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RESOLUCIÓN 2319 DE 2018
(mayo 23)
Diario Oficial No. 50.617 de 7 de junio de 2018
MINISTERIO DEL TRABAJO
Por la cual se modifica la Resolución número 2071 de 2018.
LA MINISTRA DEL TRABAJO,
en ejercicio de sus facultades legales, en especial de las conferidas por el numeral 16 del artículo 6o del Decreto-ley número 4108 de 2011, en desarrollo de lo señalado en el parágrafo 1o del artículo 2.2.5.1.4. del Decreto número 1072 de 2015, y
CONSIDERANDO:
Que la Resolución número 4726 de 2011 “por la cual se designan los miembros de las Juntas de Calificación de Invalidez y se adicionan Salas de Decisión de la Junta Nacional y de algunas Juntas Regionales con base en la Lista de Elegibles producto del Contrato Interadministrativo número 362 de 2010 suscrito con la Universidad Nacional de Colombia y se dictan otras disposiciones”, en su artículo 5o trasladó la jurisdicción de los departamentos en los cuales no se había conformado Junta de Calificación de Invalidez a otras Juntas.
Que la Resolución número 720 de 2012 designó los miembros de la Junta Regional de Invalidez de Nariño modificando la jurisdicción de la Junta Regional de Invalidez del Valle del Cauca y el numeral 4 del artículo 5o de la Resolución número 4726 de 2011.
Que a su vez, la Resolución número 1010 de 2012 designó los miembros de la Junta Regional de Invalidez del Tolima modificando la jurisdicción de la Junta Regional de Invalidez del Huila y el numeral 2 del artículo 5o de la Resolución número 4726 de 2011.
Que por su parte, la Resolución número 1070 de 2012 designó los miembros de la Junta Regional de Invalidez del Quindío modificando la jurisdicción de la Junta Regional de Invalidez de Risaralda y el numeral 7 del artículo 5o de la Resolución número 4726 de 2011.
Que finalmente, la Resolución número 1034 de 2012 designó los miembros de la Junta Regional de Invalidez del Magdalena modificando la jurisdicción de la Junta Regional de Invalidez de Atlántico y el numeral 3 del artículo 5o de la Resolución número 4726 de 2011.
Que la Resolución 2071 de 2018 modificó el artículo 5o de la Resolución número 4726 de 2011, referente al conocimiento de los procesos de calificación de invalidez del Departamento de Casanare por parte de la Junta Regional de Calificación de Invalidez del Meta, en cumplimiento del fallo del 29 de noviembre de 2017, proferido por el honorable Tribunal Administrativo de Casanare, dentro de la Acción Popular con radicado número 85001233300020160026900.
Que teniendo en cuenta las diversas modificaciones realizadas al artículo 5o de la Resolución número 4726 de 2011 y con el fin de dar claridad sobre dicha disposición y el conocimiento de los procesos de calificación de invalidez del Departamento de Casanare por parte de la Junta Regional de Calificación de Invalidez del Meta, se modifica el contenido de la Resolución 2071 de 2018 que modificó el mencionado artículo 5o.
En mérito de lo expuesto,
RESUELVE:
ARTÍCULO 1o. Modificación del artículo 1o de la Resolución número 2071 de 2018. Modifíquese el artículo 1o de la Resolución 2071 de 2018, el cual quedará así:
“Artículo 1o. Modificación del artículo 5o de la Resolución número 4726 de 2011. Modifíquese el artículo 5o de la Resolución número 4726 de 2011, el cual quedará así:
Artículo 5o. Hasta tanto se conformen las Juntas de Calificación Regionales en los departamentos que a continuación se señalan, se procede al traslado de jurisdicción de la siguiente manera:
1. Amazonas, Arauca, Guainía, Guajira, Putumayo, San Andrés y Providencia, Vaupés y Vichada a la Junta Regional de Calificación de Invalidez de Bogotá D, C., y Cundinamarca.
2. Casanare a la Junta Regional de Calificación de Invalidez del Meta.
3. Caquetá a la Junta Regional de Calificación de Invalidez del Huila.
4. Cauca a la Junta Regional de Calificación de Invalidez del Valle del Cauca.
5. Córdoba y Sucre a la Junta Regional de Calificación de Invalidez de Bolívar.
6. Chocó a la Junta Regional de Calificación de Invalidez de Antioquia”.
PARÁGRAFO 1. La atención de las solicitudes de calificación de invalidez del Departamento del Casanare que estén siendo tramitadas en la Junta Regional de Calificación de Invalidez de Bogotá, D. C. y Cundinamarca pasará a la Junta Regional de Calificación de Invalidez del Meta.
PARÁGRAFO 2. Las personas residentes en el Departamento de Casanare interesadas en ser calificadas a partir de la entrada en vigencia de la presente resolución, deben acudir a la Junta Regional de Calificación de Invalidez del Meta”.
ARTÍCULO 2o. VIGENCIA. La presente Resolución rige a partir de la fecha de su publicación y modifica el artículo 1o de la Resolución número 2071 de 2018.
COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dada en Bogotá, D. C., a 23 de mayo de 2018.
Griselda Janeth Restrepo Gallego.
La Ministra del Trabajo,