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RESOLUCIÓN 673 DE 2015

(junio 3)

Diario Oficial No. 49.541 de 12 de junio de 2015

INSTITUTO NACIONAL DE SALUD

Por medio de la cual se aclara parcialmente y adiciona la Resolución número 0182 del 6 de febrero de 2015.

EL DIRECTOR GENERAL (E) DEL INSTITUTO NACIONAL DE SALUD,

en uso de sus facultades legales y estatutarias, establecidas por el artículo 209 de la Constitución Política, especialmente las consagradas en el numeral 11 del artículo 9o del Decreto número 4109 de 2011, en el numeral 23 del artículo 5o del Decreto número 2774 de 2012 y las demás normas concordantes y reglamentarias,

CONSIDERANDO:

Que mediante Resolución número 0182 del 6 de febrero de 2015, el Director General del Instituto Nacional de Salud, actualizó los precios de los bienes y servicios de la Entidad, haciendo uso de las facultades conferidas en el Acuerdo número 004 del 20 de junio de 2000 “por el cual se determinan políticas de ventas y se autoriza al Director General del Instituto Nacional de Salud para fijar y modificar precios”.

Que verificando el acto administrativo se observa que se cometió un error involuntario al enunciar en su primer considerando, el Acuerdo número 004 del 20 de junio de 2000 “por el cual se determinan las políticas de ventas y se autoriza al Director General del Instituto Nacional de Salud para fijar y modificar los precios de los bienes y servicios que produzca y preste el IUNS en desarrollo de sus objetivos” cuyo sustento es el Acuerdo número 001 que fue aprobado por el Decreto número 1049 de 1995; este último derogado por el artículo 20 del Decreto 272 de 2004 cuya vigencia finalizó el 2 de noviembre de 2011 (artículo 12 del Decreto número 4109 de 2011).

Que el fundamento legal que faculta al Director General del Instituto Nacional de Salud para fijar el precio de los bienes y servicios de la Institución, se encuentra en el numeral 21, artículo quinto del Decreto número 2774 del 28 de diciembre de 2012.

Que teniendo en cuenta lo anterior, es necesario aclarar en lo pertinente, el enunciado facultativo, así como la parte considerativa de la Resolución número 0182 de 2015.

Que posterior a la publicación de la Resolución número 0182 del 6 de febrero de 2015, se estableció el costo de Detección de Virus entérico en agua de consumo humano (002-2015), para determinar su precio y por lo tanto se requiere incluir el ítem número 378.

Que la serología para hongos (Histoplasma capsulatum y Paracoccidioides brasiliensis), es un servicio que en algún momento fue comercializado por el INS, el cual no quedó incluido en la Resolución número 0182 de 2015, y posterior, a su publicación, se evidenció la necesidad de retomar su comercialización y fijar un precio, con el fin de suplir las solicitudes para la práctica de dicha prueba realizadas por diferentes clientes.

Que teniendo en cuenta que dentro del objeto y funciones de esta Entidad, no existe obligación de realizar el envío especializado de los diferentes bienes y servicios ofertados en la Resolución número 0182 de 2015, se hace necesario aclarar este aspecto dentro de dicha resolución, con el propósito de que sea el cliente quien deba realizar el traslado de los bienes que adquiera a su lugar de destino, sin perjuicio de lo que se haya acordado entre las partes.

Que en mérito de lo anteriormente expuesto,

RESUELVE:

ARTÍCULO 1o. Aclarar la Resolución número 0182 del 6 de febrero de 2015, en el sentido que el fundamento legal que faculta al Director General del Instituto Nacional de Salud para fijar el precio de los bienes y servicios de la Institución, corresponde al numeral 21, artículo quinto del Decreto número 2774 de 2012.

ARTÍCULO 2o. Adicionar al artículo 1o de la Resolución número 0182 del 6 de febrero de 2015, incluyendo el ítem número 378, como se indica a continuación:

VIROLOGÍA
378Detención de virus Entérico en Aguas de Consumo Human$ 3.800.000

ARTÍCULO 3o. Adicionar al artículo 1o de la Resolución número 0182 del 6 de febrero de 2015, incluyendo el ítem número 379, como se indica a continuación:

MICROBIOLOGÍA

379Serología para hongos (Histoplasma capsulatum y Paracoccidioides brasiliensis)$50.000

ARTÍCULO 4o. Adicionar al artículo 1o de la Resolución número 0182 del 6 de febrero de 2015, el siguiente parágrafo:

PARÁGRAFO 1o. Los gastos de envío de los bienes y servicios ofertados en el presente acto administrativo, estarán a cargo del cliente, quien deberá garantizar el cumplimiento de los procedimientos de bioseguridad para su envío, como sea necesario en cada caso.

ARTÍCULO 5o. Las demás disposiciones contenidas en la Resolución número 0182 del 6 de febrero de 2015, siguen sin modificación alguna y por consiguiente tienen plenos efectos.

ARTÍCULO 6o. La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación.

Publíquese y cúmplase.

Dada en Bogotá, D. C., a 3 de junio de 2015.

Director General (e),

MANCEL ENRIQUE MARTÍNEZ DURÁN.

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