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DECRETO 1044 DE 1978
(junio 7)
Diario Oficial No 35.043, de 27 de junio de 1978
<NOTA DE VIGENCIA: El presente Decreto surte efectos fiscales desde el 20 de abril de 1978, salvo lo que se dispone para el pago retroactivo del reajuste de salarios.>
MINISTRO DE GOBIERNO
por el cual se adiciona el artículo 2o. del Decreto-ley 712 de 1978
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA,
en ejercicio de las facultades extraordinarias que le confiere la Ley 5a. de 1978.
DECRETA:
ARTÍCULO 1o. Adiciónase la nomenclatura de empleos de que trata el artículo 2o. del Decreto-ley 712 de 1978, así:
Denominación | Código | Grado de remuneración |
Gerente de Empresa Industrial y Comercial del Estado (Sector Defensa) | 0018 | 08 06 |
Subgerente de Empresa Industrial y Comercial del Estado (Sector Defensa) | 0043 | 05 02 01 |
Secretario General de Superintendencia o entidad descentralizada | 0037 | 05 02 01 |
ARTÍCULO 2o. La remuneración correspondiente a los cargos de Director General de Presupuesto y de Director General de Tesorería del Ministerio de Hacienda y Crédito público, será la fijada para los Ministros del Despacho.
ARTÍCULO 3o. Los miembros del Consejo de Obras Públicas tendrán la remuneración que corresponda al cargo de Viceministro.
ARTÍCULO 4o. <Artículo derogado tácitamente por los Artículos 4o., 5o., 6o. y 7o. de la Ley 4 de 1992>
ARTÍCULO 5o. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición, adiciona el Decreto-ley 712 de 1978, y surte efectos fiscales desde el 20 de abril del mismo año, salvo lo que se dispone para el pago retroactivo del reajuste de salarios.
COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dado en Bogotá, a 7 de junio de 1978
ALFONSO LÓPEZ MICHELSEN
El Ministro de Gobierno,
ALFREDO ARAUJO GRAU
El Ministro de Relaciones Exteriores,
INDALECIO LIÉVANO AGUIRRE
El Ministro de Justicia,
CÉSAR GÓMEZ ESTRADA
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
ALFONSO PALACIO RUDAS
El Ministro de la Defensa Nacional,
General ABRAHAM VARÓN VALENCIA
El Ministro de Agricultura,
JOAQUÍN VANÍN TELLO
El Ministro de Trabajo y Seguridad Social,
JUAN GONZALO RESTREPO LONDOÑO
El Ministro de Salud,
RAÚL OREJUELA BUENO
El Ministro de Desarrollo Económico,
DIEGO MORENO JARAMILLO
El Ministro de Minas y Energía
EDUARDO GAITÁN DURÁN
El Ministro de Educación Nacional,
RAFAEL RIVAS POSADA
El Ministro de Comunicaciones,
SARA ORDÓÑEZ DE LONDOÑO
El Ministro de Obras Públicas y Transporte
HUMBERTO SALCEDO COLLANTE
El Jefe del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República,
CARLOS DEL CASTILLO RESTREPO
El Jefe del Departamento Administrativo de Aeronáutica Civil,
JAIME CHAVARRIAGA MEYER
El Jefe del Departamento Nacional de Planeación,
JOHN NARANJO DOUSDEBÉS
El Jefe del Departamento Administrativo Nacional de Estadística,
ALVARO VELÁSQUEZ COCK
El jefe del Departamento Administrativo de Seguridad,
GUILLERMO LEÓN LINARES
El jefe del Departamento Administrativo del Servicio Civil,
SATURIA ESGUERRA PORTOCORRERO
El Jefe del Departamento Administrativo de Intendencias y Comisarías,
JOSÉ FERNANDO ISAZA DELGADO.