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RESOLUCIÓN ORGANIZACIONAL OGZ-0869-2024 DE 2024

(octubre 18)

Diario Oficial No. 52.918 de 23 de octubre de 2024

CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA

Por la cual se modifica la Resolución Organizacional OGZ-862 del 16 de abril de 2024, por la cual se ordena la delegación en materia de contratación estatal, administración del Talento Humano; se reglamenta la Junta de adquisiciones, el comité evaluador y se dictan disposiciones en materia de contratación y otras actividades administrativas al Interior de la Contraloría General de la República, se derogan las Resoluciones Organizacionales 191 de 2015, 718 de 2019, 741 de 2020, 775 de 2021, y 782 de 2021, y se dictan otras disposiciones.

EL CONTRALOR GENERAL DE LA REPÚBLICA,

en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas en los numerales 2 y 4 del artículo 35 y en el artículo 76 Decreto número 267 de 2000, y,

CONSIDERANDO:

Que el artículo 267 de la Constitución Política, modificado por el artículo 1o del Acto Legislativo 4 de 2019, en su inciso sexto preceptúa que la Contraloría General de la República es una Entidad de carácter técnico con autonomía administrativa y presupuestal.

Que el artículo 7o del Decreto Ley 267 de 2000, determina que, en ejercicio de la autonomía contractual, el Contralor General de la República suscribirá en nombre y representación de la entidad, los contratos que debe celebrar en cumplimiento de sus funciones; sin perjuicio de la delegación que al efecto realice conforme a lo dispuesto en la ley.

Que conforme al artículo 12 del Decreto Ley 267 de 2000, es objetivo del Despacho del Contralor prestar los apoyos auxiliares y administrativos inmediatos que demande el Contralor General de la República contribuyendo a facilitar el ejercicio de sus atribuciones, competencias y funciones constitucionales y legales.

Que el artículo 26 del Decreto Ley 267 de 2000, faculta al Contralor General de la República, para que mediante acto administrativo delegue las funciones de ejecución presupuestal, ordenación del gastó y contratación, y para el caso de contratación, la delegación procederá en los términos autorizados por la Ley 80 de 1993.

Que el numeral 4 del artículo 35 del Decreto Ley 267 de 2000 establece como función del Contralor General de la República la de “Dirigir como autoridad superior las labores administrativas y de vigilancia fiscal de las diferentes dependencias de la Contraloría General de la República, de acuerdo con la ley”.

Que el artículo 14 de la Ley 80 de 1993, prevé que las entidades estatales tienen la dirección general y la responsabilidad de la ejecución de los contratos, para el cumplimiento de los fines de la contratación.

Que como lo establece el artículo 9o de la Ley 489 de 1998, las autoridades administrativas en virtud de lo dispuesto en la Constitución y la ley, podrán transferir mediante acto de delegación, el ejercicio de sus funciones a los colaboradores o a otras autoridades, con funciones afines o complementarios.

Que la Contraloría General de la República adoptó el Manual de Contratación, el cual tuvo su última actualización el 23 de septiembre del 2022 y se encuentra armonizado con el Sistema de Gestión y Control Interno (SIGECI).

Que, conforme al Manual Específico de Funciones, Requisitos y Competencias Laborales de los empleos públicos de la planta global de la Contraloría General de la República, al Despacho del Contralor General de la República está adscrito e1 cargo de director grado 03, encargado entre otras funciones de las siguientes: “3. Apoyar el seguimiento a las políticas, planes, programas y estrategias de carácter financiero, contractual y presupuestal de la Entidad. (…)

13. Realizar las demás funciones que le sean asignadas de acuerdo con la naturaleza del cargo”.

Que, en mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

ARTÍCULO 1o. INTEGRACIÓN. Modificar el artículo segundo de la Resolución Organizacional OGZ-862-2024 de 16 de abril de 2024, el cual quedará, así:

“ARTÍCULO 2o. INTEGRACIÓN. La Junta de Adquisiciones del Nivel Central de la Contraloría General de la República estará conformada, así:

Integrantes con voz y voto:

1. El Contralor General o su Delegado(a) quien será un funcionario de nivel directivo o asesor.

2. El Director adscrito al Despacho del Contralor General de la República o su delegado.

3. El Gerente Administrativo y Financiero, quien presidirá la Junta.

4. El Director Financiero.

5. El Director de la Oficina Jurídica, o su delegado(a) quien será un funcionario del nivel asesor.

Integrantes con voz, pero sin voto:

1. El Director de Contratación, quien actuará como Secretario Técnico del Comité, con voz, pero sin voto.

2. El Director de la dependencia que genera la necesidad de contratación, y por lo tanto, suscribe los estudios previos, con voz, pero sin voto.

3. El Director de la Oficina de Control Interno, o su delegado quien será un funcionario del nivel asesor, que actuará con voz, pero sin voto.

PARAGRAFO: Podrán asistir a las reuniones de la Junta de Adquisiciones del Nivel Central, con voz, pero sin voto, los directores de otras áreas, así como funcionarios o contratistas de la Contraloría General de la República, quienes por sus conocimientos específicos, experiencia laboral y calidades profesionales contribuyan a informar, explicar o dar claridad, técnica, financiera, jurídica o de cualquier otra índole sobre los temas que se van a tratar en la respectiva reunión”.

ARTÍCULO 2o. SECRETARÍA TÉCNICA. Modificar el numeral 1 del artículo sexto de la Resolución Organizacional OGZ-862-2024 del 16 de abril de 2024, el cual quedará, así:

“ARTÍCULO 6o. SECRETARÍA TÉCNICA. La Secretaría Técnica de la Junta de Adquisiciones de la Contraloría General de la República será ejercida por el Director de Contratación apoyado por el Coordinador de Gestión de la Dirección de Contratación y tendrá las siguientes funciones:

1. Citar a los miembros de la Junta por solicitud del Presidente, con una antelación no inferior a cinco (5) días a través de comunicación escrita o por correo electrónico en la que indicará los temas a tratar y orden del día, señalando la fecha, hora y Jugar de la sesión”.

ARTÍCULO 3o. VIGENCIA. La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación.

Publíquese, comuníquese y cúmplase.

Dada en Bogotá D. C., a 18 de octubre de 2024.

El Contralor General de la República,

Carlos Hernán Rodríguez Becerra.

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