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RESOLUCIÓN 2221 DE 2008
(junio 13)
Diario Oficial No. 47.022 de 16 de junio de 2008
SUPERINTENDENCIA DE VIGILANCIA Y SEGURIDAD PRIVADA
Por la cual se amplía el plazo para el pago del anticipo de la contribución de vigilancia a cargo de las entidades vigiladas y controladas por la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada.
EL SUPERINTENDENTE DE VIGILANCIA Y SEGURIDAD PRIVADA,
en ejercicio de sus facultades legales otorgadas por el Código Contencioso Administrativo y los Decretos 356 de 1994 y 2355 de 2006,
CONSIDERANDO:
Que el artículo 76 de la Ley 1151 de 2007 estableció una contribución de vigilancia a cargo de las personas naturales o jurídicas y los servicios sometidos al control, inspección y vigilancia de la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada, que tendrá por objeto cubrir los costos y gastos que ocasione el funcionamiento e inversión de la Entidad;
Que el Decreto 1989 de 2008 reglamentó lo relacionado con el pago de la contribución y estableció los requisitos que se deben cumplir para la liquidación de la misma;
Que la Resolución 2076 de 2008, estableció las fechas de pago y otras medidas para el recaudo de la contribución de vigilancia a cargo de las entidades vigiladas y controladas por la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada;
Que el artículo 4o de la Resolución 2076 de 2008, estableció que el pago del anticipo correspondiente al 50% del valor total a pagar debería realizarse hasta el 14 de junio de 2008,
RESUELVE:
ARTÍCULO 1o. Ampliar el plazo para el pago del anticipo correspondiente al 50% del valor total a pagar por parte de los sujetos obligados al pago de la contribución a favor de la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada, hasta el viernes 20 de junio de 2008.
ARTÍCULO 2o. Manténganse incólumes todas las demás disposiciones contenidas en la Resolución 2076 de 2008.
ARTÍCULO 3o. La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición.
Publíquese y cúmplase.
Dada en Bogotá, D. C., a 13 de junio de 2008.
El Superintendente,
FELIPE MUÑOZ GÓMEZ.