Puede realizar búsquedas exactas dentro de este documento, ingrese el texto a buscar en la siguiente casilla:
ACUERDO 8 DE 2007
(agosto 29)
Diario Oficial No. 46.763 de 26 de septiembre de 2007
FONDO DE PREVISIÓN SOCIAL DEL CONGRESO DE LA REPÚBLICA
Por medio del cual se aprueba el Manual del Sistema para la Administración del Riesgo de Lavado de Activos y de la Financiación del Terrorismo -Sarlaft y se designa al oficial de cumplimiento y a su suplente.
EL CONSEJO DIRECTIVO DEL FONDO DE PREVISIÓN SOCIAL DEL CONGRESO DE LA REPÚBLICA – FONPRECÓN,
en ejercicio de las facultades legales y estatutarias, en especial las que le confieren los literales b) y f) del artículo 76 de la Ley 489 de 1998 y el literal b) del artículo 7o del Acuerdo 005 del 3 de marzo de 2003, y
CONSIDERANDO:
Que de conformidad con el artículo 52 de la Ley 100 de 1993, el Fondo de Previsión Social del Congreso de la República - Fonprecón, está sometido a la vigilancia y control de la Superintendencia Financiera de Colombia.
Que con fundamento en las facultades consagradas en el numeral 3 literal a) del artículo 326 del Estatuto Orgánico del Sistema Financiero y en el numeral 9 del artículo 11 del Decreto 4327 de 2005, la Superintendencia Financiera de Colombia, mediante Circular Externa 022 del 19 de abril de 2007, impartió instrucciones en materia de administración del riesgo de lavado de activos y de la financiación del terrorismo, estableciendo los parámetros mínimos que las entidades vigiladas deben atender en el desarrollo e implementación del Sistema de Administración del Riesgo de Lavado de Activos y de la Financiación del Terrorismo - Sarlaft.
Que la Superintendencia Financiera de Colombia, mediante oficio 2007020197-004- 000 del 17 de junio de 2007, requirió a Fonprecón para que ajustara el Manual del Sistema Integral de Prevención y Control del Lavado de Activos - Sipla, adoptado mediante resolución 1265 del 2 de septiembre de 2005 y aprobado por el Consejo Directivo con el Acuerdo 008 del 20 de junio de 2006, teniendo en cuenta las observaciones formuladas por la Revisoría Fiscal, respecto de los riesgos inherentes a las operaciones del Fondo, con fundamento en su objetivo misional, y a su vez, solicita que el nuevo manual se ajuste a lo establecido en la Circular Externa número 022 del 19 de abril de 2007, emanada de la citada Superintendencia.
Que en cumplimiento de las citadas disposiciones y en atención a dicho requerimiento, el Fondo de Previsión Social del Congreso de la República, adoptó el Manual del Sistema para la Administración del Riesgo de Lavado de Activos y de la Financiación del Terrorismo -Sarlaft, a través de la Resolución 1433 del 31 de julio de 2007.
Que el numeral 4.2.4.1 del Capítulo XI de la Circular Externa 007 de 1996, sustituido por la Circular Externa 022 del 19 de abril de 2007, establece dentro de las responsabilidades del Consejo Directivo la de aprobar el Manual de Procedimientos del Sarlaft y sus actualizaciones.
Que en mérito de lo expuesto,
ACUERDA:
ARTÍCULO 1o. Aprobar el Manual del Sistema de Administración del Riesgo de Lavado de Activos y de la Financiación del Terrorismo -Sarlaft, en el Fondo de Previsión Social del Congreso de la República - Fonprecón, contenido en la Resolución 1433 del 31 de julio de 2007, que hace parte integral del presente acuerdo.
ARTÍCULO 2o. <Artículo modificado por el artículo 1 del Acuerdo 9 de 2008. El nuevo texto es el siguiente:> Designar como oficial de cumplimiento del Sarlaft en el Fondo de Previsión Social del Congreso de la República, Fonprecon, al Subdirector Administrativo y Financiero o quien haga sus veces.
ARTÍCULO 3o. <Artículo modificado por el artículo 2 del Acuerdo 9 de 2008. El nuevo texto es el siguiente:> Designar como oficial de cumplimiento suplente en el Fondo de Previsión Social del Congreso de la República, Fonprecon, al jefe de la Oficina Asesora de Planeación y Sistemas.
ARTÍCULO 4o. El presente acuerdo rige a partir de la fecha de su expedición y deroga el Acuerdo 008 del 20 de junio de 2006.
Publíquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. C., a 29 de agosto de 2007.
El Presidente Consejo Directivo,
ANDRÉS FERNANDO PALACIO CHAVERRA.
El Secretario Consejo Directivo,
FRANCISCO ALVARO RAMÍREZ RIVERA.