Puede realizar búsquedas exactas dentro de este documento, ingrese el texto a buscar en la siguiente casilla:
RESOLUCIÓN 100-004108 DE 2021
(agosto 6)
Diario Oficial No. 51.758 de 6 de agosto de 2021
SUPERINTENDENCIA DE SOCIEDADES
Por la cual se modifica la Resolución 100-006428 de 20 de octubre de 2020, que adoptó el Modelo Integrado de Planeación y Gestión MIPG, se crea el Comité Institucional de Gestión y Desempeño de la Superintendencia de Sociedades y se estableció el reglamento de funcionamiento
EL SUPERINTENDENTE DE SOCIEDADES,
en uso de sus facultades legales y en especial las que le confiere el artículo 2.2.22.3.8 del Decreto 1083 de 2015 y el Decreto 1736 de 2020.
CONSIDERANDO:
Que en la sesión de Comité Institucional de Gestión y Desempeño del 23 de octubre de 2020, se aprobó adoptar la política de Gestión de la Información Estadística adoptada mediante el Decreto 454 de marzo de 2020 “Por medio del cual se modifica el Decreto 1083 de 2015, Decreto Único Reglamentario del Sector Función Pública, con la incorporación de la política de gestión de la información estadística a las políticas de gestión y desempeño institucional” y se designó como líder de dicha política a la Delegatura de Asuntos Económicos y Contables, teniendo en cuenta las disposiciones del Decreto 1023 de 2012, artículo 3o, numeral 25, las cuales fueron ratificadas en los numerales 12 y 13 del artículo 14 del Decreto 1736 de 2020.
Que el 2 de julio de 2021 el Gobierno Nacional expidió el Decreto 742, disponiendo en el artículo 1o la modificación del artículo 2.2.22.2.1 del Decreto 1083 de 2015 Único Reglamentario del Sector de Función Pública, adicionando un nuevo numeral en las políticas, así:
Artículo 2.2.22.2.1 Políticas de Gestión y Desempeño Institucional. Las políticas de Desarrollo Administrativo de que trata la Ley 489 de 1998, formuladas por el Departamento Administrativo de la Función Pública y los demás líderes, se denominarán políticas de Gestión y Desempeño Institucional y comprenderán, entre otras, las siguientes:
(…)
19. Compras y Contratación Pública”.
Que en virtud de la racionalización normativa y con el fin de facilitar la consulta sobre los lineamientos relacionados con el MIPG de la Entidad, esta resolución recoge lo establecido por la Resolución 100-000163 de 21 de enero de 2021, la cual ajustó las denominaciones de las dependencias que participan en la implementación del MIPG de acuerdo con lo establecido en el Decreto 1736 del 22 de diciembre de 2020, que modificó la estructura y funciones de la Superintendencia de Sociedades, por lo que debía reflejarse en los integrantes del Comité Institucional de Gestión y Desempeño.
Que en mérito de lo anteriormente expuesto, este Despacho,
RESUELVE:
ARTÍCULO 1o. MODIFICACIÓN DEL ARTÍCULO 3 DE LA RESOLUCIÓN 100-006428 DE 20 DE OCTUBRE DE 2020. Modifíquese el numeral 7 del artículo 3o, el cual quedará así:
Artículo 3o. Responsables del Modelo Integrado de Planeación y Gestión (MIPG). La responsabilidad de la implementación, desarrollo, control y mejora del Modelo Integrado de Planeación y Gestión (MIPG) de la Superintendencia de Sociedades y su marco de referencia, se encuentra a cargo de los siguientes servidores públicos:
1. La Secretaría General dirige y es responsable de liderar y orientar la implementación del Modelo Integrado de Planeación y Gestión (MIPG) y de gestionar los medios y recursos necesarios para ello.
2. La Oficina Asesora de Planeación, es la encargada de coordinar, orientar y promover la articulación de los actores institucionales para la óptima implementación del Modelo Integrado de Planeación y Gestión (MIPG).
3. La Oficina de Control Interno será responsable de evaluar el estado del diseño, implementación, funcionamiento y mejoramiento del Sistema de Control Interno de la Entidad y de realizar la evaluación independiente del estado de implementación del MIPG y proponer las recomendaciones para el mejoramiento de la gestión institucional.
4. Los responsables del proceso, dentro del rol que les corresponde, deben liderar, impulsar, apoyar, evaluar y hacer seguimiento a la implementación del MIPG, en concordancia con sus competencias y nivel de responsabilidad, así como generar las recomendaciones de mejoramiento pertinentes.
5. Los servidores públicos que tienen a su cargo cada plan, programa, proyecto o estrategia, serán responsables de realizar el seguimiento y la evaluación de los resultados institucionales y definir las acciones de prevención o corrección o de riesgos.
6. Los servidores públicos que no estén inmersos en alguno de los roles anteriores y los terceros que estén vinculados, son responsables de aplicar lo establecido en el MIPG de la Superintendencia de Sociedades, en el desarrollo de sus funciones u obligaciones a su cargo.
7. Las Políticas de Gestión y Desempeño Institucional en la Superintendencia de Sociedades, establecidas en el marco de referencia MIPG, serán lideradas por las siguientes dependencias, sin perjuicio de la participación de las demás involucradas en la implementación de cada uno de los requerimientos.
DIMENSIÓN MIPG | POLÍTICAS DE GESTIÓN Y DESEMPEÑO INSTITUCIONAL | DEPENDENCIA / LÍDER DE LA IMPLEMENTACIÓN DE LA POLÍTICA |
Talento Humano | Gestión Estratégica del Talento Humano | Dirección de Talento Humano |
Integridad | Dirección de Talento Humano, Grupo de Atención al Ciudadano | |
Direccionamiento Estratégico y Planeación | Planeación Institucional | Oficina Asesora de Planeación |
Gestión Presupuestal y Eficiencia del Gasto Público | Dirección Financiera – Dirección Administrativa | |
Compras y Contratación Pública | Dirección Administrativa – Grupo de Contratos | |
DIMENSIÓN MIPG | POLÍTICAS DE GESTIÓN Y DESEMPEÑO INSTITUCIONAL | DEPENDENCIA / LÍDER DE LA IMPLEMENTACIÓN DE LA POLÍTICA |
Gestión con Valores para Resultados | Fortalecimiento Organizacional y Simplificación de Procesos | Oficina Asesora de Planeación |
Gobierno Digital | Dirección de Tecnología de la Información y las Comunicaciones | |
Seguridad Digital | Dirección de Tecnología de la Información y las Comunicaciones – Oficina Asesora de Planeación | |
Defensa Jurídica | Oficina Asesora Jurídica | |
Mejora Normativa | Oficina Asesora Jurídica | |
Servicio al Ciudadano | Grupo de Atención al Ciudadano | |
Participación Ciudadana en la Gestión Pública | Grupo de Atención al Ciudadano | |
Racionalización de trámites | Oficina Asesora de Planeación | |
Evaluación de Resultados | Seguimiento y Evaluación del Desempeño Institucional | Oficina Asesora de Planeación |
Información y Comunicación | Gestión Documental | Grupo de Gestión Documental |
Transparencia, Acceso a la Información Pública y Lucha Contra la Corrupción | Oficina Asesora de Planeación | |
Gestión de la Información Estadística | Delegatura de Asuntos Económicos y Societarios | |
Gestión del Conocimiento y la Innovación | Gestión del Conocimiento y la Innovación | Oficina Asesora de Planeación, quien lidera, con el apoyo de la Dirección de Talento Humano, Dirección de Tecnología de la Información y las Comunicaciones, Grupo de Gestión Documental y Grupo de Comunicaciones |
Control Interno | Control Interno | Oficina de Control Interno |
PARÁGRAFO. Los criterios para la actualización, implementación y puesta en marcha de las dimensiones que agrupan las Políticas de Gestión y Desempeño Institucional, prácticas, herramientas o instrumentos, serán los dispuestos en el Manual Operativo del Modelo Integrado de Planeación y Gestión (MIPG) del Departamento Administrativo de la Función Pública (DAFP), así como los lineamientos e instrumentos que definan las entidades líderes de política de gestión a nivel nacional.
ARTÍCULO 2o. MODIFICACIÓN DEL ARTÍCULO 7 DE LA RESOLUCIÓN 100-006428 DE 20 DE OCTUBRE DE 2020. Modifíquese el artículo 7o, el cual quedará así:
Artículo 7o. Conformación. El Comité Institucional de Gestión y Desempeño de la Superintendencia de Sociedades, estará integrado por los siguientes funcionarios:
1. El Secretario General, quien lo presidirá o a quien este designe.
2. El Jefe de la Oficina Asesora de Planeación, quien desarrollará la secretaría técnica del comité.
3. El Superintendente Delegado de Procedimientos de Insolvencia o a quien este designe.
4. El Superintendente Delegado de Procedimientos Mercantiles o a quien este designe.
5. El Superintendente Delegado de Intervención y Asuntos Financieros Especiales o a quien este designe.
6. El Superintendente Delegado de Supervisión Societaria o a quien este designe.
7. El Superintendente Delegado de Asuntos Económicos y Societarios o a quien este designe.
8. El Director de Tecnología de la Información y las Comunicaciones o a quien este designe.
9. El Jefe de Oficina Asesora Jurídica o a quien este designe.
PARÁGRAFO. El jefe de la Oficina de Control Interno será invitado permanente con voz, pero sin voto.
ARTÍCULO 3o. <NO INCORPORADO>.
ARTÍCULO 4o. VIGENCIA Y DEROGATORIAS. Las demás determinaciones previstas en la Resolución Interna 100-006428 del 20 de octubre de 2020 no modificadas expresamente a través del presente acto administrativo continúan vigentes.
Publíquese y cúmplase.
El Superintendente de Sociedades,
Juan Pablo Liévano Vegalara