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RESOLUCIÓN 118 DE 2018
(mayo 30)
Diario Oficial No. 50.618 de 8 de junio de 2018
AGENCIA NACIONAL DE MINERÍA
Por la cual se modifica la Resolución número 0112 del 22 de mayo de 2018, mediante la cual se establece y delimita la Zona Minera Especial de la Comunidad Negra del Consejo Comunitario pro Defensa del Río Tapaje, en los municipios de El Charco y Magüí Payán, departamento de Nariño.
LA VICEPRESIDENTE DE PROMOCIÓN Y FOMENTO DE LA AGENCIA NACIONAL DE MINERÍA
en uso de las facultades legales conferidas por el artículo 122 de la Ley 685 de 2001 y en las delegadas por el numeral 7 del artículo 17 del Decreto 4134 de 2011, la Resolución 1032 del 9 de diciembre de 2016, y
CONSIDERANDO:
Que la Vicepresidencia de Promoción de Fomento de la Agencia Nacional de Minería expidió la Resolución número 0112 del 22 de mayo de 2018, por la cual se señala y delimita la Zona Minera Especial de Comunidad Negra del Consejo Comunitario pro Defensa del Río Tapaje, en los municipios de El Charco y Magüí Payán, departamento de Nariño, publicada en el Diario Oficial número 50.602 del 23 de mayo de 2018.
Que mediante correo electrónico del 25 de mayo de 2018, el Grupo de Catastro y Registro Minero informó al Grupo de Fomento lo siguiente:
(…)
Respecto o su solicitud de incorporar en la plataforma tecnológica oficial del Catastro Minero Colombiano (CMC) la la (sic) Zona Minera Especial de Comunidad Negra del Consejo Comunitario pro Defensa del Río Tapaje, le comunico que una vez graficadas las coordenadas planas Dátum BOGOTÁ. ORIGEN Oeste de la ZMCN del Consejo Comunitario pro Defensa del Río Tapaje, conforme se encuentran descritas en la Resolución 0112 del 22 de mayo de 2018 en formato pdf y Word anexo a su comunicación, las mismas se localizan por fuera del territorio nacional anexo imagen en la que se evidencia esta situación.
Por lo anterior, no se puede incorporar esta zona en el CMC.
(…)
Que en virtud de lo anterior, se verificó error al señalar el origen de las coordenadas, lo cual ocasiona un desplazamiento espacial, motivo por el cual se hace necesario modificar el artículo primero de la Resolución número 0112 del 22 de mayo de 2018, aclarando el origen planimétrico de las coordenadas objeto de la delimitación de la zona minera.
Que de conformidad con el artículo 45 de la Ley 1437 de 2011- Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, se establece:
Artículo 45. Corrección de errores formales. En cualquier tiempo, de oficio o a petición de parte, se podrán corregir los errores simplemente formales contenidos en los actos administrativos, ya sean aritméticos, de digitación, de transcripción o de omisión de palabras. En ningún caso la corrección dorá lugar o cambios en el sentido material de la decisión, ni revivirá los términos legales para demandar el acto. Realizada la corrección, esta deberá ser notificada o comunicada a todos los interesados, según corresponda. (Negrillas y subrayado fuera de texto).
Que mediante memorando número 20182200297553 de 28 de mayo de 2018 el Grupo de Catastro Minero remitió certificado de área libre ANM- CAL-0028-18 y reporte gráfico RG-0475 del 28 de mayo de 2018, mediante el cual se corrige el origen planimétrico señalado en la descripción del área objeto de la alinderación de la Zona Minera Especial de la Comunidad Negra del Consejo Comunitario pro Defensa del Río Tapaje, ubicada en los municipios de El Charco, y Magüí Payán en el departamento de Nariño, por lo tanto la Autoridad Minera procede a corregir el artículo primero de la resolución mencionada.
Que teniendo en cuenta las anteriores consideraciones.
RESUELVE:
ARTÍCULO 1o. Modificar el artículo primero de la Resolución número 0112 del 22 de mayo de 2018, en el sentido de indicar el origen planimétrico que corresponde a la Zona Minera Especial de la Comunidad Negra del Consejo Comunitario pro Defensa del Río Tapaje, el cual quedará así:
Artículo 1o.
Establecer y delimitar como Zona Minera Especial de Comunidad Negra a favor del Consejo Comunitario pro Defensa del Río Tapaje, ubicada en los municipios de El Charco, y Magüí Payán en el departamento de Nariño, el área comprendida dentro de una extensión superficiaria total de 144.457,840 hectáreas, dentro de la delimitación que a continuación se relaciona, conforme a la parte motiva del presente acto administrativo:
DESCRIPCIÓN DEL P.A. Primer Punto de la Poligonal
PLANCHAS IGAC 2:100.000 339-340-361-362-384-385
DÁTUM BOGOTÁ
ORIGEN BOGOTÁ
MUNICIPIOS El Charco y Magüí (Payán)- Nariño
ÁREA TOTAL 144.457,840 hectáreas
ARTÍCULO 2o. Los demás artículos de la Resolución número 0112 del 22 de mayo de 2018, de la Vicepresidencia de Promoción y Fomento, conservan su tenor y rigor.
ARTÍCULO 3o. Por tratarse de un acto de carácter general, contra la presente resolución no procede recurso alguno, de acuerdo con lo establecido en el artículo 75 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo.
ARTÍCULO 4o. La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación en el Diario Oficial.
ARTÍCULO 5o. En firme el presente acto administrativo remitir copia a la Gerencia de Catastro y Registro Minero de la ANM, para su correspondiente inscripción en el Registro Minero Nacional, de acuerdo a lo establecido en el literal i) del artículo 332 de la Ley 685 de 2001.
ARTÍCULO 6o. Remitir copia de la presente resolución a la Dirección de Asuntos Comunidades Negras, Afrocolombianas, Raizales y Palanqueros del Ministerio del Interior y de Justicia para los fines del caso.
ARTÍCULO 7o. Comuníquese la presente decisión al Consejo Comunitario pro Defensa del Río Tapaje, ubicado en los municipios de El Charco y Magüí Payán en el departamento de Nariño a favor de la cual se señala y delimita la presente Zona Minera Especial de Comunidad Negra.
Publíquese, comuníquese y cúmplase.
Dada en Bogotá, D. C., a 30 de mayo de 2018.
La Vicepresidente de Promoción y Fomento,
FANNY ELIZABETH GUERRERO MAYA.