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RESOLUCIÓN ORGANIZACIONAL OGZ-0827-2023 DE 2023
(marzo 16)
Diario Oficial No. 52.350 de 28 de marzo de 2023
CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA
Por la cual se deroga la Resolución REG-ORG-0057 de 2023, y se toman otras disposiciones relacionadas con la creación de grupos internos de trabajo para la vigilancia y control fiscal de los recursos del sistema general de regalías y se dictan normas para reglamentar su ejercicio.
EL CONTRALOR GENERAL DE LA REPÚBLICA,
en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial de las conferidas en los numerales 2 y 4 del artículo 35 del Decreto ley 267 de 2000, artículo 7o del Decreto ley 269 de 2000 y el artículo 3o del Decreto ley 2651 de 2022 y
CONSIDERANDO:
Que el artículo 361 de la Constitución Política, modificado por los actos legislativos 05 de 2011 y 05 de 2019, señala que los ingresos corrientes del Sistema General de Regalías se destinarán a la financiación de proyectos de inversión que contribuyan al desarrollo social, económico, y ambiental de las entidades territoriales, igualmente determina que el 1% de los recursos se destinará para la operatividad del Sistema de Seguimiento, Evaluación y Control, con lo cual se busca velar por el uso eficiente y eficaz de los recursos del Sistema, fortaleciendo la transparencia, la participación ciudadana y el buen gobierno; de estos recursos la mitad se destinará a la Contraloría General de la República.
Que la Ley 2056 de 2020, por la cual se regula la organización y el funcionamiento del Sistema General de Regalías en el marco de las modificaciones introducidas por el Acto Legislativo 05 de 2019, establece en su Artículo 183 que en desarrollo de sus funciones constitucionales y legales, la Contraloría General de la República ejercerá la vigilancia y el control fiscal sobre los recursos del Sistema General de Regalías, para lo cual el Sistema de Seguimiento, Evaluación y Control implementará mecanismos de acceso, metodologías y procedimientos necesarios para proveer información pertinente y oportuna al organismo de control.
Que la Ley 2279 del 21 de diciembre de 2022, decretó el presupuesto del Sistema General de Regalías para el bienio 2023-2024, asignando los recursos a la Contraloría General de la República, para cumplir con las funciones de control y vigilancia fiscal a los recursos del Sistema General de Regalías.
Que la Ley 2278 del 21 de diciembre de 2022, otorgó facultades extraordinarias al Presidente de la República para suprimir, modificar, o crear empleos en la planta global de duración temporal de la Contraloría General de la República de que trata el Decreto ley 1755 de 2020, con el fin de garantizar la continuidad a la función pública de control fiscal en el marco del Sistema General de Regalías, para el bienio 2023-2024.
Que mediante el Decreto ley 2651 de 30 de diciembre de 2022, por el cual se suprimen y crean unos empleos en la planta global de duración temporal de la Contraloría General de la República, para la vigilancia y control fiscal de los recursos del Sistema General de Regalías, se suprimieron los empleos señalados en el Decreto ley 1755 de 2020 y se crearon en la planta global de duración temporal de la Contraloría General de la República para la vigilancia y control fiscal de los recursos del Sistema General de Regalías, desde el 1 de enero de 2023 hasta el 31 de diciembre de 2024, trescientos setenta y cinco (375) empleos, distribuidos así: treinta y cinco (35) empleos de contralor delegado intersectorial Grado 04; treinta (30) empleos de contralor provincial grado 01; veinticinco (25) empleos de asesor de despacho grado 02; cuarenta y cinco (45) profesional especializado grado 03; treinta (30) profesional universitario grado 02; ciento ochenta (180) empleos de profesional universitario grado 01; y treinta (30) empleos de auxiliar administrativo grado 03.
Que el Artículo 3o del citado Decreto ley 2651 de 2022, señala que el Contralor General de la República, podrá crear grupos internos de trabajo, con el fin de atender las necesidades del servicio y cumplir con eficacia los objetivos, las políticas y los programas orientados a la vigilancia y control fiscal de los recursos del Sistema General de Regalías.
Que, con el fin de atender el mandato legal, el Contralor General de la República expidió la Resolución Reglamentaria Orgánica número REG-ORG-0057 del 16 de enero de 2023, “Por la cual se crean unos grupos internos de trabajo para la vigilancia y control fiscal de los recursos del sistema general de regalías y se dictan normas para reglamentar su ejercicio”.
Que en la citada resolución se crearon los siguientes grupos internos de trabajo: (1) Grupo Interno de Trabajo Coordinación General Unidad de Regalías; (2) Grupo Interno de Trabajo Macro Unidad de Regalías; (3) Grupo Interno de Trabajo Micro Unidad de Regalías; (4) Grupo interno de Trabajo para la Responsabilidad Fiscal Unidad de Regalías; y (5) Grupo Interno de Trabajo Coordinación Administrativa Unidad de Regalías.
Que en el parágrafo 1 del artículo 3o de la Resolución REG-ORG-0057 DE 2023, dispuso que la coordinación de los precitados Grupos de Trabajo, estarían en cabeza de un único Contralor Delegado Intersectorial, denominado Coordinador General para la Vigilancia y Control Fiscal de los recursos del Sistema General de Regalías y/o Coordinador General Unidad de Regalías.
Que bajo su coordinación se encuentran los grupos internos para la vigilancia y control fiscal (macro y micro), y a su vez, el Grupo de Trabajo para la Responsabilidad Fiscal, los cuales deben responder a la coordinación general y en este sentido son dependientes de la misma para el desarrollo de sus actividades, pese a que cada grupo cuenta con sus funciones específicas. Es decir, existe una relación de dependencia y subordinación entre el coordinador general y los grupos de trabajo que concentran las funciones de vigilancia y control, así como el ejercicio de la acción fiscal.
Que, en aras de garantizar independencia en el marco la garantía constitucional al debido proceso para los sujetos procesales, entre las funciones de vigilancia y control fiscal, frente a la del ejercicio de la acción fiscal y dirección del proceso de responsabilidad y en aplicación de los principios de objetividad, transparencia y debido proceso, se hace necesario adoptar una estructura bidireccional, integrada por la Coordinación encargada del Seguimiento, Auditoría y Control Fiscal Micro y Macro, y la Coordinación encargada de la Responsabilidad Fiscal de Regalías, las cuales actuarán de forma autónoma e independiente.
Que para el adecuado y oportuno ejercicio de la función de vigilancia y control fiscal a los recursos del Sistema General de Regalías se requiere crear unos grupos internos de trabajo al interior de la planta temporal de la Contraloría General de la República.
En mérito de lo expuesto,
RESUELVE:
ARTÍCULO 1o. OBJETO. El objeto de la presente resolución es crear los grupos internos de trabajo para la vigilancia y control fiscal de los recursos del Sistema General de Regalías, en los cuales se distribuirán principalmente los empleos creados en la planta global de duración temporal de la Contraloría General de la República mediante el Decreto ley 2651 del 30 de diciembre de 2022, se establecen sus actividades y responsabilidades, las reglas de actuación e interacción de los funcionarios que integran dichos grupos y se dictan otras normas generales para reglamentar el ejercicio de la función la vigilancia y control fiscal de los recursos del Sistema General de Regalías.
ARTÍCULO 2o. CAMPO DE APLICACIÓN. La presente resolución aplica a todas las dependencias, empleos, servidores, procesos administrativos y misionales de la Contraloría General de la República relacionadas con la vigilancia y control fiscal de los recursos del sistema general de regalías y los correspondientes a las acciones fiscales, antecedentes, indagaciones preliminares y procesos de responsabilidad fiscal.
ARTÍCULO 3o. CREACIÓN DE GRUPOS INTERNOS DE TRABAJO PARA LA VIGILANCIA Y CONTROL FISCAL DE LOS RECURSOS DEL SISTEMA GENERAL DE REGALÍAS. Crear para el cumplimiento de las funciones de vigilancia y control fiscal de los recursos del Sistema General de Regalías, los siguientes grupos internos de trabajo adscritos al Despacho del Contralor General de la República:
(1) Grupo Interno de Trabajo Coordinación para la Vigilancia y Control Fiscal de los Recursos del Sistema General de Regalías.
(2) Grupo Interno de Trabajo para la Vigilancia y Control Fiscal a Nivel Macro.
(3) Grupo Interno de Trabajo para la Vigilancia y Control Fiscal a Nivel Micro.
(4) Grupo Interno de Trabajo Coordinación para la Responsabilidad Fiscal.
(5) Grupo Interno de Trabajo Coordinación Administrativa.
PARÁGRAFO 1o. Los Grupos de trabajo Coordinación para la Vigilancia y Control Fiscal de los Recursos del Sistema General de Regalías y el Grupo Interno de Trabajo Coordinación para la Responsabilidad Fiscal, serán coordinados cada uno por un Contralor Delegado Intersectorial quienes serán destacados por el Contralor General de la República, para el ejercicio de dicha función.
Los grupos de trabajo para la Vigilancia y Control Fiscal a Nivel Macro y Micro, serán coordinados por el Coordinador para la Vigilancia y Control Fiscal de los recursos del Sistema General de Regalías, sin perjuicio que cada uno de los grupos este liderado por un Contralor Delegado Intersectorial o un Asesor de Despacho Grado 02, designado por el Contralor General de la República y/o por el Coordinador de Regalías.
El Grupo Interno de Trabajo Coordinación Administrativa será coordinado por un asesor de Despacho, grado 02, de la planta ordinaria, designado por el Contralor General de la República, labor que cumplirá bajo los lineamientos del despacho del Contralor General; de acuerdo a las necesidades que requiera cada una de las anteriores coordinaciones, en el ámbito de sus funciones y competencias.
PARÁGRAFO 2o. Los empleos de la planta global de duración temporal creados en el Decreto ley 2651 de 2022, se distribuirán en los grupos que se crean en el presente artículo. Los Asesores de Despacho Grado 02 de la planta global de duración temporal de regalías que sean asignados por el Contralor General de la República a cualquiera de los grupos internos de trabajo, actuarán bajo la dirección del Coordinador para la Vigilancia y Control Fiscal de los recursos del Sistema General de Regalías o del Coordinador del Grupo para la Responsabilidad Fiscal; según el grupo al cual sean asignados.
Además, los asesores mencionados en el presente parágrafo, podrán ser asignados a los equipos de auditoría o de cualquier acción de vigilancia y control fiscal sobre los recursos del Sistema General de Regalías, o a los equipos del grupo de responsabilidad fiscal, cuando por necesidades del servicio así lo determine el Contralor General de la República.
A su vez, los asesores de Despacho Grado 02 podrán ser asignados al Nivel Desconcentrado, cuando así lo determine el Contralor General de la República o de los Coordinadores de acuerdo con las necesidades del servicio. Los asesores podrán asistir a las sesiones de la correspondiente Gerencia Departamental Colegiada, con voz, pero sin voto, cuando se traten asuntos de la vigilancia y control fiscal que involucren recursos del Sistema General de Regalías.
ARTÍCULO 4o. GRUPO INTERNO DE TRABAJO COORDINACIÓN PARA LA VIGILANCIA Y CONTROL FISCAL DE LOS RECURSOS DEL SISTEMA GENERAL DE REGALÍAS. Para el cumplimiento de las funciones de vigilancia y control fiscal a nivel Macro y Micro de los recursos del Sistema General de Regalías, la Contraloría General de la República contará con una coordinación, a cargo de un Contralor Delegado Intersectorial, encargado de las labores de coordinación y articulación de actividades de los Grupos Internos de Trabajo para la Vigilancia y Control Fiscal a Nivel Macro y Micro y tendrá las siguientes funciones:
1. Dirigir el ejercicio de la vigilancia y el control fiscal a nivel micro y macro de los recursos del Sistema General de Regalías.
2. Coordinar y articular las actividades de los grupos internos de trabajo responsables de la vigilancia y el control fiscal de los recursos del Sistema General de Regalías.
3. Hacer seguimiento a la ejecución y cumplimiento del Plan Nacional de Vigilancia y Control Fiscal sobre los recursos del Sistema General de Regalías.
4. Asignar un asunto relacionado con el Sistema General de Regalías a cualquier Delegado intersectorial diferente al asignado a la región.
5. Dirigir la ejecución de las políticas, planes y estrategias que se adopten para el fortalecimiento técnico de la vigilancia y el control fiscal a nivel micro sobre los recursos del Sistema General de Regalías
6. Articular con las contralorías delegadas sectoriales la función de vigilancia y control fiscal a nivel micro de los recursos del Sistema General de Regalías.
7. Suscribir con el respectivo contralor delegado intersectorial, los informes de vigilancia y control fiscal que se rindan sobre los recursos del Sistema General de Regalías.
8. Asignar y hacer seguimiento a los asuntos a cargo de los grupos creados para la vigilancia y control fiscal de los recursos del Sistema General de Regalías.
9. Trasladar los antecedentes y hallazgos al Coordinador de responsabilidad fiscal, para lo de su competencia.
10. Coordinar y asignar funciones a los asesores de despacho, profesionales y asistenciales en todo el territorio que deban cumplir funciones relacionadas con el control y vigilancia fiscal a los recursos el Sistema General de Regalías.
11. Distribuir a los Contralores delegados intersectoriales que se asignen para atender de manera especial y exclusiva las denuncias ciudadanas que se presenten ante la Contraloría General de la República y que estén relacionadas con los recursos del Sistema General de Regalías.
12. Distribuir entre los Contralores delegados intersectoriales asignados al Grupo Interno de trabajo micro de regalías, los asuntos de su competencia teniendo en cuenta al ámbito territorial, las regiones establecidas y los procedimientos y condiciones señalados en la normativa vigente que regule la vigilancia y control fiscal macro y micro y la atención de denuncias.
13. Impartir directrices para que las denuncias ciudadanas relacionadas con los recursos del Sistema General de Regalías sean atendidas en los términos legales y siguiendo el procedimiento adoptado para el efecto.
14. Coordinar con las respectivas Contralorías delegadas Sectoriales, Generales y la DIARI, las acciones de reacción inmediata y/o de policía judicial en los casos en que estén involucrados recursos del Sistema General de Regalías.
15. Atender las peticiones internas y externas relacionadas con las competencias de vigilancia y control fiscal a los recursos del Sistema General de Regalías.
16. Atender en el marco de la normativa vigente, las solicitudes de información relacionadas con las responsabilidades y actividades del Grupo.
17. Rendir los informes que le sean solicitados por el Despacho del Contralor, por la Auditoría General de la República y por las demás autoridades, relacionadas con el control y vigilancia fiscal a los recursos del Sistema general de Regalías.
18. Adoptar líneas y criterios jurídicos, en coordinación con los Contralores delegados intersectoriales de la Planta Temporal de Regalías, para tramitar y decidir las actuaciones a cargo de los grupos responsables del control y vigilancia fiscal de los recursos del Sistema General de Regalías.
19. Impartir lineamientos para que los sistemas, archivos y registros de información se mantengan actualizados en los plazos señalados por las dependencias competentes.
20. Articular la mesa de colaboración armónica institucional para la vigilancia y el control de los recursos del Sistema General de Regalías.
21. Hacer seguimiento y dar respuestas a los derechos de petición, tutelas, requerimientos administrativos y judiciales que sean asignados al Grupo por competencia.
22. Articular con la Coordinación para la Responsabilidad Fiscal, la entrega de insumos para presentar los diferentes informes que tengan que ver con el Sistema General de Regalías.
23. Adelantar las demás actividades específicas que le asigne el Contralor General.
PARÁGRAFO: Además del anterior catálogo funcional, se entenderán aquellas funciones asignadas al coordinador para la Vigilancia y Control Fiscal de los Recursos del Sistema General de Regalías, las previstas para el rol de contralor delegado en las guías, manuales y procedimientos establecidos en la Contraloría General de la República.
ARTÍCULO 5o. GRUPO INTERNO DE TRABAJO COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA. El Grupo Interno de Trabajo Coordinación Administrativa del Sistema General de Regalías, cumplirá las siguientes funciones:
1. Planear, controlar y hacer seguimiento, en coordinación con la Oficina de planeación y la Gerencia Administrativa y Financiera, a la ejecución de los recursos asignados a la Contraloría General de la República, para cumplir la función de vigilancia y control fiscal a los recursos del Sistema General de Regalías.
2. Coordinar con las gerencias del talento humano, administrativa y financiera de la Contraloría General de la República, los trámites y aspectos relacionados con la organización y funcionamiento de los grupos de trabajo encargados de la vigilancia y control fiscal de los recursos del Sistema General de Regalías.
3. Aprobar y tramitar las comisiones, viáticos y demás asuntos de naturaleza administrativa que requieran los servidores y contratistas de la Coordinación General para el cumplimiento de las funciones de control y vigilancia fiscal a los recursos del Sistema General de Regalías.
4. Coordinar y asignar el personal de apoyo y de gestión documental a la Coordinación para la Vigilancia y Control Fiscal de los recursos del Sistema General de Regalías y a la Coordinación para la Responsabilidad Fiscal, para cumplir funciones relacionadas con el control y vigilancia fiscal a los recursos el Sistema General de Regalías.
5. Coordinar con las dependencias competentes de la Contraloría General de la República la provisión de los bienes y servicios requeridos para el adecuado y oportuno cumplimiento de las funciones de vigilancia y control fiscal a los recursos del Sistema.
6. Elaborar y suscribir, los estudios previos y demás documentos requeridos por la normativa vigente, para la contratación de los bienes y servicios requeridos por los grupos de trabajo encargados de cumplir la función de vigilancia y control fiscal de los recursos del Sistema General de Regalías.
7. Estructurar e implementar las estrategias de comunicación sobre las labores de los grupos creados para cumplir la función de vigilancia y control fiscal de los recursos del Sistema General de Regalías a nivel interno y externo.
8. Coordinar la administración y manejo del archivo de los grupos que se creen para cumplir la función de vigilancia y control fiscal del Sistema General de Regalías, dando estricto cumplimiento a las disposiciones internas en materia de archivo y conservación de la información.
9. Las demás actividades que les sean asignadas por el Contralor General de la República, del Coordinador para la Vigilancia y Control Fiscal de los Recursos del Sistema General de Regalías y del Coordinador del Grupo para la Responsabilidad Fiscal en el Sistema General de Regalías, en el marco de sus labores de apoyo administrativo y misional.
ARTÍCULO 6o. GRUPO INTERNO DE TRABAJO PARA LA VIGILANCIA Y CONTROL FISCAL A NIVEL MACRO. El grupo interno de trabajo para la vigilancia y control fiscal a nivel macro, cumplirá las siguientes funciones:
1. Elaborar estudios y análisis de política pública sobre el Sistema General de Regalías, en cada una de las etapas del ciclo de las regalías: generación, fiscalización, liquidación, recaudo, transferencia, distribución, giro y aplicación, con énfasis en la evaluación de su impacto y resultados; así como identificar riesgos y aspectos críticos, en coordinación con la Contraloría delegada para Economía y Finanzas.
2. Realizar estudios sectoriales relacionados con los recursos del Sistema General de Regalías.
3. Hacer seguimiento permanente a los recursos del Sistema General de Regalías y conceptuar acerca del funcionamiento del mismo en cada una de sus etapas.
4. Detectar los riesgos en la ejecución de los recursos del Sistema General de Regalías, brindar información sobre los proyectos y aspectos críticos del Sistema General de Regalías.
5. Brindar lineamientos para el fortalecimiento de la vigilancia y el control fiscal sobre los recursos del Sistema General de Regalías.
6. Realizar seguimiento en tiempo real, en el marco de lo previsto en el Decreto ley 403 de 2020, a los recursos del Sistema General de Regalías en todas las etapas del ciclo, y articular con la Dirección de Información, Análisis y Reacción Inmediata la generación de alertas y el seguimiento permanente a los recursos con el fin de realizar actuaciones fiscales oportunas, eficaces y eficientes.
7. Aportar la información para el desarrollo de las funciones de la Contraloría delegada para Economía y Finanzas Públicas.
8. Analizar la información relacionada con la gestión fiscal de los recursos del Sistema General de Regalías por parte de las entidades del orden nacional y territorial, así como generar los informes que se requieran.
9. Efectuar el análisis de proyectos de la ley que se relacionen con el Sistema General de Regalías y rendir la información que sea solicitada por el Congreso de la República.
10. Proponer lineamientos para contribuir con la construcción del Plan Nacional de Vigilancia Fiscal y Control Fiscal.
11. Adelantar el procedimiento administrativo sancionatorio fiscal de conformidad con la normativa vigente.
12. Responder las solicitudes de información relacionadas con los asuntos de competencia del grupo.
13. Cumplir las demás actividades que le asigne el Contralor General de la República y el Coordinador para la Vigilancia y Control Fiscal de los Recursos del Sistema General de Regalías, de acuerdo con las responsabilidades del Grupo.
ARTÍCULO 7o. GRUPO INTERNO DE TRABAJO PARA LA VIGILANCIA Y CONTROL FISCAL A NIVEL MICRO. El Grupo Interno de Trabajo para la vigilancia y control fiscal a nivel Micro, cumplirá las siguientes funciones:
1. Ejercer conforme a la tipología o modalidad que corresponda los instrumentos de vigilancia y control fiscal a nivel micro sobre los recursos provenientes del Sistema General de Regalías en las actividades y etapas que comprenden el ciclo de estas.
2. Adelantar las acciones de vigilancia y control fiscal sobre los proyectos de inversión financiados con recursos del Sistema General de Regalías; así como respecto de las decisiones adoptadas por los Órganos Colegiados de Administración y Decisión (OCAD) y por las entidades territoriales que aprueban directamente recursos de inversión del sistema general de Regalías.
3. Consolidar la información relacionada con las acciones de vigilancia y control fiscal a nivel micro a los recursos del Sistema General de Regalías en todo el territorio nacional.
4. Atender conforme a lo dispuesto en el Decreto ley 403 de 2020 y sus reglamentaciones internas las diferentes actividades de seguimiento permanente al recurso público para el ejercicio del control preventivo y concomitante cuando ello resulte pertinente o que sirvan como insumo para las actuaciones de control fiscal posterior y selectivo.
5. Solicitar el Comité de Evaluación de las Denuncias Fiscales del Sistema General de Regalías, cuando se cumplan los criterios establecidos para dar aplicación a lo establecido en el artículo 8o de la Ley 610 de 2000.
6. Atender y tramitar las denuncias relacionadas con hechos que puedan afectar los recursos del Sistema General de Regalías, sin perjuicio de las funciones asignadas al Grupo Interno de Trabajo Coordinación para la Responsabilidad Fiscal.
7. Coordinar, implementar y hacer seguimiento a la ejecución del Plan Nacional de Vigilancia y Control Fiscal sobre los recursos del Sistema General de Regalías, de conformidad con la tipología o modalidad de la acción de vigilancia o sistema de control fiscal a nivel micro que se aplique.
8. Coordinar y orientar el trámite y ejecución de las acciones de vigilancia y control fiscal a nivel micro en el nivel central y en el nivel desconcentrado.
9. Adelantar conforme a la ley y en los casos que corresponda el procedimiento administrativo sancionatorio de conformidad con lo previsto en la normativa vigente.
10. Rendir al Contralor General de la República informes periódicos en relación con las responsabilidades y actividades del Grupo.
11. Rendir la información requerida por la Auditoría General de la República en relación con las responsabilidades y actividades del Grupo.
12. Realizar las respuestas a los derechos de petición, tutelas, requerimientos administrativos y judiciales que sean asignados al Grupo y demás solicitudes que le sean asignados por competencia.
13. Atender en el marco de la normativa vigente, las solicitudes de información relacionadas con las responsabilidades y actividades del Grupo.
14. Realizar las demás actividades específicas que le asigne el Contralor General de la República y el Coordinador para la Vigilancia y Control Fiscal de los recursos del Sistema General de Regalías, de acuerdo con las responsabilidades del Grupo.
ARTÍCULO 8o. GRUPO INTERNO DE TRABAJO COORDINACIÓN PARA LA RESPONSABILIDAD FISCAL. El Grupo Interno de Trabajo Coordinación para la Responsabilidad Fiscal y el funcionario designado para su coordinación tendrán las siguientes funciones:
A. Funciones del Coordinador del Grupo Interno de Trabajo para la Responsabilidad Fiscal.
1. Dirigir y coordinar el grupo interno de trabajo para la responsabilidad fiscal, así como articular las actividades correspondientes a los procesos de responsabilidad fiscal relacionados con los recursos del Sistema General de Regalías, y que se declaren de impacto nacional.
2. Dar aplicación a lo estipulado en el artículo 8o de la Ley 610 de 2000, sin perjuicio del procedimiento adoptado para la atención, trámite y seguimiento de las denuncias fiscales y de los demás derechos de petición de la Contraloría General de la República.
3. Impartir o transmitir lineamientos, criterios jurídicos y las directrices en relación con el trámite y decisión de los antecedentes, indagaciones preliminares y procesos de responsabilidad fiscal.
4. Coordinar con las respectivas Contralorías delegadas Sectoriales, Generales y la DIARI, las acciones de reacción inmediata y/o de policía judicial en los casos en que estén involucrados recursos del Sistema General de Regalías.
5. Coordinar y articular las actividades correspondientes a los procesos de responsabilidad fiscal relacionados con los recursos del Sistema General de Regalías, y que se declaren de impacto nacional.
6. Coordinar y asignar las cargas de trabajo a los contralores delegados intersectoriales, provinciales, asesores, profesionales y asistenciales en todo el territorio que deban cumplir funciones relacionadas con responsabilidad fiscal sobre los recursos del Sistema General de Regalías.
7. Impartir lineamientos, directrices y criterios para la elaboración de los informes en el que se evidencie los resultados de la vigilancia y el control fiscal sometidos a su estudio por competencia referente a los recursos del Sistema General de Regalías.
8. Impartir lineamientos, directrices y criterios a efecto de adelantar los procesos administrativos sancionatorios fiscales de competencia del grupo.
9. Hacer seguimiento y dar su visto bueno a las respuestas a los derechos de petición, tutelas, requerimientos administrativos y judiciales que sean asignados al Grupo y demás solicitudes que le sean asignados por competencia.
10. Articular con la Oficina Jurídica de la Contraloría General de la República la defensa de los intereses de la nación en los procesos jurisdiccionales o administrativos que se originen en procesos de responsabilidad fiscal, de cobro coactivo o sancionatorios fiscales, en los que tuvo conocimiento.
11. Tomar las medidas y hacer seguimiento para prevenir y evitar la ocurrencia de los fenómenos de caducidad y prescripción de la acción fiscal, así como la preclusividad del plazo para la práctica de pruebas. Sin perjuicio de la responsabilidad del contralor delegado intersectorial y/o el contralor provincial que tenga a cargo el proceso de responsabilidad fiscal.
12. Atender en el marco de la normativa vigente, las solicitudes de información relacionadas con las responsabilidades y actividades del Grupo.
13. Rendir los informes que le sean solicitados por el Despacho del Contralor General de la República, por la Auditoría General de la República y por las demás autoridades, relacionadas con el control y vigilancia fiscal de los recursos del Sistema general de Regalías.
14. Establecer los indicadores de gestión procesal del grupo, así como de cada uno de los CDI integrantes del mismo a efecto de hacer seguimiento y evaluar el comportamiento del grupo.
15. Realizar el reparto y/o reasignar los antecedentes, indagaciones preliminares y procesos de responsabilidad fiscal en el grupo de trabajo.
16. Adoptar los lineamientos y directrices establecidos de manera general por el Contralor General de la República, el Contralor Delegado para Responsabilidad Fiscal, Intervención Judicial y Cobro Coactivo, y la doctrina que se derive de las decisiones de la Sala Fiscal y Sancionatoria, así como los conceptos de la Oficina Jurídica.
17. Atender el precedente administrativo y judicial aplicable a los Procesos de Responsabilidad Fiscal.
18. Impartir lineamientos para que los sistemas, archivos y registros de información se mantengan actualizados en los plazos señalados por las dependencias competentes.
19. Hacer seguimiento al reporte de información de inclusiones y registro de novedades de inhabilidades derivadas del proceso de responsabilidad fiscal.
20. Adelantar las demás actividades específicas que le asigne el Contralor General.
B. Funciones del Grupo Interno de Trabajo para la Responsabilidad Fiscal
1. Asumir en primera instancia, previo reparto efectuado por el Coordinador del Grupo, el conocimiento y trámite de los antecedentes, indagaciones preliminares y procesos de responsabilidad fiscal, relacionados con los recursos del Sistema General de Regalías, y aquellos que se declaren como de alto impacto nacional por el Contralor General de la República, que deban iniciarse a partir de los resultados de la aplicación de las acciones de vigilancia y control fiscal a los recursos del Sistema General de Regalías.
2. Aplicar las medidas adoptadas por el Coordinador del Grupo de Trabajo para la Responsabilidad Fiscal, para que los procesos se desarrollen con sujeción a los principios y Constitucionales y Legales sobre la responsabilidad fiscal.
3. Seguir y acatar los lineamientos, criterios y directrices, implementados por el Coordinador del Grupo de Trabajo para la Responsabilidad Fiscal, en relación con el trámite y decisión de los antecedentes, indagaciones preliminares y procesos de responsabilidad fiscal, relacionados con los recursos del Sistema General de Regalías y hacer seguimiento a su desarrollo.
4. Apoyar, acompañar y verificar el reparto de las indagaciones preliminares y procesos de responsabilidad fiscal, realizado por el Coordinador del Grupo de Trabajo para la Responsabilidad Fiscal, entre los Contralores Delegados intersectoriales que conforman los diferentes grupos internos de trabajo.
5. Recibir y dar trámite al reparto de los asuntos que corresponden a la competencia del grupo interno de trabajo.
6. Realizar el trámite, la sustanciación o el apoyo técnico u operativo, de los antecedentes, indagaciones preliminares y procesos de responsabilidad fiscal, relacionados con los recursos del Sistema General de Regalías asignados.
7. Proyectar los informes periódicos que requiera o deba rendir el Coordinador del Grupo de Trabajo para la Responsabilidad Fiscal.
8. Proyectar las respuestas de las solicitudes de información relacionadas con las responsabilidades y actividades del grupo interno de trabajo para la Responsabilidad Fiscal.
9. Proyectar, apoyar y acompañar al Coordinador del Grupo de Trabajo para la Responsabilidad Fiscal, en la consolidación y seguimiento a la información que surja con ocasión de los resultados del trámite de los procesos de responsabilidad fiscal e indagaciones preliminares para conocimiento de los Contralores Delegados Intersectoriales de Regalías, que sean impactados por el Contralor General de la República.
10. Proyectar, apoyar, revisar e impulsar los informes técnicos que surjan dentro de las actuaciones a cargo de los Contralores Delegados intersectoriales, como también del trámite de viáticos, permisos, vacaciones y demás asuntos administrativos, de los funcionarios o contratistas que conforman el grupo interno de trabajo para la Responsabilidad Fiscal.
11. Acompañar y apoyar al Coordinador del Grupo de Trabajo para la Responsabilidad Fiscal, en el seguimiento para que los Contralores Delegados intersectoriales cumplan con lo establecido en la normatividad interna relacionada con el registro y actualización de los distintos sistemas de información y las normas de archivo de los expedientes.
12. Proyectar para firma del Coordinador del Grupo de Trabajo para la Responsabilidad Fiscal, los informes y resultados de la vigilancia y el control fiscal sometidos a estudio, producto de las investigaciones que adelante el grupo de trabajo, sobre los recursos del sistema general de regalías, para efectos del control de gestión.
13. Acompañar y apoyar la evaluación de los estudios, antecedentes y hallazgos obtenidos del proceso auditor y otros sobre los recursos del Sistema General de Regalías, para definir las acciones a seguir.
14. Acompañar y apoyar la coordinación con las demás dependencias de la entidad, previamente asignadas por el Coordinador del Grupo de Trabajo para la Responsabilidad Fiscal.
15. Realizar las demás actividades específicas que le asigne el Coordinador del Grupo de Trabajo para la Responsabilidad Fiscal, de acuerdo con las responsabilidades del Grupo a su cargo.
PARÁGRAFO 1o. El coordinador del Grupo interno de Trabajo para la Responsabilidad Fiscal, podrá asumir directamente el trámite de los antecedentes, indagaciones preliminares y procesos de responsabilidad fiscal, de conformidad a la normatividad vigente y las asignaciones realizadas por el Contralor General de la República.
PARÁGRAFO 2o. Además del anterior catálogo funcional, se entenderán aquellas funciones asignadas al coordinador del Grupo interno de Trabajo para la Responsabilidad Fiscal, las previstas para el rol de contralor delegado en las guías, manuales y procedimientos establecidos en la Contraloría General de la República.
ARTÍCULO 9o. ASIGNACIÓN REGIONAL DE LOS CONTRALORES DELEGADOS INTERSECTORIALES PARA LA VIGILANCIA Y EL CONTROL FISCAL DEL SISTEMA GENERAL DE REGALÍAS A NIVEL MICRO. Los Contralores Delegados Intersectoriales asignados al Grupo Interno de Trabajo para la Vigilancia y Control Fiscal a nivel Micro, adelantarán los diferentes ejercicios de vigilancia y control fiscal que surjan con ocasión de los diferentes procesos de los niveles micro y macro de la Contraloría General de la República y de la atención de denuncias relacionadas con los recursos del Sistema General de Regalías, de acuerdo con las regiones y el número de Contralores Delegados Intersectoriales que se destinen, de acuerdo a la planeación y a las prioridades establecidas en el Plan Nacional de Vigilancia y Control Fiscal, definidas con criterios de prioridad y siguiendo las directrices del Contralor General de la República. Para el efecto, de acuerdo a la ejecución de inversión de las regalías, se tendrán en cuenta las siguientes regiones:
REGIÓN | COBERTURA |
CARIBE | Atlántico, Bolívar, Cesar, Córdoba, Guajira, Magdalena, San Andrés y Sucre |
CENTRO | Boyacá, Cundinamarca, Norte de Santander, Santander, Bogotá, Amazonas, Caquetá, Huila, Putumayo y Tolima |
PACIFICO | Cauca, Chocó, Nariño y Valle del Cauca |
EJE CAFETERO | Antioquia, Caldas, Quindío y Risaralda |
LLANOS | Arauca, Casanare, Guainía, Guaviare, Meta, Vaupés y Vichada |
PARÁGRAFO 1o. El Coordinador para la Vigilancia y Control Fiscal de los recursos del Sistema General de Regalías podrá redistribuir los Contralores delegados intersectoriales entre las diferentes regiones, previa justificación de las necesidades del servicio y el reparto estratégico de las cargas de trabajo.
Cuando se trate de asuntos de alcance nacional o que tengan incidencia en varias de las regiones contempladas en el presente artículo, el Coordinador para la Vigilancia y Control Fiscal de los recursos del Sistema General de Regalías, podrá asignar su trámite a cualquiera de los Contralores delegados intersectoriales.
PARÁGRAFO 2o. El coordinador para la Vigilancia y Control Fiscal de los Recursos del Sistema General de Regalías, podrá asignar un asunto relacionado con el Sistema General de Regalías a cualquier Delegado Intersectorial diferente al asignado a la Región.
ARTÍCULO 10. INTERACCIÓN ENTRE LOS CONTRALORES DELEGADOS INTERSECTORIALES Y EL NIVEL DESCONCENTRADO, PARA EL EJERCICIO DE LA VIGILANCIA Y EL CONTROL FISCAL A NIVEL MACRO, MICRO Y PARA LA ATENCIÓN DENUNCIAS. Los Contralores Delegados intersectoriales de la Planta global de duración temporal de regalías, en ejercicio de sus funciones, deberán coordinar las diferentes actuaciones de vigilancia y control micro, macro y de atención de denuncias, que involucren o estén asociados a recursos del Sistema General de Regalías con las Gerencias Departamentales Colegiadas correspondientes a la región que tengan asignada y/o la que determine el Coordinador para la Vigilancia y Control Fiscal de los recursos del Sistema General de Regalías, de acuerdo con los lineamientos impartidos por el mismo.
Para lo anterior, los Contralores delegados intersectoriales contarán con el apoyo de los Asesores Grado 02 de la Planta Global de Duración Temporal de Regalías, designados en cada Gerencia Departamental Colegiada, así como, con los equipos de regalías que se integren en cada una de las regiones.
Lo anterior sin perjuicio de lo estipulado en el artículo 8o de la Ley 610 de 2000, en cuanto a la iniciación del proceso de responsabilidad fiscal.
ARTÍCULO 11. COMITÉ TÉCNICO INTERSECTORIAL MICRO. Crear el Comité Técnico Intersectorial Micro, cuyas funciones y conformación son las siguientes:
El Comité Técnico Intersectorial Micro, tendrán como función revisar, evaluar y emitir el correspondiente concepto sobre el resultado de las actividades de vigilancia y control fiscal a nivel micro encomendadas a los funcionarios de los diferentes grupos internos de trabajo o dependencias encargadas del seguimiento a los recursos del Sistema General de Regalías, así mismo, de conocer todos los trámites derivados de las denuncias fiscales que se relacionen con recursos de regalías y que sean de su competencia, y estará conformado así:
1. Coordinador para la Vigilancia y Control Fiscal de los recursos del Sistema General de Regalías.
2. El contralor delegado intersectorial asignado al departamento que presenta los resultados ante el comité.
3. Los contralores delegados intersectoriales que estén asignados para la respectiva región en la que tenga origen el asunto objeto de discusión o estudio, según lo dispuesto en la distribución territorial de que trata la presente resolución.
4. Los asesores de despacho que se encuentren asignados a los departamentos de la región en la que tenga origen el asunto objeto de discusión o estudio, en caso de existir más de un asesor, el Coordinador para la Vigilancia y Control Fiscal de los recursos del Sistema General de Regalías, determinará el que conforme el Comité Técnico Intersectorial.
Serán asistentes permanentes los delegados, asesores y profesionales que integren la mesa técnica de calidad, designados por el Coordinador para la Vigilancia y Control Fiscal de los recursos del Sistema General de Regalías.
Las decisiones del Comité Técnico Intersectorial Micro, se tomarán por consenso y en caso de no lograrse, la decisión será tomada por el Coordinador para la Vigilancia y Control Fiscal de los recursos del Sistema General de Regalías.
ARTÍCULO 12. COMITÉ TÉCNICO INTERSECTORIAL MACRO. Crear el Comité Técnico Intersectorial Macro, cuyas funciones y conformación son las siguientes:
El Comité Técnico Intersectorial Macro tendrá como función revisar, evaluar y emitir el correspondiente concepto sobre el resultado de las actividades de vigilancia y control fiscal a nivel macro encomendadas a los funcionarios de los diferentes grupos internos de trabajo o dependencias encargadas del seguimiento a los recursos del Sistema General de Regalías y estará conformado, así:
1. Coordinador para la Vigilancia y Control Fiscal de los recursos del Sistema General de Regalías.
2. El Contralor delegado Intersectorial Macro.
3. Los Contralores delegados Intersectoriales Micro de la Planta Temporal de Regalías del Grupo Interno de Trabajo para la Vigilancia y Control Fiscal, vinculados con el asunto en estudio.
4. El Asesor de Despacho que se encuentre asignado al Grupo Interno de Trabajo para la Vigilancia y Control Fiscal a Nivel Macro. En caso de existir más de un asesor, el Coordinador para la Vigilancia y Control Fiscal de los recursos del Sistema General de Regalías determinará el que conforme el Comité Técnico Intersectorial.
Las decisiones del Comité Técnico Intersectorial Macro, se tomarán por consenso y en caso de no lograrse, la decisión será tomada por el Coordinador para la Vigilancia y Control Fiscal de los recursos del Sistema General de Regalías.
ARTÍCULO 13. COMITÉ DE EVALUACIÓN DE LAS DENUNCIAS FISCALES DEL SISTEMA GENERAL DE REGALÍAS. Crear el Comité de Evaluación de las Denuncias Fiscales del Sistema General de Regalías, cuyas funciones y conformación son las siguientes:
El Comité de Evaluación de las Denuncias Fiscales del Sistema General de Regalías, podrá reunirse, para evaluar y revisar las denuncias que cumplan con los criterios definidos por la coordinación para la Responsabilidad Fiscal y que podrán ser objeto del trámite establecido en el artículo 8o de la Ley 610 de 2000. El comité estará conformado, así:
1. El Coordinador para la Vigilancia y Control Fiscal de los recursos del Sistema General de Regalías o su delegado.
2. El Coordinación para la Responsabilidad Fiscal o su delegado.
3. El Contralor Delegado intersectorial a cargo de la denuncia.
4. Dos (2) asesores de despacho invitados por los coordinadores.
Las decisiones del Comité de Evaluación de las Denuncias Fiscales del Sistema General de Regalías, se tomarán por consenso y en caso de no lograrse, la decisión será tomada por el Contralor General de la República o su delegado.
ARTÍCULO 14. CONFORMACIÓN Y FUNCIONES DE LA MESA TÉCNICA DE CALIDAD. La mesa técnica de calidad tiene por finalidad agregar valor a las acciones de vigilancia y control fiscal al Sistema General de Regalías y orientar al equipo auditor, cuando se requiera, en la determinación de la observación y dependiendo de la respuesta del auditado, en la configuración y adecuado soporte del hallazgo. En este último caso la participación de la mesa técnica de calidad será previa al pronunciamiento del comité técnico intersectorial Micro.
La mesa será designada por el Coordinador para la Vigilancia y Control Fiscal de los recursos del Sistema General de Regalías, y estará conformada por un (1) Profesional en áreas financieras y contables, un (1) profesional técnico de conformidad a la materia, dos (2) profesionales en derecho con conocimiento en responsabilidad fiscal y un (1) invitado de responsabilidad fiscal designado por el coordinador para la Responsabilidad Fiscal.
Las principales funciones de la mesa técnica de calidad serán:
a. Durante la estructuración de la observación, coadyuvará en el análisis, estudio y validación de la observación de auditoría con posible incidencia fiscal, con el fin de identificar y cuantificar el daño patrimonial al Estado y los posibles autores que con su acción u omisión pudieron generar el detrimento patrimonial.
b. Durante el análisis de la respuesta de la entidad a las observaciones con posible incidencia fiscal, el funcionario experto evaluará en conjunto con el equipo auditor, si las razones expuestas por la entidad y los documentos soporte, desvirtúan o ratifican la hipótesis planteada por la Contraloría en la estructuración de la observación. Revisará adicionalmente si se hace necesario fortalecer la evidencia que sustenta la observación con incidencia fiscal.
c. Durante la estructuración y traslado del hallazgo fiscal, el funcionario experto en responsabilidad fiscal, velará que la evidencia para la configuración del Hallazgo fiscal permita comprobar la existencia cierta, clara, actual y precisa con la respectiva cuantificación del daño patrimonial detectado en el proceso auditor; así como, la identificación de los presuntos autores del hecho generador del daño fiscal que realizaron las acciones u omisiones y la relación entre los dos elementos anteriores (el Daño Patrimonial y la acción u omisión de los autores del hecho generador del daño fiscal).
Lo anterior de conformidad a lo establecido en el punto 3.2.5 del documento de Principios, Fundamentos y Aspectos Generales para las Auditorías en la CGR en el Marco de las Normas de Auditoría de Entidades Fiscalizadoras Superiores (ISSAI) marzo 2017.
ARTÍCULO 15. FUNCIONES DE LOS CONTRALORES PROVINCIALES DE LA PLANTA GLOBAL DE DURACIÓN TEMPORAL PARA LA VIGILANCIA Y CONTROL FISCAL DE LOS RECURSOS DEL SISTEMA GENERAL DE REGALÍAS EN LAS GERENCIAS DEPARTAMENTALES COLEGIADAS. Los Contralores Provinciales de la Planta global de duración temporal para la vigilancia y control fiscal de los recursos del Sistema General de Regalías integrarán la correspondiente Gerencia Departamental Colegiada y cumplirán las mismas funciones de los Directivos Colegiados previstas para dichas dependencias en la normativa vigente, según la distribución territorial que realice el Contralor General de la República, exclusivamente cuando el asunto objeto de conocimiento o decisión involucre recursos del Sistema General de Regalías. En los demás casos, la Gerencia Departamental Colegiada sesionará con sus integrantes de la planta permanente de la Contraloría General de la República.
ARTÍCULO 16. RENDICIÓN DE LA CUENTA Y SEGUIMIENTO DE LOS CONTRALORES DELEGADOS INTERSECTORIALES MICRO, MACRO Y DENUNCIAS. Los Contralores Delegados Intersectoriales deberán rendir la cuenta a la Auditoría General de la República bajo las directrices que para el efecto imparta la Coordinación para la Vigilancia y Control Fiscal de los recursos del Sistema General de Regalías. La Coordinación efectuará seguimientos periódicos a las tareas asignadas a los Contralores Intersectoriales y a los Asesores de Despacho asignados a las Gerencias Departamentales Colegiadas y a los diferentes grupos internos de trabajo bajo su cargo.
ARTÍCULO 17. REPARTO DE TRABAJO ENTRE LOS CONTRALORES PROVINCIALES DE LA PLANTA GLOBAL DE DURACIÓN TEMPORAL DE REGALÍAS. Los Contralores Provinciales de la Planta Global de Duración Temporal para la vigilancia y control fiscal de los recursos del Sistema General de Regalías conocerán de los antecedentes o hallazgos, indagaciones preliminares y procesos de responsabilidad fiscal, cuando se refieran a casos que involucren o estén asociados a los recursos del Sistema General de Regalías en la respectiva jurisdicción territorial de la Gerencia Departamental Colegiada.
El Coordinador del Grupo Interno de Trabajo para la Responsabilidad Fiscal; realizará el reparto de los antecedentes, indagaciones preliminares y procesos de responsabilidad fiscal que involucren recursos de regalías y deban ser asignados para conocimiento y trámite de los Contralores Provinciales de la Planta Temporal de Regalías.
El Coordinador para la Vigilancia y Control Fiscal de los recursos del Sistema General de Regalías, realizará el traslado de los hallazgos con incidencia fiscal que surjan con ocasión de los procesos de vigilancia y control fiscal micro al Coordinador del Grupo Interno de Trabajo para la Responsabilidad Fiscal, de conformidad a la reglamentación vigente.
El Coordinador del Grupo Interno de Trabajo para la Responsabilidad Fiscal en articulación con el Gerente Departamental, dispondrá la asignación de dichos hallazgos a los Directivos de la planta permanente de las Gerencias Departamentales Colegiadas, de acuerdo con las necesidades del servicio. Lo anterior, de conformidad con el procedimiento para el reparto de hallazgos con incidencia fiscal de competencia de las Gerencias Departamentales Colegiadas publicado en el Sistema de Gestión y Control Interno (Sigeci).
PARÁGRAFO 1o. Los hallazgos con incidencia fiscal o antecedentes, indagaciones preliminares y procesos de responsabilidad fiscal que involucren recursos de regalías, en trámite a la entrada en vigencia de la presente resolución en las Gerencias Departamentales Colegiadas a cargo de los directivos de la planta permanente de las Gerencias, permanecerán asignados a ellos, bajo la supervisión, seguimiento, vigilancia, lineamientos, directrices y criterios del Coordinador del Grupo Interno de Trabajo para la Responsabilidad Fiscal, hasta el nombramiento del Contralor Provincial.
El Coordinador del Grupo de Responsabilidad Fiscal, con base en el análisis de los asuntos en trámite en cada Gerencia Departamental Colegiada, será quien determinará las actuaciones que serán asignadas para conocimiento del contralor provincial de la planta temporal de regalías, cuando a dichas dependencias sean asignados estos empleos o cuando las necesidades del servicio así lo ameriten.
PARÁGRAFO 2o. Las indagaciones preliminares que se deriven de la evaluación de los antecedentes asignados por reparto a las Gerencias Departamentales Colegiadas que involucren recursos del Sistema General de Regalías, serán adelantadas por las respectivas Gerencias Departamentales Colegiadas, salvo que el coordinador del grupo para la Responsabilidad Fiscal en el Sistema General de Regalías disponga nuevo reparto o asignación.
PARÁGRAFO 3o. El Coordinador del Grupo de Responsabilidad Fiscal, podrá asignar los antecedentes, indagaciones preliminares y procesos de responsabilidad fiscal relacionado con el Sistema General de Regalías a cualquier Contralor Provincial diferente al asignado a la región.
ARTÍCULO 18. REFERENCIAS NORMATIVAS. Cuando un texto normativo haga referencia al Grupo Interno de Trabajo para la Vigilancia y Control Fiscal a Nivel Macro, Grupo Interno de Trabajo para la Vigilancia y Control Fiscal a Nivel Micro, Grupo Interno de Trabajo para la Responsabilidad Fiscal y Grupo Interno de Trabajo Coordinación Unidad de Regalías de la Contraloría General de la República que existían hasta el 31 de diciembre de 2022, debe entenderse que se refiere a las Grupos Internos de Trabajo creados en el Artículo 3o de la presente resolución, adscritos al Despacho del Contralor General de la República para la vigilancia y el control fiscal de los recursos del Sistema General de Regalías, de conformidad con las funciones y competencias a estos asignadas en el presente acto administrativo, de acuerdo con las directrices que imparta el Contralor General o los respectivos coordinadores creados mediante el presente acto administrativo, en ejercicio de sus funciones.
ARTÍCULO 19. VIGENCIA. La presente resolución rige a partir de su publicación y deroga Resolución REG-ORG-0057 del 16 de enero de 2023 y las demás disposiciones que le sean contrarias.
Comuníquese, publíquese y cúmplase.
Dada en Bogotá, D. C. a 16 de marzo de 2023.
El Contralor General de la República,
Carlos Hernán Rodríguez Becerra.