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RESOLUCIÓN 0-0233 DE 2025

(julio 31)

Diario Oficial No. 53.199 de 1 de agosto de 2025

Diario Oficial disponible en la web de la Imprenta Nacional de Colombia el 2 de agosto de 2025

FISCALÍA GENERAL DE LA NACIÓN

Por medio de la cual se modifica a Resolución número 0-3349 del 26 de diciembre de 2017.

LA FISCAL GENERAL DE LA NACIÓN,

en uso de sus atribuciones legales y,

CONSIDERANDO:

Que el Decreto Ley 016 de 2014, artículo 4o, numeral 25, señala que es función de la Fiscal General de la Nación "Crear, conformar, modificar o suprimir secciones, departamentos, comités, unidades y grupos internos de trabajo que se requieran para el cumplimiento de las funciones a cargo de la Fiscalía General de la Nación".

Que, por otra parte, el Decreto Ley 016 de 2014, artículo 4o, parágrafo, señala que la Fiscal General de la Nación tiene la facultad de delegar las funciones y competencias que le estén atribuidas por la ley a su despacho, las cuales podrá reasumir cuando lo considere necesario.

Que el artículo 2o del mismo Decreto, modificado por el artículo 25 del Decreto número 898 de 2017, dispone que la estructura de la Fiscalía General de la Nación incluye "2.3. Delegada para la Seguridad Territorial [...] 2.3.2. Direcciones Seccionales[...]".

Que en el parágrafo del artículo 2o del Decreto número 016 del 9 de enero de 2014 se dispone "El Fiscal General de la Nación podrá organizar, de acuerdo con las necesidades del servicio, el funcionamiento de las Direcciones Seccionales y determinar las Secciones de Fiscalías y Seguridad Ciudadana, Secciones de Policía Judicial y Secciones de Atención al Usuario, que se requieran para fortalecer la gestión investigativa y mejorar la prestación del servicio".

Que de acuerdo con los Decretos número 016 de 2014 y 898 de 2017, la Fiscalía General de la Nación está distribuida, entre otras dependencias, en la Delegada para la Seguridad Territorial y la Delegada contra la Criminalidad Organizada. La primera de ellas cobija las Direcciones Seccionales a nivel nacional, encargadas de investigar los fenómenos criminales relacionados con la seguridad ciudadana, mientras que, la segunda delegada investiga los delitos cometidos por los grupos armados organizados en el país.

Que mediante la Resolución número 0-3349 del 26 de diciembre de 2017, se definieron las sedes y la cobertura territorial de las Direcciones Seccionales, estableciendo los municipios de influencia y la articulación funcional de cada sede, con el fin de fortalecer la presencia institucional y capacidad operativa.

Que la distribución de las sedes en las que hace presencia la Fiscalía General de la Nación en el territorio nacional está centralizada en la Fiscal General de la Nación, lo que genera dificultades por los tiempos que puede tomar este trámite, sumado a que la presencia de los funcionarios de la entidad debe responder a las necesidades de cada territorio.

Que el Direccionamiento Estratégico 2024-2028 "experiencia e innovación al servicio de la justicia" establece como primer pilar la priorización de las investigaciones con enfoque territorial, en el entendido que los fenómenos criminales se presentan de manera diferenciada en cada territorio y que por lo tanto, es necesario fortalecer las capacidades de las Direcciones Seccionales para investigar la criminalidad que más afecta a la comunidad, lo que exige distribuir los recursos de manera estratégica.

Que por lo tanto es necesario delegar las siguientes funciones así:

1. La Fiscal General de la Nación seguirá teniendo a cargo la creación y eliminación de las Direcciones Seccionales.

2. La Delegada para la Seguridad Territorial establecerá los municipios que integran cada una de las Direcciones Seccionales.

3. Las Direcciones Seccionales determinarán la distribución de las sedes y la planta de personal en el territorio que les ha sido designado.

Que en virtud de lo anterior, la suscrita Fiscal General de la Nación eliminará la Dirección Seccional de Magdalena Medio y creará la Dirección Seccional de Vaupés, de acuerdo con los argumentos que se exponen a continuación.

Que la Dirección Seccional Magdalena Medio cubre seis departamentos(1) y actualmente investiga y judicializa las conductas delictivas cometidas por las estructuras criminales que operan en este territorio, como GAO - Clan del Golfo (4 subestructuras), GAO - ELN (seis frentes y 2 compañías móviles), GAOR - disidencias de las FARC (2 frentes) y tres GDCO.

Que si bien la Dirección Seccional de Magdalena Medio se creó para investigar a las estructuras criminales que operan en los municipios que la conforman, lo cierto es que, estos asuntos son de conocimiento de la Delegada contra la Criminalidad Organizada y no de la Delegada para la Seguridad Territorial, sumado a que, los casos de seguridad ciudadana, que sí le corresponden a esta Dirección, no atienden a esta distribución administrativa.

Que conforme a los anteriores argumentos se debe eliminar la Dirección Seccional de Magdalena Medio y tomar las siguientes medidas:

1. Los asuntos de seguridad ciudadana de los municipios que cobija la Dirección Seccional De Magdalena Medio serán asumidos por los funcionarios que actualmente se encuentran en estos territorios y que pasarán a formar parte de las Direcciones Seccionales de Antioquia, Bolívar, Boyacá, Cesar y Santander, respectivamente.

2. Los asuntos de crimen organizado serán asumidos por la Delegada contra la Criminalidad Organizada que establecerá la distribución de sus funcionarios para atender estas investigaciones.

Que, en virtud de esta reorganización, los municipios de Cáchira y La Esperanza, que formaban parte de la Dirección Seccional Magdalena Medio, son del Departamento de Norte de Santander; sin embargo, el municipio más cercano con Unidad Seccional es Aguachica (Cesar) y en Unidad Local es San Alberto (Cesar) respectivamente, por lo que, para garantizar la atención efectiva de las víctimas, la cobertura de Cáchira y La Esperanza se atenderá desde estos últimos municipios del departamento de Cesar.

Que con ocasión de esta modificación en la estructura de la Delegada para la Seguridad Territorial en la que se elimina una Dirección Seccional, se hace necesario crear la Dirección Seccional de Vaupés, por cuanto en la actualidad existe la Dirección Seccional Guainía - Vaupés en la que, los funcionarios que la conforman atienden dos departamentos que tienen dificultades en el acceso y traslado.

Que por tal motivo es indispensable crear la Dirección Seccional de Vaupés que cuente con un director y planta de personal propia, con el propósito de garantizar la atención a las víctimas y priorizar las investigaciones de los fenómenos criminales que más afectan este territorio.

Que, por otra parte, las Direcciones Seccionales de Casanare, Cundinamarca, Meta y Putumayo solicitaron ampliar la cobertura institucional, así:

Que, conforme a lo expuesto, se hace necesario modificar el artículo 1o y los numerales 2, 6, 7, 11, 13, 16, 17, 22 hasta el 35 del artículo 2o de la Resolución número 0-3349 del 26 de diciembre de 2017, con el fin de mejorar el ejercicio de las actividades y funciones desarrolladas por las direcciones seccionales.

Que en mérito de lo expuesto, la Fiscal General de la Nación,

RESUELVE:

ARTÍCULO 1o. Modificar el artículo 1o de la Resolución 0-3349 del 26 de diciembre de 2017, en el sentido de eliminar la Dirección Seccional de Magdalena Medio y crear la Dirección Seccional Vaupés.

El artículo 1o de la Resolución número 0-3349 de 26 de diciembre de 2017 quedará así:

"Direcciones Seccionales: La Fiscalía General de la Nación cuenta con treinta y cinco (35) Direcciones Seccionales, así:

1. Dirección Seccional de Amazonas

2. Dirección Seccional de Antioquia

3. Dirección Seccional de Arauca

4. Dirección Seccional de Atlántico

5. Dirección Seccional de Bogotá

6 Dirección Seccional de Bolívar

7. Dirección Seccional de Boyacá

8. Dirección Seccional de Caldas

9. Dirección Seccional de Cali

10. Dirección Seccional de Caquetá

11. Dirección Seccional de Casanare

12. Dirección Seccional de Cauca

13. Dirección Seccional de Cesar

14. Dirección Seccional de Chocó

15. Dirección Seccional de Córdoba

16. Dirección Seccional de Cundinamarca

17. Dirección Seccional de Guainía

18. Dirección Seccional de La Guajira

19. Dirección Seccional de Guaviare

20. Dirección Seccional de Huila

21. Dirección Seccional de Magdalena

22. Dirección Seccional de Medellín

23. Dirección Seccional de Meta

24. Dirección Seccional de Nariño

25. Dirección Seccional de Norte de Santander

26. Dirección Seccional de Putumayo

27. Dirección Seccional de Quindío

28. Dirección Seccional de Risaralda

29. Dirección Seccional de San Andrés, Providencia y Santa Catalina

30. Dirección Seccional de Santander

31. Dirección Seccional de Sucre

32. Dirección Seccional de Tolima

33. Dirección Seccional de Valle del Cauca

34. Dirección Seccional de Vaupés

35. Dirección Seccional de Vichada.

ARTÍCULO 2o. MODIFICAR. Modificar los numerales 2, 6, 7, 11, 13, 16, 17, 22 hasta el 35 del artículo 2o de la Resolución número 0-3349 del 26 de diciembre de 2017, en el sentido de ampliar la cobertura de las Direcciones Seccionales de Casanare, Cundinamarca, Meta y Putumayo.

Los municipios que conformaban la Dirección Seccional de Magdalena Medio pasarán a formar parte de las Direcciones Seccionales de Antioquia, Bolívar, Boyacá, Cesar y Santander.

El artículo 2o quedará así:

<Tabla publicada en el Diario Oficial>

<Consultar PDF del Diario Oficial directamente en el siguiente enlace:

https://normograma.com/documentospdf/PDF/R_FGN_0233_2025_ANEXO.pdf

PARÁGRAFO 1o. Las Direcciones Seccionales que no fueron objeto de modificación en la presente resolución continuarán vigentes, conforme a lo establecido en la Resolución número 3349 de 2017.

PARÁGRAFO 2o. Las Direcciones Seccionales deberán garantizar las reglas del reparto establecidas en la Resolución número 0-0985 de 2018 o la que haga sus veces.

ARTÍCULO 3o. Redistribuir la carga laboral (activa e inactiva) de la Dirección Seccional Magdalena Medio, según factor territorial a las Direcciones Seccionales de Antioquia, Caldas, Bolívar, Cesar y Santander. En virtud de la causal 1 de la Resolución número 0985 de 2018.

ARTÍCULO 4o. Inactivar la Dirección Seccional Magdalena Medio en el sistema misional SPOA y CREAR la Dirección Seccional Vaupés en el sistema misional SPOA.

ARTÍCULO 5o. Delegar en la Delegada para la Seguridad Territorial la función de definir los municipios que conformarán cada una de las Direcciones Seccionales.

La Delegada para la Seguridad Territorial queda facultada para modificar la conformación actual de cada una de las Direcciones Seccionales.

ARTÍCULO 6o. Delegar en los Directores Seccionales la función de distribuir las sedes y la planta de personal en el territorio que compone cada Dirección.

Los Directores Seccionales quedan facultados para modificar la distribución actual de las sedes de la Fiscalía General de la Nación en el territorio que compone cada Dirección.

ARTÍCULO 7o. Las demás disposiciones contenidas en la Resolución número 0-3349 del 26 de diciembre de 2017 que no hayan sido modificadas o derogadas, conservan su vigencia.

ARTÍCULO 8o. La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación, modifica el artículo 1o y los numerales 2, 6, 7,8 11, 13, 16, 17, 22 hasta el 35 del artículo 2o de la Resolución número 0-3349 del 26 de diciembre de 2017 y deroga todas las disposiciones que le sean contrarias.

Publíquese, comuníquese y cúmplase.

Dada en Bogotá, D. C., a 31 de julio de 2025.

La Fiscal General de la Nación,

Luz Adriana Camargo Garzón

NOTAS AL FINAL:

1. La Dirección Seccional de Magdalena Medio cubre municipios de los departamentos de Antioquia, Bolívar, Boyacá, Cesar, Santander y Norte de Santander.

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