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RESOLUCIÓN No 3718 de 2019

(diciembre 19)

<Fuente: Archivo interno entidad emisora>

JURISDICCIÓN ESPECIAL PARA LA PAZ

Por la cual se ordena la ejecución y pago de la tarifa de control fiscal de la Jurisdicción Especial para la Paz -JEP para la vigencia 2019

LA SECRETARIA EJECUTIVA DE LA JURISDICCIÓN ESPECIAL PARA LA PAZ

En ejercicio de sus facultades constitucionales y legales en especial las conferidas por el Decreto 2107 de 2017, el Artículo 124 de la Ley 1957 del 2019 y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 267 de la Constitución Política establece: "La vigilancia y el control fiscal son una función pública que ejercerá la Contraloría General de la República, la cual vigila la gestión fiscal de la administración y de los particulares o entidades que manejen fondos o bienes públicos, en todos los niveles administrativos y respecto de todo tipo de recursos públicos. La ley reglamentará el ejercicio de las competencias entre contralorías, en observancia de los principios de coordinación, concurrencia y subsidiariedad. El control ejercido por la Contraloría General de la República será preferente en los términos que defina la ley".

Que el artículo 137 de la Ley 1955 de 2019, determina: "TARIFA DE CONTROL FISCAL. La liquidación y recaudo de la Tarifa de Control Fiscal a la que se refiere el artículo 4 de la Ley 106 de 1993, será de competencia del Ministerio de Hacienda y Crédito Público a partir de la presente vigencia fiscal".

Que mediante la resolución 4414 del 25 de noviembre de 2019, el señor Ministro de Hacienda, delegó en la Dirección de Presupuesto Público Nacional y en la Dirección de Crédito Público y Tesoro Nacional las funciones de liquidación y recaudo, respectivamente, señaladas en la normativa en mención.

Que la Resolución 0038 del 5 de diciembre de 2019, "Por la cual se liquida la tarifa de control fiscal para la vigencia 2019 a los organismos y entidades fiscalizadas por la Contraloría General de la República", la Dirección General del Presupuesto Público Nacional del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, fijó el valor de la tarifa de control fiscal para la vigencia fiscal 2019 a cargo de la Jurisdicción Especial para la Paz -JEP por un monto de $403.407.800.

Que el artículo 4 de la Resolución 0038 del 5 de diciembre de 2019, determina que los sujetos de tarifa de control fiscal deberán pagar el monto establecido dentro de los diez (10 días hábiles siguientes a la firmeza de la resolución, y para aquellas entidades que hacen parte del Presupuesto General de la Nación, el procedimiento para llevar a cabo el pago se realizará a través del Sistema Integrado de Información Financiera -SIIF Nación.

Que mediante el Decreto 2467 del 28 de diciembre de 2018, se liquidó el Presupuesto General de la Nación para la vigencia fiscal de 2019, se detallan las apropiaciones y se clasifican y definen los gastos.

Que con oficio 2-2019-053272 del 16 de diciembre de 2019, la Dirección General del Presupuesto Público Nacional del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, aprobó la Resolución 3679 del 06 de diciembre de 2019 mediante la cual se realizó un traslado presupuestal al interior de la unidad ejecutora 44-01-04 "Secretaría Ejecutiva" para atender el pago de la cuota de fiscalización y auditaje, teniendo en cuenta que el valor inicial apropiado era insuficiente acorde con el valor fijado para la JEP en la resolución 0038 del 5 de diciembre de 2019.

Que en el presupuesto de funcionamiento de la Unidad Ejecutora 44-01-04 "Secretaría Ejecutiva", en el rubro A-08-04-01 "Cuota de Fiscalización y Auditaje" recursos 10 y 11, sin situación de fondos hay una partida apropiada por un monto de $403.407.808, la cual se encuentra disponible, libre de afectación y susceptible de ser ejecutada.

Que el parágrafo 2, artículo 1 del Decreto 2107 de 2017 establece: "De conformidad con las facultades que se consagran el artículo 110 del Decreto 111 de 1996, el Secretario Ejecutivo como representante legal y judicial de la JEP, se encargará de la administración, gestión y ejecución de los recursos de la Jurisdicción Especial para la Paz. Para el efecto, tendrá la capacidad de suscribir convenios, contratar, comprometer los recursos y ordenar el gasto a nombre de la JEP en desarrollo de las apropiaciones incorporadas en la respectiva sección."

Que en virtud de las disposiciones legales anteriormente señaladas,

RESUELVE

ARTÍCULO PRIMERO. - Ordenar se realice la ejecución y el pago de la tarifa de control fiscal asignada a la Jurisdicción Especial para la Paz -JEP durante la vigencia 2019 a través de la Subdirección Financiera, por valor de $403.407.800 a favor de la Contraloría general de la República y realizar los respectivos registros en el SIIF Nación.

ARTÍCULO SEGUNDO. - Ordenar a la Subdirección Financiera realizar el pago de la tarifa de control fiscal para la vigencia 2019 de la Jurisdicción Especial para la Paz -JEP, sin situación de fondos, con observancia de los lineamientos establecidos en los artículos 4o, 5o y 6o de la Resolución 0038 del 5 de diciembre de 2019, expedida por la Dirección General del Presupuesto Público Nacional del Ministerio de Hacienda y Crédito Público.

ARTÍCULO TERCERO. - La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición.

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE

Dada en Bogotá, D. C. a los 18 días mes de diciembre de 2019

MARÍA DEL PILAR BAHAMÓN FALLA

Secretaria Ejecutiva

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