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RESOLUCION 151 DE 2002

(enero 23)

Fuente: Archivo interno de la entidad

<NOTA: Esta norma no incluye análisis de vigencia>

SUPERINTENDENCIA DE VIGILANCIA Y SEGURIDAD PRIVADA

Por la cual se aprueba el programa de capacitación que establece la Policía Nacional a través de la Escuela Nacional de Policía General Santander Seccional Carabineros Programa de Adiestramiento Canino a los particulares como Instructores (Monitores) Caninos.

EL SUPERINTENDENTE DE VIGILANCIA Y SEGURIDAD PRIVADA,

en ejercicio de las facultades legales en especial las conferidas por los Decretos 2453 de 1993, 356 de 1994 y 2187 de 2001, y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 2° del Decreto 2453 de 1993, faculta al Superintendente de Vigilancia y Seguridad Privada, para ejercer el control, inspección y vigilancia sobre la industria y los servicios de vigilancia y seguridad privada y en especial el cumplimiento de los objetivos allí señalados;

Que el artículo 3° del Decreto 356 de 1994 establece que los servicios de vigilancia, y seguridad privada deben obtener autorización para la prestación de sus servicios por parte de la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada, con base en potestad discrecional orientada a proteger la seguridad ciudadana;

Que el artículo 65 del Decreto 356 de 1994 preceptúa que las personas naturales o jurídicas, nacionales o extranjeras que adelanten programas de capacitación y entrenamiento en vigilancia y seguridad privada, deben informar previamente a la Superintendencia sobre el contenido de los programas a desarrollar;

Que la Resolución número 024 de 2001 expedida por la Policía Nacional Escuela Nacional de Policía “General Santander” Seccional Carabineros, fija las pautas para la capacitación estableciendo el pénsum académico a desarrollar con una intensidad de ciento veinte (120) horas, y faculta al Programa de Adiestramiento Canino para capacitar particulares como Instructores (Monitores) de las Escuelas y Departamentos de Capacitación que tengan aprobado el Programa Canino;

Que por tratarse de una capacitación especializada para formar instructores (monitores) caninos, esta Superintendencia considera viable la aprobación del programa de capacitación presentado por la Policía Nacional, por cuanto se garantiza profesionales idóneos con la instrucción suficiente para capacitar manejadores caninos de las empresas de vigilancia y seguridad privada debidamente autorizados, a través de las Escuelas y Departamentos de Capacitación que hayan presentado y aprobado los correspondientes programas;

Que el curso de Instructores (Monitores) presentado por la Policía Nacional Escuela Nacional de Policía “General Santander” Seccional Carabineros, contiene los campos de Fundamentación y Complementación debidamente desarrollados en áreas que comprende el Servicio de Policía y Apoyo, así como la Jurídica y Humana respectivamente, dentro de los cuales se cumple el pénsum académico a desarrollar;

Que como quiera que la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada está adelantando los estudios necesarios con el fin de establecer el pénsum sobre los programas y fijar así los criterios técnicos y operativos para su desarrollo, requisitos para manejadores caninos, homologaciones y demás circunstancias relacionadas con la especialidad canina de que trata el artículo 24 del Decreto 2187 de 2001, se hace necesario dar aplicación a lo establecido en el inciso 3° del mismo artículo, donde se establece que es la Escuela de Formación de Guías y Adiestramiento de Perros de la Policía Nacional (hoy Programa de Adiestramiento de Canino) y el Centro de Adiestramiento Canino del Ejército Nacional, los encargados de dictar los cursos de capacitación y entrenamiento, mientras se aprueban por parte de la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada;

Que el Centro de Adiestramiento Canino del Ejército Nacional, no ha presentado proyecto alguno que esté relacionado con programas para los cursos, entrenamiento y capacitación canina;
 

De conformidad con los anteriores considerandos este Despacho,

RESUELVE:

ARTÍCULO 1o. Aprobar el programa de capacitación presentado por la Policía Nacional Escuela Nacional de Policía “General Santander” Seccional Carabineros Programa de Adiestramiento Canino, para capacitar particulares como Instructores (Monitores) Caninos a través del Programa de Adiestramiento Canino (PROAC), a desarrollar en dos (2) semanas con una intensidad de ciento veinte (120) horas.
 

ARTÍCULO 2o. La Seccional Carabineros Programa de Adiestramiento Canino de la Policía Nacional, informará a la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada sobre el desarrollo de los programas, relacionando el personal capacitado.
 

ARTÍCULO 3o. La presente resolución rige a partir de su fecha de publicación.
 

Publíquese, comuníquese y cúmplase.
Dada en Bogotá, D. C., a 23 de enero de 2002.

El Superintendente,

JULIO CÉSAR VÁSQUEZ HIGUERA.

(C.F.)
 

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