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RESOLUCION 6958 DE 2005

(abril 6)

Diario Oficial No. 45.876 de 11 de abril de 2005

SUPERINTENDENCIA DE INDUSTRIA Y COMERCIO

Por la cual se aprueba el factor de paridad internacional.

EL SUPERINTENDENTE DE INDUSTRIA Y COMERCIO,

en ejercicio de sus facultades legales, en especial las conferidas por los artículos 10 y 15 del Decreto 92 de 1998, y

CONSIDERANDO:

Primero. Que mediante Decreto número 92 de 1998, se reglamentó la clasificación y calificación en el registro único de proponentes;

Segundo. Que en los artículos 10 y 15 del citado decreto, se establece que la capacidad máxima de contratación de constructores y consultores, respectivamente, se determinará aplicando, entre otros, el factor de paridad internacional (FPI), el cual deberá ser recalculado y ajustado anualmente por la Sociedad Colombiana de Ingenieros y puesto a consideración y aprobación de la Superintendencia de Industria y Comercio;

Tercero. Que mediante comunicación P. No 205 del 31 de marzo de 2005 y radicada bajo el número 05028929 del 4 de abril de 2005, la Sociedad Colombiana de Ingenieros remitió el valor del factor de paridad internacional para el 2005, cuyo cálculo se efectuó con base en la información económica de indicadores de desarrollo 2003 publicada por el Banco Mundial;

En virtud de lo señalado,

RESUELVE:

ARTÍCULO 1o. Modificar el inciso 1o del numeral 1.2.9 del Título VIII, Capítulo I de la Circular Unica, el cual quedará así:

1.2.9 Factor de Paridad Internacional.

Se aprueba el 3.60 como factor de paridad internacional (FPI) para determinar la capacidad máxima de contratación de constructores y consultores, hasta tanto entre en vigencia el Capítulo II del Decreto 393 de 2002.

ARTÍCULO 2o. Se ordena a las cámaras de comercio la publicación del resultado de dicho factor, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 10 y 15 del Decreto 92 de 1998.

ARTÍCULO 3o. La presente re solución rige a partir de la fecha de publicación en el Diario Oficial.

Publíquese y cúmplase.

Dada en Bogotá, D. C., a 6 de abril de 2005.

El Superintendente de Industria y Comercio,

JAIRO RUBIO ESCOBAR.

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