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RESOLUCIÓN 100-000163 DE 2021

(enero 21)

Diario Oficial No. 51.565 de 22 de enero de 2021

SUPERINTENDENCIA DE SOCIEDADES

Por la cual se modifica la Resolución 100-006428 de 20 de octubre de 2020, que adoptó el Modelo Integrado de Planeación y Gestión (MIPG), se crea el Comité Institucional de Gestión y Desempeño de la Superintendencia de Sociedades y se estableció el reglamento de funcionamiento.

EL SUPERINTENDENTE DE SOCIEDADES,

en uso de sus facultades legales y en especial las que le confiere el artículo 2.2.22.3.8 del Decreto 1083 de 2015 y el Decreto 1736 de 2020.

CONSIDERANDO:

Que la Resolución 100-006428 de 20 de octubre de 2020, adoptó el Modelo Integrado de Planeación y Gestión (MIPG), se creó el Comité Institucional de Gestión y Desempeño de la Superintendencia de Sociedades y se estableció el reglamento para su funcionamiento.

Que el Decreto 1736 del 22 de diciembre de 2020, modificó la estructura y funciones de la Superintendencia de Sociedades.

Que la estructura de la Superintendencia de Sociedades se encuentra determinada por el artículo 6o del Decreto 1736 de 2020 y que dicha modificación debe reflejarse en los integrantes del Comité Institucional de Gestión y Desempeño de la Superintendencia de Sociedades, creado mediante la Resolución 100-006428 del 20 de octubre de 2020 por lo que deberá procederse con la actualización correspondiente.

Que en mérito de lo anteriormente expuesto, este Despacho,

RESUELVE:

ARTÍCULO 1o. MODIFICACIÓN DEL ARTÍCULO 3o DE LA RESOLUCIÓN 100-006428 DE 20 DE OCTUBRE DE 2020. Modifíquese el numeral 7 del artículo 3o, el cual quedará así:

Artículo 3o. Responsables del Modelo Integrado de Planeación y Gestión (MIPG).

La responsabilidad de la implementación, desarrollo, control y mejora del Modelo Integrado de Planeación y Gestión (MIPG) de la Superintendencia de Sociedades y su marco de referencia, se encuentra a cargo de los siguientes servidores públicos:

1. La Secretaría General dirige y es responsable de liderar y orientar la implementación del Modelo Integrado de Planeación y Gestión (MIPG) y de gestionar los medios y recursos necesarios para ello.

2. La Oficina Asesora de Planeación, es la encargada de coordinar, orientar y promover la articulación de los actores institucionales para la óptima implementación del Modelo Integrado de Planeación y Gestión (MIPG).

3. La Oficina de Control Interno será responsable de evaluar el estado del diseño, implementación, funcionamiento y mejoramiento del Sistema de Control Interno de la Entidad y de realizar la evaluación independiente del estado de implementación del MIPG y proponer las recomendaciones para el mejoramiento de la gestión institucional.

4. Los responsables del proceso, dentro del rol que les corresponde, deben liderar, impulsar, apoyar, evaluar y hacer seguimiento a la implementación del MIPG, en concordancia con sus competencias y nivel de responsabilidad, así como generar las recomendaciones de mejoramiento pertinentes.

5. Los servidores públicos que tienen a su cargo cada plan, programa, proyecto o estrategia, serán responsables de realizar el seguimiento y la evaluación de los resultados institucionales y definir las acciones de prevención o corrección o de riesgos.

6. Los servidores públicos que no estén inmersos en alguno de los roles anteriores y los terceros que estén vinculados, son responsables de aplicar lo establecido en el MIPG de la Superintendencia de Sociedades, en el desarrollo de sus funciones u obligaciones a su cargo.

7. Las Políticas de Gestión y Desempeño Institucional en la Superintendencia de Sociedades, establecidas en el marco de referencia MIPG, serán lideradas por las siguientes dependencias, sin perjuicio de la participación de las demás involucradas en la implementación de cada uno de los requerimientos.

PARÁGRAFO. Los criterios para la actualización, implementación y puesta en marcha de las dimensiones que agrupan las Políticas de Gestión y Desempeño Institucional, prácticas, herramientas o instrumentos, serán los dispuestos en el Manual Operativo del Modelo Integrado de Planeación y Gestión (MIPG) del Departamento Administrativo de la Función Pública (DAFP), así como los lineamientos e instrumentos que definan las entidades líderes de política de gestión a nivel nacional.

ARTÍCULO 2o. MODIFICACIÓN DEL ARTÍCULO 7o DE LA RESOLUCIÓN 100-006428 DE 20 DE OCTUBRE DE 2020. Modifíquese el artículo 7o, el cual quedará así:

Artículo 7o. Conformación. El Comité Institucional de Gestión y Desempeño de la Superintendencia de Sociedades, estará integrado por los siguientes funcionarios:

1. El Secretario General, quien lo presidirá o a quien este designe.

2. El Jefe de la Oficina Asesora de Planeación, quien desarrollará la secretaría técnica del comité.

3. El Superintendente Delegado de Procedimientos de Insolvencia o a quien este designe.

4. El Superintendente Delegado de Procedimientos Mercantiles o a quien este designe.

5. El Superintendente Delegado de Supervisión Societaria o a quien este designe.

6. El Superintendente Delegado de Asuntos Económicos y Societarios o a quien este designe.

7. El Superintendente Delegado de Intervención y Asuntos Financieros Especiales o a quien este designe.

8. El Director de Tecnología de la Información y las Comunicaciones o a quien este designe.

9. El Jefe de Oficina Asesora Jurídica o a quien este designe.

PARÁGRAFO. El Jefe de la Oficina de Control Interno será invitado permanente con voz, pero sin voto.

ARTÍCULO 3o. VIGENCIA Y DEROGATORIAS. Las demás disposiciones previstas en la Resolución Interna 100-006428 del 20 de octubre de 2020 no modificadas a través del presente acto administrativo conservan su vigencia, siempre que no hubieren sido modificadas o derogadas expresamente.

Publíquese y cúmplase.

El Superintendente de Sociedades,

Juan Pablo Liévano Vegalara.

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