Puede realizar búsquedas exactas dentro de este documento, ingrese el texto a buscar en la siguiente casilla:
RESOLUCIÓN 156 DE 2021
(diciembre 20)
Diario Oficial No. 51.894 de 20 de diciembre de 2021
DIRECCIÓN DE IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALES
<NOTA DE VIGENCIA: Resolución 60 de 2020 NULA, con efectos diferidos>
Por la cual se adiciona el artículo 1o de la Resolución 00060 del 11 de junio de 2020.
EL DIRECTOR GENERAL DE LA UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DIRECCIÓN DE IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALES (DIAN),
en ejercicio de sus facultades legales, especial la que le confiere el artículo 2o del Decreto Ley 770 de 2005, y
CONSIDERANDO:
Que en desarrollo de las facultades extraordinarias concedidas en el artículo 122 de la Ley 2010 de 2019 se expidió el Decreto Ley 071 del 24 de enero de 2020 “Por el cual se establece y regula el Sistema Específico de Carrera de los empleados públicos de la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, y se expiden normas relacionadas con la administración y gestión del talento humano de la DIAN”, el cual derogó el Decreto Ley 765 de 2005, que regulaba el sistema específico de carrera para los servidores de la DIAN;
Que de conformidad con lo previsto en el artículo 15 del Decreto Ley referido, el Manual Específico de Requisitos y Funciones es un instrumento de gestión interna del Sistema Específico de Carrera Administrativa de la DIAN;
Que tras la expedición del Decreto Ley en mención, mediante la Resolución número 00060 del 11 de junio de 2020 se adoptó el “Manual Específico de Requisitos y Funciones para los empleos de la planta permanente de personal de la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN)”, a que refiere el artículo 15 citado, modificando, entre otros, los requisitos mínimos de escolaridad, experiencia para su desempeño y adicionando para algunos la competencia del dominio del idioma inglés;
Que la Ley 1006 de 2006 “Por la cual se reglamenta la profesión de Administrador Público y se deroga la Ley 5 de 1991”, en su artículo 9 señala: “Para el ejercicio de empleos de carácter administrativo en las entidades del Estado en cualquiera de los niveles territoriales, se incluirá la profesión de Administrador Público en los manuales de funciones de dichas entidades como una de las profesiones requeridas para el ejercicio del cargo”, norma que hace imperativo que la profesión de Administrador Público haga parte de las disciplinas que como requisito mínimo de escolaridad se exija para el desempeño de los empleos pertenecientes a todos los procesos de la DIAN, disposición a la que debe sujetarse la Resolución 00061 de 2020, en consideración a su superior jerarquía;
Que en algunas de las fichas del Manual Especifico de Requisitos y Funciones de los empleos del Proceso de Operación Aduanera y del Servicio al Ciudadano asociado al primero, no se encuentra la disciplina de Ingeniería Química y dada la naturaleza, el propósito y las funciones de estos empleos, la profesión en mención aplica para su desempeño;
Que para adquirir los servidores públicos la competencia del dominio del idioma inglés, el Gobierno nacional ha instruido a las entidades para que ofrezcan a su talento humano programas de formación en el bilingüismo y la DIAN en acatamiento de la instrucción dada, a través del Plan Institucional de Capacitación (PIC) ha venido capacitando a sus servidores públicos en la materia, proceso de formación que se encuentra en ejecución, por lo que se hace necesario diferir en el tiempo la exigencia del requisito del idioma inglés para el desempeño de algunos empleos de la planta permanente de la entidad;
Que en mérito de lo expuesto este Despacho,
RESUELVE:
ARTÍCULO 1o. <Resolución 60 de 2020 NULA, con efectos diferidos> Adicionar el artículo 1o de la Resolución 00060 del 11 de junio de 2020, así:
“Parágrafo 1. De conformidad con el artículo 9o de la Ley 1006 de 2006 la profesión de Administrador Público se encuentra incluida en el Manual Específico de Requisitos y Funciones como requisito mínimo para el desempeño de los empleos permanentes que conforman la planta de personal de la DIAN, salvo para los empleos que corresponde a las fichas identificadas así: AT-OP-2025, AT-OP-2027, AT-OP-2029, AT-OP-2032, AT-OP-3002, AT-OP-3004, AT-OP-3006, AT-OP-3008, AT-OP-3010, AT-OP-3012, AT-OP-3014, AT-OP-3016, desde la AT-OP-3023 a la AT-OP-3036.
PARÁGRAFO 2o. La profesión de Ingeniería Química se encuentra incluida en el Manual Específico de Requisitos y Funciones como disciplina para el desempeño de los empleos a que corresponden las fichas del Manual identificadas así: AT-OP-2023 a la AT-OP-2032, desde la AT-OP-3001 a la AT-OP-3016¸ desde la AT-OP-3023 a la AT-OP-3036, desde la CC-AU-2009 a la CC-AU-2013, desde la CC-AU-3001 a la CC-AU-3008, DR-LN-5002, DR-LN-5015, DR-LN-5017, DR-LN-5047, DR-LN-5049¸ DR-LN-5036; DR-LN-5037, DR-LN-5038 y DR-LN-5039.
PARÁGRAFO 3o. La exigencia de la competencia del dominio del idioma inglés como requisito mínimo para el desempeño de algunos empleos permanentes de la planta de personal de la DIAN, se difiere para los procesos de selección que se convoquen a partir del 2024. Lo anterior aplica igualmente para los procesos de provisión de empleos a través de la figura del encargo y del nombramiento provisional.
ARTÍCULO 2o. VIGENCIA. <Resolución 60 de 2020 NULA, con efectos diferidos> La presente resolución rige a partir del día hábil siguiente a la fecha de su publicación en el Diario Oficial y adiciona el artículo 1o de la Resolución 00060 del 11 de junio de 2020.
Publíquese y cúmplase.
Dada en Bogotá, D. C., a 20 de diciembre de 2021.
El Director General,
Lisandro Manuel Junco Riveira.