participado en el Programa “Estrategia Integral para la Prevención, Atención y Erradicación de todas las formas de Violencia Basada en Género en Colombia” para el cumplimiento de los objetivos del desarrollo del milenio, financiado por el programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD) y el Gobierno de España. Programa desarrollado por Unifem (Fondo de las Naciones Unidas para la Mujer), Unfpa (Fondo de Población de las Naciones Unidas) y la OIM (Organización Internacional de Migraciones).

Que con el apoyo del programa “Estrategia Integral para la Prevención, Atención y Erradicación de todas las formas de Violencia Basada en Género en Colombia”, se han identificado estrategias de mejoramiento para los procesos de atención del servicio en el Área de Clínica Forense en el marco de la política de atención diferencial de las violencias contra las mujeres desde la perspectiva de derechos humanos.

Que como resultado del Programa “Estrategia Integral para la Prevención, Atención y Erradicación de Todas las Formas de Violencia Basada en Género en Colombia”, se estructuró “El Modelo de Atención a las Violencias Basadas en Género para Clínica Forense”, con el fin de implementar acciones que propendan a la visibilización, el respeto y la adecuada atención de las Violencias basadas en Género.

Que en virtud del marco normativo nacional e internacional relativo a los derechos de la mujer, se hace necesario adoptar el “Modelo de Atención a las Violencias Basadas en Género para Clínica Forense”.

En mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

ARTÍCULO 1o. Adoptar el Modelo de Atención a las Violencias Basadas en Género para Clínica Forense en la prestación de los servicios misionales. El Modelo propende a la atención diferencial, la comprensión e identificación de la problemática de la violencia basada en género.

ARTÍCULO 2o. El Modelo de Atención a las Violencias Basadas en Género para Clínica Forense se implementará de acuerdo con las estrategias definidas en el documento.

ARTÍCULO 3o. Los reglamentos adelantados hasta la fecha para el área de clínica forense del Instituto Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses (delitos sexuales, violencia de pareja, lesiones en clínica forense), hacen parte constitutiva e integral en materia de violencia de género. En su aplicabilidad se debe contemplar los lineamientos definidos en el modelo de atención.

ARTÍCULO 4o. La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación.

Publíquese, comuníquese y cúmplase.

Dada en Bogotá, D. C. a los 23 de abril de 2012.

CARLOS EDUARDO VALDÉS MORENO.

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