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RESOLUCIÓN 1490 DE 2015

(abril 24)

Diario Oficial No. 49.501 de 4 de mayo de 2015

MINISTERIO DEL TRABAJO

Por la cual se establece el porcentaje que las Cajas de Compensación destinarán para la financiación del Programa “40 Mil Primeros Empleos”, se adopta su manual operativo y se dictan otras disposiciones.

EL MINISTRO DEL TRABAJO,

en ejercicio de sus atribuciones legales, en especial las conferidas en los numerales 1, 5 y 16 del artículo 6o del Decreto-ley 4108 de 2011, el artículo 27 de la Ley 1636 de 2013 y el artículo 18 del Decreto número 2852 de 2013,

CONSIDERANDO:

Que el artículo 25 de la Constitución Política consagra el derecho fundamental al trabajo estableciendo que “…el trabajo es un derecho y una obligación social y goza, en todas sus modalidades, de la especial protección del Estado”;

Que el Estado debe intervenir para dar pleno empleo y asegurar, de manera progresiva, que todas las personas, en particular las de menores ingresos, tengan acceso efectivo al conjunto de los bienes y servicios básicos, según lo establece en el inciso 2o del artículo 334 de la Constitución Política;

Que la Ley 1636 de 2014 <sic, es 2013> creó el Mecanismo de Protección al Cesante con el fin de articular y ejecutar un sistema integral de políticas activas y pasivas de mitigación de los efectos del desempleo, integrado entre otros, por el Servicio Público de Empleo, y el Fondo de Solidaridad de Fomento al Empleo y Protección al Cesante (Fosfec);

Que el artículo 23 de la Ley 1636 de 2013 otorgó a las Cajas de Compensación Familiar la Administración del Fondo de Solidaridad de Fomento al Empleo y Protección al Cesante (Fosfec) y que esa misma ley señaló en el literal c) del artículo 29 que entre los servicios de gestión y colocación de empleo están aquellos asociados a los de vinculación de la oferta y la demanda de empleo que tengan por finalidad mejorar las condiciones de empleabilidad de los oferentes;

Que el numeral 3 del artículo 57 del Decreto número 2852 de 2013 estableció que el Ministerio del Trabajo determinará anualmente la distribución de recursos del Fosfec;

Que la Resolución número 531 de 2014 del Ministerio del Trabajo estableció la distribución de recursos del Fondo de Solidaridad de Fomento al Empleo y Protección al Cesante (Fosfec) y dispuso que la diferencia entre los gastos operativos apropiados por cada subcuenta y los gastos ejecutados se deberá incluir como saldo inicial para el siguiente periodo anual de cada subcuenta, sin perjuicio de las reasignaciones que pueda realizar el Ministerio del Trabajo;

Que respecto al Programa “40 Mil Primeros Empleos”, creado mediante la Resolución número 347 de 2015 del Ministerio del Trabajo como un mecanismo para mejorar la empleabilidad de la población entre 18 y 28 años de edad, que corresponde a uno de los servicios asociados a la gestión y colocación de empleo, se prevé en el artículo 6o de la misma que el Programa se financiará con los recursos no ejecutados en la vigencia 2014 del Fondo de Solidaridad de Fomento al Empleo y Protección al Cesante (Fosfec), de acuerdo con la información certificada por parte de la Superintendencia del Subsidio Familiar con corte al 31 de diciembre de 2014, mediante oficio con Radicado número 29.501 del 24 de febrero de 2015;

Que es necesario establecer la distribución de recursos del Fosfec para cada una de las subcuentas y adicionalmente, determinar los porcentajes que las Cajas de Compensación destinarán para la financiación del Programa “40 Mil Primeros Empleos” con el fin de iniciar su operación;

Que como requisito necesario para implementar el Programa “40 Mil Primeros Empleos”, se requiere que el Ministerio del Trabajo desarrolle y ponga en conocimiento de los diferentes actores los lineamientos del mismo, de conformidad con lo contenido en la Resolución número 347 de 2015 expedida por este Ministerio;

En mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

ARTÍCULO 1o. OBJETO. Establecer lineamientos para la distribución de recursos del Fondo de Solidaridad de Fomento al Empleo y Protección al Cesante (Fosfec), de conformidad con lo señalado en el artículo 57 del Decreto número 2852 de 2013, determinar la apropiación de recursos para el Programa “40 Mil Primeros Empleos” y adoptar el manual operativo de dicho programa.

ARTÍCULO 2o. DISTRIBUCIÓN DE RECURSOS DEL FOSFEC. Se mantendrán los porcentajes de distribución de recursos del Fosfec destinados para atender las finalidades previstas en la Ley 1636 de 2013 y los Decretos números 2852 de 2013 y 135 de 2014, que fueron establecidos en la Resolución número 531 de 2014 del Ministerio del Trabajo.

ARTÍCULO 3o. SALDO DE RECURSOS DE LA VIGENCIA 2014. Los recursos apropiados para el Fosfec por las Cajas de Compensación Familiar en la vigencia 2014, que no fueron ejecutados en esa vigencia, serán destinados en su totalidad a la “Subcuenta de Gestión y Colocación para la Inserción Laboral”. De estos, de acuerdo con lo establecido en el artículo 6o de la Resolución número 347 de 2015, cada Caja de Compensación Familiar deberá destinar el 85% para financiar el Programa “40 Mil Primeros Empleos” y el 15% restante a financiar otras actividades de gestión y colocación definidas en la normatividad vigente.

La distribución de saldos para cada Caja de Compensación en virtud de lo contenido en este artículo se relaciona en tabla anexa a la presente Resolución (Anexo I).

ARTÍCULO 4o. GASTOS DE ADMINISTRACIÓN. Para la operación del programa “40 Mil Primeros Empleos”, las Cajas podrán utilizar hasta el 7% de los recursos destinados para el mismo, sin perjuicio a los porcentajes definidos para gastos de administración en la Resolución número 531 de 2014 del Ministerio del Trabajo.

ARTÍCULO 5o. MANEJO CONTABLE DE LOS RECURSOS. La Superintendencia del Subsidio Familiar creará un apartado dentro de la Subcuenta de Gestión y Colocación de Empleo para el manejo de los recursos destinados al Programa “40 Mil Primeros Empleos”.

ARTÍCULO 6o. MANUAL OPERATIVO DEL PROGRAMA. Se expide el Manual Operativo del Programa “40 Mil Primeros Empleos”, el cual hace parte integral de la presente resolución y figura como anexo de la misma (Anexo II).

ARTÍCULO 7o. APLICACIÓN DEL MANUAL OPERATIVO DEL PROGRAMA. Todos los operadores del programa están obligados a conocer y aplicar lo contenido en este Manual Operativo para el correcto desarrollo del Programa “40 Mil Primeros Empleos”.

ARTÍCULO 8o. VIGENCIA Y DEROGATORIAS. La presente resolución rige a partir de su publicación.

Publíquese y cúmplase.

Dado en Bogotá, D. C., a 24 de abril de 2015.

El Ministro del Trabajo,

LUIS EDUARDO GARZÓN.

ANEXO I.

DISTRIBUCIÓN SALDOS VIGENCIA 2014.

CAJASaldo Reportado a 20 de abril de 2015Programa 40 Mil Primeros Empleos (85%)Saldo inicial Subcuenta de Gestión y Colocación 2015 (15%)
CAMACOL$689.224.000 $585.840.400 $103.383.600
COMFENALCO ANTIOQUIA$12.260.570.000 $10.421.484.500 $1.839.085.500
COMFAMA$50.650.896.723 $43.053.262.215 $7.597.634.508
CAJACOPI BARRANQUILLA$1.809.160.000 $1.537.786.000 $271.374.000
COMBARRANQUILLA$3.940.525.646 $3.349.446.799 $591.078.847
COMFAMILIAR ATLANTICO$8.356.512.223 $7.103.035.389 $1.253.476.834
COMFENALCO CARTAGENA$5.338.372.000 $4.537.616.200 $800.755.800
COMFAMILIAR CARTAGENA Y BOLÍVAR$3.407.471.000 $2.896.350.350 $511.120.650
COMFABOY$6.599.034.737 $5.609.179.526 $989.855.211
COMFAMILIARES CALDAS$6.021.894.274 $5.118.610.133 $903.284.141
CCF CAQUETA COMFACA$1.875.843.818 $1.594.467.245 $281.376.573
COMFACAUCA$5.469.503.000 $4.649.077.550 $820.425.450
COMFACESAR$5.627.359.143 $4.783.255.272 $844.103.871
COMFACOR$6.005.676.000 $5.104.824.600 $900.851.400
CAFAM$28.171.971.152 $23.946.175.479 $4.225.795.673
COLSUBSIDIO$64.754.000.000 $55.040.900.000 $9.713.100.000
COMPENSAR$55.722.235.000 $47.363.899.750 $8.358.335.250
COMFACUNDI$1.491.642.724 $1.267.896.315 $223.746.409
COMFACHOCÓ$1.144.072.000 $972.461.200 $171.610.800
COMFAGUAJIRA$4.028.609.461 $3.424.318.042 $604.291.419
COMFAMILIAR HUILA$4.794.407.793 $4.075.246.624 $719.161.169
CAJAMAG$4.906.832.991 $4.170.808.042 $736.024.949
COFREM$7.732.478.470 $6.572.606.700 $1.159.871.770
COMFAMILIAR NARIÑO$5.883.929.720 $5.001.340.262 $882.589.458
COMFAORIENTE$2.177.434.388 $1.850.819.230 $326.615.158
COMFANORTE$3.114.554.662 $2.647.371.463 $467.183.199
CAFABA$2.770.449.846 $2.354.882.369 $415.567.477
CAJASAN$7.070.392.000 $6.009.833.200 $1.060.558.800
COMFENALCO SANTANDER$8.796.313.329 $7.476.866.330 $1.319.446.999
COMFASUCRE$1.715.778.589 $1.458.411.801 $257.366.788
COMFENALCO QUINDIO$3.444.599.237 $2.927.909.351 $516.689.886
COMFAMILIAR RISARALDA$4.781.798.570 $4.064.528.785 $717.269.785
CAFASUR$272.362.831 $231.508.406 $40.854.425
COMFATOLIMA$1.273.472.864 $1.082.451.934 $191.020.930
COMFENALCO TOLIMA$2.204.178.347 $1.873.551.595 $330.626.752
COMFENALCO VALLE$8.123.354.000 $6.904.850.900 $1.218.503.100
COMFANDI$4.783.701.459 $4.066.146.240 $717.555.219
COMFAMILIAR PUTUMAYO$2.216.318.000 $1.883.870.300 $332.447.700
CAJASAI$787.370.000 $669.264.500 $118.105.500
CAFAMAZ$305.634.000 $259.788.900 $45.845.100
COMFIAR ARAUCA$2.279.710.869 $1.937.754.238 $341.956.631
COMCAJA$1.605.319.661 $1.364.521.712 $240.797.949
COMFACASANARE$2.523.439.481 $2.144.923.559 $378.515.922

ANEXO II.

PROGRAMA 40 MIL PRIMEROS EMPLEOS.

“Es Talento, No Palanca”

MAUNUAL OPERATIVO

MINISTERIO DEL TRABAJO

VICEMINISTERIO DE EMPLEO Y PENSIONES

DIRECCIÓN DE GENERACIÓN Y PROTECCIÓN DEL EMPLEO Y SUBSIDIO FAMILIAR

ABRIL DE 2015

TABLA DE CONTENIDO.

1. INTRODUCCIÓN

2. MARCO LEGAL

3. GENERALIDADES DEL PROGRAMA

3.1 Objetivo y esquema general

3.2 Esquema general

3.3 Actores

3.4 Recursos

3.4.1. Costos operativos del programa

4. PROCESOS OPERATIVOS

4.1. Identificación de jóvenes

4.1.1. Promoción y convocatoria

4.1.2. Registro de hoja de vida

4.1.3. Orientación ocupacional, inscripción al programa y remisión a capacitación.

4.1.4. Remisión al proceso de Capacitación

4.1.5. Remisión al proceso de matching

4.2. Calificación y clasificación de vacantes

4.2.1 Promoción del programa y gestión empresarial

4.2.2 Registro y validación de la empresa en el SPE

4.2.3 Inscripción y validación de vacantes

4.3. Matching y selección

4.4. Monitoreo a la relación laboral

4.5. Reporte de novedades

5. REPORTE DE INFORMACIÓN

ANEXO A

ANEXO B

ANEXO C

ANEXO D

ANEXO E

1. INTRODUCCIÓN.

El presente Manual Operativo (MO) es la guía para la implementación del Programa 40 Mil Primeros Empleos, creado por la Resolución número 347 del Ministerio del Trabajo, como un instrumento para mejorar la empleabilidad de los jóvenes entre 18 y 28 años sin experiencia laboral relacionada, y así facilitar su tránsito del proceso de formación al mercado laboral.

El objetivo de este programa responde a las características del mercado laboral colombiano que evidencian la problemática que enfrentan los jóvenes para conseguir empleo. De acuerdo con el Departamento Administrativo Nacional de Estadística (DANE) para el 2013 la tasa de desempleo juvenil fue 17,2%; 7,3 puntos porcentuales por encima de la tasa nacional. Si bien para el 2014 se registró un descenso al llegar a 15,8%, la brecha seguía siendo de 6.1 puntos porcentuales sobre el total. Entre las causas identificadas de esta situación, sobresale la experiencia requerida. Durante el 2014, 9 de cada 10 vacantes registradas en el Servicio Público de Empleo (SPE) exigían experiencia laboral, y 5 de cada 10 exigían que esta fuera de por lo menos un año.

Conforme a lo anterior, el Gobierno nacional crea el Programa 40 Mil Primeros Empleos, por medio del cual apoya a las empresas privadas que estén interesadas en beneficiarse en la creatividad y capacidad de innovación de los jóvenes, y a comprometerse con sus procesos de formación, desarrollo de habilidades y destrezas en los puestos de trabajo. Para lograrlo el Gobierno nacional elige las mejores vacantes que cumplan con las condiciones descritas y por lo cual coadyuven a lograr el objetivo del programa.

Este manual operativo está dirigido a todos los actores y entidades involucradas en la operación del programa, y es de obligatoria consulta por parte de las agencias de gestión y colocación de la Cajas de Compensación Familiar, quienes en calidad de administradoras de los recursos, tendrán la responsabilidad de operar el programa a lo largo del territorio nacional.

El presente documento se divide en seis secciones incluyendo la presente introducción. En la segunda sección se presenta el marco legal de creación del programa 40 Mil Primeros Empleos. Posteriormente, se explican las generalidades del programa, seguidas de los procesos operativos a llevar a cabo por parte de los actores en el marco del programa. Por último, se presentan aspectos del reporte de información y los anexos relacionados a lo largo del documento.

Finalmente es importante notar que el Viceministerio de Empleo y Pensiones, buscando siempre el mejoramiento continuo en la implementación del programa, establece los siguientes aspectos a tener en cuenta para los ajustes requeridos al MO, de parte de cualquiera de los actores:

1. La solicitud de cambio será canalizada a través del equipo técnico de la Dirección de Generación y Protección del Empleo y Subsidio Familiar, quien será la responsable de analizar la pertinencia de la solicitud en colaboración y monitoreo con el responsable del tema.

2. La descripción del cambio de versión del MO debe quedar justificado mediante acta, con el propósito de asegurar la aplicación de los lineamientos de control documental.

3. Las modificaciones al MO serán adoptadas mediante un acto administrativo por parte de la entidad.

2. MARCO LEGAL.

La política juvenil en Colombia se remonta formalmente a la expedición de la Constitución, la cual establece en el artículo 334 que el Estado debe intervenir de manera especial para dar pleno empleo al recurso humano y asegurar de manera progresiva que todas las personas en particular los de menores ingresos tengan acceso a bienes y servicios básicos. A raíz de estas disposiciones en la década de los noventa se publicaron una serie de Conpes con el objetivo de garantizar la inserción de poblaciones vulnerables a la vida social, económica y productiva del país, entre los que se destacan los Conpes 2626 de 1992 y 2794 de 1995[1], enfocados a plantear una política para la juventud.

Seguido a la publicación de estos dos Conpes, se expidió la Ley 375 de 1997, mediante la cual se buscaba generar las condiciones necesarias para el pleno ejercicio de derechos por parte de los jóvenes. Posteriormente, en el Plan Nacional de Desarrollo (2006-2010), adoptado mediante la Ley 1151 de 2007, se estableció que los jóvenes son un grupo clave para la construcción de una sociedad democrática, por lo cual se propuso fortalecer el Sistema Nacional de Juventud.

Uno de los puntos principales que abordados en la normatividad propuesta, hace referencia a las barreras que enfrentan los jóvenes para acceder a la vida social, económica y productiva. Este análisis ha llevado al Estado a desarrollar una serie de instrumentos legales para disminuir o eliminar dichas dificultades, y en particular para el ingreso al mercado de trabajo. Sobre esto es importante destacar la Ley 1429 de 2013, la cual en relación con la inserción de los jóvenes, establece un esquema de incentivos de disminución en el impuesto de renta a empresas que contrataran jóvenes entre los 18 y 28 años.

Recientemente se creó la Ley Estatutaria 1622 de 2013 con el propósito de fortalecer el Sistema Nacional de Juventudes, debido a las dificultades anteriores para su implementación. Finalmente, la expedición del Conpes 173 de 2014 estableció la necesidad de generar estrategias para facilitar la transición de la escuela al trabajo, entre las cuales se encuentra el fortalecimiento y desarrollo de rutas especiales en el sistema de gestión de empleo para la población joven, así como de los incentivos y formas contractuales acordes a las características de esta población.

Por otro lado, es importante resaltar el esfuerzo que se ha realizado en términos generales, en el desarrollo de instrumentos y herramientas que mejoren el comportamiento del mercado laboral colombiano, entre los cuales sobresale el diseño e implementación del Mecanismo de Protección al Cesante (MPC), que por medio de la Ley 1636 de 2013 estableció como objetivo principal, generar un sistema en donde interactúen las políticas activas y pasivas del mercado laboral, y así mejorar las condiciones de vida de los buscadores de empleo.

La Ley 1636 de 2013 establece como uno de los componentes del MPC, el Servicio Público de Empleo, el cual fue reglamentado por el Decreto número 2852 de 2013, como herramienta eficaz y eficiente para la búsqueda de empleo. Este servicio está compuesto por una red de prestadores entre las que se encuentran las agencias de gestión y colocación de las Cajas de Compensación Familiar (CCF), quienes tienen la tarea de promover y ejecutar políticas activas del mercado laboral, a través de la prestación de servicios asociados[2] a mejorar las condiciones de empleabilidad de los buscadores de empleo.

En consecuencia, se expide la Resolución número 347 de 2014, por medio de la cual crea el programa “40 Mil Primeros Empleos”, como una política activa enmarcada dentro del Mecanismo de Protección al Cesante y justificada en la necesidad de focalizar las políticas de acuerdo con las distintas barreras que presentan grupos poblacionales dentro del mercado laboral, en el caso de la población joven el desarrollo experiencia pertinente. Este Programa está enfocado a los jóvenes recién egresados de bachillerato, técnicos profesionales, tecnólogos y profesionales, quienes presentan complejas y diversas barreras en el acceso a oportunidades de trabajo digno y decente, entre las que se encuentran el bajo nivel de capital humano dado por la falta experiencia laboral relacionada con su formación.

3. GENERALIDADES DEL PROGRAMA.

3.1 Objetivo y esquema general

Objetivo general: El Programa 40 Mil Primeros Empleos tiene como objetivo principal facilitar la transición de la población joven, entre los procesos de formación y el mercado laboral, por medio de la adquisición de experiencia relevante en los puestos de trabajo. Para esto se busca promover la contratación formal de jóvenes sin experiencia laboral, entre los 18 y 28 años de edad cumplidos, que actualmente se encuentren buscando empleo, mediante un apoyo al costo laboral que se realizará a las entidades privadas, por un periodo de seis meses, condicionado a la contratación de por lo menos el 60% de los jóvenes por seis meses adicionales.

3.2 Esquema general

Para facilitar la transición al mercado laboral, el Programa “40 Mil Primeros Empleos” se fundamenta en la búsqueda de las mejores vacantes ajustadas a los perfiles, habilidades y necesidades de los jóvenes. Es decir, aquellas en donde se garanticen procesos de formación en el trabajo y que las tareas a desempeñar sean las adecuadas para una persona sin experiencia laboral relacionada. Adicionalmente, para garantizar la permanencia en el puesto de trabajo del joven en las condiciones inicialmente pactadas, el Programa contempla el acompañamiento a la relación laboral, con el fin de detectar problemas y generar alertas tempranas.

Conforme a lo anterior, el Programa se estructura en cuatro procesos básicos: 1. La identificación y selección de jóvenes. 2. La identificación y selección de vacantes. 3. El matching y la selección, y 4. Acompañamiento al vínculo laboral, tal y como se muestra en el Gráfico 1.

Gráfico 1:

Esquema General del Programa

Fuente: Dirección de Generación y Protección del Empleo y Subsidio Familiar.

3.1.1 Cronograma de implementación

El Programa llegará de forma gradual a cubrir todo el territorio nacional, de acuerdo con el cronograma de implementación (Tabla 1).

Tabla 1:

Cronograma de implementación

EtapasCiudadesInicio de operación
Etapa 1Valle del Cauca Abril
Etapa 2Bogotá-CundinamarcaMayo
Antioquia
Atlántico
Etapa 3Santandersegunda mitad de Junio
Quindío
Risaralda
Caldas
Bolívar
Etapa 4Huila primera mitad de Julio
Tolima
Meta
Boyacá
Cúcuta
Cauca
Etapa 5Caquetásegunda mitad de Julio
Nariño
Guajira
Magdalena
Cesar
Córdoba
Sucre
Etapa 6Casanareprimera mitad de Agosto
Arauca
Putumayo
Chocó
San Andrés
Amazonas
Guainía
Guaviare
Vichada
Vaupés

3.2 Poblaciones objetivo

Jóvenes: bachilleres, técnicos profesionales, tecnólogos y profesionales entre los 18 y 28 años de edad cumplidos en el momento de formalizar su inscripción al Programa, que estén buscando empleo, y no tengan experiencia laboral formal relacionada con su área de formación.

Empleadores: todas las organizaciones privadas, sin importar su naturaleza jurídica, que estén interesadas en contratar jóvenes y estén comprometidas con desarrollar un proceso de formación en el puesto de trabajo.

3.3 Actores

Para garantizar la operación y el cumplimiento del objetivo del Programa es necesario contar con la participación de diferentes tipos de actores institucionales, entre los cuales se destacan cinco categorías de actores, según el tipo de actividad y la etapa en la cual intervienen: i) formulación y seguimiento, ii) implementación y articulación, iii) administración, iv) soporte y v) inspección, vigilancia y control. (Gráfico 2).

-- Ministerio del Trabajo

El Ministerio del Trabajo es el encargado de formular políticas, planes y programas que contribuyan a mejorar los niveles de empleabilidad de la población y la generación de ingresos. En particular, es el encargado de la formulación del Programa “40 Mil Primeros Empleos” y realizar las actividades de seguimiento a este programa, como una política activa de empleo que pretender mejorar los niveles de empleabilidad y disminuir el desempleo juvenil.

-- Unidad Administrativa Especial del Servicio Público de Empleo

Como institución encargada de administrar este servicio y dar respuesta a las necesidades y retos del mercado laboral, debe llevar a cabo las tareas de socialización, articulación y coordinación entre las agencias de gestión y colocación de empleo para la correcta implementación del Programa, en el marco de la ruta de empleabilidad de los centros de empleo.

-- Cajas de Compensación Familiar

Las agencias de gestión y colocación de las Cajas de Compensación Familiar son las administradoras de los recursos y operadoras del Programa 40 Mil Primeros Empleos, como parte de las acciones que se adelantan actualmente para mejorar las condiciones de empleabilidad en el marco del Servicio Público de Empleo.

-- Superintendencia del Subsidio Familiar

En el Programa 40 Mil Primeros Empleos al igual que en el Mecanismo de Protección al Cesante, las Cajas de Compensación Familiar estarán vigiladas por la Superintendencia del Subsidio Familiar, en el manejo y destinación de los recursos financieros del programa.

-- Red de Prestadores del Servicio Público de Empleo

Adicional a las entidades expuestas, el Programa 40 Mil Primeros Empleos se enmarca dentro de la Red de Prestadores del Servicio Público de Empleo. En consecuencia, si bien la administración estará a cargo de las agencias de las Cajas de Compensación Familiar, es necesario convocar y promocionar este programa por medio de todos los prestadores y más aún, se debe considerar como un nuevo direccionamiento que pueden brindar a la población.

Gráfico 2

Fuente: Dirección de Generación y Protección del Empleo y Subsidio Familiar.

3.4 Recursos

El sistema de prestaciones de desempleo conocido como Mecanismo de Protección al Cesante se crea mediante la Ley 1636 del 2013, con el objetivo de articular políticas activas y pasivas de mercado laboral y facilitar la reinserción a los desempleados.

Este Mecanismo contempla cuatro componentes: i) Servicio Público de Empleo como herramienta eficiente y eficaz en la búsqueda de empleo; ii) Fondo de Solidaridad de Fomento al Empleo y Protección al Cesante (Fosfec), como fuente de financiación del Mecanismo de Protección al Cesante y entrega de prestaciones económicas; iii) Capacitación para la reinserción laboral articulada con la ruta de empleo definida por el Servicio Público de Empleo y iv) ahorro de cesantías para suavizar el consumo de la población en época de desempleo.

La distribución actual de los recursos disponibles en el Fosfec es la siguiente: hasta el 60% se destina para la financiación del pago a salud y pensión, cuota monetaria e incentivo por ahorro de cesantías; el 26% para la financiación de la capacitación para la reinserción laboral; el 13.5% para la financiación de las agencias privadas de gestión y colocación de las Cajas de Compensación Familiar y el 0.5% para el desarrollo e implementación del sistema de información del Fosfec.

En esa línea, el Fosfec terminó el año 2014 con saldos que deben ser trasladados en su totalidad para la subcuenta de gestión y colocación de empleo, de acuerdo con los lineamientos del Decreto número 2852 de 2013 y la Resolución número 531 de 2014. Para atender el Programa 40 Mil Primeros Empleos, cada Caja de Compensación Familiar deberá apropiar el 85% de los saldos de la vigencia 2014, el 15% restante se destinará a la ampliación de cobertura del Servicio Público de Empleo.

Teniendo en cuenta que el Programa 40 Mil Primeros Empleos será operado por las agencias de gestión y colocación de empleo, la Superintendencia del Subsidio Familiar creará un apartado dentro de dicha Subcuenta para el manejo contable del programa.

En ese sentido, la financiación del Programa 40 Mil Primeros Empleos comprenderá las transferencias correspondientes a un apoyo por cada joven contratado, en las condiciones estipuladas por el Programa, así como los gastos administrativos que tendrán que asumir las CCF para la buena ejecución del Programa.

Así, se establece que las Cajas de Compensación Familiar podrán destinar hasta el 7% del total de recursos disponibles para el Programa para atender a los gastos administrativos derivados de su implementación. Por gastos administrativos, se entenderá:

-- Gastos asociados a la contratación de personal dedicado al seguimiento, desarrollo de procesos y metodologías para la supervisión y seguimiento a la relación laboral entre el joven beneficiario y el empleador; a los compromisos adquiridos por el empleador; y a la identificación de las necesidades de formación que permitan aumentar la probabilidad de continuidad de los jóvenes.

-- Gastos de promoción y publicidad del Programa.

Apoyo en la implementación

-- Gastos de convocatorias a participantes, jóvenes y empresas, de acuerdo con el acompañamiento del Ministerio del Trabajo.

-- Gastos legales.

-- Gastos financieros.

-- Otros relacionados directamente con la administración del programa.

Finalmente, la capacitación en competencias clave y transversales que contempla el programa se financiará con los recursos disponibles por las Cajas de Compensación Familiar en la subcuenta de capacitación.

3.4.1 Costos operativos del Programa

El Programa apoyará a las empresas participantes sobre la base de los montos presentados en la Tabla 3, es decir, cada joven contratado en el marco del Programa recibirá por lo menos esta suma, independiente de que esté trabajando tiempo completo o tiempo parcial, sin perjuicio de que la empresa pague un salario o prestaciones superiores a los valores establecidos.

A continuación se presenta el monto del apoyo por cada beneficiario, de acuerdo con el máximo nivel educativo alcanzado por el joven.

Tabla 3

Apoyo por joven vinculado en el marco del Programa, según máximo nivel de formación alcanzado

DescripciónBachilleresTécnico ProfesionalTecnologosUniversitarios
MesSemestreMesSemestreMesSemestreMesSemestre
SalarioSalario$644.350$3.866.100$700.000$4.200.000$750.000$4.500.000$900.000$5.400.000
Subsidio de transporte$74.000$444.000$74.000$444.000$74.000$444.000$74.000$444.000
Prestaciones socialesCesantías$59.863$359.175$64.500$387.000$68.667$412.000$81.167$487.002
Prima legal$59.863$359.175$64.500$387.000$68.667$412.000$81.167$487.002
Intereses sobre cesantía$7.184$43.101$7.740$46.440$8.240$49.440$9.740$58.440
Vacaciones$26.848$161.088$29.167$175.002$31.250$187.500$37.500$225.000
Seguridad SocialSalud$0$0$0$0$0$0$0$0
Pensión$77.322$463.932$84.000$504.000$90.000$540 mil$108.000$648.000
ARL*$3.364$20.184$3.364$20.184$3.915$23.490$4.698$28.188
Caja de Compensación$25.774$154.644$28.000$168.000$30.000$180.000$36.000$216.000
Total$978.567$5.871.399$1.055.271$6.331.626$1.124.738$6.748.430$1.332.272$7.993.632

*El cálculo del aporte a ARL se proyectó sobre un nivel de riesgos laborales de categoría I.

Cálculos: Dirección de Generación y Protección del Empleo y Subsidio Familiar.

Es importante mencionar que el programa financiará los costos laborales especificados anteriormente. En ese sentido, el programa no cubre el valor de las dotaciones y elementos de seguridad industrial que por ley deba asumir el empleador. Así mismo, no se cubre el aporte al pago de trabajo suplementario, de dominicales, ni recargos que se causen en el marco de la relación laboral entre la empresa y los jóvenes.

4. PROCESOS OPERATIVOS.

El diseño operativo del Programa se construye a partir de la ruta de empleabilidad que actualmente tienen estructurada las Cajas de Compensación Familiar. Conforme a lo anterior, el Programa está estructurado en cuatro procesos básicos: 1. Identificación de jóvenes. 2. Calificación y clasificación de vacantes. 3. Matching y selección, y 4. Acompañamiento al vínculo laboral.

4.1 Identificación de jóvenes

A continuación, se detalla en el orden cada uno de los pasos o momentos que constituye la ruta del joven, desde el momento que se presenta al Programa hasta el momento en el cual se remite su hoja de vida para contratación.

Gráfico 3

Proceso convocatoria, focalización y priorización de jóvenes

Fuente: Dirección de Generación y Protección del Empleo y Subsidio Familiar.

4.1.1 Promoción y convocatoria

Las agencias de gestión y colocación de las Cajas de Compensación Familiar deberán promocionar el Programa y convocar a los jóvenes mediante las estrategias que cuente para tal fin. En este proceso, el Ministerio del Trabajo podrá acompañar y orientar a las Cajas para llevar a cabo eventos masivos, eventos de activación, socialización con actores regionales relevantes, participación en conferencias, seminarios, entre otros. Es importante resaltar que para efectos de control, las CCF podrán utilizar los logos del programa, siguiendo las especificaciones de manejo de la imagen presentados en el Anexo A.

Teniendo en cuenta que las convocatorias masivas pueden generar una alta demanda y exceder la capacidad operativa de la Caja de Compensación Familiar, el Ministerio del Trabajo sugiere que cada agencia de gestión y colocación defina un modelo de convocatoria particular de acuerdo con la identificación de las características de la población joven objetivo del programa a nivel regional.

4.1.2 Registro de hoja de vida

Como prerrequisito, los jóvenes interesados en participar en el programa deben tener la información de su hoja de vida registrada en el sistema de información de la agencia de gestión y colocación. Para esto, bien pueden acercarse personalmente a las Agencias de Gestión y Colocación de las Cajas de Compensación Familiar de sus respectivos lugares de residencia, o completar la información vía Internet. Sin embargo, para inscribirse al programa es necesario que se acerquen de manera presencial a una agencia de gestión y colocación de empleo e inicie el proceso para el Programa 40 Mil Primeros Empleos.

Es importante notar que el registro de la hoja de vida NO es equivalente a la inscripción en el programa, la cual se describirá en el numeral 4.1.3.

4.1.3 Orientación ocupacional, inscripción al programa y remisión a capacitación

La inscripción al programa se realiza de forma presencial en las Agencias de Gestión y Colocación de las CCF, en calidad de prestadoras de la red del Servicio Público de Empleo, y se lleva a cabo en el marco de las actividades de orientación laboral que brindan las agencias a sus usuarios.

Así, el proceso de orientación ocupacional se enmarca dentro del proceso que llevan a cabo actualmente las agencias de gestión y colocación de empleo, siendo el Programa 40 Mil Primeros Empleos una nueva opción de direccionamiento que se puede ofrecer a la población joven que cumpla con el perfil y los requisitos definidos.

Las actividades que se adicionan a la ruta de empleo tradicional, son la presentación del Programa 40 Mil Primeros Empleos, y la validación de los requisitos de acceso al programa en el caso en el que el joven decida postularse.

Los requisitos que se deben validar son:

-- Que la edad del joven se encuentre entre 18 y 28 años, a la hora de formalizar su inscripción. Así, el joven no podrá ser beneficiario si ya cumplió 29 años en el momento de inscribirse.

-- Que no cuente con experiencia laboral formal superior a 6 meses relacionada con el nivel educativo que declare y en calidad del cual se esté presentando al Programa.

Para validar el segundo requisito las Cajas de Compensación Familiar contarán con un aplicativo que estará alojado en los servidores del Ministerio del Trabajo y al cual se tendrá un acceso remoto. Este aplicativo permitirá conocer si se han realizado aportes al Sistema de Seguridad Social por un periodo mayor a seis meses y servirá como insumo para la toma de la decisión por parte del orientador laboral. Sin embargo, es importante anotar que el resultado de la validación en el aplicativo debe complementarse con el análisis de la trayectoria educativa y laboral del joven, para lo cual se recomienda revisar los siguientes parámetros:

-- Los jóvenes bachilleres pueden participar en el Programa sí y solamente si NO reportan ningún tipo de experiencia laboral. Si como resultado de la consulta del aplicativo se encuentra que el joven tiene más de seis meses de experiencia formal en cualquier ocupación, no podrá participar en el Programa.

-- Los jóvenes con educación superior pueden tener experiencia formal previa, sin embargo, en este caso, lo importante es comprobar que NO ESTÉ RELACIONADA con su área formación. Por lo cual es pertinente contrastar la fecha de obtención del título con la experiencia relacionada en la hoja de vida. Adicionalmente, se sugiere indagar por el título del cargo desempeñado, y las funciones especificadas en los certificados laborales. En todo caso, si el joven suma más de 6 meses de aportes en una actividad laboral formal relacionada, no podrá participar en el Programa.

Una vez validados los requisitos se pueden presentar dos casos: i) que el joven sea beneficiario potencial, o ii) que el joven no cumple los requisitos de acceso. En el primero de los casos, el orientador debe marcar la hoja de vida del joven con el campo “Beneficiario del Programa 40 Mil Primeros Empleos” en su plataforma informática. Por su parte, el joven debe proceder a firmar un formato de compromiso (Anexo B), por medio del cual acepta continuar y cumplir con los siguientes procesos del programa.

En este momento, el joven potencial ya está listo para ser remitido a la capacitación en competencias clave y transversales.

En el segundo caso, es decir cuando el joven no califique como potencial beneficiario del Programa, deberá ser direccionado al resto de la oferta que brinde el Centro de Empleo como parte de la ruta de empleabilidad y de los servicios asociados ofrecidos.

En este proceso se debe indicar al potencial beneficiario la necesidad de contar con los documentos requeridos para, dado el caso, iniciar un proceso contractual, tales como: documento de identidad, libreta militar en el caso de los hombres, tarjeta profesional si aplica, diplomas, entre otros que se consideren relevantes para la efectiva y ágil contratación del joven.

4.1.4 Remisión al proceso de capacitación

Los contenidos de la capacitación que se brindarán a los jóvenes en el Programa 40 Mil Primeros Empleos se enmarcan dentro de los lineamientos expedidos por el Ministerio del Trabajo mediante la Resolución número 5984 de 2014, en particular en los artículos 6o y 7o referidos a las habilidades, destrezas y actitudes a desarrollar en los módulos de competencias clave y transversales[3].

En esa línea, teniendo en cuenta el tipo de vacantes que se privilegiarán para efectos de este Programa, y con el fin de mitigar el riesgo de deserción o despido de los jóvenes, las habilidades socioemocionales y otros atributos que se deben trabajar y reforzar a través de la capacitación, son presentación personal, actitud de servicio, autoestima y construcción de proyecto de vida laboral, comunicación asertiva, responsabilidad, pro actividad, y liderazgo, honestidad, tolerancia, compromiso, puntualidad, manejo de herramientas informáticas y programas como Excel, principalmente. Sin embargo, estas habilidades u atributos son una sugerencia del Ministerio del Trabajo, puesto que la Caja de Compensación puede diseñar los contenidos que considere pertinentes para fomentar la formación en competencias clave y transversales, siempre y cuando se ajusten a los lineamientos establecidos en la Resolución número 5984 de 2014. El Ministerio del Trabajo podrá poner a disposición de los centros de empleo material pedagógico, audio o video, como apoyo de uso no obligatorio por parte del centro.

La duración del módulo descrito anteriormente para el Programa de 40 Mil Primeros Empleos debe ser de 40 horas. Los jóvenes que se encuentren inscritos en el Programa deberán cumplir con esta capacitación, como un requisito para seguir en las fases posteriores del programa. En consecuencia, el joven debe asistir a mínimo el 80% de las horas definidas en el módulo de competencias clave y transversales.

Para los jóvenes que en los últimos seis meses hayan completado (como mínimo 80% de asistencia) procesos de capacitación homologables con la aquí planteada, en el desarrollo de una ruta de empleabilidad de una agencia, se dará como cumplido el requisito y continuarán directamente al siguiente proceso. Si el joven deserta la capacitación, o no cumple con el mínimo exigido, se verá notificado de su salida del Programa y perderá el derecho a ser remitido a las entrevistas laborales de las vacantes seleccionadas para el programa.

Finalmente, en este proceso se sugiere realizar una valoración del desempeño del joven que permita contar con información adicional para iniciar el proceso de intermediación laboral.

4.1.5 Remisión al proceso de matching

Las hojas de vida de los jóvenes que finalicen satisfactoriamente el proceso de capacitación serán tenidas en cuenta en el proceso de matching, el cual se describe en el apartado 4.3.

NOTA: Para mitigar expectativas y eventuales frustraciones, es importante explicarle al joven desde el primer momento que su participación en el Programa está condicionada a los requisitos de cada uno de los procesos descritos anteriormente. Además se debe aclarar en todo momento, que participar no significa obtener un empleo, pues depende de la demanda laboral seleccionada por el programa y el proceso de selección de vacantes.

4.2 Calificación y clasificación de vacantes

A continuación se detalla la ruta que deben seguir las vacantes (y por ende las organizaciones o empresas privadas que deseen participar) en el marco del Programa. Es importante precisar que si bien todas las empresas están invitadas a postular sus vacantes, se efectuará una selección y priorización de vacantes sobre la base de sus características.

Gráfico 4

Proceso de Identificación y Selección de Vacantes

Fuente: Dirección de Generación y Protección del Empleo.

4.2.1 Promoción del programa y gestión empresarial

Las agencias de gestión y colocación de empleo deberán incluir dentro del portafolio de servicios para las empresas, el Programa 40 Mil Primeros Empleos como parte de las actividades de gestión empresarial que actualmente llevan a cabo. Al igual que para la convocatoria de jóvenes, este proceso requiere de una coordinación con los actores nacionales y regionales.

En las actividades de este proceso, los gestores empresariales deben propender porque las vacantes propuestas sean nuevos puestos de trabajo, de manera que jamás se configure una situación de despido de personal por parte del empresario. Así mismo, se debe informar claramente a la empresa cada uno de los siguientes puntos:

a) La empresa debe registrarse en una agencia de gestión y colocación de una CCF pero solo se tendrán en cuenta las organizaciones que cumplan los requisitos definidos en el apartado: registro y validación de empresas;

b) La postulación de vacantes al Programa no es sinónimo de inscripción de las vacantes. Cada vacante será evaluada en función de su calidad y pertinencia para el nivel de formación requerido, y podrá ser o no aprobada. Los beneficios asociados al Programa solamente se harán efectivos una vez la empresa haya contratado a un joven, en las condiciones en las cuales la vacante fue verificada y aprobada por el centro de empleo;

c) Una vez la vacante esté aprobada, iniciará el proceso de remisión de candidatos y solo cuando la selección por la empresa sea efectiva se procederá a firmar el convenio marco con la CCF, por el monto de recursos correspondiente a 6 meses de apoyo, por el total de jóvenes asignados;

d) La empresa deberá comprometerse a brindar acompañamiento al joven a través de un Tutor que mantendrá relación con la CCF y supervisará el desarrollo de habilidades y destrezas, así como los procesos de capacitación del joven, necesarios para desempeñar la labor asignada;

e) En ningún caso el empleador podrá desmejorar las condiciones laborales con las que postuló y tal como fue inscrita la vacante al Programa;

f) La empresa deberá velar por el cumplimiento de las normas y regulación que aplican a toda relación laboral y será responsable del cumplimiento de la misma. Esto implica asumir costos de implementos de trabajo, indemnizaciones o liquidaciones cuando haya lugar;

g) La empresa deberá comprometerse a contratar por lo menos al 60% de los jóvenes vinculados al culminar los 6 meses iniciales, por un periodo de por lo menos otros 6 meses, logrando así 12 meses de experiencia laboral para el 60% de los jóvenes que participen en el programa. NOTA: el cálculo del cumplimiento de la obligación de contratar a 60% de los jóvenes se hará sobre cada grupo de jóvenes contratados en un mismo momento;

h) La empresa debe promover los programas de capacitación para el desarrollo de habilidades y destrezas propias para la vida laboral;

i) Los recursos serán entregados en dos desembolsos. El primero, por el 50% del total de recursos correspondiente a los primeros 3 meses de vinculación laboral, será girado pasados los primeros 6 meses de dicha vinculación. Para autorizar el pago, la CCF verificará el cumplimiento de las condiciones mencionadas en e) y f) (ver formato convenio CCF y Empresa). El segundo y último desembolso se hará 12 meses después de la vinculación inicial de los jóvenes, previa verificación del cumplimiento del compromiso descrito en el apartado g);

j) En caso de incumplimiento a las obligaciones previstas en el convenio, se iniciarán las acciones a que haya lugar, lo cual incluye hacer efectiva una cláusula penal pecuniaria, por valor del 20% del convenio, recursos que serán destinados al Fondo de Solidaridad de Fomento al Empleo y Protección al Cesante.

Una vez entendidas las condiciones para participar en el programa, el empresario iniciará el proceso de registro y validación de la empresa.

4.2.2 Registro y validación de la empresa en el SPE

En el caso de empresas nuevas se procede con el registro o bien, con la actualización de la información, tal y como se lleva a cabo actualmente. Una vez la empresa manifieste su voluntad de participar en el Programa 40 Mil Primeros Empleos, se debe validar la siguiente información, antes de continuar con los siguientes procesos:

-- Que la empresa cuente con el registro ante Cámara de Comercio, es decir, sea una empresa legalmente constituida.

-- Que la empresa tenga como antigüedad mínima, un (1) año de constituida.

-- Que el objeto de las actividades misionales de la empresa no estén relacionadas con el empleo temporal.

-- Que la empresa no se encuentre acogida al régimen de insolvencia económica, en proceso de liquidación voluntaria u obligatoria.

4.2.3 Inscripción y validación de vacantes

Para llevar a cabo la inscripción de la vacante en el Servicio Público de Empleo es necesario definir si las vacantes cumplen con los estándares definidos por el Ministerio del Trabajo para el Programa 40 Mil Primeros Empleos. En ese sentido, las Cajas de Compensación contarán, al igual que en el proceso con los jóvenes, con un aplicativo que permitirá determinar si la vacante cumple o no con dichos estándares.

-- Acompañamiento del gestor empresarial para el diligenciamiento del formulario en el aplicativo

Las empresas que se hayan inscrito en el programa contarán con el acompañamiento de un gestor de cada CCF para diligenciar el formulario de registro de vacantes.

-- Formulario de registro de vacantes e indicador de calidad de las vacantes

En el Anexo C del presente documento se encuentra el formulario que permitirá validar la vacante presentada por la empresa para el Programa. Este formulario consta de 17 preguntas relacionadas con las características de la empresa, el proceso de formación de capital humano en el puesto de trabajo, y los requerimientos propios del puesto de trabajo. Por último, este formulario debe ser diligenciado por la empresa y el gestor empresarial, quien será el encargado de cargar la vacante al sistema de información. En el Anexo D encontrará el instructivo de diligenciamiento.

-- Resultados del indicador de calidad de las vacantes

Como se señaló en el apartado anterior, las vacantes postuladas serán evaluadas a través de un indicador de calidad que oscila entre 0 y 1. Serán aceptadas al programa aquellas vacantes para las cuales el indicador sea mayor o igual a 0.6. Las vacantes para las cuales el indicador se ubique entre 0,5 y 0,6 podrán ser revisadas con el empresario para que la oferta laboral sea mejorada, hasta lograr el umbral mínimo del puntaje de 0,6, para lo cual el gestor empresarial podrá hacer algunas sugerencias al empresario, tales como:

i) Sugerir que se reduzca el número de jóvenes solicitados (número de puestos de trabajo por vacante) con el fin de ajustar la solicitud al tamaño de la planta de personal actual de la empresa;

ii) Ajustar el nivel de formación que requiere con las características del cargo a proveer. Es posible que esté solicitando personal sobrecalificado para las tareas del cargo;

iii) Sugerir un incremento en el salario ofrecido a los jóvenes;

iv) Sugerir un incremento en el número de tutores que asignará para garantizar la adecuada formación de los jóvenes en el puesto de trabajo y estructurar un esquema de capacitación dirigido a los beneficiarios del programa.

Una vez las vacantes hayan sido validadas por el aplicativo, el gestor de la CCF cargará la vacante en la plataforma respectiva de cada agencia y marcará la vacante como “vacante reservada para el Programa 40 Mil Primeros Empleos”. Estas vacantes no podrán ser ofrecidas a otros buscadores de empleo, toda vez que existan jóvenes candidatos. Ninguna vacante que no haya surtido este proceso de evaluación y validación podrá ser ofrecida a un joven. Los términos de la vacante evaluada y aprobada deberán ser guardados a través de un documento Word o PDF, en cuanto se constituirán como anexos del Convenio Marco que firmará la Caja con la empresa, y serán la base del seguimiento a la relación laboral que se llevará a cabo a lo largo de los 12 meses, y por lo tanto las condiciones inicialmente pactadas no podrán ser desmejoradas.

Finalmente, una vez surtido el proceso de validación, registro y marca en el sistema de información del Servicio Público de Empleo, las vacantes se remiten al proceso de matching.

4.3 Matching y selección

A continuación se describe el flujo de procesos que se llevarán a cabo en este apartado.

Gráfica 5.

Fuente: Dirección de Generación y Protección del Empleo y Subsidio Familiar.

-- Etapa 1: Matching

En este proceso es donde se encuentran los jóvenes con las vacantes del programa. De esta forma la agencia de gestión y colocación de empleo deberá determinar los posibles candidatos para cada vacante inscrita al Programa. Este proceso se realiza solo con la información del Programa, es decir no se realiza el matching con todo el universo de vacantes y jóvenes inscritos en el Servicio Público de Empleo, sino solamente entre los jóvenes que cumplieron satisfactoriamente el proceso de capacitación y las vacantes marcadas etiquetadas para el Programa. Es importante resaltar que las vacantes del Programa 40 Mil Primeros Empleos estarán identificadas en el sistema de información de tal forma que no se permitirá autopostulación de otros usuarios diferentes a los jóvenes que llevan a cabo la ruta descrita anteriormente

-- Etapa 2: Preselección

Una vez determinados los jóvenes que cumplan con los requisitos de las vacantes, la agencia de gestión y colocación realizará una preselección de candidatos por cada vacante para remitir las hojas de vida correspondientes a las empresas. La preselección de candidatos se hará de acuerdo con el tiempo de búsqueda.

-- Etapa 3: Remisión a las empresas

En esta etapa, se deberán remitir primero a los jóvenes que tengan un mayor tiempo en la búsqueda de empleo, desde la obtención del título de educación de mayor nivel (bachillerato, técnico, tecnólogo o profesional).

Por cada puesto de trabajo serán enviados los primeros tres candidatos, o los solicitados por el empleador, con mayor tiempo de búsqueda. El segundo criterio de priorización en la remisión, a características iguales de la hoja de vida, será el orden de inscripción al Programa.

En cuanto a los jóvenes, estos se podrán postular en el marco del programa a máximo cuatro vacantes.

-- Etapa 4: Selección

Este proceso es responsabilidad de la empresa. En este proceso se deberán realizar las acciones necesarias para seleccionar a los jóvenes. Si la empresa no selecciona ningún joven del primer grupo se procede a remitir las hojas de vida de una segunda terna (tres candidatos por cada puesto), previa información de parte del empleador de las razones por las que no encontró candidatos.

-- Etapa 5: Firma del Convenio Marco

Una vez seleccionados los jóvenes por parte de la empresa, se procede a la firma de un Convenio Marco entre la CCF y la empresa, en donde se estipula el número de jóvenes, el valor total del convenio y las reglas de juego para la administración del programa. En el Anexo E del presente documento se sugiere el modelo de convenio a implementar, el cual podrá ser ajustado por la CCF de acuerdo con los requerimientos de su oficina jurídica, y enviará vía correo electrónico al Ministerio del Trabajo para su aprobación.

Los convenios que surjan en el marco del Programa 40 Mil Primeros Empleos no tienen que ser aprobados por el consejo directivo de las Cajas de Compensación Familiar. Así mismo, es importante comentar que la vacante presentada y aceptada en el programa 40 Mil Primeros Empleos es vinculante y se anexa al convenio marco.

En el caso en que una empresa decida postular nuevas vacantes, y que estas sean exitosas en el proceso de selección, la CCF podrá decidir realizar un nuevo convenio marco o realizar una modificación al convenio inicial, siempre y cuando se garantice el cumplimiento a las condiciones de seguimiento descritas en el numeral 4.4.

-- Etapa 7: Firma del contrato laboral

A partir de la firma del convenio marco, la empresa procederá a vincular a los jóvenes a sus empresas con un contrato laboral a término fijo por un periodo de seis meses, sin perjuicio de que la misma opte por vincular al joven con un contrato laboral a término indefinido, si así lo considera pertinente. De esta forma la relación laboral se establece entre el joven y la empresa, y debe seguir los términos estipulados en el Código Sustantivo del Trabajo.

El programa no acepta contratos de prestación de servicios. Así mismo, la empresa es la responsable del pago de salarios, prestaciones sociales y seguridad social, puesto que la Caja de Compensación Familiar actúa únicamente como un pagador.

La empresa deberá vincular en un tiempo no mayor a tres semanas al joven beneficiario, una vez se firme el convenio marco.

4.4 Monitoreo a la relación laboral

Una vez firmado el contrato entre los jóvenes y las empresas, se da inicio a la etapa de monitoreo a la relación laboral, la cual es fundamental para garantizar el éxito del Programa. Esta etapa se desarrolla en cinco pasos (Gráfico 7) que buscan verificar tanto las condiciones laborales, como el desempeño del joven en la empresa, y así proceder al desembolso de los recursos.

Gráfico 6

Proceso de Monitoreo a la relación laboral

Fuente: Dirección de Generación y Protección del Empleo y Subsidio Familiar.

-- Momento 1: Envío y registro de los contratos laborales

Una vez el joven haya sido vinculado a la empresa, esta última debe remitir el soporte de la contratación en donde se debe especificar como mínimo:

– Salario del joven

– Funciones a realizar del joven en la empresa

– Tutor asignado

– Proceso de capacitación que debe llevar el joven en la empresa durante el año laboral.

-- Momento 2: Revisión de compromisos y pago de 50%

Al finalizar el primer trimestre de contratación entre el joven y la empresa, la CCF debe realizar el primer desembolso del convenio por un valor del 50% del total, previa revisión de los siguientes requisitos:

– Certificado de nómina en donde se verifique que el joven ha recibido puntualmente su salario y prestaciones sociales según lo indicado en el contrato laboral.

– Certificado firmado por el tutor del joven en donde se dé constancia que esté ha realizado las funciones y ha seguido el esquema de capacitación especificado en el contrato.

– Certificado de visita a la empresa firmado por el responsable de seguimiento del programa de la CCF y por el tutor.

-- Momento 3: Contratación del segundo periodo

Al finalizar el segundo trimestre, es decir, a los seis meses de la firma del contrato, se debe comprobar que la empresa continuará con el 60% de los jóvenes vinculados. En el caso en que este porcentaje no sea un número entero, se redondeará al entero superior más cercano. Por ejemplo, si una empresa contrató a dos jóvenes en el marco del programa deberá continuar con los dos, dado que el 60% es 1.8. De esta forma en el momento la Caja de Compensación Familiar deberá revisar los siguientes requisitos, que depende de la continuidad del joven en la empresa:

1. Para los jóvenes que continúan vinculados

– Certificado de contratación por los siguientes seis meses que tenga las mismas condiciones mínimas descritas en el paso 6.

– Certificado de nómina en donde se verifique que el joven ha recibido puntualmente su salario y prestaciones sociales y prestaciones sociales según lo indicado en el contrato laboral.

– Certificado firmado por el tutor del joven en donde se dé constancia del cumplimiento de las funciones y el esquema de capacitación especificado en el contrato.

– Certificado de visita a la empresa firmado por el responsable de seguimiento del programa de la CCF y por el tutor.

– Encuesta de satisfacción aplicada a los jóvenes del Programa.

2. Para los jóvenes que NO continúan vinculados

– Certificado de previo aviso de desvinculación del joven, siguiendo las especificaciones del Código Sustantivo del Trabajo, o la normatividad vigente respectiva.

– Certificado de nómina en donde se verifique que el joven recibió puntualmente su salario y prestaciones sociales y prestaciones sociales según lo indicado en el contrato laboral.

– Certificado firmado por el tutor del joven en donde se dé constancia del cumplimiento de las funciones y el esquema de capacitación especificado en el contrato.

– Certificado de visita a la empresa firmado por el responsable de seguimiento del programa de la CCF y por el tutor.

– Encuesta de satisfacción aplicada a los jóvenes del Programa y la empresa.

-- Momento 4: Revisión de compromisos

Al terminar el tercer trimestre, es decir a los nueve meses desde la vinculación, se revisan, para los jóvenes que continúan vinculados, los mismos requisitos especificados en el paso 2, es decir:

– Certificado de nómina en donde se verifique que el joven ha recibido puntualmente su salario y prestaciones sociales y prestaciones sociales según lo indicado en el contrato laboral.

– Certificado firmado por el tutor del joven en donde se dé constancia que esté ha realizado las funciones y ha seguido el esquema de capacitación especificado en el contrato.

– Certificado de visita a la empresa firmado por el responsable de seguimiento del programa de la CCF y por el tutor.

-- Momento 5: Revisión final y liquidación del convenio

Al finalizar el año laboral (12 meses contados desde la fecha de firma del primer contrato entre el joven y la empresa) se liquida el convenio entre la CCF y la empresa, pagando el 50% restante, previa revisión de los requisitos exigidos:

– Certificado de nómina en donde se verifique que el joven ha recibido puntualmente su salario y prestaciones sociales y prestaciones sociales según lo indicado en el contrato laboral.

– Certificado firmado por el tutor del joven en donde se dé constancia del cumplimiento de las funciones y el esquema de capacitación especificado en el contrato.

– Certificado de visita a la empresa firmado por el responsable de seguimiento del programa de la CCF y por el tutor.

– Encuesta de satisfacción aplicada a los jóvenes del Programa.

– Encuesta de satisfacción aplicada a los empleadores.

En el caso en que la empresa cumpla con la totalidad de requisitos en cada uno de los pasos especificados se procede al desembolso de recursos restantes y liquidación del convenio marco entre la empresa y la CCF, en donde se deben tener en cuenta los parámetros especificados en el reporte de novedades (Sección 4.5 del presente documento).

4.5 Reporte de novedades

Actualmente se han identificado tres situaciones fundamentales que implicarían la finalización del vínculo laboral entre el joven y la empresa y por lo tanto el cambio en las condiciones del convenio:

i) Renuncia voluntaria del joven: si el beneficiario renuncia en los primeros seis meses se le pagará a la empresa los salarios, prestaciones y seguridad social del tiempo transcurrido y se terminarán los compromisos que se tenían sobre este joven.

Si renuncia en el segundo semestre se cancelará los meses trabajados pendientes de salario, prestaciones y seguridad social por parte de la Caja de Compensación Familiar. En cualquiera de los casos, los gastos que se incurran para dar por terminada la relación laboral estarán a cargo de la empresa;

ii) Despido por justa causa: en el caso en que el empleador presente la evidencia soportada para terminar de forma anticipada la relación laboral, y toda vez que el caso se haya manejado siguiendo el debido proceso, lo podrá realizar, y la CCF procederá a pagar los salarios, prestaciones y seguridad social del tiempo laborado por el joven, lo anterior aplica si el despido es en el primer semestre o en el segundo semestre;

iii) Despido sin justa causa: Si el empresario decide terminar la relación contractual en el primer trimestre perderá los beneficios del programa y, si es posterior al primer pago, la empresa no recibirá los beneficios contemplados en el convenio con la CCF;

iv) No contratación del 60% de los jóvenes: si al finalizar el primer semestre la empresa no cumple con el requisito de continuar con la contratación de por lo menos el 60%, no se desembolsarán los recursos faltantes. Es importante resaltar que este 60% siempre se calculará teniendo en cuenta el total de jóvenes vinculados inicialmente, si por alguna de las razones estipuladas alguno de ellos renuncia o es despedido, no se cambiará la base para realizar el cálculo.

5. REPORTE DE INFORMACIÓN.

El reporte de información estará a cargo de la Caja de Compensación Familiar, y se realizará a la Unidad Administrativa Especial del Servicio Público de Empleo de acuerdo con los lineamientos y periodicidad que defina el Ministerio del Trabajo.

ANEXO A.

MANUAL DE IMAGEN.

1. Logotipo del Programa y tipo de letra

2. Uso adecuado del logotipo

3. Pendones

4. Camisetas

5. Manillas

ANEXO B.

MODELO DE CARTA COMPROMISO PARA JÓVENES.

Yo ______________________________, identificado (a) con cédula de ciudadanía No. __________________, en mi calidad de potencial beneficiario del programa 40 Mil Primeros Empleos del Centro de Empleo de #NOMRE CAJA, me comprometo a cumplir con los siguientes deberes:

1. CUMPLIR las condiciones sobre las cuales se me otorga la capacitación:

2. CULMINAR los respectivos módulos que conforman el programa de formación en el cual me matriculo.

3. ASISTIR mínimo al ochenta por ciento (80%) de las horas establecidas para cada módulo de formación y a las entrevistas a las cuales sea remitido por parte del Centro de Empleo #NOMBRE CAJA

4. ENTREGARÉ oportunamente los documentos que me solicite la empresa, en el caso de resultar seleccionado, para efectos de iniciar mi proceso de contratación.

5. CERTIFICO que toda la información y los documentos presentados son correctos y verídicos.

6. CERTIFICO que no he tenido experiencia laboral previa relacionada con mi formación y corresponde a la información otorgada al orientador laboral.

7. ME COMPROMETO a asistir de manera oportuna a los procesos de seguimiento notificados por el Centro de Empleo.

8. A CUMPLIR A CABALIDAD los compromisos adquiridos una vez firmado el contrato laboral con la empresa, lo anterior en el caso de resultar seleccionado y contratado por las empresas beneficiarias.

En constancia firmo este documento en__________, Día___ Mes ____Año_____

––––––––––––––––––––––––––– ––––––––––––––––––––––––––

Nombre y firma del funcionario Nombre y firma del solicitante

ANEXO C.

FORMULARIO DE REGISTRO DE VACANTESPROGRAMA 40 MIL PRIMEROS EMPLEOS.

I. INFORMACIÓN GENERAL

1. NIT:

2. Teléfono de contacto:

3. Nombre de contacto:

4. Descripción de la vacante:

5. Cantidad de puestos de trabajo ofrecidos por nivel educativo requerido: Bachillerato
Técnico profesional
Tecnólogo
Universitario

6. Total de puestos de trabajo ofrecidos por la empresa mediante el programa 40 mil primeros empleos

II. CARACTERÍSTICAS DE LA EMPRESA

7. ¿Tiene la empresa una oficina de talento humano?NO

8. ¿Cuál es el tamaño de la planta de su empresa?

III. CARACTERÍSTICAS DEL PUESTO DE TRABAJO

9. ¿Cuál es la principal habilidad que requiere el joven en esta vacante?Comprensión de mensajes orales y escritos
Escribir y hablar
Matemáticas y ciencias
Razonamiento crítico
Estrategias para el aprendizaje activo
Supervisión

FORMULARIO DE REGISTRO DE VACANTESPROGRAMA 40 MIL PRIMEROS EMPLEOS

10. ¿Cuál es la principal destreza que requiere el joven para desempeñarse en esta vacante?Destrezas sociales
Destrezas para resolver problemas complejos
Destrezas técnicas
Destrezas en pensamiento sistémico
Destrezas de manejo de recursos
11. ¿Cuáles son las actividades generales de este puesto de trabajo? (señale una)Buscar y recibir información relacionada con el trabajo
Identificar y procesar la información relevante del trabajo
Evaluar y tomar decisiones a partir de la información relevante
Desarrollar actividades físicas y manuales en el trabajo
Realizar actividades complejas y técnicas
Comunicación e interacción
Coordinar, desarrollar, manejar, aconsejar y administrar
12. ¿Cuántos jóvenes serán asignados a cada tutor?De 1 a 3 Beneficiarios por tutor
De 4 a 5 Beneficiarios por tutor
de 6 a 10 Beneficiarios por tutor
Más de 10 Beneficiarios por tutor
13. ¿Esta es una vacante nueva en la empresa?NO
14. ¿Este puesto de trabajo será permanente en su empresa?NO
15. Indique cuál sería el principal contenido para las actividades de formación de los jóvenes en el Programa “40 mil primeros empleos”Habilidades específicas de la ocupación (manejo de equipos específicos, conocimiento y desarrollo de la tarea, etc.)
Habilidades de conocimiento (lectura, escritura, cálculos matemáticos, razonamiento y pensamiento crítico)
Habilidades de comportamiento (responsabilidad, compromiso, atención, puntualidad)
No es necesario realizar entrenamiento específico para este puesto de trabajo

16. ¿Cuál es el salario que pagará a la (s) persona (s) seleccionada (s) para esta vacante?

17. ¿En qué departamento se encuentra el puesto de trabajo?

ANEXO D.

INSTRUCTIVO PARA EL DILIGENCIAMIENTO DEL FORMULARIO DE LA VACANTE.

La información de la vacante que levante el gestor empresarial será sometida a una evaluación rigurosa, que determinará si la vacante cumple con los requisitos mínimos de calidad para participar en el Programa. Este análisis, aunque será automatizado a través de un aplicativo de tipo calculadora, debe ser entendido por el gestor, para que pueda guiar al empleador y siempre propender por mejorar las condiciones que se ofrezcan al joven. Puesto de manera coloquial, se trata de un ejercicio parecido a un “concurso” de vacantes, en el cual se priorizan las mejores, en un escenario donde los cupos son limitados.

A continuación se explica el contenido del formulario y se hace una descripción de cada uno de los ítems que contiene.

I. Información General:

-- Preguntas 1 a 3: incluir el NIT de la empresa y los datos de contacto de la persona que estará encargada de hacer las gestiones necesarias para la inscripción al programa.

-- Pregunta 4: descripción de la vacante: En la pregunta 4 el empresario debe informar el nombre del cargo que está vacante y hacer una descripción de las funciones del mismo. Esta pregunta debe ser respondida brevemente, aportando información útil para caracterizar la vacante (i.e. el perfil que deben tener los candidatos.

-- Pregunta 5: diligenciar el número de puestos de trabajo para esa vacante por nivel educativo.

-- Pregunta 6: diligenciar el total de jóvenes que solicitará la empresa independientemente del nivel educativo. Cabe anotar que las vacantes postuladas por empresas que soliciten un número de jóvenes superior al 40% del personal que tiene contratado, no serán tenidas en cuenta.

II. Características de la empresa:

-- Pregunta 7: especificar si la empresa cuenta con una oficina de talento humano. La CCF deberá corroborar la existencia de esta oficina dentro de su estructura organizacional.

-- Pregunta 8: hace referencia al total de personas vinculadas a la empresa. En el caso de las empresas que tengan varias sedes a nivel nacional, estas deberán reportar el tamaño de la planta del lugar en donde están postulando la vacante.

III. Características de la empresa:

Las preguntas de la tercera sección hacen referencia a las funciones que se desempeñan en el puesto de trabajo, a la vez que se indaga por el compromiso del empleador con la formación y el bienestar de los jóvenes en el trabajo.

-- Pregunta 9: hace referencia a las facultades que se requieren del joven que faciliten el aprendizaje o la adquisición más rápida del conocimiento. El empresario deberá seleccionar solo una opción de respuesta, de acuerdo con su valoración de la habilidad más importante que debe poseer el joven que desempeñará las funciones de la vacante postulada, las seis opciones de respuesta se explican a continuación:

i) Comprensión de mensajes orales y escritos: entender oraciones y párrafos escritos en documentos relacionados con el trabajo y prestar toda la atención a lo que otras personas dicen, tomándose el tiempo necesario para entender los argumentos expuestos, realizar preguntas según sea apropiado;

ii) Escribir y hablar: comunicarse eficazmente por escrito y de acuerdo con las necesidades de los lectores y hablar con otros para transmitir la información eficazmente;

iii) Matemáticas y ciencias: utilizar las matemáticas para resolver problemas;

iv) Razonamiento crítico: usar la lógica y el razonamiento para identificar las virtudes y los defectos de soluciones alternativas, conclusiones o propuestas a los problemas;

v) Estrategias para el aprendizaje activo: seleccionar y utilizar métodos de formación e instrucción y procedimientos adecuados a la situación cuando se aprenden o se enseñan nuevas cosas, comprendiendo la información recibida tanto para resolver problemas como para tomar decisiones en el presente y en el futuro;

vi) Supervisión: supervisar y/o evaluar el desempeño laboral propio o de otros individuos u organizaciones para implementar mejoras o llevar a cabo acciones correctivas.

-- Pregunta 10: se indaga por las capacidades que deben tener los jóvenes para facilitar el desempeño de actividades que se suscitan en diferentes tipos de trabajos. El empresario deberá seleccionar una de las cinco opciones de respuesta que se explican a continuación:

i) Destrezas sociales: capacidades desarrolladas para trabajar con otras personas y así alcanzar metas;

ii) Destrezas para resolver problemas complejos: capacidades desarrolladas para resolver problemas en situaciones complejas y reales;

iii) Destrezas técnicas: capacidades que se utilicen para diseñar, crear, operar y corregir malos funcionamientos que involucran la aplicación de sistemas técnicos o de máquinas;

iv) Destrezas en pensamiento sistémico: capacidades desarrolladas para utilizar, entender, supervisar y mejorar los sistemas socio-técnicos;

v) Destrezas de manejo de recursos: Capacidades desarrolladas para asignar los recursos (humanos, físicos, de capital etc.) eficientemente.

-- Pregunta 11: seleccionar una de las siete actividades generales que resumen propósitos generales del trabajo que ocurren en múltiples empleos. A continuación se desarrolla el alcance de las actividades que se presentan en el formulario:

i) Buscar y recibir información relacionada con el trabajo: relacionado con el proceso de obtención de información en fuentes primarias y secundarias para realizar el trabajo;

ii) Identificar y procesar la información relevante del trabajo: realizar procesos de clasificación y transformación de la información;

iii) Evaluar y tomar decisiones a partir de la información relevante: interpretar la información para realizar este trabajo;

iv) Desarrollar actividades físicas y manuales en el trabajo: actividades que requieren el uso del cuerpo y las manos;

v) Realizar actividades complejas y técnicas: actividades especializadas que requieren el uso de movimientos coordinados son necesarias para realizar este trabajo;

vi) Comunicación e interacción: interacciones con otras personas que se suscitan cuando se realiza este trabajo;

vii) Coordinar, desarrollar, manejar, aconsejar y administrar.

-- Pregunta 12: indaga por la disposición o existencia dentro de la empresa de una persona encargada de garantizar que los jóvenes vinculados tengan una adecuada formación en el puesto el trabajo.

En ese sentido, más que un supervisor, un coordinador o jefe inmediato, se espera que los jóvenes cuenten con un tutor que los guíe en su primera experiencia laboral y esté comprometido con la formación de los mismos.

-- Pregunta 13: indaga si la vacante que está presentando la empresa corresponde a nuevos puestos de trabajo.

-- Pregunta 14: guarda estrecha relación con la pregunta anterior y se busca conocer si, la vacante que está postulando el empresario corresponde a un puesto de trabajo que es parte del núcleo del negocio y tiene vocación de permanencia o si por el contrario, responde a necesidades coyunturales de la empresa, como el desarrollo de un proyecto específico y con una duración determinada.

-- Pregunta 15: refleja el interés del Ministerio del Trabajo porque los jóvenes beneficiarios del programa tengan una primera experiencia laboral que les brinde una formación para el trabajo relevante y les permita engancharse al aparato productivo. En esta pregunta se debe conocer qué tipo de habilidades estima conveniente desarrollar en los jóvenes. Se debe escoger una de las cuatro opciones entre las que se contempla la posibilidad de que el empresario responda que no considera necesario estructurar un esquema de formación en el puesto de trabajo.

-- Pregunta 16: busca conocer la disponibilidad del empresario de pagar a los jóvenes un salario superior al estipulado en el programa.

Es una pregunta abierta en la que se espera que el empresario informe la retribución salarial que ofrece a las personas que desempeñan las funciones de la vacante postulada. Es importante aclarar que se pregunta por el salario que se pagará a los jóvenes sin que allí se incluyan las prestaciones sociales o los beneficios adicionales contemplados en la ley. Es decir se debe informar la cifra que será el ingreso base de cotización. Esta cifra deberá ser mayor o igual al apoyo al costo laboral otorgado por el Gobierno Nacional. En ese sentido para bachilleres se deberá pagar como mínimo $644.350; para técnicos profesionales $700.000, para tecnólogos $750.000 y para universitarios $900.000.

-- Pregunta 17: debe responderse teniendo en cuenta el lugar en donde los jóvenes desempeñarán efectivamente sus funciones. Para empresas que tengan sedes en distintos lugares del país, se deberá informar en qué departamento se encuentra la sede en donde se ofrece la vacante.

ANEXO E.

PROYECTO DE CONVENIO SUGERIDO.

CONVENIO ENTRE LA CAJA DE COMPENSACIÓN FAMILIAR… Y LA EMPRESA … EN EL MARCO DEL PROGRAMA “40 Mil Primeros Empleos”

Entre los suscritos _________ mayor de edad, identificado con la cédula de ciudadanía número _________ de _________, domiciliado en _________, actuando en nombre y representación de la Caja de Compensación Familiar ___________ y quien en adelante se denominará LA CAJA, y, _________, mayor de edad, identificado con la cédula de ciudadanía número _________ de _________, domiciliado en _________ actuando en nombre y representación de la Empresa …………. y quien para los efectos del presente documento se denominará LA EMPRESA, acordamos celebrar el presente convenio en el marco del Programa “40 Mil Primeros Empleos” creado por el Ministerio del Trabajo mediante Resolución número 347 de 2015, el cual se regirá por las siguientes cláusulas: PRIMERA. Objeto. El objeto del presente convenio es establecer los compromisos de LA CAJA y de LA EMPRESA para facilitar la transición de la población joven, entre 18 y 28 años, entre los procesos de formación y mercado laboral, en el marco del Programa “40 Mil Primeros Empleos”. SEGUNDA. Plazo. El plazo para ejecutar el presente convenio será de … contado desde la fecha de su suscripción, el cual podrá prorrogarse por acuerdo entre las partes, con antelación a la fecha de su expiración mediante la celebración de un convenio adicional que deberá constar por escrito. TERCERA. Valor y forma de pago. El valor es de … que girará la Caja de Compensación Familiar a la empresa, correspondientes a los costos que se generen por la vinculación laboral de los jóvenes, de conformidad con las normas laborales vigentes, el cual será girado de la siguiente manera: el 50% al vencimiento del primer trimestre de vinculación de los jóvenes, y el otro 50% al vencimiento del plazo pactado previa presentación de los soportes legales exigidos por LA CAJA en virtud de los cuales se verificarán las erogaciones hechas por la EMPRESA. CUARTA. Obligaciones de LA CAJA y de LA EMPRESA. LA CAJA se obliga a (i) cumplir con el objeto y demás estipulaciones pactadas en este Convenio; (ii) girar los recursos comprometidos por LA EMPRESA al hacer la vinculación laboral de los jóvenes beneficiarios del programa sin que, en todo caso, estos incluyan el calzado y vestido de labor y los demás implementos de seguridad industrial, el aporte al pago de trabajo suplementario, de dominicales, ni recargos nocturnos que se causen en el marco de la relación laboral entre la empresa y los jóvenes, los cuales serán asumidos únicamente por el empleador. En caso de existir algún incentivo extralegal, este no será financiado con recursos del Programa; (iii) velar por el cumplimiento de la normativa que se expida en el marco del Programa “40 Mil Primeros Empleos” y; (iv) efectuar el seguimiento del desempeño de los jóvenes, manteniendo una permanente comunicación con el tutor asignado por la empresa. LA EMPRESA se compromete a (i) cumplir con el objeto y demás estipulaciones pactadas en este Convenio; (ii) mantener al joven contratado en las condiciones indicadas por la empresa al momento de aprobar la vacante postulada, (iii) cumplir oportunamente las obligaciones de orden laboral asumidas con los jóvenes contratados que correspondan de acuerdo con la naturaleza del servicio que presten; (iv) mantener, durante el segundo semestre del programa, al menos al 60% de los jóvenes inicialmente vinculados; (v) brindar el acompañamiento en la capacitación y la formación técnica del joven, a través de la asignación de un tutor, quien deberá informar a LA CAJA cualquier tipo de novedad ocurrida con los beneficiarios del programa, (vi) velar por el cumplimento de la normativa que se expida en el marco del Programa “40 Mil Primeros Empleos” y en general, por las disposiciones que regulen la relación laboral entre la empresa y los jóvenes. En el evento de suscitarse un conflicto de orden laboral entre la Empresa y el Joven vinculado, la resolución del mismo se hará entre las dos partes conforme a la normativa vigente. QUINTA. Vigilancia. LA CAJA podrá formular observaciones a LA EMPRESA sobre la ejecución de los recursos de este Convenio las cuales serán analizadas y resueltas conjuntamente, realizando los ajustes a que hubiere lugar. SEXTA. Incumplimiento. En caso de incumplimiento por alguna de las partes de las obligaciones previstas en este Convenio y de las modificaciones al mismo, dará derecho a LA CAJA o a LA EMPRESA según el caso, a iniciar las acciones a que haya lugar. SÉPTIMA. Modificaciones. Toda modificación al presente Convenio deberá hacerse por escrito de común acuerdo entre las partes. OCTAVA. Arbitramento. Cualquier diferencia que surja entre las partes, relativa a la celebración, interpretación, ejecución, cumplimiento o liquidación del presente convenio, que no pueda ser dirimida amigablemente entre ellas dentro de los quince (15) días hábiles siguientes a la comunicación por escrito que haga una de las partes a la otra en la que consten los puntos materia de inconformidad, podrá resolverse mediante el arbitramento, de no ser posible un acuerdo para el arbitramento se aplicarán las leyes y normas vigentes dispuestas por la ley para este tipo de contratos. NOVENA. Forma de terminación. El presente convenio podrá darse por terminado por disolución de la personería jurídica de LA EMPRESA; por incapacidad financiera de cualquiera de las partes; que se presume cuando se declara la quiebra, o se abra concurso de acreedores o sea intervenido por autoridad competente; cuando las partes incumplan expresamente o tácitamente cualquiera de las cláusulas pactadas en este convenio; por circunstancias de fuerza mayor o caso fortuito que obliguen a suspender temporal o definitivamente los servicios que presta LA EMPRESA. DÉCIMA. Cláusula Penal Pecuniaria. En caso de incumplimiento o mora de las obligaciones pactadas por parte de LA CAJA o de LA EMPRESA se hará efectiva una cláusula penal pecuniaria, directamente por valor del 20% del convenio, por los perjuicios causados, recursos que serán destinados al Fondo de Solidaridad de Fomento al Empleo y Protección al Cesante. DÉCIMA PRIMERA. Independencia de las Partes. Entre las partes de este Convenio no media relación laboral alguna y todos sus actos están sujetos a las normas que se expidan en el marco del Programa “40 Mil Primeros Empleos”, a las estipulaciones de este Convenio y a las normas laborales vigentes. LA EMPRESA será la única responsable de las obligaciones laborales que se pacten con los jóvenes, y se obliga a mantener a LA CAJA libre de toda responsabilidad por incumplimiento de la normativa laboral. Del mismo modo LA CAJA no podrá intervenir ni impartir instrucciones relacionadas con la vinculación laboral de los Jóvenes. No obstante, en caso de terminación de la relación o laboral entre LA EMPRESA y los jóvenes sin que medie justa causa para el despido, LA EMPRESA perderá el beneficio de los recursos para vincular a los jóvenes de que trata el Programa “40 Mil Primeros Empleos”. DÉCIMA SEGUNDA. Cesión. LA EMPRESA no podrá ceder el presente convenio en todo o en parte a persona natural o jurídica sin el consentimiento expreso previo y otorgado por LA CAJA. DÉCIMA TERCERA. Comunicaciones y responsables. Las comunicaciones entre las partes para la ejecución de este Convenio se hará a través de … y se entenderán recibidas cuando… DÉCIMA CUARTA. Los siguientes documentos … forma parte integral de este convenio y se anexarán al mismo. Para constancia se firma por las partes, el … de 2015.

LA CAJA LA EMPRESA

* * *

1. El Conpes 2626 de 1992 Política Social para los Jóvenes y las Mujeres, presentó una propuesta programática para jóvenes y mujeres, incluyó el desarrollo de su vida laboral. Por su parte el Conpes 2794 Política para Jóvenes profundizó en la propuesta enfocada para los jóvenes entre 14 y 28 años.

2. Ley 1636, artículo 29 Literal c).

3. Es importante aclarar que la capacitación ofrecida se encuentra en el marco de la Resolución número 5984 de 2014, la única variación es su duración puesto que para el Programa 40 Mil Primeros Empleos el módulo de competencias clave y transversales conjuntamente durará 40 horas.

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