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RESOLUCIÓN 165-004656 2010
(marzo 3)
Diario Oficial No. 47.640 de 3 de marzo de 2010
SUPERINTENDENCIA DE SOCIEDADES
<NOTA DE VIGENCIA: Resolución derogada, en lo pertinente, por la Resolución 165-006102 de 2013, según lo dispuesto en su artículo 5>
Por la cual se adopta la Política de Gestión Integral para la gestión socialmente responsable y designa el Representante de la Alta Dirección para el Sistema de Gestión Integrado.
EL SUPERINTENDENTE DE SOCIEDADES,
en uso de sus facultades legales, y
CONSIDERANDO:
Primero. Que la Norma NTC GP 1000: 2009 actualizada mediante el Decreto 4885 de 2009 en su capítulo 4, numeral 4.2.1 dispone que la documentación de la Entidad debe incluir las declaraciones de la Política y los objetivos de calidad; y en el Capítulo 5 numeral 5.1.b determina que la alta dirección debe evidenciar su compromiso con el desarrollo e implementación del Sistema de Gestión de Calidad así como con la mejora continua de la eficacia, eficiencia y efectividad de los procesos mediante la determinación de la política de calidad.
Segundo. Que para cumplir con la adopción de las mejores prácticas bajo los requisitos NTC-ISO/IEC 27001:2006, en su numeral 4.2.1. b) y el control A.5.1.1, la Superintendencia de Sociedades debe definir la política de seguridad de la información en términos de las características del negocio, la organización, su ubicación, sus activos y tecnología, que incluya un marco de referencia, que tenga en cuenta los requisitos del negocio, este alineada con el contexto organizacional de gestión del riesgo y establezca los criterios contra los cuales se evaluará el riesgo para el Sistema de Gestión de la Seguridad de la Información (SGSI).
Tercero. Que de conformidad con la norma NTC-ISO 27001:2006 Capítulo 5 numeral 5.1 a y b, la dirección debe brindar evidencia de su compromiso con el establecimiento, implementación, operación, revisión, mantenimiento y mejora del Sistema de Gestión de Seguridad de la Información (SGSI) mediante el establecimiento de una política y asegurando que se establezcan los objetivos y planes del SGSI;
Cuarto. Que de conformidad con lo consagrado en la Resolución número 511-05382 del 21 de diciembre de 2007 mediante la cual la Superintendencia de Sociedades se adhiere al Pacto Global en lo referente a Gestión Ambiental y demás principios del mismo”, a la Entidad le asiste la responsabilidad de establecer una política ambiental, tendiente a implementar sus directrices hacia las buenas prácticas en el tema.
Quinto. Que siguiendo los lineamientos de la Guía Técnica Colombiana sobre Responsabilidad Social - GTC 180 numeral 3.3. la Responsabilidad Social- implica una visión integral de la sociedad y su desarrollo; comprende las dimensiones Social, Ambiental y Económica de las organizaciones y entiende que el crecimiento económico y de la productividad están asociados con las mejoras en la calidad de vida de las personas, y la vigencia de organizaciones comprometidas con los Derechos Humanos, y el cuidado del medio ambiente.
Sexto. Que según la Guía GTC 180 para gestionar de manera socialmente responsable es necesario considerar que el impacto de la organización se extiende a todas las partes interesadas tanto en el ámbito externo, con los clientes, con los proveedores, con otras organizaciones, con el Estado, y con la comunidad, así como en el ámbito interno, con los colaboradores, trabajadores, directivos y con los asociados entre otros.
Séptimo. Que la GTC 180 en el numeral 3.4 establece que los diferentes Sistemas de Gestión de una organización (Calidad, ambiental, seguridad e higiene ocupacional, entre otros) pueden integrarse conjuntamente con un enfoque socialmente responsable dentro de un sistema de Gestión Único, utilizando elementos comunes e interactuando con aquellos que no los son, lo que puede facilitar la planificación, la asignación de recursos, el establecimiento de objetivos complementarios y la evaluación de la eficacia y la eficiencia global de la organización.
Octavo. Que de conformidad con el Capítulo 5 numeral 5.5.2 de la Norma NTC GP 1000:2009 es necesario que la alta dirección designe un miembro de la dirección para el Sistema de Gestión de Calidad.
Que, con mérito en lo anteriormente expuesto, este despacho
RESUELVE:
ARTÍCULO 1o. FIJAR Y ADOPTAR. <Resolución derogada, en lo pertinente, por la Resolución 165-006102 de 2013, según lo dispuesto en su artículo 5. Sobre este tema consultar el artículo 1> Se ha establecido la siguiente Política Integral para una Gestión socialmente responsable:
La Superintendencia de Sociedades con el fin de anticipar y prevenir la crisis empresarial y la atención oportuna de la insolvencia mediante una gestión socialmente responsable se compromete con:
1. El aumento en la satisfacción de los usuarios y partes interesadas.
2. La anticipación de la Crisis y la atención oportuna de la insolvencia en el sector real
3. La determinación y mantenimiento de mecanismos de comunicación que permitan el contacto con las partes interesadas.
4. La mejora continua de la eficacia, eficiencia y efectividad de sus procesos y de la gestión socialmente responsable.
5. La protección del medio ambiente mediante la gestión eficiente de los recursos que lo impacten de manera negativa.
6. La gestión y preservación de la confidencialidad, la integridad y la disponibilidad de los activos de información usados en los procesos que desarrolla la entidad.
7. El mantenimiento de Relaciones transparentes que permitan mutuo beneficio con proveedores calificados.
8. La gestión de los riesgos e incidentes institucionales mediante la metodología establecida que permita minimizar la posibilidad de ocurrencia atendiendo los criterios establecidos en el Manual de operaciones de la entidad.
9. El aseguramiento y desarrollo de la competencia de los funcionarios de la entidad.
10. El mantenimiento de la infraestructura necesaria para la Gestión.
Todo esto dentro de un marco de ética y garantizando el respeto y promoción de los derechos humanos y el cumplimiento de la normatividad vigente.
ARTÍCULO 2o. OBJETIVOS DEL SISTEMA INTEGRADO PARA LA GESTIÓN SOCIALMENTE RESPONSABLE. <Resolución derogada, en lo pertinente, por la Resolución 165-006102 de 2013, según lo dispuesto en su artículo 5. Sobre este tema consultar el artículo 2> Establecer los objetivos del Sistema de Gestión Integral los cuales se cumplirán mediante la implementación y mantenimiento de los diferentes sistemas de Gestión que lo conforman, buscando gestionar las actividades de manera socialmente responsable. Los objetivos son los siguientes:
1. Aumentar la satisfacción de los usuarios y partes interesadas.
2. Anticipar la crisis de las sociedades vigiladas.
3. Atender oportunamente la insolvencia en el sector real.
4. Mejorar continuamente la eficacia, eficiencia y efectividad de los procesos.
5. Proteger el medio ambiente mediante la gestión eficaz de los aspectos que lo impacten de manera negativa.
6. Preservar la confidencialidad, integridad y disponibilidad de los activos de información usados en los procesos de la entidad.
7. Minimizar el impacto y lo la posibilidad de ocurrencia de los riesgos e incidentes institucionales.
8. Mantener relaciones con proveedores calificados.
9. Asegurar el desarrollo y la competencia de los funcionarios de la entidad.
10. Mantener la infraestructura necesaria para la Gestión, asegurando la continuidad del servicio.
ARTÍCULO 3o. DESIGNACIÓN. <Resolución derogada, en lo pertinente, por la Resolución 165-006102 de 2013, según lo dispuesto en su artículo 5. Sobre este tema consultar el artículo 3> Desígnase al Señor Secretario General de la Superintendencia de Sociedades como Representante de la Alta Dirección para el Sistema de Gestión Integrado.
ARTÍCULO 4o. RESPONSABILIDAD Y AUTORIDAD. <Resolución derogada, en lo pertinente, por la Resolución 165-006102 de 2013, según lo dispuesto en su artículo 5. Sobre este tema consultar el artículo 4> El Representante de la alta dirección tendrá las responsabilidades y autoridades que están contempladas en el numeral 5.5.2 de la NTC GP 1000: 2004 y se hacen extensivas a todo el Sistema de Gestión Integrado.
ARTÍCULO 5o. VIGENCIA Y DEROGATORIAS. La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación y deroga la Resolución 100-0093 del 9 de enero de 2008, la Resolución 500-002211 del 27 de junio de 2008 y la Resolución 160-005326 del 4 de diciembre de 2008.
Publíquese y cúmplase.
El Superintendente de Sociedades,
HERNANDO RUIZ LÓPEZ.