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CIRCULAR EXTERNA 57 DE 2011
(24 de octubre)
Diario Oficial No. 48.233 de 25 de octubre de 2011
MINISTERIO DE LA PROTECCIÓN SOCIAL
Para: | Gobernadores, Alcaldes, Directores Departamentales, Distritales y Municipales de Salud y Representantes Legales de Entidades Promotoras de Salud del Régimen Subsidiado |
De: | Ministro de la Protección Social |
Asunto: | Prórroga de los términos para la publicación y la verificación y aval por parte de las entidades promotoras de salud de la información de que trata la Instrucción número 2 – Denominada “Reporte de Información de las Deudas sin Fuente de Financiación por Parte de las Entidades Territoriales Reflejadas en las Actas de Liquidación de los Contratos de Administración de Recursos del Régimen Subsidiado”. |
Fecha: | 24 de octubre de 2011 |
Teniendo en cuenta que mediante Circular Externa número 00000050 del 19 de septiembre de 2011, este Ministerio prorrogó los plazos concedidos en la Circular número 00000047 del 30 de agosto de 2011, para el reporte y publicación de la información correspondiente a las deudas que las Entidades Territoriales (municipios, distritos y departamentos con corregimientos departamentales), tuvieran con las Entidades Promotoras de Salud, así como de estas para con su red prestadora, determinadas como consecuencia de la liquidación de los contratos de aseguramiento efectuada en el marco de los plazos señalados en Ley 1438 de 2011 y el artículo 275 de la Ley 1450 de 2011, fijando como límite para el reporte de la información por parte de las precitadas entidades, el 15 de octubre de 2011 y para la publicación con miras a la verificación y aval de las Entidades Promotoras de Salud, el 25 del mismo mes y año y que recibida dicha información se encontró que la misma adolece de inconsistencias o que fue enviada de forma incompleta, conllevando a su devolución para la actualización y/o ajustes correspondientes con los consecuentes atrasos en su procesamiento y validación para esta Entidad, es por lo que mediante la presente circular, se hace necesario proceder a la ampliación de los plazos respectivos, con miras al cumplimiento y materialización de las instrucciones impartidas en la Circular 00000047 de 2011.
Conforme con lo anterior, el Ministerio de la Protección Social publicará la información y la dispondrá en el FTP de cada Entidad Promotora de Salud a más tardar el día 3 de noviembre de 2011, para que estas la verifiquen, avalen y remitan al correo electrónico regimensubsidiado@minproteccionsocial.gov.co, máximo hasta el día 10 de noviembre de 2011.
Publíquese y cúmplase.
Dada en Bogotá, D. C., a 24 de octubre de 2011.
El Ministro de la Protección Social,
MAURICIO SANTA MARÍA SALAMANCA.