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RESOLUCIÓN 2863 DE 2023
(noviembre 22)
Diario Oficial No. 52.588 de 23 de noviembre de 2023
DEPARTAMENTO NACIONAL DE PLANEACIÓN
Por la cual se modifica la Resolución número 1025 de 2021 “Por la cual se establece e implementa el Sistema de Evaluación basado en Puntajes para proyectos de inversión” y su anexo técnico, de conformidad con el artículo 16 del Plan Nacional de Desarrollo 2022-2026.
EL DIRECTOR GENERAL DEL DEPARTAMENTO NACIONAL DE PLANEACIÓN,
en ejercicio de las facultades legales conferidas por el parágrafo del artículo 3o del Decreto Ley 1534 de 2017, en concordancia con las funciones señaladas en los numerales 1, 3 y 27 del artículo 6o del Decreto número 1893 de 2021, y
CONSIDERANDO:
Que el Acto Legislativo 04 de 2017, adicionó el artículo 361 de la Constitución Política con el propósito de destinar recursos del Sistema General de Regalías (SGR) para proyectos de inversión que tengan como objetivo la implementación del Acuerdo Final para la Terminación del Conflicto y la Construcción de una Paz Estable y Duradera (Acuerdo Final), incluyendo la financiación de proyectos destinados a la reparación integral de las víctimas.
Que el Decreto Ley 1534 de 2017 “Por el cual se reglamenta el funcionamiento del Órgano Colegiado de Administración y Decisión - OCAD PAZ y la Asignación para la Paz a los que se refiere el Acto Legislativo número 04 del 8 de septiembre de 2017”, en el artículo 3o señaló los criterios de priorización para los proyectos de inversión que tengan por objeto la implementación del Acuerdo Final, tales como: i) el beneficio a la población de las entidades territoriales con mayor grado de afectación por el conflicto, ii) inversión destinada a la sustitución o erradicación de cultivos ilícitos, iii) inversión destinada a fortalecer el desarrollo económico y social en zonas rurales, iv) inversión destinada a la reparación de víctimas del conflicto.
Que frente a la evaluación de proyectos de inversión por el Órgano Colegiado de Administración y Decisión Paz (OCAD Paz), el parágrafo del mencionado artículo 3o del Decreto Ley 1534 de 2017, señala que el Departamento Nacional de Planeación (DNP) implementará un Sistema de Evaluación basado en Puntajes para los proyectos de inversión que tengan por objeto la implementación del Acuerdo Final que tendrá en cuenta los criterios de priorización (SEP Paz), el cual no aplicará cuando se financien proyectos de inversión con los recursos a los que se refiere el parágrafo 8 transitorio del artículo 361 de la Constitución Política (Infraestructura de Transporte), de los que permanecen saldos sin aprobar.
Que el Sistema de Evaluación por Puntajes tiene como propósito mejorar y apoyar la toma de decisiones del proceso de selección para la priorización y aprobación de proyectos de inversión financiados con recursos del Sistema General de Regalías a que se refieren los parágrafos 4 y 7 del Acto Legislativo 04 de 2017 (Asignación para la Paz y FONPET).
Que, el Gobierno nacional expidió el Decreto Ley 413 de 2018 “Por el cual se definen las reglas de priorización de las entidades territoriales beneficiarias de la Asignación para la Paz del Sistema General de Regalías (SGR) y se dictan disposiciones relacionadas con la aprobación de proyectos de inversión en el OCAD Paz”.
Que la Ley 2056 de 2020 “por la cual se regula la organización y el funcionamiento del Sistema General de Regalías”, en su artículo 29, establece las características que deben cumplir los proyectos de inversión susceptibles de ser financiados con los recursos del Sistema General de Regalías, que deben considerarse en adición a los criterios ya mencionados.
Que, el 7 de mayo de 2021, el DNP expidió la Resolución número 1025 “Por la cual se establece e implementa el Sistema de Evaluación basado en Puntajes para proyectos de inversión”.
Que la Ley 2279 de 2022, “Por la cual se decreta el presupuesto del Sistema General de Regalías para el bienio del 1 de enero de 2023 al 31 de diciembre de 2024” estableció en el artículo 24, que para la aprobación por el OCAD Paz de los proyectos de inversión que tengan entre sus fuentes de financiación recursos de la Asignación para la Paz o del desahorro del FONPET SGR, se aplicará como criterio de priorización el cierre de brechas socioeconómicas entre municipios con Programas de Desarrollo con Enfoque Territorial (PDET), para garantizar la distribución equitativa de estos recursos.
Que el mencionado artículo 24 de la Ley 2279 de 2022, dispuso que dichos criterios de priorización serían adoptados mediante Acuerdo por el OCAD Paz y que, para estos efectos, el Departamento Nacional de Planeación (DNP) y la Agencia de Renovación del Territorio (ART) presentarían ante el OCAD Paz dentro de los dos (2) meses siguientes a la entrada en vigencia de esta ley, la propuesta metodológica de dichos criterios.
Que en cumplimiento del artículo 24 de la Ley 2279 de 2022, considerando las reglas de priorización previamente establecidas en el Acto Legislativo 04 de 2017, el Decreto Ley 1534 de 2017 y las modificaciones al Decreto Ley 413 de 2018 contenidas en la Ley 2294 de 2023, el DNP y la ART construyeron una propuesta metodológica para la priorización de proyectos de inversión a financiarse con recursos de la Asignación para la Paz y del desahorro FONPET SGR, que fue presentada al OCAD Paz en el plazo indicado en la Ley 2279 de 2022, y adoptada por esta instancia mediante el Acuerdo número 69 del 15 de septiembre de 2023.
Que el artículo 372 de la Ley 2294 de 2023 Por la cual se expide el Plan Nacional de Desarrollo 2022-2026 “Colombia Potencia Mundial de la Vida” derogó el artículo 3o del Decreto Ley 413 de 2018.
Que el artículo 16 del Plan Nacional de Desarrollo 2022-2026 modificó el artículo 2o del Decreto Ley 413 de 2018 estableciendo que para la viabilización, priorización y aprobación de proyectos de inversión a ser financiados con recursos de la Asignación para la Paz, el OCAD Paz tendrá en cuenta los criterios de priorización territorial definidos en el inciso 4 del parágrafo 7 transitorio del Acto Legislativo 04 de 2017, incluidos en el Sistema de Evaluación por Puntajes (SEP Paz) definido por el DNP.
Que según lo dispuesto en el artículo 16 de la Ley del Plan Nacional de Desarrollo 2022-2026, en concordancia con el artículo 24 de la Ley 2279 de 2022, se revisó la metodología establecida en la Resolución número 1025 de 2021, requiriendo ajustes en las ponderaciones de los criterios y la inclusión de nuevas variables de medición a que se refiere el Acto Legislativo 04 de 2017, para lograr una distribución equitativa de los recursos que define el OCAD Paz.
Que el Sistema de Evaluación por Puntajes (SEP Paz) tiene fundamento en las características definidas en los artículos 29 y 57 de la Ley 2056 de 2020, los criterios del inciso 4 del parágrafo 7 transitorio del Acto Legislativo 04 de 2017, del artículo 3o del Decreto Ley 1534 de 2017 y del artículo 24 de la Ley 2279 de 2022. Su aplicación constituye un insumo que orienta la toma de decisiones de los miembros que conforman el Órgano Colegiado de Administración y Decisión Paz (OCAD Paz).
En mérito de lo expuesto,
RESUELVE:
ARTÍCULO 1o. OBJETO. La presente resolución tiene por objeto modificar la Resolución número 1025 de 2021 y su anexo técnico, el cual hace parte integral del presente acto administrativo, con el fin de ajustar los criterios e incluir nuevas variables de medición de conformidad con lo señalado en el Acto Legislativo 04 de 2017 y el artículo 16 del Plan Nacional de Desarrollo 2022-2026.
PARÁGRAFO TRANSITORIO. A los proyectos de inversión que a la entrada en vigencia de esta resolución se encuentren en las diferentes etapas del ciclo de los proyectos de inversión sin haber sido aprobados, deberá aplicarse el sistema de evaluación por puntajes descrito en el anexo técnico que hace parte de la presente resolución.
ARTÍCULO 2o. Modifíquese el artículo 4o de la Resolución número 1025 de 2021, el cual quedará así:
Artículo 4o. Operación. De conformidad con los numerales 13, 14 y 15 del artículo 1.2.4.2.2. del Decreto Único del SGR, corresponde a la Secretaría Técnica del OCAD Paz aplicar el SEP Paz a los proyectos de inversión que, teniendo por objeto la implementación del Acuerdo Final, se presenten a consideración del OCAD Paz; así como remitir los resultados con la convocatoria para la sesión de viabilización, priorización o aprobación. Así mismo, la Secretaría presentará los resultados de la aplicación del SEP Paz durante la mencionada sesión.
En el evento que un proyecto de inversión obtenga un puntaje inferior a 29 puntos de acuerdo con el Anexo Técnico, le corresponderá a la Secretaría Técnica del OCAD Paz o la que haga sus veces, informar dicho resultado a la entidad que presentó el proyecto de inversión de manera previa a la sesión.
PARÁGRAFO. Los miembros del OCAD Paz podrán verificar los resultados de la aplicación del SEP Paz a través del aplicativo que el Departamento Nacional de Planeación (DNP) disponga para tal fin.
ARTÍCULO 3o. Modifíquese el artículo 5o de la Resolución número 1025 de 2021, el cual quedará así:
Artículo Transitorio. Implementación del anexo técnico. El anexo técnico de la presente resolución se parametrizará en el aplicativo que soporta el Banco de Proyectos de Inversión del SGR, en un término de seis (6) meses. Entre tanto, la Secretaría Técnica del OCAD Paz utilizará la herramienta que se desarrolle y aplique en el marco de las convocatorias que se adelanten para la aprobación de proyectos por esta instancia. Adicionalmente el DNP pondrá a disposición del público, un formato para realizar la simulación del cálculo de puntaje por proyecto denominado “formato para simulación de puntaje”, publicado en la página web del SGR, observando los principios de igualdad, celeridad, imparcialidad y publicidad, procurando la trazabilidad y seguimiento de las actuaciones.
ARTÍCULO 4o. VIGENCIA. La presente resolución rige a partir de su expedición y modifica la Resolución número 1025 de 2021 y su anexo técnico.
Publíquese y cúmplase.
Dada en Bogotá, D. C., a 22 de noviembre de 2023.
El Director General,
Jorge Iván González.
Metodología para la priorización de proyectos de
inversión a ser financiados con la Asignación Paz
y desahorro del Fondo Nacional de Pensiones de
las Entidades Territoriales – FONPET
Bienio 2023 – 2024 del Sistema General de Regalías
Dirección de Información y Prospectiva - ART
Dirección de Gestión y Promoción del Sistema General de Regalías - DNP
V. 04 de agosto de 2023
<Consultar anexo original descargado de la web de la entidad (26/12/2023) directamente en el siguiente enlace:
https://normograma.com/documentospdf/PDF/R_DNP_2863_2023-ANEXO.pdf