Escudo Colombia
Logo JEP
Logo JEP
Logo Jurinfo
reducir texto aumentar texto aumentar contraste volver contraste accesibilidad Mapa del sitio Tour virtual de la JEP
Buscar search
Índice format_list_bulleted
Buscar

Puede realizar búsquedas exactas dentro de este documento, ingrese el texto a buscar en la siguiente casilla:

RESOLUCIÓN REGLAMENTARIA 199 DE 2012

(noviembre 22)

Diario Oficial No. 48.623 de 23 de noviembre de 2012

CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA

<NOTA DE VIGENCIA: Resolución 171 de 2012 derogada por el artículo 3 de la Resolución 273 de 2014>

Por la cual se modifica y se adiciona la Resolución Reglamentaria 0171 del 8 de mayo de 2012.

LA CONTRALORA GENERAL DE LA REPÚBLICA,

en uso de sus atribuciones constitucionales, legales, y

CONSIDERANDO:

Que el Decreto-ley 267 de 2000, en el artículo 35, numeral 2, le asigna al Contralor General de la República la función de “Dirigir como autoridad superior las labores administrativas y de vigilancia fiscal de las diferentes dependencias de la Contraloría General de la República, de acuerdo con la ley”.

Que el Decreto-ley 267 de 2000, artículo 48, establece las funciones de la Oficina de Planeación de la Contraloría General de la República (CGR).

Que el Decreto-ley 271 de 2000, por el cual se establece la planta de personal de la Contraloría General de la República, señala en el artículo 4o que el Contralor General de la República, podrá crear y organizar, con carácter permanente o transitorio, Grupos Internos de Trabajo, con el fin de atender las necesidades del servicio y cumplir con eficacia y eficiencia los objetivos, las políticas y los programas de la entidad.

Que es política de la Contraloría General de la República revisar y actualizar permanentemente los procesos y procedimientos para el ejercicio de la vigilancia de la gestión fiscal y desarrollo administrativo.

Que la Resolución Orgánica 5706 de diciembre 30 de 2005, en el artículo 9o, numeral 6, determinó que tendrán el carácter de resolución reglamentaria “Las que establezcan sistemas, conformación de grupos de trabajo, métodos o procedimientos de trabajo o administración”.

Que esta Resolución Reglamentaria se expide conforme al procedimiento establecido en la Resolución Orgánica número 6436 de diciembre 7 de 2011, “por la cual se modifica el trámite previsto para las resoluciones orgánicas y reglamentarias previsto en la Resolución Orgánica 5706 de 2005”.

Que en los procesos de seguimiento y monitoreo al funcionamiento y logro de los grupos establecidos en la Resolución Reglamentaria 0171 del 8 de mayo de 2012, adelantado por la Dirección de la Oficina de Planeación, se ha evidenciado la necesidad de fusionar grupos y actividades afines, con el fin de articular su operación, apoyar de mejor manera el logro de las estrategias del nuevo Modelo de Control Fiscal y del Plan Estratégico vigente y, mejorar el cumplimiento de las funciones asignadas a la Oficina.

Que en razón a los motivos expuestos, es necesario ajustar los grupos internos de trabajo de la Oficina de Planeación, los cuales fueron reorganizados y conformados mediante Resolución Reglamentaria 0171 del 8 de mayo de 2012.

En mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

TÍTULO ÚNICO.

GRUPOS INTERNOS DE TRABAJO Y DISPOSICIONES VARIAS DE LA OFICINA PLANEACIÓN.

CAPÍTULO I.

ORGANIZACIÓN DE LOS GRUPOS INTERNOS DE TRABAJO DE LA OFICINA PLANEACIÓN.

ARTÍCULO 1o. MODIFICACIÓN. <Resolución derogada por el artículo 3 de la Resolución 273 de 2014><Ver modificaciones directamente en la Resolución 171 de 2012> El artículo primero (1o) de la Resolución Reglamentaria 0171 del 8 de mayo de 2012, quedara así: La Oficina de Planeación de la Contraloría General de la República, estará conformada por cuatro (4) Grupos de Trabajo permanentes, que dependen del despacho del Director, así:

1. Grupo Estrategia Institucional y Sistema Integrado de Gestión y Control.

2. Grupo de Metodologías de Control y Vigilancia Fiscal.

3. Grupo Planes, Estadísticas e Informes de Control y Vigilancia Fiscal y Sistema Nacional de Control Fiscal (Sinacof).

4. Grupo Gestión de Recursos.

CAPÍTULO II.

ACTIVIDADES Y RESPONSABILIDADES DE LOS GRUPOS INTERNOS DE TRABAJO DE LA OFICINA DE PLANEACIÓN.

ARTÍCULO 2o. ACTIVIDADES. <Resolución derogada por el artículo 3 de la Resolución 273 de 2014>El artículo séptimo (7o) de la Resolución Reglamentaria 0171 del 8 de mayo de 2012 quedará así: Grupo Planes, Estadísticas e Informes de Control y Vigilancia Fiscal y Sistema Nacional de Control Fiscal (Sinacof). Este grupo de trabajo es responsable de asesorar y coordinar la formulación, administración y evaluación de los planes derivados del ejercicio del control fiscal y garantizar su coherencia y debida articulación con el Plan Estratégico. Incluye analizar la información que constituye insumo para el control y la vigilancia fiscal, así como la que se deriva de su ejercicio y administrar las respectivas estadísticas de control y vigilancia fiscal. Debe propender por la calidad, consistencia y veracidad de los datos que produce la CGR y elaborar los informes de ley y los que requiera la alta dirección. También debe mantener actualizada y clasificada la información de los entes o asuntos sujetos al control y vigilancia fiscal de la CGR.

Asimismo, le corresponde promover y desarrollar las estrategias para la armonización del control y la vigilancia fiscal con las Contralorías Territoriales y otras entidades, respecto de las normas, métodos, sistemas de información y procedimientos, para el fortalecimiento del Sistema Nacional de Control Fiscal (Sinacof).

En cumplimiento de lo anterior, deberá ejecutar las actividades inherentes a los siguientes temas:

1. Administración de los planes y programas de control y vigilancia Fiscal. Comprende el Plan General de Auditorías, el Plan Nacional de Auditorías, el Plan de Auditorías Articuladas, el Plan de estudios sectoriales y macroeconómicos y todos aquellos relacionados con el control y la vigilancia fiscal.

2. Ejercer la Gerencia del Sistema Nacional de Control Fiscal (Sinacof), para mejorar la calidad y cobertura del control fiscal sobre los recursos públicos.

3. Elaborar los informes de cumplimiento y de resultados del ejercicio del control y la vigilancia fiscal, según sea requerido por la ley y por las autoridades competentes.

4. Orientar y/o elaborar la formulación del Plan de Estadísticas Sectoriales.

5. Administrar el Sistema Integrado de Información de la Gestión de las Entidades Públicas (SIIGEP), o el sistema que lo reemplace.

6. Elaborar reportes con base en la información suministrada por el Sistema de Rendición Electrónico de la Cuenta e Informes (SIRECI), efectuar los análisis y el seguimiento correspondiente.

7. Realizar la Sectorización y Clasificación de los entes o asuntos sujetos al control y vigilancia fiscal.

8. Administrar desde el punto de vista funcional el Sistema Integrado para el Control de Auditorías (SICA).

CAPÍTULO III.

DISPOSICIONES VARIAS.

ARTÍCULO 3o. MODIFICACIÓN Y DEROGATORIA. <Resolución 171 de 2012 derogada por el artículo 3 de la Resolución 273 de 2014>La presente resolución modifica los artículos primero (1o) y séptimo (7o) y deroga el artículo octavo (8o) de la Resolución Reglamentaria 0171 del 8 de mayo de 2012 y demás disposiciones que le sean contrarias.

ARTÍCULO 4o. VIGENCIA. <Resolución 171 de 2012 derogada por el artículo 3 de la Resolución 273 de 2014>La presente resolución reglamentaria rige a partir de la fecha de su expedición y publicación y modifica y adiciona la Resolución Reglamentaria número 0171 del 8 de mayo de 2012.

Comuníquese, publíquese y cúmplase.

Dada en Bogotá, D. C., a 22 de noviembre de 2012.

La Contralora General de la República,

SANDRA MORELLI RICO.

×