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RESOLUCIÓN 10826 DE 2009

(octubre 7)

Diario Oficial No. 47.509 de 21 de octubre de 2009

DIRECCIÓN DE IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALES

Por la cual se modifica y adiciona la Resolución 0011 del 4 de noviembre de 2008, modificada y adicionada por las Resoluciones 00782 y 02281 de 2008, 4105 y 7257 de 2009.

EL DIRECTOR GENERAL DE IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALES,

en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por los numerales 1 y 23 del artículo 6o y el artículo 50 del Decreto 4048 de 2008.

RESUELVE:

ARTÍCULO 1o. Suprímese el Grupo Interno de Trabajo de Depuración de Cartera, ubicado en la División de Gestión de Cobranzas de la Dirección Seccional de Impuestos de Bogotá, creado mediante el artículo 91 de la Resolución 0011 del 4 de noviembre de 2008 y modificado por el artículo 7o de la Resolución 2281 del 30 de diciembre de 2008.

ARTÍCULO 2o. Modifícase el artículo 119 de la Resolución 0011 del 4 de noviembre de 2008, el cual queda así.

Artículo 119. Crear el Grupo Interno de Trabajo de Normalización de Saldos en el Despacho del Director Seccional en las Direcciones Seccionales de Impuestos de Bogotá, Barranquilla, Cali, Medellín, Grandes Contribuyentes, Cartagena, Bucaramanga, Ibagué, Neiva, Santa Marta, Pereira, Cúcuta, Manizales y Popayán para el cumplimiento de las siguientes funciones además de las dispuestas en el artículo 113 de la presente resolución.

1. Recibir de la Coordinación Control Básico de Obligaciones de la Subdirección de Gestión de Recaudo y Cobranzas, para su normalización, las obligaciones tributarias de las vigencias 2005 y anteriores.

2. Coordinar y priorizar la cartera a repartir por cuantía y por concepto a normalizar.

3. Solicitar a los empleados o a la dependencia competente de la División de Gestión de Cobranzas o División de Gestión de Recaudo y Cobranzas, según el caso, los expedientes o procesos a su cargo pera adelantar el procedimiento de normalización.

4. Analizar en forma integral el ciento por ciento (100%) de las obligaciones cargadas en el aplicativo de normalización de saldos, realizando cruces de información entre los diferentes sistemas de la Entidad utilizados para gestionar el proceso de cobro y el recaudo, garantizando el cumplimiento de los lineamientos impartidos en la reglamentación establecida para tal fin.

5. Aplicar, fraccionar o endosar títulos de Depósito Judicial en los eventos en que una vez aplicado el título, la (s) obligación (es) se cancela (n) o se normaliza (n) mediante acto administrativo de prescripción, saldo irreal o de remisión y que el expediente no esté asignado en reparto a empleado alguno, por SIPAC o por Siscobra_Candado.

6. Tramitar con las dependencias responsables de la administración de los aplicativos (Gestor, Cin-20, Sipac, Siscobra_Candado, Notificar y/o CCC), las solicitudes de corrección de inconsistencias o captura de actos administrativos en los aplicativos institucionales; hacer seguimiento a la actualización de la información y reiterar la solicitud de no producirse el resultado esperado.

7. Clasificar la cartera vigente, indicando el estado de cada obligación para la toma de decisiones, de acuerdo con la fijación de las metas de recaudo y para que automáticamente se efectúen los asientos contables según el caso, por lo que las vigencias 2005 y anteriores se trasladaron a las Cuentas de orden – Activos Retirados.

8. Proyectas pala la firma del empleado competente los actos administrativos relacionados con el proceso de normalización.

9. Verificar que la información que resulte de la generación del acto administrativo de normalización de saldos, actualice en forma correcta los sistemas de la Entidad utilizados para gestionar el proceso de cobro y el recaudo.

10. Devolver a los empleados o a la dependencia competente de la División de Gestión de Cobranzas o División de Gestión de Recaudo y Cobranzas, los expedientes o procesos a su cargo, con los actos expedidos y soportes a que haya lugar debidamente archivados y foliados.

11. Informar a la Coordinación Control Básico de Obligaciones de la Subdirección de Gestión de Recaudo y Cobranzas, sobre los problemas técnicos del aplicativo Normaliza, que impidan el normal desarrollo del procedimiento de Normalización de Saldos.

12. Elaborar y enviar requerimientos al deudor, cuando se trate de obligaciones vigentes registradas únicamente en la Cuenta Corriente Contribuyente, susceptibles de decretárseles la remisión de menor cuantía de conformidad con el inciso 3o del artículo 820 del Estatuto Tributario y el artículo 4o del Decreto Reglamentario 328 de 1995.

13. Trasladar a la División de Gestión de Recaudo y Cobranzas o a la División de Gestión de Cobranzas las obligaciones vigentes, registradas únicamente en la Cuenta Corriente Contribuyente que no cumplan los requisitos para ser declaradas remisibles de menor cuantía.

14. Conformar el archivo de actos administrativos de prescripción, remisión o saldos irreales, con los soportes respectivos cuando se trate de obligaciones registradas únicamente en la Cuenta Corriente Contribuyente y velar por la debida custodia, hasta su traslado al archivo.

15. Adelantar actividades de control que permitan mitigar los riesgos asociados al procedimiento de normalización de saldos, así como evaluar periódicamente la calidad y oportunidad que garanticen su cumplimiento, de conformidad con los lineamientos establecidos por la Subdirección de Gestión de Recaudo y Cobranzas.

16. Evaluar mensualmente la gestión y cumplir las metas asignadas por la Subdirección de Gestión de Recaudo y Cobranzas.

17. Las demás funciones que se deriven del procedimiento de Normalización de Saldos”.

ARTÍCULO 3o. Adiciónase el artículo 120 en la Resolución 0011 del 4 de noviembre de 2008 el cual queda así:

Artículo 120. Vigencia. La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación y deroga las normas que le sean contrarias”.

ARTÍCULO 4o. VIGENCIA. La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación.

Publíquese y cúmplase.

Dada en Bogotá, D. C., a 7 de octubre de 2009.

El Director general,

NÉSTOR DÍAZ SAAVEDRA.

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