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RESOLUCION 85 DE 2004

(junio 3)

Fuente: Archivo interno de la entidad

<NOTA: Esta norma no incluye análisis de vigencia>

PRESIDENCIA DE LA REPUBLICA

Por la cual se reconoce a una persona la calidad de miembro representante del Ejército de Liberación Nacional, ELN.
 

EL GOBIERNO NACIONAL,

en ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales y en especial de las que le confiere la Ley 418 de 1997, prorrogada y modificada por la Ley 548 de 1999 y por la Ley 782 de 2002,
 

CONSIDERANDO:
 

Que artículo 8° de la Ley 418 de 1997 ¿prorrogada y modificada por las Leyes 548 de 1999 y 782 de 2002¿ dispone: "Se entiende por miembro representante la persona que el grupo armado organizado al margen de la ley designe como representante suyo para participar en los diálogos, negociación o suscripción de acuerdos con el Gobierno Nacional o su delegado";

Que en los últimos días el Gobierno Nacional ha conocido mensajes del Ejército de Liberación Nacional, ELN, que muestran su disposición de avanzar hacia un proceso de paz;
 

Que en ese marco, el Ejército de Liberación Nacional, ELN, ha designado como su miembro representante a Francisco Galán (Gerardo Antonio Bermúdez Sánchez), quien actualmente se encuentra privado de la libertad en un establecimiento carcelario nacional;

Que el artículo 8° de la Ley 418 de 1997 ¿prorrogada y modificada por las Leyes 548 de 1999 y 782 de 2002¿ dispone: "Con el fin de garantizar la participación de los miembros representantes de los Grupos Armados Organizados al Margen de la Ley que se encuentren privados de la libertad en los diálogos, negociaciones y suscripción de acuerdos, el Gobierno Nacional podrá dictar las medidas necesarias que faciliten su gestión, mientras cumplen su condena o la medida de aseguramiento respectiva";
 

Que en desarrollo de la citada norma el Gobierno Nacional expidió el Decreto 2069 de 1998 que dispone en su artículo 1°: "Para efectos del parágrafo 3 del artículo 8° de la Ley 418 de 1997, se podrán adoptar con el fin de garantizar y facilitar la gestión de los miembros representantes de los grupos guerrilleros que se encuentren privados de la libertad, entre otras las siguientes medidas: (...) E. Determinar el traslado temporal fuera de los centros de reclusión, bajo la supervisión y vigilancia permanente del Inpec. En virtud de este traslado no se modificará la situación jurídica de las personas y no se interrumpirá el tiempo de cumplimiento de la medida de aseguramiento o de la pena";

Que para facilitar la gestión del miembro representante, se hace necesario el desplazamiento de Francisco Galán (Gerardo Antonio Bermúdez Sánchez) y su consecuente traslado desde el centro carcelario donde actualmente se encuentra privado de la libertad,
 

RESUELVE:
 

ARTÍCULO 1o. Para los efectos mencionados en la parte considerativa de esta resolución, reconocer el carácter de miembro representante del Ejército de Liberación Nacional, ELN, al señor Francisco Galán (Gerardo Antonio Bermúdez Sánchez) por el término de 24 horas contadas a partir de las 00 horas del día viernes 4 de junio de 2004.

ARTÍCULO 2o. En los términos del Decreto 2069 de 1998 disponer el traslado temporal del señor Franciso Galán (Gerardo Antonio Bermúdez Sánchez) bajo supervisión y vigilancia permanente del Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario, Inpec, por el término establecido en el artículo primero de esta resolución.
 

ARTÍCULO 3o. La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición.

Comuníquese y cúmplase.

Dada en Bogota, D. C., a 3 de junio de 2004.

ÁLVARO URIBE VÉLEZ

El Ministro del Interior y de Justicia,

SABAS PRETELT DE LA VEGA.

 
 

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