Escudo Colombia
Logo JEP
Logo JEP
Logo Jurinfo
reducir texto aumentar texto aumentar contraste volver contraste accesibilidad Mapa del sitio Tour virtual de la JEP
Buscar search
Índice format_list_bulleted
Buscar

Puede realizar búsquedas exactas dentro de este documento, ingrese el texto a buscar en la siguiente casilla:

RESOLUCIÓN 3030 DE 2014

(julio 22)

Diario Oficial No. 49.221 de 23 de julio de 2014

MINISTERIO DE SALUD Y PROTECCIÓN SOCIAL

Por medio de la cual se definen las especificaciones para el reporte de la información del Registro Único Nacional del Talento Humano en Salud (Rethus).

EL MINISTRO DE SALUD Y PROTECCIÓN SOCIAL,

en ejercicio de sus facultades legales y reglamentarias, en especial, aquellas conferidas por el artículo 10 de la Ley 1164 de 2007, los artículos 11, 16 y 17 del Decreto número 4192 de 2010, el Decreto número 4107 de 2011 y en desarrollo del artículo 23 de la Ley 1164 de 2007, y

CONSIDERANDO:

Que mediante la Ley 1164 de 2007 se establecieron disposiciones en materia de talento humano en salud, como la creación del Registro Único Nacional del Talento Humano en Salud (Rethus), entendido como la inscripción que se haga en el Sistema de Información definido por este Ministerio, del personal de salud que cumpla con los requisitos establecidos para ejercer conforme al marco legal vigente, que incluye, entre otros aspectos, las sanciones ético-disciplinarias impuestas por los tribunales de las respectivas profesiones.

Que el Decreto número 4192 de 2010 estableció las condiciones y requisitos para la delegación de funciones públicas en los Colegios Profesionales del área de la salud, reglamentó el Registro Único Nacional y la Identificación Única del Talento Humano en Salud y señaló aspectos mediante los cuales se garantiza la asunción de funciones delegadas a los colegios profesionales.

Que el citado decreto dispone la inscripción en el Rethus de los auxiliares, técnicos profesionales, tecnólogos, profesionales y especialistas, desde la puesta en marcha del citado registro y, adicionalmente establece el mecanismo de inscripción automática para el reconocimiento de las autorizaciones para el ejercicio ya expedidas.

Que conforme con lo dispuesto en el Decreto número 1875 de 1994, las direcciones territoriales en salud, en los términos allí definidos, tienen la obligación de enviar la relación de los registros realizados al talento humano en salud autorizado para ejercer en el país.

Que acorde con la Ley 1438 de 2011, una de las conductas que vulneran el Sistema General de Seguridad Social en Salud (SGSSS), consiste en el no reporte oportuno de la información que solicite el Ministerio de Salud y Protección Social, cuya competencia sancionatoria radica en cabeza de la Superintendencia Nacional de Salud.

Que con el propósito de implementar el Rethus, se hace necesario armonizar la información disponible con las necesidades técnicas y tecnológicas actuales, así como precisar el alcance y contenido de los reportes generados en el marco del proceso de autorización del ejercicio del talento humano en salud.

Que en mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

ARTÍCULO 1o. OBJETO. La presente resolución tiene por objeto establecer la estructura, características, variables, plataforma para el envío y demás aspectos atinentes al reporte de la información para el desarrollo del Registro Único Nacional del Talento Humano en Salud (Rethus), aspectos contenidos en los anexos técnicos 1 y 2 que forman parte integral de este acto administrativo.

ARTÍCULO 2o. CAMPO DE APLICACIÓN. Las disposiciones de la presente resolución se aplicarán a las siguientes organizaciones privadas y entidades públicas:

a) Los Colegios Profesionales del área de la salud que ejerzan funciones públicas delegadas.

b) Las Direcciones departamentales de Salud y la Secretaría Distrital de Salud de Bogotá o la entidad que haga sus veces, que en el marco de las normas vigentes, autoricen el ejercicio del talento humano en salud.

c) Los Tribunales ético-disciplinarios del área de la salud.

ARTÍCULO 3o. DEL REPORTE DE INFORMACIÓN. Las organizaciones privadas y entidades públicas de que trata el artículo anterior, reportarán al Ministerio de Salud y Protección Social, la información correspondiente, atendiendo la estructura y características detalladas en los anexos técnicos que hacen parte integral de la presente resolución, en la oportunidad definida a continuación:

a) Para las organizaciones privadas de que trata el literal a) del artículo 2o, el reporte se realizará dentro del plazo establecido en el artículo 17 del Decreto número 4192 de 2010 y las normas que lo modifiquen, sustituyan, y en los términos del Anexo Técnico número 2 de este acto Administrativo.

b) Para las entidades de que trata el literal b) del artículo 2o:

CarguePeríodo de informaciónOportunidadAnexos Técnicos
InicialAutorizaciones expedidas y notificadas hasta el 30 de septiembre de 2014.7 de septiembre de 20141
PeriódicoAutorizaciones expedidas y notificadas dentro del mes calendario inmediatamente anterior, a partir del 1o de octubre de 2014.Dentro de los cinco (5) primeros días hábiles al mes inmediatamente siguiente.2

c. Para las entidades de que trata el literal c) del artículo 2o:

CarguePeríodo de informaciónOportunidadAnexo Técnico
InicialSanciones públicas ejecutoriadas y vigentes hasta el 30 de septiembre de 2014.7 de noviembre de 20142
PeriódicoSanciones públicas ejecutoriadas a partir del 1o de octubre de 2014.Dentro de los tres (3) días hábiles siguientes a la ejecutoria del acto administrativo que las impone.

PARÁGRAFO 1o. Para efectos del cargue inicial de la información relacionada con antecedentes ético-disciplinarios, los Tribunales deberán tener en cuenta aquellas sanciones públicas ejecutoriadas que no superen el tiempo por el que se imponen las mismas y cinco (5) años más.

PARÁGRAFO 2o. La ausencia de reporte con la oportunidad señalada por parte de las organizaciones privadas y entidades de que tratan los literales a) y c) del artículo 2o, de la presente resolución, se entenderá como la no generación de información durante el Período respectivo.

PARÁGRAFO 3o. Las entidades de que trata el literal b) del artículo anterior, que en el marco de sus competencias, no expidan autorizaciones de ejercicio del talento humano en salud en el Período mensual inmediatamente anterior, deberán informarlo conforme a lo establecido en el campo número 6 del “Registro Tipo 1. Registro de Control” del Anexo Técnico número 2 de la presente resolución, dentro del plazo señalado en el artículo 6o del Decreto número 1875 de 1994 y las normas que lo modifiquen o sustituyan.

ARTÍCULO 4o. PLATAFORMA PARA EL ENVÍO DE LA INFORMACIÓN. El Ministerio de Salud y Protección Social dispondrá de la Plataforma de Intercambio de Información (PISIS) del portal del Sistema Integral de Información de la Protección Social (Sispro), para que las organizaciones privadas y entidades públicas de que trata el artículo 2o, reporten la información desde sus instalaciones. Si la organización o entidad aún no tiene usuario en el portal del Sispro, deberá solicitarlo usuario para acceder a la plataforma PISIS a través del enlace www.sispro.gov.co.

ARTÍCULO 5o. VERACIDAD DE LA INFORMACIÓN. Los representantes legales de las organizaciones privadas y entidades públicas de que trata el artículo 2o, del presente acto administrativo, certificarán la veracidad de la información mediante la firma digital anexada a la transferencia electrónica de remisión de la misma, Para firmar digitalmente los archivos, se debe usar un certificado digital emitido por una entidad certificadora abierta aprobada por la Superintendencia de Industria y Comercio.

PARÁGRAFO. Las Direcciones Departamentales de Salud y la Secretaría Distrital de Salud de Bogotá que trata el literal b) del artículo 2o, de la presente resolución, serán las responsables de la veracidad de la información generada en el marco de sus competencias y requerida para la inscripción automática en el Rethus, de que trata el artículo 11 del Decreto número 4192 de 2010, así como de la guarda y custodia de los soportes documentales respectivos.

ARTÍCULO 6o. CONTROL DE CALIDAD DE LA INFORMACIÓN. La información reportada por las organizaciones privadas y entidades públicas de que trata el artículo 2o, del presente acto administrativo será objeto de revisión en los términos y condiciones que defina este Ministerio, para efectos de lo dispuesto en el Decreto número 4192 de 2010.

En caso de identificarse inconsistencias en la información reportada, este Ministerio, a través de la Dirección de Desarrollo del Talento Humano en Salud, requerirá a la organización privada o entidad pública responsable del reporte, para que manifieste las razones que provocaron la inconsistencia y proponga las correcciones respectivas tanto en el caso particular, como en el proceso correspondiente. Las correcciones que se realicen por la entidad responsable, serán previamente validadas por este Ministerio.

Las organizaciones de que trata el literal a) del artículo 2o de la presente resolución, atenderán el término dispuesto en el artículo 17 del Decreto número 4192 de 2010 respecto al ajuste de inconsistencias detectadas.

ARTÍCULO 7o. OBLIGATORIEDAD DEL REPORTE DE LA INFORMACIÓN. En el marco de lo establecido el artículo 20 del Decreto número 4192 de 2010 y demás disposiciones vigentes, el reporte de la información necesaria para el desarrollo e implementación del Rethus, es de carácter obligatorio.

En consecuencia, el incumplimiento de esta obligación constituye una conducta que vulnera el Sistema General de Seguridad Social en Salud, susceptible de sanción por parte de la Superintendencia Nacional de Salud, en los términos del numeral 130.12 del artículo 130 de la Ley 1438 de 2011, o las normas que lo modifiquen o sustituyan.

ARTÍCULO 8o. TRATAMIENTO DE LA INFORMACIÓN. Las entidades de que trata el artículo 2o y quienes participen en el flujo y consolidación de la información, serán responsables del cumplimiento del régimen de protección de datos y demás aspectos relacionados con el tratamiento de información, que le sea aplicable en el marco de las Leyes Estatutarias 1581 de 2012 y 1712 de 2014, y el Decreto número 1377 de 2013, reglamentario de la primera de las leyes mencionadas, y las normas que los modifiquen o sustituyan.

ARTÍCULO 9o. VIGENCIA Y DEROGATORIAS. La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación y deroga las disposiciones que le sean contrarias.

Publíquese y cúmplase.

Dada en Bogotá, D. C., a 22 de julio de 2014.

EL Ministro de Salud y Protección Social,

ALEJANDRO GAVIRIA URIBE.

ANEXO TÉCNICO NÚMERO 1.

ESPECIFICACIONES PARA EL CARGUE INICIAL DE LA INFORMACIÓN.

1. Características Generales del Archivo

El archivo a remitir debe ser de tipo texto y atender las siguientes especificaciones:

a) Todos los datos deben ser grabados como texto en archivos planos de formato ANSI, con extensión .txt.

b) El tipo de dato referido en las características de cada uno de los registros, corresponde a la siguiente categorización: A-Alfanumérico N-Numérico D-decimal F-Fecha.

c) Los nombres de archivos y los datos de los mismos deben ser grabados en letras mayúsculas, sin caracteres especiales y sin tildes.

d) El separador de campos debe ser punto y coma (;) y debe ser usado exclusivamente para este fin. Los campos que corresponden a descripciones no deben incluir el carácter especial punto y coma (;).

e) Cuando dentro de un archivo de datos se definan campos que no son obligatorios y que no sean reportados, este campo no llevará ningún valor, es decir debe ir vacío y reportarse en el archivo entre dos punto y coma (;), por ejemplo: si entre el dato 1 y el dato 3, el dato 2 está vacío se reportará así: dato 1; dato 3.

f) Ningún dato en el campo debe venir encerrado entre comillas (“”) ni con algún otro carácter especial.

g) Los campos numéricos deben venir sin ningún formato de valor ni separación de miles. Para los campos que se permita valores decimales, se debe usar el punto como separador de decimales.

h) Los campos de tipo fecha deben venir en formato AAAA-MM-DD incluido el carácter guion, a excepción de las fechas que hacen parte del nombre de los archivos.

i) Las longitudes de campos definidas en los registros de control y detalle se deben entender como el tamaño máximo del campo, es decir que los datos pueden tener una longitud menor al tamaño máximo.

j) El formato de alineación de los valores que tome cada variable, no debe estar justificado, por lo tanto no se deben completar con ceros ni espacios.

k) Cuando los códigos traen CEROS, estos no pueden ser reemplazados por la vocal 'O' la cual es un carácter diferente a cero.

l) El archivo plano no debe traer caracteres especiales de fin de archivo ni de final de registro. Se debe utilizar 'ENTER' como fin de registro.

m) Los archivos deben estar firmados digitalmente, en los términos de la Ley 1437 de 2011 y el Decreto número 2364 de 2012, o aquellas normas que las modifiquen, sustituyan o aclaren.

2. Soporte y Asistencia Técnica

Con el propósito de brindar asesoría para el envío de los archivos y demás temas relacionados con el reporte de la información, las entidades pueden remitir sus inquietudes a la dirección de correo electrónico rethus@minsalud.gov.co.

3. Estructura y Características del Nombre del Archivo

El nombre del archivo con la información a reportar debe atender las siguientes características:

Valores permitidos o formatoComponente del nombre de archivoDescripciónLongitud fijaObligatorio
THSMódulo de informaciónIdentificador del módulo de información en el Ministerio de Salud y Protección Social para el RETHUS.3
130Tipo de FuenteFuente de la Información del Talento Humano en Salud.3
ITHSTema de informaciónITHS Inscripción Talento Humano en Salud4
AAAAMMDDFecha de CorteFecha de corte de la información reportada, correspondiente al último día calendario del período de información reportada. No se debe utilizar ningún tipo de separador. Ejemplo, La fecha válida es 20110331.8
XXTipo de identificación de la entidad reportadoraTipo de identificación de la entidad reportadora de la información:

DE – Si corresponde a una Dirección Territorial del orden Departamental, se debe especificar DE.

DI – Si corresponde a una Dirección Territorial del orden Distrital, se debe especificar DI.
2
XXXXXXXXXXXXNúmero de identificación de la entidad reportadoraNúmero de identificación de entidad que envía los archivos, de acuerdo con el tipo de identificación del campo anterior:

– Si el tipo de identificación de la autoridad en salud de la entidad territorial es DE diligencie el Código Divipola del DANE para el departamento de 2 dígitos.

– Si el tipo de identificación de la autoridad en salud de la entidad territorial es DI diligencie el Código DIVIPOLA del DANE para los distritos de 2 dígitos.

Se debe usar el carácter CERO de relleno a la izquierda si es necesario para completar el tamaño del campo, por ejemplo:

000860999123

000000011001

000000000025
12
.TXTExtensión del archivoExtensión del archivo plano.4

Ejemplo del nombre de los archivos:

Tipo de ArchivoNombre de ArchivoLongitud
Archivo para el reporte de la información del RethusTHS130ITHSAAAAMMDDNIxxxxxxxxxxxx.txt36

4. Estructura y Características del Contenido del Archivo

El archivo con la información para el Rethus, estará compuesto por un único registro de control y varios registros de detalle:

RegistroDescripciónDirecciones Territoriales de Salud
Tipo 1Registro de controlObligatorio
Tipo 2Datos personales y de identificaciónObligatorio
Tipo 3 Datos académicos y de autorizaciónObligatorio

4.1. Registro tipo 1. Registro de control

Es obligatorio. Es el primer registro que debe aparecer en el archivo.

NoNombre del Campo Longitud Máxima del CampoTipoValores PermitidosDescripción Requerido
1Tipo de registro1N1: valor que significa que el registro es de controlCódigo identificador del tipo de registro. 1: Registro de control.
2Fecha inicial del período de la información reportada10FAAAA-MM-DDDebe corresponder a la fecha de inicio del período de información reportada.
3Fecha Final del Período de la información reportada10FAAAA-MM-DDDebe corresponder a la fecha final del Período de información reportada y debe coincidir con la fecha de corte del nombre del archivo.
NoNombre del Campo Longitud Máxima del CampoTipoValores PermitidosDescripción Requerido
4Tipo identificación entidad reportadora 2ADE

DI
Tipo de identificación de la entidad reportadora de la información:

DE – Si corresponde a una Dirección Territorial del orden Departamental, se debe especificar DE.

DI – Si corresponde a una Dirección Territorial del orden Distrital, se debe especificar DI.
5Número de identificación de la entidad reportadora12AEjemplo:

999999999999
Número de identificación de entidad que envía los archivos, de acuerdo con el tipo de identificación del campo anterior:

– Si el tipo de identificación de la autoridad en salud de la entidad territorial es DE diligencie el Código Divipola del DANE para el departamento de 2 dígitos.

– Si el tipo de identificación de la autoridad en salud de la entidad territorial es DI diligencie el Código DIVIPOLA del DANE para los distritos de 2 dígitos.

Se debe usar el carácter CERO de relleno a la izquierda si es necesario para completar el tamaño del campo.
6Número total de registros de detalle contenidos en el archivo8N#Debe corresponder a la cantidad de registros tipo 2 o 3, contenidos en el archivo.

4.2. Registro tipo 2. Datos personales y de identificación

Mediante los Registros Tipo 2, se reportan los datos correspondientes a la Información Personal y de identificación del talento humano en salud.

NoNombre del CampoLongitud Máxima del CampoTipoValores PermitidosDescripciónRequerido
1Tipo de registro 1N2: Código identificador del tipo de registro.Registro de detalle con información de datos personales
2Consecutivo del registro dentro del archivo 8N#Número sin decimales. Inicia en 1 para el primer registro de detalle y va incrementando de 1 en 1, hasta el último registro del archivo.
3Tipo de identificación de la persona inscrita2ACC, CE, TI, PA, RCCC  Cédula de ciudadanía
   CE Cédula de extranjería
   TI  Tarjeta de identidad
   PA Pasaporte
   RC Registro Civil
  Tipo de Identificación de la persona a inscribir
4Número de identificación de la persona inscrita17A#Número de Identificación de la persona a inscribir, sin puntos, comas o guiones.
5Primer apellido de la persona inscrita30AEjemplo: PEREZLa información se almacena en mayúsculas. En el archivo se permite minúscula, mayúscula, no tildes.

Los campos enviados no deberán tener caracteres especiales.
6Segundo apellido de la persona inscrita 30AEjemplo: PEREZNo
7Primer nombre de la persona inscrita30AEjemplo: PEDRO
8Segundo nombre de la persona inscrita30AEjemplo: JUANNo

4.3. Registro tipo 3. Datos académicos y de autorización

Mediante los Registros Tipo 3, se reportan los datos correspondientes a la Información Académica y de autorización del talento humano en salud.

El registro es acumulativo, por lo que se debe enviar tantos registros por persona como número de títulos obtenidos en programas de formación del área de la salud.

NoNombre del campoLongitud máxima del campoTipoValores PermitidosValores permitidosRequerido
1Tipo de registro 1N3: Código identificador del tipo de registro.3: Registro de detalle con información de datos Académicos
2Consecutivo del registro dentro del archivo 8N#Número sin decimales. Continúa la numeración en lo que vaya el registro anterior y va incrementando de 1 en 1, hasta el final del archivo.
3Tipo de identificación de la persona inscrita.2ACC, CE, TI, PA, RCCC  Cédula de ciudadanía
   CE Cédula de extranjería
   TI  Tarjeta de identidad
   PA Pasaporte
   RC Registro Civil
4Número de identificación de la persona inscrita17A.#Número de Identificación de la persona a inscribir, sin puntos, comas o guiones.
5Origen Obtención Título1N1,21

Local
   2 Extranjero
6Código Tipo Institución1N1,21 Educación Superior
   2 Educación para el trabajo y el desarrollo humano
7Código de la Institución 12NEjemplo 01245Código de la institución donde la persona inscrita obtuvo el título, según la codificación SNIES (Sistema Nacional de Información de la Educación Superior) o SIET (Sistema de Información de la Educación para el Trabajo y el Desarrollo Humano). [0000] en caso de haber obtenido el título en el extranjero y [9999] en caso de no disponer de información.
8Tipo de programa 3AAUX, TCP, TEC, UNV, ESP, MTA, DOCAUX Auxiliar
   TCP Técnico profesional
   TEC Tecnología
   UNV Universitaria
   ESP Especialización
   MTA Maestría
   DOC Doctorado
9Código del nombre del programa5AEjemplo 0000Código de identificación del programa donde la persona inscrita obtuvo el título, según la codificación SNIES (Sistema Nacional de Información de la Educación Superior) o SIET (Sistema de Información de la Educación para el Trabajo y el Desarrollo Humano). [0000] en caso de haber obtenido el título en el extranjero y [9999] en caso de no disponer de información.
10Fecha de grado10FAAAA-MM-DDFormato AAAA-MM-DD. Cuando no se cuente con una fecha, se debe digitar 1900-01-01.
11Número de convalidación 6AEjemplo 123abcNúmero de la Resolución emitida por el Ministerio de Educación Nacional o el ICFES, mediante la cual se convalidó el título obtenido en el extranjero. [999999] en caso de haber obtenido el título en Colombia.
12Fecha convalidación10FAAAA-MM-DDFormato AAAA-MM-DD. Cuando el título se obtenga en Colombia, se deberá digitar la siguiente: 1900-01-01.
13Título100AEjemplo: Doctor en Medicina y CirugíaDescripción literal del título con el que fue autorizado el ejercicio.
14Grupo título5AEjemplo 00000Código definido por el Ministerio de Salud y Protección Social, para la identificación del grupo del título.
15Número del acto administrativo que autoriza el ejercicio12NEjemplo 01245Número entregado por la entidad encargada de autorizar el ejercicio profesional, sin prefijos o sufijos.
16Fecha del acto administrativo que autoriza el ejercicio10FAAAA-MM-DDFormato AAAA-MM-DD.

ANEXO TÉCNICO NÚMERO 2.

ESPECIFICACIONES PARA EL REPORTE PERIÓDICO DE LA INFORMACIÓN.

1. Características generales del archivo, soporte y asistencia técnica

Las características generales del archivo, el soporte y la asistencia técnica, corresponde a las mismas características descritas en los numerales 1 y 2 del Anexo Técnico número 1 de la presente resolución.

2. Estructura y características del nombre del archivo

El nombre del archivo con la información a reportar debe atender las siguientes características:

Valores permitidos o formatoComponente del nombre de archivoDescripciónLongitud fijaObligatorio
THSMódulo de informaciónIdentificador del módulo de información en el Ministerio de Salud y Protección Social para el RETHUS.3
130Tipo de fuenteFuente de la Información del Talento Humano en salud.3
ATHSTema de informaciónATHS Inscripción Talento Humano en Salud4
AAAAMMDDFecha de corteFecha de corte de la información reportada, correspondiente al último día calendario del período de información reportada. No se debe utilizar ningún tipo de separador. Ejemplo, la fecha válida es 20110331. 8
XXTipo de identificación de la entidad reportadoraTipo de identificación de la entidad reportadora de la información:

NI - Si es un Colegio Profesional del área de la salud con funciones públicas delegadas o un Tribunal ético disciplinario del área de la salud, se debe especificar NI correspondiente al tipo de identificación NIT.

DE -Si corresponde a una dirección territorial del orden departamental, se debe especificar DE.

DI - Si corresponde a una dirección territorial del orden distrital, se debe especificar DI.
2
XXXXXXXXXXXXNúmero de identificación de la entidad reportadoraNúmero de identificación de entidad que envía los archivos, de acuerdo con el tipo de identificación del campo anterior:

- Si el tipo de identificación del Colegio Profesional del área de la salud con funciones públicas delegadas o del Tribunal ético disciplinario del área de la salud es NI diligencie el número de NIT sin dígito de verificación.

- Si el tipo de identificación de la Dirección Territorial en Salud es DE diligencie el Código Divipola del DANE para el departamento de 2 dígitos.

- Si el tipo de identificación de la Dirección Territorial en Salud es DI diligencie el Código Divipola del DANE para los distritos de 2 dígitos.

Se debe usar el carácter CERO de relleno a la izquierda si es necesario para completar el tamaño del campo, por ejemplo:

000860999123

000000011001

000000000025
12
.TXTExtensión del archivoExtensión del archivo plano4

Ejemplo del nombre de los archivos:

Tipo de ArchivoNombre de ArchivoLongitud
Archivo para el reporte de la información del RETHUSTHS130ATHSAAAAMMDDNIxxxxxxxxxxxx.txt36

3. Estructura y características del contenido del archivo

Según la entidad que haga el reporte, el archivo con la información para el RETHUS, estará compuesto por un único registro de control y varios registros de detalle:

RegistroDescripciónColegios profesionalesDirecciones Territoriales de SaludTribunales de Ética
Tipo 1Registro de controlObligatorioObligatorioObligatorio
Tipo 2Datos personales y de identificaciónObligatorioObligatorioNo obligatorio
Tipo 3Datos académicos y de autorizaciónObligatorioObligatorioNo obligatorio
Tipo 4Servicio Social ObligatorioObligatorio* Obligatorio*No obligatorio
Tipo 5Sanciones ético disciplinariasNo obligatorioNo obligatorioObligatorio

*Para las profesiones que tengan como requisito de autorización del ejercicio, la prestación del Servicio Social Obligatorio.

3.1. Registro tipo 1. Registro de control

Es obligatorio. Es el primer registro que debe aparecer en el archivo.

NoNombre del CampoLongitud Máxima del CampoTipoValores PermitidosDescripciónRequerido
1Tipo de registro1N1: valor que significa que el registro es de controlCódigo identificador del tipo de registro. 1: Registro de control.
2Fecha inicial del período de la información reportada10FAAAA-MM-DDDebe corresponder a la fecha de inicio del periodo de información reportada.
3Fecha Final del periodo de la información reportada10FAAAA-MM-DDDebe corresponder a la fecha final del periodo de información reportada y debe coincidir con la fecha de corte del nombre del archivo.
4Tipo identificación entidad reportadora2ANI

DE

DI
Tipo de identificación de la entidad reportadora de la información:

NI - Si es un Colegio Profesional del área de la salud con funciones públicas delegadas o un Tribunal ético disciplinario del área de la salud, se debe especificar NI correspondiente al tipo de identificación NIT.

DE -Si corresponde a una Dirección Territorial del orden Departamental, se debe especificar DE.

DI - Si corresponde a una Dirección Territorial del orden Distrital, se debe especificar DI.
5Número de identificación de la entidad reportadora12AEjemplo:

999999999999
Número de identificación de entidad que envía los archivos, de acuerdo con el tipo de identificación del campo anterior:

- Si el tipo de identificación del Colegio Profesional del área de la salud con funciones públicas delegadas o del Tribunal ético disciplinario del área de la salud es NI diligencie el número de NIT sin dígito de verificación.

- Si el tipo de identificación de la Dirección Territorial en Salud es DE diligencie el Código Divipola del DANE para el departamento de 2 dígitos.

- Si el tipo de identificación de la Dirección Territorial en Salud es DI diligencie el Código Divipola del DANE para los distritos de 2 dígitos.

Se debe usar el carácter CERO de relleno a la izquierda si es necesario para completar el tamaño del campo, por ejemplo:

000860999123

000000011001

000000000025
NoNombre del CampoLongitud Máxima del CampoTipoValores PermitidosDescripciónRequerido
6Número total de registros de detalle contenidos en el archivo8N#Debe corresponder a la cantidad de registros tipo 2, 3, 4 o 5 contenidos en el archivo.

Cuando las entidades de que trata el literal b del artículo segundo de la presente resolución, no expidan autorizaciones de ejercicio en el periodo a reportar, el número total de registros será [0].

3.2. Registro tipo 2. Datos personales y de identificación

Mediante los Registros Tipo 2, se reportan los datos correspondientes a la información personal y de identificación del talento humano en salud.

NoNombre del CampoLongitud Máxima del CampoTipoValores PermitidosDescripciónRequerido
1Tipo de registro1N2: Código identificador del tipo de registro. Registro de detalle con información de datos personales
2Consecutivo del registro dentro del archivo8N#Número sin decimales. Inicia en 1 para el primer registro de detalle y va incrementando de 1 en 1, hasta el último registro del archivo.
3Tipo de identificación de la persona inscrita.2ACC, CE, TI, PA, RCCC Cédula de ciudadanía
   CE Cédula de extranjería
   TI  Tarjeta de identidad
   PA Pasaporte
   RC Registro Civil
  

Tipo de identificación de la persona a inscribir
4Número de identificación de la persona inscrita17A#Número de identificación de la persona a inscribir, sin puntos, comas o guiones.
5Primer apellido de la persona inscrita30AEjemplo: PÉREZLa información se almacena en mayúsculas. En el archivo se permite minúscula, mayúscula no tildes.

Los campos enviados no deberán tener caracteres especiales.
6Segundo apellido de la persona inscrita30AEjemplo: PÉREZNo
7Primer nombre de la persona inscrita30AEjemplo: PEDRO
8Segundo nombre de la persona inscrita30AEjemplo: JUANNo
9Género de la persona inscrita1AM, FM Masculino
   F Femenino
10Código de departamento de nacimiento de la persona inscrita2NEjemplo: 05Tabla división político administrativa de Colombia Divipola del DANE.

[00], si la persona no es nacida en Colombia.
11Código de municipio de nacimiento de la persona inscrita3NEjemplo: 001Tabla división político administrativa de Colombia DIVIPOLA del DANE. [000], si la persona no es nacida en Colombia
12Código de País de nacimiento de la persona inscrita.3AEjemplo: 001Tabla de países ISO 3166-1.
13Fecha de nacimiento de la persona inscrita10FAAAA-MM-DDPertenece a la fecha de nacimiento de la persona a inscribir.
NoNombre del CampoLongitud Máxima del CampoTipoValores PermitidosDescripciónRequerido
14Estado Conyugal2ASO, CA, DI, VI, UMSO Soltero
   CA Casado
   DI Divorciado
   VI Viudo
   UM Unión Marital de Hecho
15Código de país de residencia de la persona inscrita3AEjemplo: 001Tabla de países ISO 3166-1.

[000]
16Código de departamento de residencia de la persona inscrita2NEjemplo: 01Tabla división político administrativa de Colombia Divipola del DANE. [00], si la persona no reside en Colombia
17Código de municipio de residencia de la persona inscrita.3NEjemplo: 001Tabla división político administrativa de Colombia Divipola del DANE. [000], si la persona no reside en Colombia
18Dirección domicilio de la persona inscrita100AEjemplo: calle 4 # 38b 06 sSe permiten mayúsculas, minúsculas y los caracteres especiales #.
19Teléfono de la persona inscrita20AEjemplo: 7154869Número telefónico fijo de la persona a inscribir.No
20Teléfono móvil de la persona inscrita20AEjemplo: 3165629847Número telefónico móvil de la persona a inscribirNo
21Correo electrónico de la persona inscrita100AAbcd.efg@minsalud.gov.coSolo se permiten letras (A-Z), numero de (0-9), guiones bajos, un solo punto y el carácter especial @.
22Código del grupo Étnico al que pertenece la persona inscrita1N1,2,3,4,5,61 Indígena
   2 Rom (gitano)
   3 Raizal del Archipiélago de San Andrés y Providencia
   4 Palenquero de San Basilio
   5 Negro(a), Mulato(a), Afro colombiano(a) o Afro descendiente
   6 Ninguno de los anteriores

3.3. Registro Tipo 3 – Datos académicos y de autorización

Mediante los Registros Tipo 3, se reportan los datos correspondientes a la información académica y de autorización del talento humano en salud.

El registro es acumulativo, por lo que se debe enviar tantos registros por persona como número de títulos obtenidos en programas de formación del área de la salud.

NoNombre del campoLongitud máxima del campoTipoValores PermitidosValores permitidosRequerido
1Tipo de registro 1N3: Código identificador del tipo de registro.3: Registro de detalle con información de datos Académicos
2Consecutivo del registro dentro del archivo 8N#Número sin decimales. Continúa la numeración en lo que vaya el registro anterior y va incrementando de 1 en 1, hasta el final del archivo.
3Tipo de identificación de la persona inscrita.2ACC, CE, TI, PA, RCCC Cédula de ciudadanía
   CE Cédula de extranjería
   TI  Tarjeta de identidad
   PA Pasaporte
   RC Registro Civil
NoNombre del campoLongitud máxima del campoTipoValores PermitidosValores permitidosRequerido
4Número de identificación de la persona inscrita17A.#Número de identificación de la persona a inscribir, sin puntos, comas o guiones.
5Origen Obtención Título1N1,21 Local
  2 Extranjero
6Código de departamento de la institución. 2NEjemplo: 01Tabla división político administrativa de Colombia Divipola del DANE. [00], si la persona obtuvo el título fuera de Colombia
7Código de municipio de la institución. 3NEjemplo: 001Tabla división político administrativa de Colombia Divipola del DANE. [000], si la persona obtuvo el título fuera de Colombia
8Código de país de la institución.3AEjemplo: 001Tabla de países ISO 3166-1.
9Código tipo institución1N1,21 Educación Superior
   2 Educación para el trabajo y el desarrollo humano
10Código de la Institución 12NEjemplo 01245Código de la institución donde la persona inscrita obtuvo el título, según la codificación SNIES (Sistema Nacional de Información de la Educación Superior) o SIET (Sistema de Información de la Educación para el Trabajo y el Desarrollo Humano). [0000] en caso de haber obtenido el título en el extranjero
11Tipo de programa 3AAUX, TCP, TEC, UNV, ESP, MTA, DOCAUX Auxiliar
   TCP Técnico profesional
   TEC Tecnología
   UNV Universitaria
   ESP Especialización
   MTA Maestría
   DOC Doctorado
12Código del nombre del programa5AEjemplo 0000Código de identificación del programa donde la persona inscrita obtuvo el título, según la codificación SNIES (Sistema Nacional de Información de la Educación Superior) o SIET (Sistema de Información de la Educación para el Trabajo y el Desarrollo Humano). [0000] en caso de haber obtenido el título en el extranjero.
13Fecha de grado10FAAAA-MM-DDFormato AAAA-MM-DD.
14Número de convalidación 6AEjemplo 123abcNúmero de la Resolución emitida por el Ministerio de Educación Nacional o el ICFES mediante la cual se convalidó el título obtenido en el extranjero. [999999] en caso de haber obtenido el título en Colombia.
15Fecha convalidación10FAAAA-MM-DDFormato AAAA-MM-DD. Cuando el título se obtenga en Colombia, se deberá digitar la siguiente: 1900-01-01.
16Título equivalente 100AEjemplo: Especialista en AnestesiologíaDenominación del título equivalente dado en el acto administrativo de convalidación.

[999999] en caso de haber obtenido el título en Colombia.
17Grupo título equivalente5AEjemplo 00000Código definido por el Ministerio de Salud y Protección Social, para la identificación del grupo del título equivalente convalidado por el Ministerio de Educación Nacional. [999999] en caso de haber obtenido el título en Colombia.
18Número del acto administrativo que autoriza el ejercicio12NEjemplo 01245Número entregado por la entidad encargada de autorizar el ejercicio profesional, sin prefijos o sufijos, excluyendo además los ceros a la izquierda..
19Fecha del acto administrativo que autoriza el ejercicio10FAAAA-MM-DDFormato AAAA-MM-DD. Cuando no se cuente con una fecha, se deberá digitar la siguiente: 1900-01-01.

3.4. Registro tipo 4. Datos del servicio social obligatorio

Mediante los Registros Tipo 4, se reportan los datos correspondientes a la información del Servicio Social Obligatorio del talento humano en salud.

La información del Servicio Social Obligatorio debe ser enviada únicamente, para el talento humano en salud que en el marco de las disposiciones legales vigentes, requiera del servicio social obligatorio para obtener la autorización del ejercicio. El registro es acumulativo, por lo que se debe enviar tantos registros por persona en el mismo reporte, como plazas en donde haya prestado el Servicio Social Obligatorio.

NoNombre del campoLongitud máxima del campoTipoValores PermitidosValores permitidosRequerido
1Tipo de registro 1N4: Código identificador del tipo de registro.4: Registro de detalle con información del Servicio Social Obligatorio.
2Consecutivo del registro dentro del archivo 8N#Número sin decimales. Continúa la numeración en lo que vaya el registro anterior y va incrementando de 1 en 1, hasta el final del archivo.
3Tipo de identificación de la persona inscrita.2ACC, CE, TI, PA, RCCC Cédula de ciudadanía
   CE Cédula de extranjería
   TI Tarjeta de identidad
   PA Pasaporte
   RC Registro Civil
4Número de identificación de la persona inscrita17A#Número de Identificación de la persona inscrita, sin puntos, comas o guiones.
5Prestación del Servicio Social Obligatorio1N1,2,31 Prestó el Servicio Social Obligatorio
   2 Exento del Servicio Social Obligatorio.
   3 Exonerado del Servicio Social Obligatorio
6Tipo lugar prestación Servicio Social Obligatorio1N1,21 Local
   2 Extranjero
7Código de departamento de prestación del Servicio Social Obligatorio2NEjemplo: 01Tabla división político administrativa de Colombia Divipola del DANE.

[00], si la persona no prestó el Servicio Social Obligatorio o si lo prestó en otro país.
8Código de municipio de prestación del Servicio Social Obligatorio3NEjemplo: 001Tabla división político administrativa de Colombia Divipola del DANE. [000], si la persona no prestó el Servicio Social Obligatorio o si lo prestó en otro país
9Código de país de prestación del Servicio Social Obligatorio3AEjemplo: 001Tabla de países ISO 3166-1. [000].
10Fecha inicio de prestación del Servicio Social Obligatorio10FAAAA-MM-DDEn formato AAAA-MM-DD. Debe corresponder a la fecha de inicio de la prestación del Servicio Social Obligatorio. Si no prestó 1900-01-01.
11Fecha fin de prestación del Servicio Social Obligatorio. 10FAAAA-MM-DDEn formato AAAA-MM-DD. Debe corresponder a la fecha de culminación de la prestación del Servicio Social Obligatorio. Si no prestó 1900-01-01.
12Modalidad de prestación del Servicio Social Obligatorio 1N0,1,2,3,4,5Se debe seleccionar una opción de la siguiente lista de códigos:

  0 Sin modalidad
   1 Programa de salud pública
   2 Programa de salud en población vulnerable
   3 Programa de Investigación en salud
   4 Prestación de servicios profesionales de salud en IPS habilitada
   5 Prestación de servicios especializados de salud en IPS habilitada
13Programa en el que prestó el servicio social obligatorio1N1,2,3,4Se debe seleccionar una opción de la siguiente lista de códigos:
  1 Medicina
   2 Odontología
   3 Enfermería
   4 Bacteriología

3.5. Registro tipo 5. Datos de las sanciones ético disciplinarias

Mediante los Registros Tipo 5, los Tribunales ético disciplinarios del área de la salud reportarán los datos correspondientes a la información de sanciones ético disciplinarias vigentes del talento humano en salud, debidamente ejecutoriadas. La información disponible para consulta relacionada con antecedentes ético disciplinarios, corresponderá a aquellas sanciones públicas ejecutoriadas que no superen el tiempo por el que se imponen las mismas y cinco (5) años más.

Nodel campoNombre del campoLongitud máxima del campoTipoValores PermitidosValores permitidosRequerido
1Tipo de registro 1N5: Código identificador del tipo de registro. Código identificador del tipo de registro.

5: registro de detalle con información de las sanciones ético disciplinarias.
2Consecutivo del registro dentro del archivo 8N#Número sin decimales. Continúa la numeración en lo que vaya el registro anterior y va incrementando de 1 en 1, hasta el final del archivo.
3Tipo de identificación de la persona inscrita.2ACC, CE, TI, PA, RCCC Cédula de ciudadanía
   CE Cédula de extranjería
   TI  Tarjeta de identidad
   PA Pasaporte
   RC Registro Civil
4Número de identificación de la persona inscrita17A#Número de Identificación de la persona a inscribir, sin puntos, comas o guiones.
5Instancia que emite la sanción100AEjemplo: Tribunal Nacional de Ética Médica.Nombre completo de la entidad que emite la sanción.
6Fecha de ejecutoria de la sanción10FAAAA-MM-DDEn formato AAAA-MM-DD. Debe corresponder a la fecha de notificación de la sanción.
7Número de proceso disciplinario25A0123456789abcdefghij12345Número de identificación del proceso disciplinario de la sanción a aplicar a la persona inscrita. No debe tener caracteres especiales, solo números y letras.
8Código del tipo de sanción ejecutoriada y vigente1N0,1,2,30 Otra
   1 Censura escrita y pública
   2 Suspensión del ejercicio hasta por seis (6) meses
   3 Suspensión del ejercicio hasta por cinco (5) años
9Fecha de inicio del periodo de suspensión del ejercicio.10FAAAA-MM-DDEn formato AAAA-MM-DD. Si no corresponde a suspensión del ejercicio, se deberá digitar la siguiente: 1900-01-01.
10Fecha final del periodo de suspensión del ejercicio.10FAAAA-MM-DDEn formato AAAA-MM-DD. Si no corresponde a suspensión del ejercicio, se deberá digitar la siguiente: 1900-01-01.

×