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RESOLUCIÓN No 320 de 2019

(febrero 20)

<Fuente: Archivo interno entidad emisora>

JURISDICCIÓN ESPECIAL PARA LA PAZ

Por la cual se adicionan y se asignan desagregaciones en las cuentas de Gastos de Personal, Adquisición de Bienes y Servicios y Transferencias del Presupuesto de Funcionamiento de la Jurisdicción Especial para la Paz JEP, para la vigencia fiscal de 2019

LA SECRETARIA EJECUTIVA DE LA JURISDICCIÓN ESPECIAL PARA LA PAZ

En ejercicio de sus facultades constitucionales y legales en especial las conferidas por el Decreto 2107 de 2017

CONSIDERANDO:

Que la Ley 1940 del 26 de noviembre de 2018 "Por la cual se decreta el presupuesto de rentas y recursos de capital y ley de Apropiaciones para la vigencia fiscal del 1 de enero al 31 de diciembre de 2019”, asignó a la Jurisdicción Especial para la Paz una partida presupuestal por valor de $292.465.828.023

Que el Decreto 2467 del 28 de diciembre: de 2018 “por el cual se liquida el Presupuesto General de la Nación para la vigencia fiscal de 2019, se detalladlas apropiaciones y se clasifican y definen los gastos”, asignó a la Jurisdicción especial para la Paz JEP en Gastos de Funcionamiento para las Unidades 44-01-02 Tribunal de paz y salas de justicia”, las 44-01-03Justicia”, 44-01-03 “Unidad de Investigación y.-Acusación” y 44-01-04 “Secretaría Ejecutiva”, las partidas presupuéstales por valor de $103.049.541.67; $34.929.766.960 y $64.128.314.473, respectivamente.

Que el Artículo 6 del Decreto 412 del 2 de marzo de 2018, señala: "... ARTICULO 2.8.1.5.2. Anexo del Decretó de liquidación. El anexo del decreto de liquidación del presupuesto en lo correspondiente a gastos incluirá, además de las clasificaciones contempladas en el artículo 2.3.1.1.2, la desagregación para el caso de inversión, identificando los proyectos asociados a los programas de inversión y para el caso de funcionamiento y servicio de la deuda de acuerdo a. las cuentas, subcuentas y objetos de gasto que determine el Catálogo de Clasificación Presupuesta y objetos de gasto que determine el Catálogo de Clasificación Presupuestal -CCP que establezca la Dirección General del Presupuesto Público Nacional del Ministerio de Hacienda y Crédito Público con sujeción a Jo establecido en el Estatuto Orgánico de Presupuesto y en armonía con el estándar internacional de finanzas públicas. ”

Que el Artículo 14 del Decreto 412 de 2018, establece: “...ARTÍCULO 2.8.17.5. Registro de la ejecución presupuestal en el sistema integrado de información financiera. El registro de la ejecución del presupuesto de rentas y recursos de capital y del presupuesto de gastos del Presupuesto General de la Nación en el Sistema Integrado de Información Financiera SUR Nación, deberá hacerse de conformidad con el Catálogo de Clasificación Presupuestal - CCP que establezca la Dirección General del Presupuesto Público Nacional del Ministerio de Hacienda y Crédito Público y en los tiempos que permitan conocerla situación de las finanzas con mayor cercanía id momento de generarse el hecho económico.

Que el parágrafo 2, artículo 15 del Decreto 412 dispone: “Las entidades ejecutoras del Presupuesto General de la Nación deben garantizar que, id momento de cumplir con los requisitos que hacen exigible el pago de la obligación, esta se realice id máximo nivel de desagregación aplicado del Catálogo de Clasificación Presupuestal -CCP, para lo cual deben realizar las gestiones necesarias con los prestadores y proveedores para que en la documentación soporte de cumplimiento se describa el máximo nivel de detalle del gasto contratado de acuerdo al Catálogo de Clasificación Presupuestal -CCP. "

Que el Artículo 19 del Decreto 412 de 2018 señala: ARTÍCULO 2.9.1.2.7. Desagregación para la ejecución del presupuesto a través del SIIF Nación: Con el fin de vincular la gestión presupuestal de los ingresos y de los gastos a la gestión contable, las entidades usuarias del SIIF Nación deberán desagregar el presupuesto, al máximo nivel de detalle del Catálogo de Clasificación Presupuestal CCP establecido por la Dirección General del Presupuesto Público Nacional...”.

Que mediante Resolución 010 del 7 de marzo de 2018, el Director General del Presupuesto Público Nacional estableció el Catálogo de Clasificación Presupuestal y se dictaron otras disposiciones para su administración a que se refieren los considerandos anteriores, el cual se encuentra vigente a partir del año 2019.

Que el artículo 132 de Ley 1940 del 26 de noviembre de 2018, señala: “En el anexo del decreto de liquidación del Presupuesto General de la Nación para-la vigencia 2019, dentro de la sección presupuestal JURISDICCIÓN ESPECIAL PARA LA PAZ JEP”, el Tribunal de Paz y las Salas de Justicia, la Unidad de Investigación y Acusación y la Secretaria Ejecutiva, se identificarán como: unidades ejecutoras.”

Que con resoluciones Nos. 002 y 009 del 3 y 8 de enero de 2019, la Directora Administrativa y Financiera y el Subsecretario Ejecutivo, encargados de las funciones de la Secretaría Ejecutiva de la Jurisdicción Especial para la Paz -JEP, realizaron una primera desagregación en las cuentas de Funcionamiento; e Inversión.

Que mediante oficio 20195400060971 radicado en el Ministerio de Hacienda con No. 1-2019- 012538 del 11 de febrero se envió la Resolución 181 a la Dirección General del Presupuesto Público Nacional, para la aprobación de traslado presupuestal con el objeto de provisionar algunos rubros y recomponer otros de la cuenta de Funcionamiento, de acuerdo con la nueva clasificación del catálogo presupuestal y atendiendo directrices emanadas de esa Dirección.

Que con oficio 2-2019-005358 del 20 de febrero de 2019, la Dirección General del Presupuesto Público Nacional del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, aprobó la operación de ajuste en el presupuesto de Funcionamiento para la vigencia 2019 al interior de las Unidades Ejecutoras 44-01-02 "Tribunal de Paz y Salas de Justicia”, 44-01-03 "Unidad de Investigación y Acusación” y 44-01-04 "Secretaria Ejecutiva” por $16.327.411.102, $8.351.614.142 y $4.975.543.072, respectivamente.

Que, en virtud de las disposiciones legales señaladas, es necesario efectuar adiciones y asignaciones a la desagregación inicial en los rubros A-01-01-03 "Remuneraciones No Constitutivas de Factor Salarial de Gastos de Personal y en el A-03-04-02 "Incapacidades y Licencias de Maternidad (No Pensiones)” de las tres Unidades Ejecutoras, y adicionalmente, en el rubro A-02-02 "Adquisiciones Diferentes de Activos” de la Unidad Ejecutora "Secretaria

Ejecutiva”, conforme los requerimientos de la Subdirección de Talento Humano para atender el pago de la nómina de la Jurisdicción Especial para la Paz.

Que el parágrafo 2, artículo 1 del Decreto 2107 de 2017 establece: "De conformidad con las facultades que se consagran el artículo 110 del Decreto 111 de 1996, el Secretario Ejecutivo como representante legal y judicial de la JEP, se encargará la administración, gestión y ejecución de los recursos de la Jurisdicción Especial para la Paz. Para el electo, tendrá la capacidad de suscribir convenios, contratar, comprometer los recursos y ordenar el gasto a nombre de la JEP en desarrollo de bis apropiaciones incorporadas en la respectiva sección.”

Que, en virtud de las disposiciones legales señaladas, se requiere efectuar una adición y una asignación en las cuentas de Gastos de Personal y Adquisición de Bienes y Servicios del presupuesto de Funcionamiento de la Jurisdicción Especial para la Paz JEP para la vigencia 2019.

En mérito de lo anterior,

RESUELVE

ARTÍCULO PRIMERO. - Efectuar una adición y asignación a la desagregación en las cuentas de Gastos de Personal; Adquisición de bienes y servicios y Transferencias Corrientes del presupuesto de Funcionamiento de la Jurisdicción Especial para la Paz - JEP por la vigencia fiscal 2019, y por Unidades Ejecutoras, así:

UNIDAD 410102 - TRIBUNAL DE PAZ Y SALAS DE JUSTICIA

TipoCta/
Prog
Sube/
Subp
Obj/
Proy
Ord/
Subp
Sub
Ord
DESCRIPCIÓNAdiciónAsignación
A  FUNCIONAMIENTO13.136.88021.440.701.294
A01  GASTOS DE PERSONAL13.136.88020.886.571.003
A0101 PLANTA DE PERSONAL
PERMANENTE
13.136.88020.886.571.003
A010103 REMUNERACIONES NO CONSTITUTIVAS DE FACTOR SALARIAL13.136.88020.886.571.003
A010103001001Sueldo de Vacaciones2.375.268.264
A010103001002Indemnización por Vacaciones3.200.439
A010103059Bonificación Judicial13.136.880
A010103081Bonificación por Compensación13.744.317.440
A010103082Prima Especial de Servicios4.763.784.860
TipoCta/ProgSube / SubpObj/ProyOrd/
Subp
SubOrdDESCRIPCIÓNAdiciónAsignación
A03  TRANSFERENCIAS
CORRIENTES
554,130.291
A0304 PRESTACIONES SOCIALES554.130.291
A030402 PRESTACIONES SOCIALES RELACIONADAS CON EL EMPLEO554.130.291
A030402012Incapacidades y Licencias de Maternidad (No Pensiones)554.130.291

UNIDAD 440103- UNIDAD DE INVESTIGACIÓN Y ACUSACIÓN

TipoCta/
Prog
Sube / SubpObj/
Proy
Ord/
Subp
Sub
Ord
DESCRIPCIÓNAdiciónAsignación
A  FUNCIONAMIENTO3.220.844.4845.130.769.658
A01  GASTOS DE PERSONAL3.220.844.4844.938.124.742
A0101 PLANTA DE PERSONAL PERMANENTE. 3.220.844.4844.938.124.742
A010103 REMUNERACIONES NO CONSTTTUTTVAS DE
FACTOR SALARIAL
3.220.844.4844.938.124.742
A010103001 001Sueldo dé Vacaciones '861.636.673
A01010329Bonificación de Actividad Judicial403.610.516
A0101'03059.Bonificación Judicial3.220.844.484
A010103081Bonificación por Compensación1.059.132.232
A010103082Prima Especial de Servicios2.6Í 3.745.321
A03  TRANSFERENCIAS
CORRIENTES
192.644.916
A0304 PRESTACIONES SOCIALES192.644.916
A030402 PRESTACIONES SOCTAI ES RELACIONADAS CON EL EMPLEO192.644.916
A030402012Incapacidades y Licencias de Maternidad (No Pensiones)192.644.916

UNIDAD 410104 - SECRETARIA EJECUTIVA

TipoCta/
Prog
Sube / SubpObj/
Proy
Ord/
Subp
Sub
Ord
DESCRIPCIÓNAdiciónAsignación
A  FUNCIONAMIENTO3.681.215.7171.294.327.355
A01  GASTOS DE PERSONAL3.003.115.717994.951.962
A0101 PLANTA DE PERSONAL PERMANENTE3.003.115.717994.951.962
TipoCta/ProgSube/SubpObj/ProyOrd/SubpSubOrdDESCRIPCIÓNAdiciónAsignación
A010103 REMUNERACIONES NO
CONSTITUTIVAS DE FACTOR SALARIAL
3.003.115.717994.951.962
A010103001001Sueldo de Vacaciones757.338.751
A010103002Prima Técnica No Salarial900.934.715
A010103059Bonificación Judicial2.102. (81.002
A010103082Prima Especial de Servicios237.613.211
A02  ADQUISICIÓN DE BIENES Y
SERVICIOS
678.100.000
A0202 ADQUISICIONES DIFERENTES
DE ACTIVOS
678.100.000
A020201004Productos metálicos y paquetes de software5,000,000
A0202002007Servicios financieros y servicios conexos servicios inmobiliarios y servicios de leasing 
A03  TRANSFERENCIAS CORRIENTES299.375.393
A0304 PRESTACIONES SOCIALES299.375.393
A0304 PRESTACIONES SOCIALES RELACIONADAS CON EL EMPLEO299.375.393
A030402012Incapacidades y Licencias de
Maternidad (No Pensiones)
299.375.393

ARTÍCULO SEGUNDÓ. - La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición.

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE

Dada en Bogotá, D. C. a los 20 días del mes de febrero de 2019

MARIA DEL PILAR BAHAMON FALLA

Secretaria Ejecutiva

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