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RESOLUCIÓN 527 DE 2006

(marzo 7)

Diario Oficial No. 46.206 de 10 de marzo de 2006

FISCALÍA GENERAL DE LA NACIÓN

<NOTA DE VIGENCIA: Resolución 3930 de 2005 derogada por el artículo 35 de la Resolución 1159 de 2014>

Por la cual se modifica el artículo 10 de la Resolución 0-3930 del 21 de noviembre de 2005.

EL FISCAL GENERAL DE LA NACIÓN,

en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas por el artículo 60 de la Ley 938 del 30 de diciembre de 2004, y

CONSIDERANDO QUE:

La Resolución 0-3930 del 21 de noviembre de 2005, estableció el procedimiento para la elección de los representantes de los empleados y funcionarios ante la Comisión Nacional de Administración de la Carrera;

El artículo 10 de la resolución en comento, previó que el número de delegados, de acuerdo con el potencial electoral, ascendía a treinta y ocho (38), conforme con la siguiente representación:

“Un (1) delegado por cada una de las siguientes Circunscripciones:

Armenia, Cartagena, Cundinamarca, Florencia, Ibagué, Manizales, Montería, Neiva, Pasto, Pereira, Popayán, Quibdó, Riohacha, Santa Marta, Sincelejo, Santa Rosa de Viterbo, Tunja y Valledupar.

Dos (2) delegados por cada una de las siguientes Circunscripciones:

Antioquia, Barranquilla, Bucaramanga-San Gil, Cúcuta-Pamplona y Villavicencio.

Tres (3) delegados por cada una de las siguientes Circunscripciones:

Cali-Buga y Medellín.

Cuatro (4) delegados por la Circunscripción de Bogotá-Nivel Central”.

Una vez confrontados los antecedentes de las diferentes circunscripciones, pudo establecerse que la Circunscripción de Ibagué tradicionalmente ha contado con dos (2) delegados a la Asamblea Nacional Electoral, como lo preveía el artículo 10 de la Resolución 0-0442 de marzo 16 de 2000, derogada por la Resolución 0-3930 del 21 de noviembre de 2005;

Confrontada la participación de la Circunscripción de Ibagué con el potencial electoral vigente, en efecto le corresponde contar con dos (2) delegados a la Asamblea Nacional Electoral y no con uno (1), como se indicó en el artículo 10 de la Resolución 0-3930 del 21 de noviembre de 2005;

Por lo expuesto, se procederá a modificar el artículo 10 de la Resolución 0-3930 del 21 de noviembre de 2005 en el sentido antes mencionado;

En consecuencia, el Fiscal General de la Nación

RESUELVE:

ARTÍCULO 1o. <Resolución 3930 de 2005 derogada por el artículo 35 de la Resolución 1159 de 2014> Modificar el artículo 10 de la Resolución 0-3930 del 21 de noviembre de 2005, el cual quedará así:

Artículo 10. Del número de delegados. Los delegados serán treinta y nueve (39). Las circunscripciones electorales en razón a su potencial electoral tendrán derecho a los siguientes delegados:

Un (1) delegado por cada una de las siguientes Circunscripciones:

Armenia, Cartagena, Cundinamarca, Florencia, Manizales, Montería, Neiva, Pasto, Pereira, Popayán, Quibdó, Riohacha, Santa Marta, Sincelejo, Santa Rosa de Viterbo, Tunja y Valledupar.

Dos (2) delegados por cada una de las siguientes Circunscripciones:

Antioquia, Barranquilla, Bucaramanga-San Gil, Cúcuta-Pamplona, Ibagué y Villavicencio.

Tres (3) delegados por cada una de las siguientes Circunscripciones:

Cali-Buga y Medellín.

Cuatro (4) delegados por la Circunscripción de Bogotá-Nivel Central.

ARTÍCULO 2o. La presente resolución rige a partir d e la fecha de su expedición y modifica la Resolución 0-3930 del 21 de noviembre de 2005.

Publíquese, comuníquese y cúmplase.

Dada en Bogotá, D. C., a 7 de marzo de 2006.

El Fiscal General de la Nación,

MARIO GERMÁN IGUARÁN ARANA.

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