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ACUERDO 1136 DE 2016
(noviembre 3)
Diario Oficial No. 50.047 de 4 de noviembre de 2016
INSTITUTO NACIONAL DE MEDICINA LEGAL Y CIENCIAS FORENSES
<NOTA DE VIGENCIA: Acuerdo derogado por el artículo 3 de la Resolución 26 de 2022>
Por la cual se modifica la Resolución 0001110 del 29 de septiembre de 2015 suprimiendo la Unidad Básica de Tunja y creando la Unidad Básica Zonal de Tunja y las Unidades Básicas de Mitú y Aguadas.
EL DIRECTOR GENERAL,
en ejercicio de las facultades legales, en especial, las otorgadas en los numerales 2 y 5 del artículo 40 de la Ley 938 del 30 de diciembre de 2004 y conforme a la delegación realizada por la Junta Directiva del Instituto Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses en el artículo 19 del Acuerdo 08 de 2012, y
CONSIDERANDO:
Que conforme a lo dispuesto en los numerales 4 y 10 del artículo 39 de la Ley 938 de 2004, se le otorgó a la Junta Directiva del Instituto Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses la competencia para desarrollar su estructura interna en lo no previsto en la ley, dentro de los lineamientos consignados en ella y señalar el número y sedes de las Direcciones Regionales, Direcciones Seccionales y Unidades Básicas para la efectiva prestación del servicio, y en el artículo 19 del Acuerdo 08 de 2012, se delegó al Director General la facultad de señalar el número y sede de las Unidades Básicas.
Que mediante Resolución 0001110 de 29 de septiembre de 2015 se establece la ubicación de las Unidades Básicas, Básicas Móviles y Básicas Zonales, en cuyo artículo 1o se dispuso localizar una Unidad Básica en el municipio de Tunja, adscrita a la Dirección Regional Oriente del Instituto.
Que el Director Seccional Boyacá, mediante oficio número 177-DSN-DRO-2016 del 27 de junio de 2016, solicitó la modificación de Unidad Básica de Tunja a Unidad Zonal de Tunja; solicitud que fue aprobada por el Subdirector de Servicios Forenses mediante oficio 214-SSF-2016 del 7 de julio del mismo año, quien autorizó la modificación solicitada y los municipios de Cobertura.
Que así mismo, el Director Regional Oriente, mediante oficio número 265-2016-DROR del 12 de julio de 2016, solicitó la creación de una Unidad Básica en el Municipio de Mitú, departamento del Vaupés, debido a que en el mencionado departamento no se cuenta con presencia institucional y existe demanda de servicios médico-legales por parte de las autoridades locales.
Que el Director Regional Occidente, a través del oficio DSC-120-2016, fechado octubre 5 de 2016, solicita adelantar las gestiones pertinentes encaminadas a crear de nuevo la Unidad Básica de Aguadas, Caldas; solicitud que fue aprobada mediante memorando interno del 11 de octubre de 2016.
Que por lo anteriormente expuesto, se hace necesario modificar el artículo 1o de la Resolución 1110 del 29 de septiembre de 2015, en el sentido de suprimir la Unidad Básica Tunja y crear las Unidades Básicas de Mitú y Aguadas; así mismo, modificar el artículo 3o de la citada Resolución para crear la sede de la Unidad Zonal de Tunja y establecer los municipios de cobertura.
RESUELVE:
ARTÍCULO 1o. Modifíquese el artículo 1o de la Resolución 0001110 del 29 de septiembre de 2015, en el sentido de suprimir la Unidad Básica de Tunja.
ARTÍCULO 2o. Modifíquese el artículo 1o de la Resolución 0001110 del 29 de septiembre de 2015, en el sentido de crear las Unidades Básicas de Mitú, Vaupés y Aguadas, Caldas, así:
REGIONAL (Sede) | SECCIONAL (Sede) | UNIDADES BÁSICAS | MUNICIPIO (Sede) |
OCCIDENTE (Pereira) | Caldas (Manizales) | Unidad Básica de Aguadas | Aguadas |
ORIENTE (Bogotá, D. C.) | Meta (Villavicencio) | Unidad Básica de Mitú | Mitú |
ARTÍCULO 3o. Modifíquese el artículo 3o de la Resolución 0001110 del 29 de septiembre de 2015, en el sentido de crear la Unidad Básica Zonal de Tunja, así:
Regional | Seccional | Unidades Básicas | Municipio | COBERTURA |
(Sede) | (Sede) | ZONALES | (Sede) | |
ORIENTE (Bogotá, D. C.) | Boyacá (Tunja) | Unidad Básica Zonal Tunja | Tunja | Tunja, Cucaita, Soracá, Cómbita, Chíquiza, Chivatá, Motavita, Oicatá, Samacá, Siachoque, Sora, Sotaquirá, Toca, Tuta y Ventaquemada. |
ARTÍCULO 4o. La presente resolución rige a partir de su publicación y modifica, en lo pertinente, la Resolución 0001110 del 29 de septiembre de 2015.
Publíquese, comuníquese y cúmplase.
Dada en Bogotá, D. C., a 3 de noviembre de 2016.
CARLOS EDUARDO VALDÉS MORENO.