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RESOLUCIÓN 7928 DE 2008

(16 mayo)

Diario Oficial No. 46.995 de 20 de mayo de 2008

SUPERINTENDENCIA DE PUERTOS Y TRANSPORTE

“Por la cual se revoca la resolución No. 7564 de abril 30 de 2008 y se fija un plazo”

EL SUPERINTENDENTE DE PUERTOS Y TRANSPORTE

En uso de sus facultades legales, en especial las conferidas por la Ley 01 del 10 de enero de 1991 artículo 25, norma que crea la Superintendencia; Decreto 101 del 2 de febrero de 2000 Parágrafo del artículo 40 y artículo 43; numeral 18 del artículo 7 del Decreto 1016 de junio 6 de 2000; Decreto 2741 del 20 de diciembre del 2.001 modificatorio de los Decretos 101 y 1016 de 2000, y

CONSIDERANDO

Que mediante resolución No. 7564 del 30 de abril de 2008 se adoptó un Modelo Integrado de Gestión en la Superintendencia de Puertos y Transporte, el cual contempla los requerimientos del Sistema de Gestión de la Calidad norma NTC-GP1000:2004 y del Modelo Estándar de Control Interno para el Estado Colombiano, MECI 1000:2005.

Que dentro el mismo acto administrativo se dispuso derogar las resoluciones No. 588 del 29 de abril de 2002 y No. 5779 de diciembre 30 de 2004.

Que en la actualidad se están revisando los procesos y procedimientos que soportarían el Sistema Integrado de Gestión en la Superintendencia de Puertos y Transporte, el cual contempla los requerimientos del Sistema de Gestión de la Calidad bajo la norma NTCGP1000:2004 y del Modelo Estándar de Control Interno MECI 1000:2005.

Que debido a que los procesos y procedimientos se encuentran en la etapa descrita en el considerando anterior, no es procedente derogar las resoluciones No. 0588 del 29 de abril de 2002 y No. 5779 de diciembre 30 de 2004, hasta tanto no estén aprobados los procesos y procedimientos que los remplacen.

Que se hace necesario establecer un plazo perentorio para la aprobación de los procesos y procedimientos que se encuentran en etapa de revisión, con la participación activa de todos y cada uno de los funcionarios y contratistas de la entidad.

Que en mérito de lo expuesto,

RESUELVE

ARTÍCULO 1o. Revóquese la Resolución No. 7564 del 30 de abril de 2008 de acuerdo con lo expuesto en la parte considerativa.

ARTÍCULO 2o. Continuaran vigentes las resoluciones No. 0588 del 29 de abril de 2002 y No. 5779 de diciembre 30 de 2004

ARTÍCULO 3o. Fíjese el 30 de mayo de 2008, como última fecha perentoria para que los procesos y procedimientos que vayan a formar parte del nuevo Sistema de Gestión, estén concertados, revisados y definidos por los funcionarios involucrados en los mismos.

ARTÍCULO 4o. Una vez los nuevos procesos y procedimientos se encuentren concertados, definidos y revisados, deberán documentarse y homologarse en nuevas versiones al Sistema de Gestión de Calidad, ajustado a la norma NTCGP1000:2004 y al Modelo Estándar de Control Interno – MECI, incorporándolos en un solo sistema de gestión.

ARTÍCULO 5o. El no cumplimiento de lo dispuesto en el presente acto administrativo acarreará las investigaciones disciplinarias a que hubiere lugar.

ARTÍCULO 6o. El presente acto administrativo rige a partir de la fecha de su publicación en el

Diario Oficial y en la página Web de la entidad.

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE

ÁLVARO HERNANDO CARDONA GONZÁLEZ

Superintendente de Puertos y Transporte

Proyectó:

ALBERTO ZULUAGA PÉREZ,

JEFE OFICINA DE PLANEACIÓN

Ángela María Mora C.

APOYO UNIVERSIDAD NACIONAL DE COLOMBIA

Revisó:

GUSTAVO ARROYAVE ÁLVAREZ

Jefe oficina jurídica

LUZ MARINA VARÓN

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