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ACUERDO AOG 29 DE 2021

(noviembre 9)

Diario Oficial No. 51.854 de 10 de noviembre de 2021

JURISDICCIÓN ESPECIAL PARA LA PAZ

<Esta norma no incorpora las modificaciones>

Por el cual se prorrogan y se aprueban unas movilidades a la SAI, a la SDSJ y a la Relatoría de la JEP.

EL ÓRGANO DE GOBIERNO DE LA JURISDICCIÓN ESPECIAL PARA LA PAZ (JEP),

en ejercicio de sus facultades constitucionales, legales y reglamentarias, en especial las contenidas en el parágrafo 2 del artículo transitorio 5o de la Constitución Política, adoptado por el Acto Legislativo 01 de 2017, el artículo 110 de la Ley 1957 de 2019 y los artículos 15 literal a) y 43 del Acuerdo ASP número 001 de 2020, y

CONSIDERANDO:

Que el artículo transitorio 5o del Acto Legislativo 01 del 2017 crea la Jurisdicción Especial para la Paz, con autonomía administrativa, presupuestal y técnica.

Que, adicionalmente, respecto de su naturaleza jurídica, el mismo artículo del citado Acto Legislativo señala que la JEP estará sujeta a un régimen legal propio y se encargará de administrar justicia de manera transitoria y autónoma, con conocimiento preferente sobre las demás jurisdicciones.

Que el inciso 6 del artículo transitorio 12 de la referida norma dispone que los magistrados de la JEP, sin incluir normas procesales, adoptarán el reglamento de funcionamiento y organización de la JEP.

Que el artículo 75 de la Ley 1957 de 2019, Estatutaria de la JEP, dispone que la JEP adoptaría su reglamento de funcionamiento y organización, dentro del cual establecería los criterios para proceder a la movilidad entre los magistrados de Salas y Secciones en función de la acumulación de trabajo.

Que el artículo 13 del Acuerdo ASP número 001 de 2020, Reglamento General de la JEP, señala que le corresponde al Órgano de Gobierno establecer los objetivos, planificación, orientación de la acción y fijación de la estrategia general de la Jurisdicción.

Que adicionalmente el literal a) del artículo 15 del referido Reglamento General establece que el Órgano de Gobierno decidirá las solicitudes de movilidad de los magistrados o magistradas y/o de los integrantes de la planta adscrita a sus despachos, de conformidad con el artículo 43 ibidem.

Que el artículo 43 del Reglamento General de la JEP establece los criterios en virtud de los cuales el Órgano de Gobierno resolverá sobre la movilidad de los magistradas y magistrados, a las distintas Salas y Secciones.

Que mediante Acuerdo AOG número 015 del 13 de mayo de 2021, el Órgano de Gobierno aprobó la movilidad de la sustanciadora nominada Astrid Karolina Carvajal Pacheco, del despacho del Magistrado Danilo Rojas Betancourth, de la Sección de Apelación (SA), así como de la auxiliar judicial 4 Mary Angélica Arboleda Zuluaga, de la Presidencia – Relatoría de la JEP, al despacho de la Magistrada Diana María Vega Laguna, de la Sala de Amnistía o Indulto (SAI), por 6 meses, tiempo completo, período que vence el 13 de noviembre del año en curso.

Que mediante comunicaciones del 27 de octubre y 3 de noviembre de 2021, la Magistrada Diana María Vega Laguna solicitó al Órgano de Gobierno la prórroga de la movilidad de la servidora Astrid Karolina Carvajal Pacheco, sustanciadora nominada del despacho del Magistrado Danilo Rojas Betancourth, y de la auxiliar judicial 4 Mary Angélica Arboleda Zuluaga, de la Presidencia – Relatoría de la JEP, a su despacho, por un término de seis (6) meses a partir del 14 de noviembre de 2021, tiempo completo, con el propósito de apoyar el trabajo jurisdiccional. Se cuenta con el aval del Magistrado Danilo Rojas Betancourth y del Presidente de la JEP a las prórrogas solicitadas, respectivamente.

Que mediante Acuerdo AOG número 012 de 2021, el Órgano de Gobierno prorrogó la movilidad de la sustanciadora nominada Jeraldine Rodríguez Campos, del despacho de la Magistrada Patricia Linares Prieto, de la Sección de Apelación (SA), a la Sala de Definición de Situaciones Jurídicas (SDSJ), por el período de seis (6) meses, el cual vence el 13 de noviembre del año en curso.

Que mediante comunicación del 8 de noviembre de 2021, el Magistrado José Miller Hormiga, de la SDSJ, solicitó al Órgano de Gobierno la prórroga de la movilidad de la sustanciadora nominada Jeraldine Rodríguez Campos, del despacho de la Magistrada Patricia Linares Prieto, hacia la SDSJ, a partir de la terminación de su movilidad actual y hasta el 31 de diciembre de 2021. Se cuenta con el aval de la Magistrada Patricia Linares Prieto a la prórroga de movilidad solicitada.

Que el Presidente de la JEP solicitó al Órgano de Gobierno la movilidad del profesional especializado 33 Julián Darío Bonilla Montenegro, del despacho de la Magistrada Diana María Vega Laguna, de la SAI, a la Presidencia – Relatoría por un término de seis (6) meses a partir del 14 de noviembre de 2021, tiempo completo, con el propósito de apoyar el trabajo en esa dependencia. Se cuenta con el aval de la Magistrada Diana María Vega Laguna a la movilidad solicitada.

Que el Órgano de Gobierno aprobó la prórroga de la movilidad de la sustanciadora nominada Astrid Karolina Carvajal Pacheco, del despacho del Magistrado Danilo Rojas Betancourth, o quien ocupe el cargo, y de la auxiliar judicial 4 Mary Angélica Arboleda Zuluaga, de la Presidencia – Relatoría de la JEP, o quien ocupe el cargo, al despacho de la Magistrada Diana María Vega Laguna, de la SAI, por el término de seis (6) meses a partir del 14 de noviembre de 2021, tiempo completo, así como de la sustanciadora nominada Jeraldine Rodríguez Campos, del despacho de la Magistrada Patricia Linares Prieto, a la SDSJ, a partir del 14 de noviembre de 2021 y hasta el 31 de diciembre de 2021. De igual forma, aprobó la movilidad del profesional especializado 33 Julián Darío Bonilla Montenegro, del despacho de la Magistrada Diana María Vega Laguna, a la Presidencia – Relatoría, por el término de seis (6) meses a partir del 14 de noviembre de 2021, tiempo completo.

El Órgano de Gobierno aprueba la suscripción del presente Acuerdo por parte del Presidente y la Secretaria Ejecutiva.

En mérito de lo expuesto,

ACUERDA:

ARTÍCULO 1o. Prorrogar la movilidad de la sustanciadora nominada Astrid Karolina Carvajal Pacheco, del despacho del Magistrado Danilo Rojas Betancourth, o quien ocupe el cargo, y de la auxiliar judicial 4 Mary Angélica Arboleda Zuluaga, de la Presidencia de la JEP, o quien ocupe el cargo, al despacho de la Magistrada Diana María Vega Laguna, de la SAI, por el período de seis (6) meses a partir del 14 de noviembre de 2021, tiempo completo.

ARTÍCULO 2o. Prorrogar la movilidad de la sustanciadora Jeraldine Rodríguez Campos, del despacho de la Magistrada Patricia Linares Prieto, o quien ocupe el cargo, a la SDSJ, a partir del 14 de noviembre de 2021 y hasta el 31 de diciembre de 2021.

ARTÍCULO 3o. Aprobar la movilidad del profesional especializado 33 Julián Darío Bonilla Montenegro, del despacho de la Magistrada Diana María Vega Laguna, de la SAI, o quien ocupe el cargo, a la Presidencia – Relatoría, por el período de seis (6) meses a partir del 14 de noviembre de 2021, tiempo completo.

ARTÍCULO 4o. Comunicar el presente Acuerdo a la Subdirección de Talento Humano de la Jurisdicción Especial para la Paz.

ARTÍCULO 5o. El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de su publicación.

Publíquese, comuníquese y cúmplase.

Dado en Bogotá, D. C., a 9 de noviembre de 2021.

El Presidente,

Eduardo Cifuentes Muñoz.

La Secretaria Ejecutiva,

María del Pilar Bahamón Falla.

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